lunes, 8 de septiembre de 2014

El negociado de la regasificadora


por Gustavo Salle

 06 Septiembre 2014

Si Pluna fue una grotesca estafa  cuyos efectos económicos ruinosos los están pagando el conjunto de los uruguayos, el negociado de la regasificadora, es aún más turbio ilegal y lesivo

¿QUÉ ES LA REGASIFICADORA?

Es una obra que según el Gobierno, busca la diversificación de la matriz energética. En los hechos, se trata de un muelle donde atracarán los buques tanques con gas licuado y que luego de su transformación en estado gaseso será transportado a tierra para su distribución. Este proyecto, en principio, tiene un costo aproximado, según del Gobierno, difundido por la prensa, de U$S 1.215. 000.000 (mil doscientos quince millones de dólares)


Para llevar a cabo ese proyecto, el Presidente de la República, el Ministro de Industria, Energía y Minería, el Directorio  de UTE y ANCAP, utilizaron el dinero público de dichos entes autónomos, para crear una empresa privada (Gas Sayago S.A.) de forma tal, de poder disponer de cientos de millones de dólares, al margen de todo control, por parte de los organismos del Estado.

Es decir, dinero publico, que se destina a una sociedad anónima privada, regida por el derecho privado, al margen de todo control estatal


Esta ingeniería jurídica viola grotescamente el artículo 188 de la Constitución. En efecto dicho artículo no contempla la creación de una empresa privada con capital cien por cien del Estado.


Dice el articulo 188: “Para que la ley pueda admitir capitales privados en la constitución o ampliación del patrimonio de los Entes Autónomos o de los Servicios Descentralizados, así como para reglamentar la intervención que en tales casos pueda corresponder a los respectivos accionistas en los Directorios, se requerirán los tres quintos de votos del total de los componentes de cada Cámara.
El aporte de los capitales particulares y la representación de los mismos en los Consejos o Directorios nunca serán superiores a los del Estado.
El Estado podrá, asimismo, participar en actividades industriales, agropecuarias o comerciales, de empresas formadas por aportes obreros, cooperativos o capitales privados, cuando concurra para ello el libre consentimiento de la empresa y bajo las condiciones que se convengan previamente entre las partes.
La ley, por mayoría absoluta del total de componentes de cada Cámara, autorizará en cada caso esa participación, asegurando la intervención del Estado en la dirección de la empresa. Sus representantes se regirán por las mismas normas que los Directores de los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados.
Las disposiciones de este artículo no serán aplicables a los servicios públicos de agua potable y saneamiento.”





Es muy claro que la Constitución presupone la existencia de una empresa privada, y asimismo consagra  la necesidad de una ley con mayoría absoluta “en cada caso”.

Todo lo actuado por el  gobierno de Mujica en la creación de “Gas Sayago” ha sido contrario a la Constitución, en efecto, no existía una sociedad privada con antelación, la sociedad privada se forma con capitales del estado y no fue autorizada por ley específica para el caso concreto.

El gobierno de Mujica consuma el absurdo jurídico, de que capital de UTE más Capital de ANCAP origina una sociedad anónima privada. Publico mas Publico, a este gobierno le da “Privado”. Los grandes maestros administrativistas y constitucionalistas se retuercen en sus tumbas ante esta aberración. La actual academia mercenaria, se calla la boca, o lo que es peor, colabora en el parto del maléfico monstruo jurídico

Con la finalidad de imprimirle seriedad y solvencia a la empresa encargada de la obra, el Gobierno habló de un proceso licitatorio que lo habría ganado la Corporación Internacional “GDF Suez.”

Este fue un mecanismo de engaño, pues “GDF Suez”, ni ganó la licitación, ni firmó el contrato de obra. Otra  mentira, que explicaremos a continuación



Tratándose de una obra que se pagará con dinero del pueblo uruguayo, el proceso licitatorio privado no lo llevó adelante la jurídica de UTE y ANCAP, fue el estudio jurídico de Posadas, Posadas & Vecino, quien se encargó de seleccionar a la empresa ganadora.

Vaya que los uruguayos tenemos malas experiencias en esto de los privados seleccionando privados para manejar nuestro dinero¡. ¿Recuerdan cuando Vázquez, Astori y Rossi seleccionaron a Ficus Capital para que este, a su vez, trajera al Leadgates para asociarse con Pluna Ente Autónomo?. Ya en el 2007, denunciamos penalmente este procedimiento altamente sospechoso, recién en el 2014 se verificaron procesamientos

Pues bien, Posada Posada y Vecino  selecciona a la  empresa “GDF Suez Energy Latin America Participaçoes  Ltda.” (Empresa asesorada por el Estudio Guyer), que jurídica y patrimonialmente NO es la corporación internacional mencionada en los medios de comunicación.

Por si eso fuera poco, cuando llega el momento de suscribir el contrato de esta obra de enorme envergadura, aparece en escena una empresita llamada Riklur Company S.A. en proceso de cambio de nombre a GNLS S.A., con domicilio en la Cumparsita 1373 Piso 10.
Advierta el lector, que para esta mega obra de U$S 1.215.000.0 00, en principio, comenzamos con la corporación internacional GDF Suez y terminamos en la triste y obscena realidad de que la obra estará a cargo de una empresita uruguaya de la cual desconocemos totalmente su solvencia, referencias, experiencia e idoneidad para semejante emprendimiento.

En ningún momento el Gobierno, ni los involucrados, han explicado cómo se llega a esta sustitución de empresas al momento de celebrar el contrato.  Cuando a través de la página web de “Gas Sayago” se intenta obtener información al respecto, los enlaces están “rotos”.

Ahora bien, Ryklur Company SA (la de la cumparsita);  es muy probable que no tenga un mango partido por la mitad. Pero esta obra, por su costo, requiere financiación internacional, es decir, hay que ir a golpear la puerta de los banqueros (banksters).

Seguramente, si los representantes de Riklur se hubieran presentado ante los banqueros a pedir una financiación de U$S 1.215.000.000 , probablemente los hubieran echado. Lo que tienen que saber los uruguayos es que Riklur llevó una carta en la manga muy importante: la garantía de todos los uruguayos, esto es, una fianza solidaria del Estado uruguayo firmada el 1 de octubre de 2013 por el entonces Ministro de Economía, Fernando Lorenzo, extendida en papel notarial de actuación número Ew 700071 autorizada por la Escribana Carolina Bentancourtt Barreto. Por si esto fuera poco, en el numeral 5 del documento por el cual todos los uruguayos nos convertimos en garante de esta deuda de U$S 1.215.000 .000 establece que: “de conformidad con las disposiciones del contrato el Beneficiario podrá ceder sus derechos emergentes de esta garantía a favor de los acreedores, todo lo cual el garante acepta desde ya”. Los banqueros ni necios ni perezosos, lejos de echar a los representantes de la empresita, los abrazaron pues, saben que el Estado, por definición, es solvente pase lo que pase (lo cual permite suponer que existe una cesión oculta).




¿Quedó claro? Fernando Lorenzo, igual que con Pluna, nos metió a todos los uruguayos como garantía de esta millonada de dólares, que van a manejar unos sujetos desconocidos  desde “La Comparsita”. Parece chiste. Pero no lo es.

El lector tiene que advertir que el dinero de UTE y ANCAP se coloca en una empresa privada, para sustraerlo del control del Estado. Luego se celebra un proceso licitatorio privado, en manos de un estudio jurídico también privado (normalmente patrocinante de las corporaciones internacionales) y luego, y lo más grave, se otorga a una empresita privada la garantía de todos los uruguayos, y por si esto fuera poco, se les priva a aquellos del derecho de conocer los pormenores de todo este negociado, por cuanto es sustraído del conocimiento público, secreto, transformándolo en los hechos en un asunto confidencial.

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En realidad, al pueblo uruguayo ya lo había comprometido el directorio de UTE y ANCAP, como asimismo el Ministro Kreimerman.

El mismo día de la suscripción del contrato de  obra, el fatídico 1 de octubre de 2013, UTE y Ancap firman un contrato de “Fianza solidaria” en beneficio de Riklur SA., es decir, todas las deudas que contraigan “los muchachos de la Cumparsita” están garantizadas por UTE y ANCAP, pues, Sendic y Casaravilla se encargaron con sus firmas, de meternos a todos los uruguayos en este baile.

En el caso de UTE, su carta orgánica consagrada en la ley 15031 no contempla esta operación, es decir, que la misma es contraria a la ley.

Establece el articulo 20 de la ley 15031: “Todas las rentas y bienes de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas garantizan con sujeción a las leyes, el pago de las obligaciones que contraiga. En defecto de ello, responde subsidiariamente el Estado.
El artículo es muy claro, en el sentido de que las rentas y bienes, del ente son la garantía de las obligaciones que contraiga el propio ente, resulta  legal, lógico y  normal que los bienes del deudor garanticen sus obligaciones. La norma contempla el endeudamiento que genere la gestión del ente en el funcionamiento y cumplimiento de sus cometidos. Para nada habilita a que dichas rentas y bienes garanticen las obligaciones de un particular, de un privado, como se hizo respecto de Riklur SA
Pero el Estado también garantizó de forma subrepticia las obligaciones asumidas por Gas Sayago respecto de Riklur.SA, por cuanto, aunque no está mencionado en la comparecencia del contrato, el Ministro Kreimerman firmó dicho instrumento, esa firma del Ministro compromete contractualmente al Poder Ejecutivo.
El Estado no puede hacer lo que la ley no lo autoriza. A eso se le llama “reserva de la ley”
“Solo la Nación es soberana. Los órganos públicos no ejercen poderes propios sino delegados por la nación (…) No hay competencia para un órgano publico sin texto que lo establezca. Y toda competencia es atribuida con una triple limitación: en razón de materia, de forma y de fines(…) Ningún órgano puede hacer lo que no le ha sido expresamente conferido “
( Ver Jimenez de Arechaga ,Justino La Constitución  Nacional Organización Medina T.1 pag 122).
Esta ingeniería jurídica viola el principio de reserva de la ley,y también viola el articulo  85 numeral 6 de la Constitución que establece: “A la Asamblea General compete….6º) Autorizar, a iniciativa del Poder Ejecutivo la Deuda Publica Nacional, consolidarla, designar sus garantías y reglamentar el crédito publico, requiriéndose, en los tres primeros casos, la mayoría absoluta de votos del total  de componentes de cada cámara”.
Este Gobierno, en forma secreta, actuado arteramente, ha endeudado a los uruguayos ante los bancos internacionales, garantizando las deudas contraídas por una empresa privada, que no puede ser controlada por los endeudados.



Este “mefistofélico”  contrato esta firmado, además, por Cesar Briozzo (Presidente de Gas Sayago SA)  Carlos De Verney Gothe  ( por Riklur SA), Roberto Kreimerman ( Ministro de Industria) Raul Sendic ( Presidente de ANCAP) Conrado Casaravilla ( Presidente de UTE)

Los compatriotas deben saber que a nivel mundial en general y a nivel nacional en particular, los organismos financieros internacionales como el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial, han desarrollado una ingeniería jurídica para que las grandes corporaciones anacionales, puedan expoliar a los países subdesarrollados, cuya característica fundamental, es el avasallamiento del derecho público y su sustitución por el derecho privado, lo cual le garantiza desregulación y ausencia de control del manejo del dinero público.
Los contratos de inversión, como  este de la REGASIFICADORA son un verdadero “ébola jurídico”  que infecta  a los países denigrando  su soberanía autonomía y republicanismo.

El suscrito abogado ha denunciado este negociado con apariencia criminal ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal Especializado en Crimen Organizado de 2º Turno  expediente ficha  2-47.259/2013


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