lunes, 3 de octubre de 2016

Red Iberoamericana de jueces

Un ataúd frente a la cancillería


>>> Uruguay en la mira 
Dr. Daniel Urrutia Laubreaux de la Red Iberoamericana de Jueces


>>>Petición

Derecho a la reunificación familiar y reasentamiento

Derecho a la información

A la COMISIÓN DE REFUGIADOS (LEY 18.076)

Jihad Diyab, titular de la cédula de identidad n.o 6.121.353-1, con domicilio real y constituido en Soriano 1292 ap. 1, a la COMISIÓN me presento y DIGO:
Que en ejercicio de mis derechos a la reunificación familiar y a la información, vengo a solicitar se haga lugar a la presente solicitud, requiriéndose de la autoridad que corresponda la documentación que se dirá.
1
Agradezco la ayuda del gobierno uruguayo para lograr mi estadía en Uruguay, en calidad de refugiado, pero me he dado cuenta de que, dado lo numeroso de mi familia, la diferencia de culturas y mis limitaciones físicas, nuestra adaptación en este país es imposible.
Soy una persona pacífica de 45 años, que fue ilegalmente secuestrado y mantenido en Guantánamo por 12 años, violándose por parte del gobierno de EE. UU. mis derechos humanos.
Mi interés es reunirme con mi familia y vivir en paz. Ese es mi interés legítimo y mi derecho. Y así lo manifesté desde el primer momento en que fui trasladado a Uruguay.
Por eso busco un país que comparta mi cultura, o que por lo menos tenga una muy numerosa comunidad que la comparta, para que mi familia y yo podamos practicar nuestra fe y vivir en gratificante armonía con nuestro entorno.
Como consecuencia de mi estadía en Guantánamo cuento con un importante impedimento físico que me obliga a desplazarme con muletas y me dificulta una inserción laboral que me permita sostener a mi numerosa familia en Uruguay.

2
En tal sentido, viendo que luego de casi dos años no he conseguido la tan ansiada reunificación familiar permanente, he optado por ejercer mi derecho a la protesta, tal como es público y notorio, mediante la huelga de hambre.
Sin embargo, quiero manifestar que estaré muy feliz de levantar dicha medida definitivamente si de manera complementaria a los esfuerzos realizados por el gobierno uruguayo hasta ahora, y que espero continúen, este se pudiese comprometer a proporcionarme prontamente los documentos que detallo en mi petitorio y que estimo que son necesarios en mis gestiones personales para afincarme en otro país con mi familia.

3
He sido notificado de la resolución del Juzgado Letrado en lo Penal de 17.o turno (Juez Letrado Dr. Carlos García Guaraglia) que dispuso el archivo del expediente al que dio lugar una comunicación de la Policía sobre mi protesta (expediente IUE 92-312/2016). En esa misma resolución, de fecha 16/9/2016, la autoridad judicial decide comunicar mi situación a la Comisión de Refugiados creada por la Ley 18.076 y a otras entidades estatales.
Sé que esta decisión judicial tuvo como fundamento esencial lo establecido por la mencionada ley que establece en su art. 1 que toda persona tiene derecho a solicitar y recibir refugio en el territorio nacional, en salvaguarda de su vida, integridad física, moral e intelectual, libertad y seguridad; en su art. 21 se establece que “la reunificación familiar es un derecho del refugiado, a solicitud de este, le será reconocida al cónyuge, concubino e hijos, así como a cualquier otro pariente por consanguinidad hasta el cuarto grado o afinidad hasta el segundo grado, salvo que a su respecto le sea aplicado una cláusula de exclusión o cesación”. En el art. 24 de la Ley 18.076 se establece la integración de la Comisión (CORE) y en el art. 28 se define que los cometidos de esta, entre otros, son los de resolver sobre la solicitud de reunificación familiar, resolver sobre la solicitud de reasentamiento y en general resolver todos aquellos aspectos referidos a la condición de refugiado.

4
Esta petición se relaciona con una materia en la que se debe aplicar directamente el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Internacional del Refugiado (art. 168 num. 20 y art. 85 num. 7 de la Constitución de la República).
En todo caso, la petición debe sustanciarse y resolverse de acuerdo con la interpretación y el trato más favorable al refugiado (principio pro homini).

5
Entonces, en defensa de mi interés y mi derecho, solicito que se me otorguen prontamente cuatro cartas firmadas por el Sr. Ministro de Relaciones Exteriores, don Rodolfo Nin Novoa, dirigidas respectivamente a las embajadas de Turquía, Venezuela, Líbano y Qatar. En tales notas oficiales emitidas por autoridad estatal uruguaya deberá dejarse expresa constancia de que la República Oriental del Uruguay está de acuerdo con mi viaje para reunificación familiar en esos respectivos países, y de que no existe ningún impedimento legal para ello.
Motiva este planteo y esta solicitud mis previas gestiones personales en las mencionadas representaciones diplomáticas y el hecho de que en esas ocasiones se me hubiera requerido por parte de las autoridades diplomáticas respectivas la nota emitida por la autoridad de Uruguay, que ahora estoy requiriendo.

6
6.1 - A nadie escapa que mi radicación en este país estuvo precedida de un acuerdo entre los gobiernos de Estados Unidos y Uruguay. Ese acuerdo me afecta, refiere a mi situación personal y, por eso mismo, debo conocerlo en todos sus detalles. Es mi derecho estar informado sobre todos aquellos antecedentes y gestiones que determinan mi situación actual. En tal sentido, solicitaré de la autoridad uruguaya que me provea copia del acuerdo intergubernamental que habilitó mi traslado desde Guantánamo a Uruguay.

6.2 - Estados Unidos anunció públicamente que yo no soy una persona peligrosa y, como es obvio, no pesa sobre mí ninguna imputación judicial enmarcada en ningún proceso penal. Esa calidad habilitó mi traslado fuera de Guantánamo. Pues bien, asumo que esa declaración del gobierno de Estados Unidos fue transmitida formalmente al gobierno de Uruguay. Por lo tanto, requiero que se me entregue copia de ese documento.

6.3 - Igualmente, debido a mi experiencia en la República Bolivariana de Venezuela, requiero que se me informe de modo cabal y preciso sobre el motivo de la deportación que derivó en mi traslado desde Venezuela a Uruguay. Requiero que se me entregue copia de la documentación que constata mi ingreso legal a Uruguay. Asimismo, requiero que se informe sobre los documentos que me fueron retenidos en esta oportunidad y que están en poder de autoridades uruguayas.

7
El hecho de que hubiera ingresado legalmente y sin dificultad alguna a Brasil no se compadece con el episodio que derivó en mi deportación a Uruguay desde Venezuela, por lo tanto requiero saber con exactitud cuál es el alcance del documento de permiso de viaje que el estado uruguayo me proveyó oportunamente. Es decir, solicito que se me informe por escrito si ese documento me permite viajar a cualquier país libremente.

8
Como ya señalé, la huelga de hambre es una expresión de mi derecho a la protesta. Ese es mi derecho y lo ejerceré de acuerdo a la mejor defensa de mi derecho humano a la reunificación familiar. Además, declaro que si los países que mencioné (Turquía, Venezuela, Qatar y Líbano) no respondieran favorablemente a mis gestiones personales, requeriré otra documentación al estado uruguayo que, igualmente, me permita continuar gestiones ante las representaciones diplomáticas de otros países.

También declaro que en caso de no ser aceptado por los mencionados países, me reservo el derecho de continuar pidiendo al gobierno uruguayo cartas similares para otras embajadas.

9
Expreso que no podrá invocarse la confidencialidad respecto del contenido de esta petición para limitar en ningún sentido mi derecho a la información aquí ejercido, ya que aquella solo puede interpretarse en mi favor y no en contra de mi derecho y de mi interés (art. 17 de la Ley 18.076).

PETITORIO

Por lo expuesto, fundando mi derecho en lo establecido por los arts. 7, 10, 30, 318 y 72 de la Constitución de la República y en lo dispuesto por la Ley 18.076, a la Comisión PIDO:

Me tenga por presentado, por constituido domicilio y por formulada la presente petición. Se haga lugar a lo solicitado en este escrito y en su mérito:

2.1 - Se requiera del Sr. Ministro de Relaciones Exteriores la emisión de las notas dirigidas a las representaciones diplomáticas de Turquía, República Bolivariana de Venezuela, Qatar y República Libanesa, en los términos expuestos en el numeral 5 del cuerpo de este escrito.

2.2 - Se requiera de la autoridad estatal correspondiente la información detallada en el numeral 6 del cuerpo de este escrito, notificándoseme en la oportunidad en la que esté a mi disposición y proveyéndome de sendas copias.

2.3 - Se me informe por escrito sobre el alcance y efectos del documento de permiso de viaje del que soy titular y, en particular, se me informe si dicho documento me permite viajar libremente a cualquier país.

>>> ¿Dejaremos morir a Jihad?

¿Dónde fue a parar aquello de Uruguay, país de Asilo? ¿Dónde?
“A tal punto se atina, en estas peculiarísimas condiciones, a ahondar en el análisis, que me atrevo a confesarte algo: si bien no puedo hacer un plan quinquenal de mis pesadillas, sí puedo soñar despierto y por capítulos. Y así voy desgranando, desmenuzando, lo que quise y lo que quiero, lo que hice y lo que haré. Porque algún día podré volver a hacer cosas, ¿no te parece? Algún día abandonaré este raro exilio y me reintegraré al mundo, ¿no? Y seré alguien distinto, creo, incluso, que alguien mejor, pero nunca el enemigo del que fui o el que soy, sino más bien el complementario.”
Mario Benedetti. Primavera con una esquina rota
En Uruguay es casi imposible saber cuántos refugiados hay ni en qué difíciles condiciones viven. Unos dicen 300, otros 400, otros 600. Es una realidad invisibilizada.
Pero existe un organismo, CORE (Comisión de Refugiados), que se forma a partir de que “Uruguay es Estado parte de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y de su Protocolo de 1967. También ha ratificado los instrumentos universales más relevantes sobre derechos humanos… La CORE está integrada por representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Dirección Nacional de Migración, la Universidad de la República, un representante del Congreso Nacional, una organización no gubernamental sin fines de lucro y el ACNUR, que participa con voz pero sin voto…”
¿Ha oído usted que este organismo nos informe y haga algo por los refugiados?
¿Sabe usted que cualquier persona refugiada tiene derecho a saber los términos y condiciones de su refugio?
¿Sabe usted que en Guantánamo hubo niños y ancianos presos?
¿Sabe usted que fue Estados Unidos quien definió quién era terrorista y abrió Guantánamo?
¿Sabe usted que secuestró gente, la torturó y que nunca hubo juicios?
¿Sabe usted que el gobierno uruguayo y el de Estados Unidos hicieron un trato secreto para traer a los presos de Guantánamo?
Estamos viviendo, como humanidad, una tragedia interminable, de guerras por las energías, por el agua; por los territorios. Millones de refugiados por el mundo buscan un sitio donde vivir.
Las mentiras han sido muchas. Las esperas, demasiadas.
Hoy los uruguayos hablamos de Jihad.
¿Qué podemos decir de él?
Sufrió 13 años de torturas, un año y medio de destierro y lleva una huelga de casi 60 días. Solo quiere encontrase con su familia en un país de cultura árabe. Allá en Siria ha muerto parte de su familia, incluido su hijo mayor. Su familia es parte de eso que los que se disputan los territorios llaman “daños colaterales”
Podemos pensar que es un desagradecido. Que Uruguay lo recibió de Guantánamo, que le dio casa y 15 mil pesos. ¿Sabe usted que todo eso para todos los ex presos de Guantánamo se termina en enero de 2017? El 30/01/17 se termina el convenio firmado. No hubo ni habrá amparo ni reparación ninguna por parte de Estados Unidos.
Podemos sumarnos al castigo y condenar a Jihad por no aceptar lo que le “dieron”, después de quitarle trece años de su vida.
O podemos sentir que es su derecho; su derecho a ir donde él desea. Su derecho a ser libre.
¿Creemos posible que Jihad, después de todo lo sufrido, debe aceptar y adaptarse lejos de su familia, su tierra y su cultura, en condiciones críticas de vida?
La huelga de Jihad sacó a luz su drama concreto, y con él el drama colectivo.
Podemos mirar para otro lado.
Podemos ver que se está muriendo en una huelga de hambre y decir “que se muera”.
O podemos razonar que él fue una de las 800 personas secuestradas por comandos de Estados Unidos, sometidas a las peores torturas, en una de las peores cárceles del mundo creadas por los yanquis en 2002.
Podemos ver que el cerco tendido se debe a que fue condenado a muerte porque no lo doblegaron. Lo condenaron por no callar. Por denunciar. Porque él junto a otros expresos lleva adelante un juicio en Washington para divulgar las imágenes del martirio de la tortura y la alimentación forzosa.
La única manera de devolverle una fracción de la vida arrancada a Jihad es dejarlo en libertad y que pueda ir al reencuentro de sus hijos, su esposa y su madre.
La única manera de no ser su verdugo es dejar de mentir, es dejar de hacerle los mandados a los del norte.
La única y rápida salida es que el gobierno uruguayo diga al mundo y sus embajadas que Uruguay le da toda la documentación para que Jihad pueda ir a un país árabe.
La única manera de que Uruguay no sea su verdugo es que no lo dejen morir, que le otorguen la documentación adecuada para que pueda viajar.
Pongámonos por un momento en su pellejo: no nos sumemos al castigo de Estados Unidos.
No seamos cómplices de las barbaries de los poderosos.
De nada vale hablar contra las discriminaciones si discriminamos.
Ser sirio no es un delito.
Ser árabe tampoco es un delito.
Ser musulmán, tampoco.
Hoy es cuestión de horas: Jihad otra vez le suma a su huelga de hambre la huelga seca: no ingiere líquidos.
Nuestra alerta es humanitaria. Es solidaria. Es un alerta que apela a nuestra historia de pueblo solidario con el perseguido.
¿Dejaremos morir a Jihad?

>>> Rueda de prensa en la cancillería
Actualizado 8.10.16













0 comentarios:

Publicar un comentario

No ponga reclame, será borrado