La opacidad del hidrógeno en el Uruguay
Comunicado de prensa
Ni verde ni transparente
La opacidad del hidrógeno en el Uruguay
El Poder Ejecutivo sigue ocultando la información del proyecto de combustibles sintéticos que la empresa HIF pretende implantar en Paysandú.
A nueve meses de la firma del Memorando de Entendimiento entre la empresa HIF y el Poder Ejecutivo, seguimos sin conocer lo que este último comprometió en nombre de todos los uruguayos. Este es, según declararon, el paso previo a otro contrato negociado en secreto como fueron los firmados con Montes del Plata y UPM .
Desde la Secretaría de la Presidencia se ha dicho que no hay compromisos y que lo firmado es “inocuo”, pero para ocultarlo han llegado al extremo de incumplir una sentencia del Poder Judicial siendo condenados por ello con una multa diaria de 20 UR, unos 35.000 pesos.
El Juez de la causa, manteniendo en todo su sentencia original, franqueó el caso a los tribunales de apelaciones en lo civil, recayendo este en el de 4º Turno; el mismo que tiene a estudio el caso por el que se prohibió a la OSE firmar el lesivo contrato que se pretende realizar con el Consorcio Aguas de Montevideo para la construcción del proyecto Neptuno en Arazatí.
¿Por qué el gobierno se empeña en ocultar lo que contiene el documento que firmó con HIF?
Se agrega para conocimiento la Sentencia Interlocutoria 2309/2024 del Juzgado Letrado de lo Contencioso Administrativo de 3º Turno.
Movimiento por un Uruguay Sustentable
11 de noviembre de 2024
Contactos de prensa :
Raúl Viñas 099 648 685
Ana Filippini 098 407 572
Sentencia interlocutoria 2309/2024
Al recurso de reposición no se hará lugar por los siguientes fundamentos:
La sede en lo que respecta al incumplimiento de la sentencia mantendrá los fundamentos vertidos en Interlocutoria nº 2073/2024, por lo cual, se desestiman los agravios de la demandada en esta instancia. Asimismo, a lo que respecta a la cantidad de URs impuesta como conminación económica, el suscrito entiende que el monto a imponer lo valora el Juez atendiendo a la naturaleza del asunto y las posibilidades económicas del obligado, de manera tal que signifique una efectiva constricción para el cumplimiento. En tal sentido, se valoró que se trata de información pública de carácter ambiental, por lo que dada la importancia de la misma se fijó en 20 UR.
Se hará lugar al recurso de apelación franqueándose el mismo con efecto suspensivo para ante el Tribunal de Apelaciones en lo Civil que por turno corresponda.
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Área de Comunicación
MOVUS - Movimiento por un Uruguay sustentablePAYSANDÚ (Uypress)- La Justicia ordenó al Poder Ejecutivo pagar de forma diaria 20 unidades reajustables (unos $35 mil al valor actual) hasta que cumpla con la sentencia que lo obligó a entregar información sobre el proyecto de hidrógeno verde, a cargo de HIF Global que prevé instalarse en Paysandú
Semanas atrás la Justicia había condenado al Poder Ejecutivo -luego de un recurso presentado por el ambientalista Raúl Viñas- a entregar información sobre el contrato firmado entre el Estado y HIF Uruguay.
Dicha sentencia había condenado al Ejecutivo a "suministrar toda la información de carácter ambiental contenida en el memorando de entendimiento y su anexo celebrado entre la República Oriental del Uruguay y la Empresa HIF Uruguay el día 28 de febrero de 2024". Presidencia de la República se había negado a acceder a un pedido de acceso a la información pública alegando la existencia de una cláusula de confidencialidad.
A pesar del fallo judicial, el Ejecutivo todavía no accedió a dar la información, aunque sí había entregado un anexo, pero que tenía gran parte de su contenido tachado.
Por esta razón, el juez Pablo Gandini (que había dictado en primera instancia la entrega) estableció este 3 de octubre una multa de 20 UR "por cada día que no cumpla con el fallo de la sentencia definitiva" del 26 de junio y "por un plazo de 45 días", según el texto al que accedió El Observador.
Proyecto de hidrógeno verde
El proyecto a cargo de HIF Global abarcará una superficie de unas 288 hectáreas en Paysandú y verterá una serie de efluentes al Río Uruguay, además de generar "emisiones gaseosas con impacto negativo en el medio ambiente", según había señalado la sentencia de primera instancia de Gandini.
Por otra parte, el juez describía que el proyecto en cuestión "requerirá de hasta 40.000 hectáreas para proyectos de generación de energía eléctrica", habrá "riesgo de derrame y/o fugas de sustancias químicas con impacto directo en la fauna y flora (sabana y bosques nativos) silvestres, tanto como en la vida de los cursos de aguas afectados", entre otros.
La planta será construida a través de un consorcio de varias compañías, como HIF Global, Porsche, Baker Hughes, AME, EIG, Gemstone Investments y también la japonesa Idemitsu Kosan.
El grupo lleva adelante proyectos de hidrógeno verde también en Chile, Estados Unidos y Australia.
La inversión de unos US$ 4.000 millones había sido anunciada en junio de 2023 por el presidente Luis Lacalle Pou.
El juez de tercer turno en lo Contencioso Administrativo, Pablo Gandini, condenó al Estado a entregar toda la información ambiental sobre el proyecto de hidrógeno verde que la empresa HIF Global quiere instalar en Paysandú y fue calificada como la inversión más importante de la historia del país.
Contiene información económica y financiera. Este es el motivo por el cual la información ambiental sobre el proyecto de hidrógeno verde que se instalaría en Paysandú.
Según información divulgada este lunes en Búsqueda, el Estado solamente presentó un documento ya distribuido en enero. Pero el Movimiento Uruguay Sustentable rechazó este texto porque más de la mitad de las 70 páginas estaba tachado, porque no era el documento que se requería y porque no está el anexo.
Esto fue lo solicitado por el Movimiento desde febrero, cuando inició el juicio.
Para este martes 20, el Movimiento presentará dos escritos. El primero va a poner en conocimiento al juez Gandini que la sentencia no se cumplió. El segundo será para que la Justicia respalde la solicitud de sanción económica contra el Estado por cada día de incumplimiento.
Medio año de falta de garantías y ocultamientos
A principios de junio, M24 entrevistó al activista e integrante del Movimiento Uruguay Sustentable, Raúl Viñas. En Info24 (lunes a viernes desde las 06:30 horas), sostiene que el Poder Ejecutivo se manejó con “falta de transparencia y ocultamiento” durante las negociaciones entre Presidencia y la empresa extranjera.
Según el Movimiento, la firma bajo contrato de confidencialidad es un “avasallamiento del derecho de los ciudadanos a conocer lo que nuestros gobernantes firman en nombre de todos comprometiendo la soberanía de nuestros recursos naturales, como el agua, por décadas”.
Es que no se conoce cuál será el consumo de agua para este emprendimiento, por ejemplo.
Además, Viñas expresó que el presidente Lacalle Pou hace lo mismo con HIF Global que lo criticado por él en 2017 con UPM.
El magister en meteorología no entiende la confidencialidad del proyecto, entre otras cosas, por lo que significa: “se dice también ‘no se puede mostrar porque hay `secretos industriales de la empresa´’; poner dos electrodos en agua, con un tubito de ensayo en cada uno, y hacer correr energía eléctrica para separar hidrógeno de oxígeno, lo hicimos en el liceo un montón de gente, no hay nada tan secreto; y si hay algo secreto (…) que lo tachen (…) que hagan eso pero que nos muestren qué firmaron”.
La inexplicable confidencialidad del Hidrógeno Verde en Uruguay
A fines de febrero el gobierno firmó un memorándum de entendimiento con la compañía HIF Global para instalar una planta de hidrógeno verde y combustibles ecológicos (e-combustibles) en el departamento de Paysandú. La firma fue presentada como la “mayor inversión privada en la historia del país, cercana a los 6.000 millones de dólares, y permitiría crear unos 3.000 empleos”, según la página web de Presidente.
En ese momento el Movimiento por un Uruguay Sustentable (Movus) dio a conocer un comunicado afirmando que no se conocía el contenido del documento firmado y denunciando “falta de transparencia y ocultamiento” en negociaciones entre Presidencia de la República y empresas extranjeras, algo que fuera “duramente criticado en el período anterior por los que hoy desde el gobierno actúan de la misma manera”.
Agregaban que esto configura un “avasallamiento del derecho de los ciudadanos a conocer lo que nuestros gobernantes firman en nombre de todos comprometiendo la soberanía de nuestros recursos naturales, como el agua, por décadas”.
El juez Pablo Gandini condenó al Poder Ejecutivo a suministrar toda la información de carácter ambiental contenida en el memorando de entendimiento y su anexo firmado el 28 de febrero por el gobierno uruguayo con la empresa HIF para la construcción de una planta de hidrógeno verde en Paysandú.
La acción de acceso a la información contra el Poder Ejecutivo había sido presentada por el activista Raúl Viñas Ortiz. El 5 de marzo, Viñas se presentó a realizar la petición de acceso a la información en el sistema informático establecido por el gobierno.
El 9 de abril, una resolución de la Prosecretaria de la Presidencia resolvió una prórroga sin fundamento de 20 días en el plazo del gobierno para responder, y finalmente, el 7 de mayo, se le notificó de la negativa de acceso a la información solicitada por Viñas. Se negó la información por existir una “clausula de confidencialidad”.
“El proyecto tendrá impactos ambientales en el recurso natural esencial para la vida agua, tanto como en el medio ambiente (entorno) en el que se desarrollará”, destaca el fallo del juez Gandini. El magistrado menciona la “generación de efluentes que se verterán en el río Uruguay, generación de emisiones gaseosas con impacto negativo en el medio ambiente, se requerirá de hasta 40.000 hectáreas para proyectos de generación de energía eléctrica, riesgo de derrame y/o fugas de sustancias químicas con impacto directo en la fauna y flora (sabana y bosques nativos) silvestres, tanto como en la vida de los cursos de aguas afectados, asimismo se pretenden extraer para la producción del e- Combustibles en la planta industrial referida, millones y millones de litros de agua para el proceso industrial”.
El 14 de junio, las partes fueron convocadas a una audiencia de conciliación y allí se dio un plazo de diez días para llegar a un acuerdo, que transcurrido ese tiempo no fue posible la conciliación y culminó con el dictado de la sentencia en la jornada.
“Se trata de información de carácter medioambiental que por su interés público al tratarse el medioambiente de un derecho humano fundamental reconocido en la normativa nacional e internacional no puede quedar comprendida dentro de la clausula de confidencialidad. Debe ponderarse el interés público de la información solicitada al tratarse de información medioambiental”, considera el magistrado en la sentencia a la que accedió Subrayado.
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