jueves, 2 de abril de 2009

Desprecio por la vida humana


BÚSQUEDA PÁG. 10, 2 de abril 2009






La Justicia condenó a militares y policías a prisión por haber actuado con 'desprecio por la vida humana' durante la dictadura. Gilberto Vázquez, uno de los procesados, aportó detalles sobre la 'Operación Zanahoria'.

Javier Benech



En un fallo histórico, por tratarse de la primera condena a agentes que actuaron durante la dictadura militar (1973-1985), el juez penal Luis Charles sentenció a ocho militares y policías retirados a penas de entre 20 y 25 años por la desaparición de 28 militantes de izquierda en el marco de las operaciones del "Plan Cóndor".
La sentencia de Charles, conocida el viernes 27, condenó a 25 años de cárcel a José Nino Gavazzo, Ricardo Arab, Jorge Silveira, Ernesto Ramas y Gilberto Vázquez y a 20 años de penitenciaría a Luis Maurente, Ricardo Medina y José Sande.
El magistrado, que desestimó el pedido de la fiscal Mirtha Guianze de enjuiciar a los ex agentes por el delito de "desaparición forzada", les imputó en cambio el delito de "homicidio muy especialmente agravado" por su actuación en Buenos Aires en el año 1976, en el que un grupo de militantes del Partido por la Victoria del Pueblo (PVP) y del Grupo de Acción Unificadora (GAU) que se había exiliado en ese país fue perseguido y desaparecido.
Charles, que se basó para dictar la sentencia en el testimonio de decenas de sobrevivientes y familiares de los desaparecidos, en los careos realizados entre ellos y los militares, en las actas de la Comisión para la Paz y en los informes que la Armada y la Fuerza Aérea elevaron al presidente Tabaré Vázquez, consideró que está probado que esos ex agentes que participaron en la dictadura militar "dieron muerte a 28 personas, asesinadas en el marco del terrorismo de Estado".
"Métodos degradantes". "Los encausados configuraron un grupo que operó al margen del control jurisdiccional de cualquier tipo, dentro y fuera del ámbito de la República, sin sujetarse a manuales de procedimiento ni regla alguna, en operaciones coordinadas tendientes al mismo fin, ya que en forma organizada y con carácter estable, se concentraron en emprender un accionamiento común de carácter político", exprésala sentencia del magistrado.
Considera además que a los militares y policías retirados "los unía el desprecio por la vida de aquellos que consideraban sus enemigos y entonces como manos ejecutoras del terrorismo de Estado vulneraron (...) derechos inherentes a la persona humana, utilizando para ello métodos degradantes".
"Actuaron en un teatro de operaciones que no conocía fronteras ni nacionalidades de las víctimas, con plenos poderes, pues no sólo no se sujetaban a reglas de derecho positivo, sino tampoco morales o éticas, por lo que ahora son responsabilizados", agrega la sentencia del magistrado.
Charles entiende que "si bien los encausados reiteraron insistentemente que no eran operativos, de las probanzas reunidas surge en forma prístina que participaron activamente en arrestos, torturas, traslados y saqueos".
Por ello, para el juez, "no es posible afirmar la eximente de responsabilidad referida a la obediencia debida" pues "ninguno de los enjuiciados actuó en el marco de sus atribuciones funcionales estrictas".
Para apoyar su argumentación, el magistrado cita el testimonio del propio Gilberto Vázquez, quien declaró que fue "unas diez veces" al centro de reclusión clandestino ubicado en Buenos Aires Automotores Orletti "a conocer el ambiente y a saber cómo funcionaba". Vázquez agregó que en esas oportunidades "hablaba con Aníbal Gordon al principio y después con los mayores que estaban a cargo" y que "de ahí no sobrevivía nadie".
El militar retirado declaró además en la Justicia que el dinero incautado al PVP por los secuestros que realizó "era un millón y pico (de dólares) que se repartió entre el SID, el Comando General del Ejército y la División de Ejército 1".
Para Charles, adicional-mente existe un "muy sólido material probatorio" de las actuaciones de los ex agentes, porque si bien la declaración de los testigos fue cuestionada por la defensa de los militares, los
testimonios "han sido contundentes, ya que en ningún momento resultaron dubitativos, sino claramente aseverativos; minuciosos en cuanto a los detalles relativos a la forma de comisión de los hechos y armónicos con los demás elementos de convicción existentes".
"Escudo de silencio". El juez estima en su sentencia que los condenados también formaron un "escudo de silencio" que impidió conocer los hechos luego de la recuperación democrática y que dificultó la indagatoria judicial. "El escudo de silencio, con sus tres puntas fundamentales, esto es, 'no tengo conocimiento', yo era administrativo' y el responsable está muerto', cede ante el derecho-deber a saber, el cual no pertenece a personas individuales, ni siquiera a familias directamente afectadas, sino a la sociedad en su conjunto", valora. "No se trata exclusivamente de un derecho a conocer, a buscar la verdad, como actividad humana, sino al deber de todos de recordar lo acontecido, como obligación ética", insiste.
Precisamente, para Charles un agravante de los delitos cometidos es que los militares hayan tratado de "ocultar" los cuerpos de los desaparecidos.
"Exacerba la responsabilidad: a) haberse cometido los hechos con graves sevicias (crueldad extrema)
b) haberse cometido otros delitos para asegurar el resultado o para ocultar el delito, para suprimir los indicios o la prueba, para procurarse la impunidad o procurársela a alguno de los delincuentes", expresa el magistrado.
"Las muertes producidas respondieron, entre otros, a los propósitos de ocultar las privaciones ilegítimas de libertad y los apremios psíquico-físicos practicados a las víctimas, llegándose al extremo de que décadas después de finalizada la dictadura cívico-militar, no se han localizado aún los restos de las mismas, salvo dos excepciones (Fernando Miranda y Ubagesner Chávez Sosa)", sostiene la sentencia del magistrado.
Dentro de ese "escudo de silencio" que menciona Charles, la sentencia contiene un relato de Gilberto Vázquez de la llamada "Operación Zanahoria", mediante la cual se desenterraron cuerpos de detenidos desaparecidos ubicados en predios militares y se arrojaron sus cenizas a cursos de agua.
"La operativa yo la conozco, fue así, pero yo no participé porque estaba fuera del país", sostuvo Vázquez.
"La operativa era así, se buscaba a mano, con una varilla, teniendo lugares aproximados, se desenterraba, y se quemaba con gasoil en tanques de 200 litros los esqueletos y las cenizas se arrojaban al arroyo, no sé qué arroyo era. Creo que era una cañadita, era el campo frente al 14 de Infantería, tengo entendido que el lugar fundamental era ése", agregó.
"El autor intelectual, el que ordenó, fue el general Washington Várela, director del SID en ese momento, y el ejecutor fue el coronel (Alfredo) Lamy (...) con dos o tres jefes seleccionados por él que también están muertos", prosiguió.
Respecto al número de cuerpos desenterrados, expresó que fueron "cerca de 30" y agregó que la operación se realizó "a fines de 1984 o principios de 1985"

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