lunes, 18 de marzo de 2013

La impunidad del honor

SI EL GOYO MUERE, DEBEN DARLE EL MISMO HOMENAJE QUE A SEREGNI 


 PUBLICADO EN CARAS&CARETAS EL VIERNES 15 DE MARZO DE 2013

Los militares están sometidos a un Reglamento que decretó Gregorio Álvarez cuatro días antes de cesar como dictador. Todos los oficiales encarcelados deberían ser sometidos a Tribunales de Honor donde podrían quitarles sus prebendas. Ninguno de los 24 militares presos ha sido juzgado por su moral (“ideal del perfecto caballero”) amparados por los mandos y el gobierno. La ruptura del comandante Aguerre con el Centro Militar podría cambiar la situación. El Ministerio de Defensa había pedido al Poder Judicial confirmación sobre quiénes ya fueron condenados.

 ROGER RODRIGUEZ/ rogerrodriguez@adinet.com.uy


“Si el dictador Gregorio Álvarez muriera hoy, el Estado debería rendirle similares honores de comandante que se tributaron al general Líber Seregni en 2004: deberán llevarlo al cementerio en la cureña del Ejército tirada por caballos, custodiado por un contingente militar y al son de marchas fúnebres entonadas por las bandas musicales de las tres armas, en procesión que desfilaría frente a las distintas unidades de las Fuerzas Armadas… Semejante homenaje sólo se cancelaría si un Tribunal de Honor, lo juzgara y le quitara su rango y condición”, explicó a Caras y Caretas, con alarma un oficial retirado que actualmente se desempeña en el gobierno.
La impactante imagen fue descripta por la fuente castrense como un ejemplo de la situación de impunidad que en su condición de militares mantienen los oficiales procesados con prisión o fugados, quienes aunque han sido enjuiciados y hasta condenados por los crímenes que cometieron durante la dictadura militar, todavía no fueron sometidos a los correspondientes  tribunales de honor en sus respectivas armas y continúan cobrando sus jubilaciones, pueden utilizar sus uniformes y mantienen las mismas prebendas o beneficios que el resto de la oficialidad en situación de retiro.
En su edición del 24 de febrero de 2012, Caras y Caretas informaba que el Ministerio de Defensa Nacional había solicitado a la Suprema Corte de Justicia la confirmación de los nombres de aquellos oficiales presos que ya habían recibido “condenas firmes”, para que una comisión iniciara los procedimientos correspondientes para someterlos a Tribunales de Honor Militar y, eventualmente, darles de baja, sin derecho a uniformarse u ocupar cargos, y con la pérdida de los beneficios y una reducción del cincuenta por ciento de sus ingresos.
Un año después, sin embargo, ni las autoridades militares ni el gobierno han adoptado resolución alguna sobre el tema y se desconoce si el Poder Judicial finalmente remitió algún documento que formalmente confirmase las condenas, como habían preguntado los comisionados por el Ministerio de Defensa Nacional. El impulso para convocar los Tribunales de Honor, fue simultáneo a la denuncia que por violencia sexual había realizado entonces un grupo de presas políticas ante el juzgado penal de 16° turno, a cargo de la jueza Julia Staricco, donde esta semana fue citado el militar Julio Litovsky, quien no concurrió a declarar como indagado.

“FALTA DE HIDALGUÍA”
La “falta de hidalguía” fue, precisamente, uno de los argumentos manejados esta semana por el propio Comandante en Jefe del Ejército, general Pedro Aguerre (h), al justificar su decisión de renunciar, luego de 40 años, a la condición de socio del Centro Militar ante las difamaciones anónimas de las que venía siendo víctima dentro de la institución social, debido al relacionamiento que mantiene con su padre, preso durante la dictadura, quien recientemente editó el libro “Hermano, trabajaremos de presos” donde destaca al fallecido coronel Pedro Montañez, otro militar constitucionalista.
“En el Centro Militar se ha cuestionado el trato que le dispenso a mi padre, lo que no es ético, no es lógico y no es racional, pero sobre todo no es humano”, escribió el Aguerre en su misiva al Centro Militar. “En esa Sede se han incrementado rumores y murmuraciones sin fundamento, lógica, ni mucho menos verdad, y que solo muestran egoísmo y falta de hidalguía (…) Soy el comandante y no puedo permitir que se me difame, se me juzgue y se me condene por cosas que no he hecho, sin siquiera poder manifestarme. Considero que este tipo de actitudes mina el mayor concepto en los Principios de la Guerra y me refiero a la Moral del Ejército Oriental”, fundamentó.
Las críticas desde el Centro Militar al actual comandante en jefe del Ejército se han planteado “solapadamente” desde el mismo día en que asumió el mando, pero se intensificaron cuando, a poco de su asunción, aparecieron los restos del maestro y periodista Julio Castro, ejecutado de un balazo en la cabeza, y Aguerre convocó a una conferencia de prensa en la que sostuvo que “el Ejército Nacional no es una horda, malón o algo similar. El Ejército no aceptará, tolerará, ni encubrirá a homicidas o delincuentes en sus filas” y a la vez que dio la orden de “revocación” sobre cualquier “pacto de silencio” en la fuerza, pidió colaboración para delimitar responsabilidades.
En esferas del Ministerio de Defensa Nacional no se descarta que la situación pueda liberar al general Aguerre de un compromiso político interno que han mantenido sus predecesores en el Comando del Ejército, quienes no sólo no han enfrentado a los militares presos a tribunales de honor, sino que incluso, los han amparado económicamente, como aún ocurre con Tomás Casella, Wellington Sarli y Eduardo Radaelli, los tres oficiales extraditados a Chile por el asesinato del agente Eugenio Berríos; o como sucede con los prófugos Jorge Tróccoli y Manuel Cordero, quienes pese a la situación de deserción siguen cobrando sus haberes desde el exterior.

“REGLAMENTO DEL GOYO”
Paradójicamente, fue el propio Gregorio Conrado Álvarez Armelino quien el 8 de febrero de 1985 (a sólo cuatro días de entregarle su dictatorial cargo de Presidente de la República al entonces titular de la Suprema Corte de Justicia, Rafael Addiego Bruno, quien fue mandatario de facto por 16 días y le pasó el mando al electo Julio María Sanguinetti) promulgó el Decreto 55/985 con el que se impuso el Reglamento de los Tribunales de las Fuerzas Armadas, donde quedó establecido el “concepto de honor” al que están sometidos los militares, junto a la Constitución, las leyes, el Código Penal Militar y la Ley Orgánica Militar.
El Reglamento explica en su artículo 1° que “el honor es la cualidad moral que nos lleva al más severo cumplimiento de nuestros deberes respecto al prójimo y a nosotros mismos. Es la virtud militar por excelencia, es una religión, la religión del deber, que señala en forma imperativa el comportamiento que corresponde frente a cada circunstancia” y agrega en el artículo 2° que representa el “ideal del perfecto caballero”, para imponer en el artículo 3° que “el criterio con que se juzgue, considerará la realidad, pero deberá tener en cuenta, especialmente, que las Fuerzas Armadas son una institución de excepción diferenciada de la sociedad civil, a la que está confiada la custodia de los bienes espirituales y materiales de la Nación y que, en consecuencia, cada Oficial está obligado a ser un ejemplo de conducta”.
Los Tribunales de Honor, se explica en el Reglamento del Goyo, pueden aplicar cinco tipos de sentencias, cuatro de ellas (absolución, amonestación por falta leve, amonestación por falta grave y descalificación por falta gravísima) por delitos punibles en los códigos y leyes militares; y la restante, por “descalificación por condena de Tribunales Ordinarios”, es decir, que el sólo hecho de haber sido condenados por la justicia civil es sinónimo de la descalificación. Al menos ocho oficiales que tienen condenas confirmadas y deberían haber sido juzgados moralmente: Gregorio Álvarez, Juan Carlos Larcebeau, José Gavazzo, Ricardo Arab, Gilberto Vázquez, Ernesto Ramas, Jorge Silveira y Luis Maurente. No se incluye a Ricardo Medina y José Sande Lima, quienes por su condición de policías no califican en “el ideal del perfecto caballero”.
Los miembros de los Tribunales de Honor pueden sancionar con una “falta grave” (Límite C) por la que se pierde el uso del uniforme, una “descalificación gravísima” (Límite D) que lleva al pase a “situación de reforma” y no se pueden ocupar cargos, o “la pérdida del estado militar (baja)” (Límite E) que implica la quita de todos los beneficios (incluso sanidad militar) que se impone ante “delitos contra la Patria”, “delitos de carácter doloso” o “delitos comunes, juzgados por tribunales ordinarios, cuando la condena fuese de penitenciaría y aún de simple prisión”. Es decir, que la mayoría de los militares presos perderían todas sus prebendas si les juzgaran su honor, incluso los homenajes póstumos.


Los deshonrables

Gregorio Alvarez, general, condena firme a 25 años de prisión por 37 homicidios especialmente agravados ocurridos durante la dictadura militar de 1973 a 1985. Había sido procesado también por la muerte de Roberto Luzardo en el Hospital Militar, pero el delito fue revocado por el Tribunal de Apelaciones de 4° Turno.
Juan Carlos Larcebeau, capitán de fragata, condena firme a 20 años de prisión por coautoría en el homicidio de 29 personas trasladadas desde el exterior en 1978.
José Nino Gavazzo, coronel, condena firme a 25 años de prisión por la muerte de 28 uruguayos secuestrados en Argentina en el marco del Plan Cóndor en 1976. Procesado por el homicidio de Roberto Gomensoro Josman en 1973 y la desaparición de María Claudia García de Gelman en 1976. Indagado en varias causas. Tiene antecedentes penales en 2002, cuando fue procesado por estafa y falsificación. En 1978 pidió la baja (cuando lo sancionó Gregorio Alvarez por el incidente de El Talero) para no ser sometido a un Tribunal Militar y perder su retiro.
Ricardo Arab, coronel, condena firme a 25 años de prisión por la muerte de 28 uruguayos secuestrados en Argentina en el marco del Plan Cóndor en 1976. Procesado por la desaparición de María Claudia García de Gelman en 1976. Ya fue expulsado de las Fuerzas Armadas por un Tribunal Militar por otros delitos a la moral.
Gilberto Vázquez, coronel, condenado a 20 años de prisión por 28 homicidios en el marco del Plan Cóndor. El juez le computó la atenuante de confesión por vía analógica porque admitió la existencia de homicidios en la dictadura. Procesado por la desaparición de María Claudia García de Gelman en 1976. En las normas militares, se le puede imputar otros delitos por su fuga del Hospital Militar en 2006.
Ernesto Ramas, coronel, condenado a 20 años de prisión por 28 homicidios en el marco del Plan Cóndor. Se ha mantenido internado en el Hospital Militar.
Jorge Silveira, coronel, condenado a 20 años de prisión por 28 homicidios en el marco del Plan Cóndor. Procesado por la desaparición de María Claudia García de Gelman en 1976. Fue confesado por el arzobispo de Montevideo, monseñor Nicolás Cotugno cuando amenazó con suicidarse. Se le indaga por otras causas, que incluyen delitos de violencia sexual.
Luis Maurente, coronel, condenado a 20 años de prisión por 28 homicidios en el marco del Plan Cóndor.
Ernesto Soca, soldado, condenado a 20 años de prisión por 28 homicidios en el marco del Plan Cóndor.
Carlos Calcagno, coronel, con pedido de condena de 25 años de prisión por la desaparición de Nelson Santana y Gustavo Inzaurralde en 1977. Por razones humanitarias, la jueza Mariana Mota le permitió cumplir su prisión en forma domiciliaria. Se lo indaga por el homicidio de Humberto Pascaretta en 1976.
Juan C. Gómez, coronel, procesado por el homicidio de Roberto Gomensoro Josman en 1973.
Héctor Gómez Graña, capitán, procesado por la muerte por torturas de Gerardo Alter en 1973.
Arturo Aguirre, coronel, procesado por la muerte por torturas de Gerardo Alter en 1973.
Tranquilino Machado, coronel, procesado por el homicidio especialmente agravado del estudiante Juan Ramón Peré en 1973. El Tribunal de Apelaciones de 4° Turno cambió su carátula por homicidio simple y para impedir la prescripción aplicó la Ley 18.831que la Suprema Corte declaró inconstitucional.
Miguel Dalmao, general, procesado por el homicidio de Nibia Sabalsagaray en 1974.
José Chialanza, coronel, procesado por el homicidio de Nibia Sabalsagaray en 1974.
José Araújo Umpiérrez, coronel aviador, procesado por el delito de homicidio político de Ubagesner Chaves Sosa en 1976. La jueza Mota le otorgó prisión domiciliaria.
Enrique Rivero, coronel aviador, procesado por el delito de homicidio político de Ubagesner Chaves Sosa en 1976.
Walter Gula, coronel, procesado por la muerte en el Penal de Libertad de Horacio Ramos en 1981. El fallo fue revocado por el Tribunal de Apelaciones de 4° Turno.
Eduardo Radaelli, capitán, extraditado a Chile y procesado por el homicidio de Eugenio Berrios en 1992.
Tomás Casella, coronel, extraditado a Chile y procesado por el homicidio de Eugenio Berrios en 1992.
Wellington Sarli, coronel, extraditado a Chile y procesado por el homicidio de Eugenio Berrios en 1992.
Jorge Tróccoli, capitán de navío, fugó del país cuando se ordenaba su procesamiento, junto al de Álvarez y Lacebeau, por la muerte de 29 uruguayos secuestrados en Argentina en 1978.
Manuel Cordero, coronel, fugó del país en 2004 para evitar un juicio por apología de la tortura. Fue detenido en Brasil y extraditado a Argentina, donde en estos días se le juzga en el marco del juicio oral del Plan Cóndor.


El contragolpe de los fiscales

La mayoría de los fiscales tienen previsto promover la imprescriptibilidad de los crímenes de la dictadura y, por ende, continuar con las investigaciones, a pesar de las sentencias de inconstitucionalidad dictadas por la Suprema Corte de Justicia (SCJ). “Es una posición mayoritaria entre los colegas de que los delitos no prescriben, en virtud de los preceptos del derecho internacional de los derechos humanos y diversos tratados internacionales que el Estado uruguayo se comprometió a cumplir y respetar”, indicaron a Caras y Caretas fuentes del Ministerio Público.
La tesis de la imprescriptibilidad fue impulsada por los fiscales Ana María Tellechea, Ariel Cancela y Carlos Negro, entre otros, quienes se alinean a los argumentos esgrimidos por el fiscal de Corte, Jorge Díaz. El máximo representante del Ministerio Público consideró que jueces y fiscales deben continuar investigando, en aplicación del fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humano (Corte IDH), por el caso Gelman. “No existe ningún principio que le otorgue a los Estados el poder de sustraerse de los fallos adversos mediante la invocación de su impopularidad”, expresó Díaz en un dictamen judicial.
Sin embargo, los fiscales (incluso el doctor Ricardo Perciballe, quien elaboró un extenso trabajo teórico sobre el tema) presentaran otros argumentos para continuar investigando, entre ellos, la incorporación a la legislación uruguaya, vía artículo 72 de la Constitución de la República, de la Declaración sobre Derechos Humanos de la ONU de 1948 (por la cual se creó el marco regulador para el juzgamiento de los delitos de genocidio, torturas y todos los delitos contra la personalidad humana) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, vigente en Uruguay desde 1969, que establece que la irretroactividad de la Ley Penal no se aplica para casos de violaciones al derecho humanitario.
Asimismo, la fiscal Tellechea reclamó en un alegato en la causa de Oscar Fernández Medieta, que se descuente del cómputo de la prescripción el plazo de vigencia de la Ley de Caducidad, ya que durante ese período las víctimas y sus familiares estuvieron imposibilitados de acudir ante los tribunales, ya que la Justicia “estaba vedada de realizar cualquier tipo de investigación”.
La Ley de Caducidad cercenó las “garantías constitucionales” de las víctimas, y “sin duda que modificó los términos de prescripción por cuanto no hubo un verdadero Estado de Derecho, no pudiéndose iniciar investigaciones”, lo cual garantizó “la impunidad” de los responsables. Por ende, el plazo de prescripción debe contabilizarse recién a partir de la decisión de la SCJ de declarar la inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad, en octubre de 2009, ya que “al justo impedido no le corre el tiempo de la prescripción”, estimó Tellechea.
Por su parte, los fiscales Enrique Rodríguez y Dora Domenech se plegarían a la tesis esgrimida por la SCJ. Ambos fiscales avalan que las figuras especiales para el juzgamiento de los crímenes de lesa humanidad entraron en vigencia con posteridad a que se perpetraran los crímenes por parte de agentes del Estado, por lo que su aplicación para los crímenes del período chocaría con el principio de irretroactividad de la Ley Penal. En tanto, el fiscal Gilberto Rodríguez no tiene posición formada sobre el tema.
Las decisiones en torno a la continuidad de las investigaciones, empero, estará a cargo de los jueces. En las últimas horas, los jueces Carlos Garcia y Julia Staricco, dispusieron la citación de decenas de policías y militares, por denuncias de torturas en la DNII y de violaciones a ex presas políticas en predios militares, respectivamente.

Interpretaciones
El fallo de la SCJ que declaró la inconstitucionalidad de la Ley N°18.831 fue cuestionado por varios integrantes del foro, por cuanto contraviene los avances en materia de legislación sobre derechos humanos que venía registrando el Estado uruguayo. Empero, varias críticas se centraron sobre la interpretación “parcial” del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que se realiza en la sentencia.
El ministro Julio Cesar Chalar fundó la imposibilidad de aplicar la ley en forma retroactiva, entre otros argumentos, en los preceptos del artículo 15 de dicho pacto, incorporado a la Constitución de la República, vía el artículo 72 de la Carta. “Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueran delictivos según el derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito (...)”, dice el artículo.
Sin embargo, varios integrantes de la magistratura y abogados querellantes en causas de Derechos Humanos cuestionaron la “omisión” de Chalar de citar el numeral segundo de dicho artículo: “Nada de lo dispuesto en este artículo se opondrá al juicio ni a la condena de una persona por actos u omisiones que, en el momento de cometerse, fueran delictivos según los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional”. “No hay dudas que para la comunidad internacional estos delitos son de lesa humanidad y, por ende, imprescriptibles, desde 1948”, criticaron los abogados.







 PUBLICADO EN LA REPUBLICA EL DOMINGO 17 DE MARZO DE 2013

El jefe del ejército acompaña la decisión del ministro

Militares condenados por violar DDHH serán juzgados

El ministro de Defensa, Eleuterio Fernández Huidobro, aseguró a LA REPÚBLICA que los militares condenados por violar los derechos humanos, tienen como destino ser juzgados en los Tribunales de Honor.

Raúl Legnani

 

El anuncio formó parte de una entrevista que se le realizó el viernes en la tarde, sobre las 15 horas, y que se publicará en forma completa mañana en LA REPÚBLICA. Serían al menos ocho los militares que cuentan con condenas confirmadas y que deberían ser juzgado por los Tribunales Militares.
Ellos son: Gregorio Álvarez, Juan Carlos Larcebeau, José Gavazzo, Ricardo Arab, Gilberto Vázquez, Ernesto Ramas, Jorge Silveira, Ernesto Soca y Luis Maurente (ver nota aparte). Un año atrás, según recordó el viernes la revista Caras y Caretas, el Ministerio de Defensa había solicitado a la Suprema Corte de Justicia los nombres de los militares presos que ya habían recibido condena judicial firme. La idea era que una comisión iniciara los procedimientos para someterlos a Tribunales de Honor (ver nota aparte), según consignó la misma publicación.
El siguiente es parte del reportaje con el Eleuterio Fernández Huidibro, titular de la cartera de Defensa.
¿Por qué los militares que han sido condenados y/o procesados por violar los derechos humanos no han pasado por los Tribunales de Honor?
No sé, pero van a ir.
¿Van a ir?
Sí.
¿Por qué hasta ahora no fueron?
No sé. Pero van a ir.
¿Quién lo va a resolver?
Yo.
¿Está agendado ese pasaje a los tribunales?
Lo está. Van a ir todos. Van a ir con el apoyo del comandante en jefe del Ejército, Pedro Aguerre, a esta resolución del Ministerio de Defensa.
Con el visto bueno del actual comandante que está en el Hospital Militar y que renunció al Centro Militar…
Sí.
¿Por qué no se hizo antes ese pasaje al Tribunal? ¿Fue un problema de correlación de fuerzas en la interna militar?
Fue un problema de política. Es que las cosas se deben hacer con el menor daño posible para la sociedad y con el mejor beneficio posible para la ciudadanía.
¿Hoy hay condiciones nuevas para asumir esta actitud?
No, el tema ya estaba agendado. Quizás otros ministros no pudieron agendarlo y concretarlo, pero no soy juez de nadie. Nosotros lo vamos a hacer.
Virtud militar, una “religión”
Pocos días antes de dejar la Presidencia de facto, en febrero de 1985, el teniente general ( r ) Gregorio Álvarez firmó el decreto Nº 55/985 por el que se creó el Reglamento de los Tribunales de Honor de las Fuerzas Armadas (modificado en 2001 al derogarse varios artículos referidos al duelo entre oficiales). “Cada oficial está obligado a ser un ejemplo de conducta”, señala el Reglamento en su artículo 3 º y define al honor (artículo 1º) como “la cualidad moral que nos lleva al más severo cumplimiento de nuestros deberes respecto al prójimo y a nosotros mismos”. También señala que la virtud militar “es por excelencia, una religión, la religión del deber.
Los Tribunales de Honor, agrega, se limitarán a juzgar, solamente, el aspecto moral de las cuestiones que se les sometan, en las que actuarán como jueces de hecho, de acuerdo a la conciencia que se formen frente a la verdad depurada e inspirándose siempre en el sentimiento de Honor y Deber militar”. En ese sentido, a los Tribunales de Honor compete emitir su parecer respecto a la conducta de un oficial en retiro cuando haya sido “condenado por juez competente”. Los fallos se encuadran dentro de ciertos límites. Van desde la absolución a la descalificación por condena de tribunales ordinarios.
Los nueve condenados
La lista de los nueve militares con condena judicial firme la encabeza el ex dictador Gregorio “Goyo” Álvarez. El ex presidente de facto fue condenado a 25 años de prisión por 37 homicidios especialmente agravados cometidos durante la dictadura (1973-1985). Le sigue el capitán de fragata (r) Juan Carlos Larcebeau, condenado a 20 años de prisión como coautor en el homicidio de 29 personas trasladadas desde el exterior en 1978 en forma clandestina. Luego, el coronel José Nino Gavazzo, condenado a 25 años de prisión por la muerte de 28 uruguayos secuestrados en Argentina en 1976. El coronel Ricardo Arab, condenado a 25 años de prisión también por la muerte de 28 uruguayos secuestrados en Argentina. Arab también había sido procesado por la desaparición de María Claudia García de Gelman en 1976. El coronel Gilberto Vázquez, condenado a 20 años de prisión por 28 homicidios (también fue procesado por la desaparición de María Claudia). El coronel Ernesto Ramas recibió la condena a 20 años de prisión por el homicidio de 28 personas.
El coronel Jorge “Pajarito” Silveira, condenado a 20 años de prisión por 28 homicidios (también fue procesado por la desaparición de María Claudia García de Gelman). El coronel Luis Maurente, condenado a 20 años de prisión por 28 homicidios. Cierra la lista de condenados, el soldado Ernesto Soca, con 20 años por 28 homicidios.




3 comentarios:

  1. http://ladiaria.com.uy/articulo/2013/3/ladeado/
    MPPP...PARADOJICO....“las contradicciones del sistema, alejándolo en principio de sus crisis más profundas. Pero sin duda hemos atornillado el mecanismo mercantil de las decisiones”. “Hemos fortalecido lo que queremos cambiar”,



    http://ladiaria.com.uy/articulo/2013/3/criticas-y-autocriticas/

    Con la Ley de Caducidad aún vigente después de siete años de gobierno frenteamplista con mayoría parlamentaria, estaba por cumplirse el plazo para que, invocando las leyes que corresponden a delitos penales comunes, muchos "grandes jurisconsultos" pudieran argüir que ya no era posible juzgar los crímenes de lesa humanidad cometidos por la dictadura.

    A esa situación se había llegado después de que, en el Congreso que el FA realizó en 2003 para definir su propuesta electoral, se aprobara una moción que eliminó la referencia al propósito de derogar la Ley de Caducidad (aunque mantuvo el compromiso de adecuar la legislación uruguaya en la materia "a los tratados internacionales ratificados por el país").
    La moción fue defendida por el propio Fernández con diversos argumentos, algunos de conveniencia electoral y otros referidos a la necesidad de respetar el resultado del referéndum de 1989 contra la caducidad.

    La tesis de Fernández significa que no hay nada que hacer contra la impunidad penal de los crímenes de la dictadura desde hace por lo menos 24 años. Y antes de que se aprobara la Ley de Caducidad, el actual ministro de Defensa no se destacó por impulsar acciones judiciales o de cualquier otra clase para que los criminales fueran juzgados.

    En cambio, se le han oído y leído, con alta frecuencia, alegatos que parecen definir a las atrocidades sufridas por él y sus compañeros tupamaros como consecuencias previsibles de una presunta "guerra", por las cuales los "combatientes" no deberían pedirse cuentas ante el Poder Judicial.

    Cuando Fernández sostiene que otros dirigentes erraron en el intento de lograr justicia, omite decir que él no puso sus talentos al servicio de ningún otro camino para alcanzar tal objetivo, porque lo considera descartado desde hace mucho tiempo. Sobre esto también valdría la pena que algún día se discuta con franqueza en el FA, con oportunidades para la autocrítica o la simple crítica entre compañeros, que también es legítima.

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  2. Todos los uruguayos opuestos a la opresión, la vileza de los procedimientos, el abuso sistemático, el atropello a las libertades y el sojuzgamiento que significaron las fuerzas represivas vieron al ideal tupamaro como su contrapartida, no menos cuanto que los militares ungieron a éste como su principal enemigo.


    Luego de la dictadura, no cabe duda de que éste fue un motivo importante para el ascenso político de figuras asociadas con este arquetipo. La gente prefería a figuras asociadas con los principios democráticos, la justicia y el enfrentamiento con el monstruo militar creado antes y durante el período dictatorial.


    Durante los períodos de gobierno frenteamplista, sin embargo, el MLN actual y sus principales referentes, Mujica, Fernández Huidobro y Marenales, se fueron distanciando claramente, si es que no lo habían hecho antes ocultamente, de los principales rasgos definitorios del arquetipo tupamaro: enfrentamiento con las fuerzas represivas, liberación nacional y justicia social principalmente a través de la reforma agraria.


    Actualmente, estas figuras del gobierno y sus escuderos del MLN actual, sostienen en la práctica los principios opuestos.
    Por un lado el apoyo sistemático a los violadores, asesinos, torturadores y secuestradores de niños ocultos entre las fuerzas armadas, por otro el abandono total de la idea de reforma agraria y con ella de justicia social en el Uruguay y finalmente el apoyo a las empresas multinacionales que se han asegurado privilegios a veces por medio de cláusulas secretas en sus convenios con el gobierno, como Montes del Plata, Botnia/UPM y Aratirí y también a una política de extranjerización de la propiedad de la tierra.


    Muchas veces la prensa y la opinión pública califican erróneamente de tupamaros a quienes en realidad representan todo lo opuesto, como el MLN actual y sus referentes más notorios, y aun al ministro de defensa Eleuterio Fernández Huidobro, pese al alejamiento de éste ya sea del MLN como de todos los principios tupamaros.


    Existen tupamaros, sí, pero éstos se encuentran por ahora dentro de una masa anónima, como la masa de todos los compañeros que se jugaron todo por los ideales mencionados y que resistieron heroicamente tortura, prisión, exilio, pérdida de bienes y de salud.

    http://elmuertoquehabla.blogspot.com/

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  3. Verónika Engler
    No hay peor ciego que el que no quiere ver, sobre todo cuando la verdad duele y nos retrotrae a hechos difíciles de aceptar desde el punto de vista humano,
    Es más fácil pensar en el pasado como algo lejano en el tiempo, ajeno a nosotros, que aceptar que los Derechos Humanos no tienen tiempo ni fronteras y son responsabilidad de todos, porque de hacerlo tendríamos que tomar posición e involucrarnos mucho más de lo que hacemos, tendríamos que adquirir más consciencia y responsabilidad, tendríamos que adoptar una posición menos conformista y ser más analíticos y por ende más críticos a las tibias posiciones de los gobiernos actuales frente al tema, tendríamos que definirnos en medio de tanta indefinición y no es fácil navegar contra la corriente.

    Cuestionarse el papel de las FF.AA. en nuestros países y la intervención de los EE.UU. en los “asuntos de defensa” nos llevaría a analizar un sinfín de hechos que son aterradores, como la enorme cantidad de bases militares colocadas en lugares estratégicos, los acuerdos y convenios con EE.UU. que cada vez se realizan más abiertamente.
    Estamos en venta al mejor postor y la excusa es la“teoría del derrame”, agrandar la “torta” de los ricos para algo caiga en la mesa de los pobres (linda política de izquierda).
    Aquello del antiimperialismo y el “Yankee go home” pertenece al pasado romántico e idealista de la izquierda, catalogado en la actualidad como infantilismo de izquierda, hoy son otros los valores que priman y nos mueven.
    Nos encontramos con que Bush no era tan malo, no nos parece tan raro que salga a pescar con Tabaré, nuestro posible futuro presidente.
    Obama se merece el premio Nobel de la paz
    En Uruguay las visitas extranjeras ameritan sillones especiales en los que los políticos se puedan abrazar con Hillary Clinton y Julissa Reynoso para cocinar políticas de “desarrollo” y acuerdos de puertos y entradas fluviales al continente.
    El ex guerrillero Huidobro, actual ministro de defensa preside la reunión de todos los ministros de defensa, arroja lagrimitas por los soldados acusados de violar a un Haitiano y defiende a militares acusados de crímenes atroces cometidos contra quienes creían ser sus compañeros en otra época.
    Aumentan las intervenciones de los militares uruguayos en otros países, nuevo armamento, los SEALs entrenan a nuestras tropas.
    Bonomi reprime hacia adentro. Unos pocos genocidas en cárceles especiales, la sentencia de la suprema corte los condena por homicidios y no por crímenes de lesa humanidad.
    La impunidad nos da una clara señal de por donde llevan el asunto los gobiernos actuales a pesar de que lo hagan bajo la máscara de la historia que portan como viejos guerrilleros.
    Mentiras que ocultan hechos reales, disfraces y algún fuego de artificio es lo que tenemos.
    ¿Cuál es nuestro papel en este rompecabezas?
    En agosto del 2012, el ex tupamaro, actual ministro de defensa Fernández Huidobro y Frank Mora, secretario adjunto de Defensa para Asuntos del Hemisferio Occidental, actualizaron el acuerdo militar bilateral entre EE.UU. y Uruguay.
    En esa ocasión, Huidobro manifestó aprobación y deseos de extender lazos para un diálogo permanente con Estados Unidos en el área de la defensa.
    La impunidad ampara este tipo de crímenes y nuestro silencio lo permite.

    Veronika Engler

    25/09/2012
    Ver todo el artículo en:
    http://elmuertoquehabla.blogspot.com/

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