jueves, 31 de marzo de 2022

Jorge Zabalza, el fuego de la historia

 

 

Nestor Kohan /Publicado en Resumen Latinoamericano, 23.02.2022

A la memoria del Tambero, compañero querido y entrañable

Y llegó la hora nomás. Durante estos días, escuché y leí de mis amigas y amigos latinoamericanos, muchos de ellos más ateos que yo, “¡ojalá haya un milagro!”. Yo también sentí esa necesidad.

Desde Cuba a Chile, desde Venezuela a Bolivia, desde Uruguay a la Argentina. Pero no. Se nos vino encima la tristeza previsible. Una avalancha de mensajes nos anunciaba su partida, después de resistir tanto en el hospital, contra el cáncer y el covid, al mismo tiempo. El golpe en el pecho duele igual, aunque ya sabíamos. El legendario líder histórico del MLN-Tupamaros, Jorge “el Tambero” Zabalza [Uruguay, 1943-2022], se había ido. En la noche. Quizás para pasar desapercibido y no perder la costumbre de tantos años de clandestinidad. Cuando nos encontramos personalmente por última vez, hace siete años, ya tenía cáncer. El médico que lo atendió en Brasil dijo, según recuerda su gente querida, “este hombre es un tractor”. Casi una década batallando contra esa enfermedad demoníaca. Pero no fue su única batalla. Fue tan sólo la última de una lista interminable. Recuerdo un “asado” que comimos la última vez en Montevideo, donde el Tambero pudo ingerir tan sólo unas rodajitas de zanahoria. Pero sin quejarse. Con una dignidad absoluta. La noche anterior habíamos presentado junto al músico Daniel Viglietti, el escritor Samuel Blixen y sus innumerables compañeros y compañeras de militancia uno de sus últimos libros, del cual copio a continuación el prólogo que me pidió.

Para mí fue un honor. Y lo sigue siendo. No sólo ese pedido sino haberlo podido conocer. Lo había visto por primera vez varios años antes, en Buenos Aires, en el Hotel Bauen (recuperado y gestionado por su clase trabajadora, experiencia hostigada hasta el cansancio por diferentes administraciones políticas y jueces de Argentina que no se aguantaban ese ejemplo de rebeldía obrera de trabajar sin patrón). Allí, en una sala gigantesca del Hotel Bauen cedida generosamente por su gente trabajadora, presentamos desde la Cátedra Che Guevara su biografía política. Una multitud de jóvenes de las tendencias ideológicas más diversas (que muchas veces ni se hablan entre sí) se encontraron y fueron a verlo con una admiración compartida que me cuesta describir en palabras. La misma que volví a ver y sentir años más tarde en Montevideo, cuando Daniel Viglietti le rindió homenaje y las y los “gurises” hacían fila para que él les firmara su libro. Lejos de la fascinación por las cámaras, las luces y la farándula (que tanto han seducido a otros viejos compañeros suyos, al punto de terminar aceptando elogios envenenados de los neoliberales más rancios), el Tambero Zabalza se movía entre los jóvenes con una naturalidad de un muchacho de barrio. Porque eso era. No casualmente trabajó años en una carnicería y vivió hasta el final de su vida en uno de los barrios más pobres y humildes de la periferia de Montevideo. Pero su simpleza, su frugalidad y su práctica de no robar (compartida por otros ex tupamaros mucho más “famosos” que llegaron a la presidencia de Uruguay y a altos cargos frente a las Fuerzas Armadas), para Zabalza no alcanzaban. ¡No es suficiente “ser honesto”! ¡No alcanza con “no robar”! Las carmelitas descalzas y la Madre Teresa de Calcuta no son nuestro faro ni nuestra guía para terminar con las injusticias del capitalismo, el imperialismo y la dependencia. La clave está en mantener en alto, con un claro sentido del momento histórico y sin perder la brújula, la coherencia de la perspectiva revolucionaria. Porque si un militante político “no roba”, tranquilamente y sin ningún problema puede convertirse en modelo de “eficiencia de gestión” y “buena administración” para la Embajada norteamericana, para los capitalistas más gordos, para los neoliberales más salvajes y la derecha más troglodita. ¿O no?

En cambio, si la simpleza y la honestidad personal van acompañadas de la persistencia en la lucha antiimperialista y el proyecto anticapitalista, ahí la cosa cambia 180 grados. Y los poderosos lo saben. Esa diferencia política, básica y fundamental, separó aguas, océanos y mares entre los “rehenes históricos” de la antigua dirección del MLN-Tupamaros. El “Bebe” Raúl Sendic [1925-1989], principal líder y estratega revolucionario, no era sólo “un señor honesto que no roba”. Mantuvo hasta sus últimos días, incluso cuando al salir de la cárcel casi no podía hablar por los sufrimientos padecidos durante más de una década de cautiverio y torturas, una coherencia revolucionaria a prueba de todo. No le temblaba el pulso para solidarizarse con las insurgencias más radicales de Nuestra América. Defendía la Revolución Cubana, abrazaba a Fidel y admiraba al Che como cuando tenía 20 años.

Y Ruy Mauro Marini [1932-1997], el principal intelectual de la teoría marxista de la dependencia, le prologó uno de sus libros. El Tambero Jorge Zabalza era de la misma escuela irreductible del “Bebe” Sendic. Al igual que su joven hermano (al que siempre llevaba en el corazón), caído en combate cuando recién empezaba la lucha insurgente en Uruguay y ambos eran apenas unos muchachos. El Tambero jamás hubiera compartido sumisamente un asado con el presidente Bush para “agasajarlo” (mientras Hugo Chávez lo enfrentaba, asimilándolo con picardía al diablo por “el olor a azufre” que el presidente estadounidense dejaba tras de sí…). No se le hubiera ocurrido amagar con fracturar el MERCOSUR haciendo guiños a la geopolítica del imperialismo norteamericano. Nunca hubiera perdonado a los torturadores y violadores seriales del terrorismo de Estado, en nombre de “la gobernabilidad”. Nos duela o no reconocerlo, entre los nueve “rehenes históricos” había diferencias de fondo, nada folclóricas, por cierto. En Uruguay eso ha tenido y tiene consecuencias políticas hasta el día de hoy (23 de febrero de 2022).Más allá de comparaciones, valoraciones diversas y balances posibles, lo central es destacar que Zabalza deja encendida la fogata, la llama o la chispa insumisa de Sendic. Todas sus intervenciones provocadoras, sus libros, sus entrevistas, tenían un objetivo claro: las juventudes de Uruguay y el Cono Sur latinoamericano. No intentaba “convencer” a aquellos viejos compañeros que ya habían decidido marchar para otro lado y caminar por la vereda de enfrente. El Tambero apuntaba a la gente joven, es decir, al futuro.

Más allá de sectas, capillas o grupúsculos. Esa obsesión por rescatar la historia, por rechazar la manipulación de quienes pretendían borrar las rebeldías que marcaron profundamente la sociedad en Uruguay (“el que maneja el presente, maneja el pasado”) en nombre del pragmatismo, el posibilismo y la real-politik, era, es y será uno de sus principales legados. Nunca le movió un pelo una candidatura a diputado, o “la fama” ni rodearse de alabanzas de “gente decente” y trajes caros. Por el contrario. Apostaba al resurgimiento de nuevas rebeldías. Por eso el subtítulo de su libro era casi como una confesión: “pensando en futuras insurgencias”. Como el Bebe Sendic, como las canciones-himnos de Daniel Viglietti que nos acompañaron desde la adolescencia, el flaco Zabalza, el Tambero, quedará en la memoria popular de su país, del Cono Sur y de toda Nuestra América.

Ojalá una nueva generación se anime a desobedecer y retome su camino. Para que Uruguay deje de ser la corrupta y obsecuente “Suiza de América” y el paraíso fiscal de los millonarios argentinos, lúmpenes y mediocres, que fugan capitales. Para que “el paisito” (como lo denomina irónicamente el propio pueblo uruguayo) vuelva a ser, por fin, la tierra orgullosa y desbordante de dignidad que gritó ¡Libertad o muerte! y nos dejó el ejemplo imborrable de los fogones de Artigas. Brindo con un mate amargo, como el nombre de la revista tupamara que dirigías, por tus enseñanzas, tu amistad y tu entrañable memoria, querido Tambero. ¡Hasta la victoria siempre!

Buenos Aires, 23 de febrero de 2022 Nestor Kohan .






El premio Arbeleche

 

El 18,6% de los niños uruguayos de entre 0 a 6 años se encuentra en la pobreza 

En 2021, el 10,6% de la población del Uruguay se encontró por debajo la línea de pobreza, los valores más elevados se registraron entre los niños de 6 a 12 años con 19,4%, y de 0 a 6 años con 18,6%.

Azucena Arbeleche recibió el premio a la mejor Ministra de Estado por la World Government Summit Organization
 

Durante la reunión anual que se realizó en Dubai, esta organización otorgó a Azucena Arbeleche el premio a la mejor ministra de Estado a nivel global, en reconocimiento a la excelencia en su desempeño en el sector público y liderazgo a nivel internacional. La ministra de Economía y Finanzas de Uruguay fue destacada por “diseñar e implementar iniciativas exitosas, escalables y sostenibles para el mejoramiento socioeconómico de sus ciudadanos” y por “inspirar y liderar a otros líderes gubernamentales a promover innovaciones y capacidad de previsión en los temas globales de hoy y de mañana”.


 
Este miércoles 30 de marzo, el Instituto Nacional de Estadística (INE) presentó su informe sobre la “Estimación de la pobreza” en Uruguay en el año 2021.


 
El análisis de la pobreza. La primera afecta en mayor medida a los más jóvenes. En particular, la población comprendida entre los tramos de menores de 6 años, de 6 a 12 y de 13 a 17 años es donde se registra la mayor incidencia de la pobreza.

Indigencia

De acuerdo al estudio del INE, para el año 2021 en el total del país, la proporción de hogares bajo la línea de indigencia se estimó en 0,2%. Esto significa que cada 1.000 hogares, dos no superan el ingreso necesario para cubrir las necesidades básicas alimentarias.

Mientras que la estimación de la indigencia a nivel de personas para el total del país indica que de cada 1.000 personas, tres no alcanzan el ingreso mínimo previsto para cubrir las necesidades alimentarias básicas.

Pobreza

Por otro lado, en cuanto a la pobreza, el INE indica que en 2021, el total de hogares bajo la línea de pobreza se ubicó en 7,5%. Lo cual implica que en el año 2021, cada 1.000 hogares, 75 se encuentran por debajo de la línea de pobreza.

Mientras que el valor que toma la proporción de personas pobres para el 2021 (10,6%) implica que de cada 1.000 personas, 106 de ellas no superan el ingreso mínimo para cubrir las necesidades básicas alimentarias y no alimentarias consideradas por esta metodología.

Por áreas

Al analizar los indicadores según áreas geográficas a nivel de hogares, se observa que la proporción de hogares indigentes presenta valores similares entre las áreas. En relación a la proporción de hogares pobres, Montevideo es la región que presenta el valor más alto (9,1%), seguido de las localidades del interior del país, menores a 5.000 habitantes (7,1%). El área rural es la que presenta la proporción más baja de hogares pobres.

La incidencia de la pobreza presenta una distribución heterogénea en el territorio nacional. Los mayores valores se registran en los departamentos de Rivera, Cerro Largo, Salto y Paysandú. Por otra parte, los niveles más bajos corresponden a los departamentos de Flores, Florida, Río Negro y San José, con una proporción de hogares pobres en torno al 4%.

La heterogeneidad territorial se observa también al centrar el análisis en la capital del país, siendo en la periferia donde se registran los mayores niveles de pobreza, mientras que los menores porcentajes de hogares pobres se registran en la costa sureste del departamento, detalla el INE.

Según sexo del jefe de hogar

Para 2021, la pobreza continúa afectando en mayor medida a los hogares con jefatura femenina, tanto en Montevideo como en el interior del país.

Un análisis a nivel de personas permite apreciar que la indigencia es similar en Montevideo que en las localidades del interior del país. En relación a la proporción de personas pobres, Montevideo y las localidades del interior de menos de 5.000 habitantes registran el valor más alto; el área rural es la región que presenta menor incidencia de la pobreza.

Edad y ascendencia étnico-racial

La edad y la ascendencia étnico-racial de las personas son variables relevantes para el análisis de la pobreza.

Los valores más elevados se ubicaron entre los niños de 6 a 12 años con 19,4%, y de 0 a 6 años con 18,6%, independientemente de la región del país que se considere.

En términos de la ascendencia étnico-racial de las personas, es la población afrodescendiente la que continúa registrando mayores niveles de pobreza.

La pobreza entre las personas que declaran tener ascendencia afrodescendiente es superior a la estimación que para quienes declaran tener ascendencia blanca en casi 11%.

 

 

 

 

El proyecto Neptuno de OSE

 

Actividad realizada en defensa del agua como bien público, llevada a cabo el 29 marzo 2022, en la Plaza Libertad

 

Federico Kreimerman asumió la presidencia de FFOSE este 2022 y señala que la nueva bandera del sindicato, junto con otras organizaciones sociales, es «la defensa de OSE como empresa pública». Rechazan el proyecto Neptuno, que presentaron las empresas Saceem, Berkes, Ciemsa y Fast —bajo el Consorcio Aguas de Montevideo—al Poder Ejecutivo y OSE. El proyecto propone instalar una nueva planta potabilizadora, una tubería de aducción de 80 kilómetros y una reserva de emergencia para abastecer el área metropolitana.

28/03/2021
Un consorcio privado propone una nueva fuente de agua para OSE
 

Reaparece la idea de extraer agua del Río de la Plata para asegurar el abastecimiento de Montevideo en un proyecto que replantea la posible gestión privada del servicio de agua potable


 


Víctor L. Bacchetta


“Se aprobó una iniciativa privada de vital importancia”.
En su discurso ante el Parlamento el 2 de marzo pasado, el presidente Luis Lacalle Pou anunció un proyecto de unos 200 millones de dólares para la captación de agua del Río de la Plata, una nueva planta potabilizadora y una tubería de más de 80 kilómetros de longitud, entre las tres inversiones más importantes estudiadas por el gobierno nacional.
El proyecto denominado “Neptuno- Mejora de la Cantidad y Calidad del Agua del Área Metropolitana de Montevideo”, fue presentado por las empresas uruguayas Ciemsa, Berkes y Saceem, junto a la brasileña Fast, en el marco de la Ley N°17.555 del año 2002 que habilitó al Estado a recibir iniciativas del sector privado para ser ejecutadas en forma directa o por concesión de acuerdo con las normas en vigencia.
Berkes y Saceem integran el Grupo Vía Central a cargo del Proyecto Ferroviario de la planta de celulosa de UPM en Durazno. Son empresas constructoras con proyección internacional cuyo negocio es asociarse con los Estados en obras de infraestructura y logística. Cuando esa asociación adopta vías espurias ha dado lugar a los casos más sonados de corrupción de los últimos tiempos en los países de la región.
Según el procedimiento previsto por la ley 17.555, una vez aprobada la iniciativa por la Presidencia de la República, el ente involucrado, OSE en este caso, debe analizar si cumple los requisitos legales y es aceptable la propuesta. La aprobación por parte de OSE el pasado 24 de febrero abrió una nueva etapa donde los proponentes deben presentar un estudio de factibilidad para realizar la evaluación final del proyecto.
Al cabo de este proceso, la administración puede aceptar o rechazar el proyecto, sin incurrir en responsabilidades si no lo acepta. A su vez, la aceptación no significa la adjudicación sino que debe llamarse a una licitación pública para elegir la mejor oferta. No obstante, los proponentes iniciales tendrán entre el 5% y el 20% de ventaja en el puntaje frente a los competidores y la posibilidad de mejorar su oferta.
Si los promotores del proyecto no se presentan o no son los ganadores de la licitación, tendrán derecho a recibir del adjudicatario una compensación equivalente al costo de los estudios realizados. Aunque el director de Saceem, Alejandro Ruibal, presenta la propuesta como si fuera una audaz innovación empresarial, la idea tiene medio siglo y ya en el año 2000 OSE analizó un proyecto muy similar.
El proyecto “Transferencia de agua del Río de la Plata a Montevideo y reforzamiento institucional de OSE” era apoyado desde la Gerencia General por el ingeniero Arturo Castagnino. En 2005, al sobrevenir el gobierno del Frente Amplio, este proyecto fue dejado de lado y Castagnino removido de la gerencia. Pero en abril de 2020, bajo el gobierno de la coalición multicolor, Castagnino fue restituido en el cargo.
Aparentemente, las autoridades anteriores a los 15 años de gobierno del Frente Amplio volvieron por sus fueros e hicieron resurgir el proyecto para usar el Río de la Plata como fuente alternativa para el abastecimiento de agua potable a la ciudad de Montevideo. Sin embargo, entre aquel proyecto y el actual existen diferencias en el alcance, las condiciones técnicas y, sobre todo, en el modelo de gestión.


Similitudes y diferencias

Ambos proyectos ubicaron la toma de agua frente a la playa de Arazatí. El proyecto de OSE trasladaba el agua por una tubería de 11 kilómetros, un canal a cielo abierto de 41 kilómetros y otra tubería de 47 kilómetros hasta la planta potabilizadora en Melilla. Salvo que el proyecto Neptuno sitúa la planta potabilizadora junto a la toma del agua y no tiene el tramo de canal a cielo abierto, la estructura de las propuestas es coincidente.
En el año 2003 OSE se proponía no sólo diversificar las fuentes de agua para Montevideo y la seguridad de abastecimiento frente a una sequía severa, sino también suministrar agua brutaal sector agrícola en el área de influencia del proyecto. Se estimaba poder atender unas 16 mil hectáreas de cultivos mientras el área regada en ese momento era del orden de 4.266 hectáreas, o sea, un 27% del área potencial.

El proyecto Neptuno no incluye el riego, aunque sus autores no lo descartan. En una entrevista, Ruibal expresó que su propuesta no anula los proyectos de represas en los arroyos Casupá y El Soldado, aguas arriba en la cuenca del río Santa Lucía, y que el ente puede vender agua bruta si tiene excedente. Aludía a la Ley N°17.277 del año 2000 que modificó la Ley Orgánica de OSE y habilitó esa posibilidad.
Desde su origen esta idea fue muy controvertida. Un informe titulado “Cuenca del Río de la Plata: estudio para su planificación y desarrollo. Cuenca del Río Santa Lucía.Desarrollo de los Recursos Hídricos”, publicado por la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) en 1971, descartó esa alternativa por considerarla muy costosa y porque en el sitio elegido algunos días del año hay una salinidad incompatible con la potabilización.
La nueva administración del Frente Amplio en OSE descartó el proyecto de extracción de agua del Río de la Plata por razones técnicas, políticas y de gestión. Según Daoiz Uriarte, a cargo de la secretaría general del ente desde 2005, los estudios realizados hasta 2012 mostraban que la intrusión salina llegaba al menos varias veces por año hasta Arazatí, lo cual arriesgaba el abastecimiento y generaba inseguridad.
Para Uriarte, el problema del abastecimiento metropolitano no era de cantidad sino de distribución y, cuando se construyó en dos años la sexta línea de bombeo y el troncal del Cerro, se acabaron los problemas de abastecimiento. La capacidad de reserva se resolvía con la sobreelevación de la represa de Paso Severino, que ya tiene hechas las expropiaciones, pero luego se priorizaron las represas aguas arriba.
Con respecto a la contaminación, Uriarte considera que esas dos represas, al estar en la misma cuenca del río Santa Lucía, no resuelven un problema que se debe detener controlando y multando a los productores rurales, responsables del 80% de la sobrecarga de nutrientes en el agua. En este aspecto, la alternativa del Río de la Plata tampoco es una solución porque tieneel mismo tipo de contaminación.
En cuanto a la inversión, mientras con el proyecto Neptuno se habla de 200 millones de dólares, para el proyecto de OSE se calculaban 27:260.000 dólares en 2003, que actualizados al año 2021 equivalen a unos 40 millones de dólares. En esta cifra se incluía el equipamiento y las redes de distribución extrapredial para el riego, junto con un programa de apoyo a los agricultores y otro de apoyo institucional a OSE.
Violentando las normas
Por encima de las consideraciones técnicas, ambientales y económicas requeridas en cualquier proyecto, tratándose del servicio de agua potable se debe decidir quién se hará cargo no solo de la obra sinode la operación posterior. La forma de la gestión futura de este proyecto, que en principio está claramente resuelta por disposiciones constitucionales y legales, está dando pie a un replanteo de estas normas.
De acuerdo con la ley 17.555, la aprobación de la iniciativa por la Presidencia de la República y por el directorio de OSE no significa la aprobación final del proyecto ni de la gestión de la obra y del servicio a prestar. Sin embargo, mientras los proponentes elaboran los estudios de factibilidad requeridos, ya se han expresado públicamente algunas posiciones que permiten anticipar las intenciones en juego.
En diciembre, el nuevo presidente de OSE, Raúl Montero, reveló que a la represa de Casupá, con financiamiento de 80 millones de dólares ya resuelto por el Banco de Desarrollo de América Latina (CAF), la habían surgido competidores. Siguieron sólo vagas referencias a una alternativa en el Río de la Plata por el Ministro de Ambiente, Adrián Peña, hasta el anunció en el mensaje presidencial de marzo.
Montero se ha mostrado partidario de esa opción por la ventaja de no depender de una sola fuente, admitiendo al mismo tiempo que estudian la posibilidad de que la empresa adjudicataria mantenga y opere la nueva infraestructura. A la vez que afirma que no harán nada fuera de la Constitución, lo justifica diciendo que “OSE contrata un montón de cosas. Compra tuberías, no las fabrica, y nadie dice nada”.
La postura oficial se manifestó más claramente en un informe de la Gerencia Jurídico Notarial de OSE que sostiene que este proyecto no viola la disposición del artículo 47 de la Constitución, votada en el plebiscito de 2004, que establece que “el servicio público de saneamiento y el servicio público de abastecimiento de agua para el consumo humano serán prestados exclusiva y directamente por personas jurídicas estatales”.

Ese informe jurídico afirma que existe una “crisis de la noción de servicio público”
para alegar después que la norma constitucional solo implica “la obligación legal de llevar a cabo una actividad de prestación (...) sin que importe si el prestador posee o no ánimo de lucro y cuál es el titular de la actividad” (sic)
. Según esta interpretación, el Estado podría ser un mero intermediario que compra y vende servicios.
El directorio de OSE aprobó la iniciativa por unanimidad. El director por el Frente Amplio, Edgardo Ortuño, fundamentó el voto en la conveniencia de conocer con el estudio de factibilidad los costos reales y aspectos fundamentales de la propuesta para dar una opinión definitiva. Ortuño se quejó de contar con una información limitada y de estar siendo excluido en la consideración de proyectos estratégicos del ente.
Este año, el acto del Día Mundial del Agua, el 22 de marzo, por la Comisión Nacional, otras comisiones locales y la Federación de Funcionarios de OSE (FFOSE), se centró en las implicaciones del proyecto Neptuno. “Se quiere reinterpretar el artículo 47 e incluso modificar la Ley Orgánica de OSE que antepone las razones de orden social a las de orden económico”, denunció el dirigente de FFOSE Nicolás Ferreira.

 

>>> Sin el PIT CNT ni el Frente Amplio


 

“Sin contaminación, ni extractivismos, ni extranjerización del agua”: más de 30 organizaciones se reunieron en la plaza Libertad

La Diaria 30 de marzo
Escribe Camila Méndez

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Manifestaron que hay “una clara ausencia de consulta e información” en los ámbitos de participación para la gestión de recursos hídricos creados luego de la reforma de 2004 y también que hay un proceso de “privatización encubierta” de OSE.


“El agua es un bien común, finito, esencial e insustituible para la vida, al que todo ser vivo tiene derecho, y se encuentra profundamente amenazado. Esto atenta contra la vida en todas sus formas e impacta en nuestro presente y futuro”. La cita corresponde a la proclama leída ayer en la plaza Libertad, donde más de 30 organizaciones y colectivos nucleados en la Coordinación por el Agua convocaron a una concentración.

Si bien la consigna que los agrupó fue “Sin contaminación, ni extractivismos, ni extranjerización del agua”, varias organizaciones se encargaron de mostrar sus propios reclamos de diferentes formas. En una mesita donde se encontraban las integrantes del Colectivo Ecofeminista Dafnias se podía ver un cartel que decía “Defendamos el agua, poniendo en el centro la vida”. También estaban los colectivos de pueblos originarios, que realizaron un llamado charrúa a las cuatro direcciones. Para Ciro Chonik, del Clan Chonik, el cuidado de la tierra y el agua es una “cuestión espiritual” y “cada vez más urgente”.

Sofía Aquino, integrante de la Coordinación por el Agua, resaltó que el principal motivo de la manifestación es la “privatización” de los recursos hídricos con el proyecto Neptuno. “Tenemos que gestionar mejor el agua que tenemos. Está sumamente contaminada producto de nuestro sistema productivo, los monocultivos principalmente”, apuntó.

En la proclama se señaló que hay “una clara ausencia de consulta e información” en los ámbitos creados por el artículo 47 de la Constitución y la Ley de Política Nacional de Aguas para “la participación en torno a la gestión del agua, como las comisiones de cuenca y los consejos regionales”. Las organizaciones destacan que el proyecto Neptuno debería tratarse en estos ámbitos de participación y no “entre el gobierno y empresas privadas”.

Un poco de historia

“A mí me gustaría arrancar por el principio: la preocupación de una serie de vecinos y de sindicatos en 2002 por lo que estaba pasando con nuestros recursos naturales en Uruguay y en el mundo”, lanzó Carmen Sosa, integrante de la Comisión en Defensa del Agua y la Vida.

La llamita de preocupación de los integrantes de la comisión se encendió a comienzos de siglo, al observar la “guerra por el agua” en Bolivia. En 1999 el entonces presidente del país andino, Hugo Banzer, vendió Semapa –la empresa municipal de agua potable y alcantarillado de Cochabamba– al consorcio Aguas del Tunari, compuesto por las estadounidenses Bechtel y Edison, la española Abengoa y las bolivianas Petrovich y Doria Medina. La medida repercutió en la población; el precio de las tarifas se incrementó entre 30% y 300%. Además, el Parlamento aprobó la Ley No 2029 que permitía a las empresas cobrar por el uso particular de los acuíferos. “Cobraban por los pozos, pretendían cobrar el agua de lluvia”, suma la representante ambientalista. Los vecinos se organizaron, el gobierno respondió. Se decretó el estado de sitio y las fuerzas armadas invadieron las calles. El resultado: represión a los campesinos, cientos de heridos y un muerto, Víctor Hugo Danza.

Sosa enseguida recuerda que el hecho no se trató de una excepción en América Latina y se sumerge en la situación uruguaya. “En 2002 teníamos empresas multinacionales privatizando el agua en Maldonado. Teníamos Aguas de la Costa [subsidiaria de la multinacional francesa Suez] y Uragua [subsidiaria de la española Aguas de Bilbao]. La gestión que habían hecho del agua era desastrosa y no solamente por temas económicos. Hicieron lo que cualquier empresa cuando vienen a privatizarnos: vienen por el lucro, no por el beneficio de la población”, resaltó. Dijo que cuando se trata del agua, no se puede analizar desde una perspectiva “lucrativa, ni aquí ni en ningún lado”. A raíz de ese cúmulo de preocupaciones, se conformó la Comisión Nacional en Defensa del Agua y la Vida, en la que la Federación de Funcionarios de OSE (FFOSE) “siempre fue la columna vertebral”.

En la proclama de las organizaciones se afirma que “se sigue privatizando OSE paso a paso y sin pausa a través de la tercerización de servicios, lo que constituye una privatización encubierta”. Se afirma que debido a la contaminación “hay un aumento en el uso de productos químicos, energía y controles que elevan el costo del agua en forma permanente” y que, por esta razón, “la ciudadanía paga cada vez más cara el agua”. Federico Kreimerman, presidente de FFOSE, también alertó sobre la situación en diálogo con la diaria y sostuvo que la “privatización nunca es completa”, porque “es rentable servir grandes cantidades” de agua potable a la población, pero no lo es “llevar un caño a un pueblito”.

El después de la reforma

El 31 de octubre de 2004 fue el plebiscito del agua. El 64,5% de la población votó a favor de reformar la Constitución y que el Estado sea el encargado –en forma exclusiva– de la distribución de agua potable y saneamiento; también que la sociedad civil y los usuarios puedan participar en todas las instancias de planificación, gestión y control de los recursos hídricos. Sosa enfatizó: “La ventaja que tenemos en Uruguay es que tenemos herramientas, la Constitución nos ampara. El tema es que con eso no alcanza”.

La ambientalista recuerda ese día de octubre y las llamadas que recibía por teléfono de desconocidos en varias partes del mundo. “Fue un impacto muy grande. Yo diría que viéndolo casi 20 años después, el impacto más grande fue hacia afuera”, contó. También sumó otro punto fundamental para entender la magnitud de la reforma: se estableció a las cuencas hidrográficas como unidades básicas. “Era revolucionaria porque en casi ningún país del mundo el agua estaba siendo gestionada por cuenca y no por límites políticos. Evidentemente, ni la tierra, ni la naturaleza, ni el agua tienen límites políticos”. Sin embargo, resaltó que desde 2004 hasta la fecha “eso no ha pasado”.

“La Dinagua [Dirección Nacional de Aguas] fue la encargada de implementar la reforma constitucional. Ahí fue el principio de bajarle el perfil, una reforma de este tamaño hubiera requerido muchos cambios legislativos en materia de competencia. No podría estar nunca en una dirección, no tenía fuerza. De hecho, en Uruguay quien toma las decisiones del medio ambiente es el Ministerio de Ganadería, al Ministerio de Ambiente se lo consulta o no”, expresó. La Comisión Nacional por el Agua y la Vida participó durante dos años en la creación de la Ley de Política Nacional de Aguas, que buscó “bajar a tierra lo que fue la reforma constitucional”. Para Sosa, la legislación “no refleja en su totalidad” el espíritu de 2004.

Los problemas de las comisiones de cuenca

La integrante de la Comisión Nacional en Defensa del Agua y la Vida destacó la necesidad de escuchar el “conocimiento empírico” de las comunidades, aunque admitió que “es mucho más fácil legislar sin consultarle a nadie y, lamentablemente, es lo que está pasando”. En 2009, la Ley de Política Nacional de Aguas le adjudicó a la Dinagua la función de promover la gestión sustentable y participativa de los recursos hídricos. Se crearon tres consejos regionales que trabajan en las tres cuencas transfronterizas del país: la del río Uruguay, la de la laguna Merín y la del Río de la Plata y su frente marítimo. A partir de las necesidades de cada territorio, cada consejo resuelve la conformación de comisiones de cuenca, integradas por el gobierno, usuarios del agua y sociedad civil. Sosa afirmó que tienen “múltiples problemas”.

“Primero, no son vinculantes”, comentó. Una segunda problemática es el horario y los días que se realizan las reuniones: “Las comisiones se realizan a las dos de la tarde y en días de semana, no tienen mucha intención de participación”. Resaltó que en los lugares donde “hay un grupo de vecinos fuerte y existe una presión importante” se han logrado pequeños avances, por ejemplo, que las comisiones tengan lugar los fines de semana. “Pero si es un lugar donde los vecinos están preocupados, pero no están organizados, en estos años eso no se ha conseguido”, señaló.

Otro punto es que “la participación requiere infraestructura” e “información” sobre los proyectos y sus consecuencias. “Una participación, si no es informada, no tiene demasiado sentido y no va a ser productiva. Se necesita información, que intervenga el Ministerio de Cultura, de Salud, que es el gran ignorado en la gestión del agua”, desarrolló. “Tiene que haber una voluntad política, por más que se la escriba en un papel. En estos años realmente no hubo. En las comisiones de cuenca donde hubo una presión ciudadana sí funcionaron, esa presión hace que el tema salga a la luz y que más gente se entere”, apuntó.

“El agua se defiende”

“Las principales actividades productivas actuales como la agricultura extensiva, el extractivismo –en todas sus formas–, la gestión de la basura, entre otros factores, han llevado a que este bien fundamental esté profundamente amenazado”, se manifiesta en la proclama. El conjunto de organizaciones denuncian que “los monocultivos forestales, sojeros y arroceros se han extendido a niveles nunca antes vistos” y que “se ha producido un profundo cambio en el uso del suelo”. “Los agrotóxicos impactaron fuertemente en las fuentes de aguas superficiales y subterráneas, experimentando en todo el territorio nacional un deterioro alarmante, así como un impacto directo en la salud de quienes viven en las cercanías de las plantaciones”, se agrega.

Recuerdan que “vivimos en una pandemia silenciosa desde hace décadas” y es “la del agua, la que están sufriendo las cuencas de nuestros ríos y napas subterráneas, debido a un sistema que no mira ni mide consecuencias, sólo ganancias”. Por los problemas generados, apoyan la agroecología, un modelo alternativo de producción que “no sólo protege la tierra y el agua, sino también a las personas”.

La lectura de la proclama escrita por representantes de más de 30 organizaciones culminó con la frase: “El agua no se regala ni se vende, el agua se defiende”.

>>> Ver además 

elmuertoquehabla.blogspot.com › entrega-soberana-del-proyecto-neptuno
Imagen en miniatura
17 mar. 2021 ... El Proyecto Neptuno –el nombre de la inversión de una planta de agua potable que presentó el presidente Luis Lacalle Pou el 2 de marzo ante .

 

 

 

jueves, 24 de marzo de 2022

El gran hermano policial

 

Fuera de control

Uso policial del reconocimiento facial automatizado en Uruguay

Publicado por Datysoc en

Desde Datysoc estamos presentando el informe «Fuera de control: uso policial del reconocimiento facial automatizado en Uruguay». Con este informe buscamos aportar elementos para el debate sobre el uso policial del reconocimiento facial automatizado (RFA), explicando aspectos básicos sobre el funcionamiento de esta tecnología y el estado actual de su regulación e implementación en Uruguay.

.¿Qué es el reconocimiento facial automatizado (RFA)? ¿Por qué genera controversia?


La tecnología de RFA usa imágenes del rostro de una persona y las convierte en una plantilla facial o una representación matemática de la imagen. Luego, un algoritmo puede comparar esa plantilla con una plantilla generada a partir de otra foto. De esta manera, puede determinar el nivel de similitud entre los rostros. El RFA puede incluir funciones de detección, verificación e identificación facial.

Los sistemas de RFA no son infalibles. Hay muchos factores que afectan su precisión: el tipo de algoritmo, los datos que se usan para entrenarlo, la calidad de las imágenes, el contexto en el que se toman, y hasta los distintos tipos de rostros.
Ningún sistema de RFA puede garantizar la correspondencia perfecta entre dos imágenes de rostros. Los sistemas dan una probabilidad de coincidencia asignando un puntaje de similitud. El administrador del sistema tiene la posibilidad de ajustar el umbral. Si la probabilidad supera un umbral establecido por quien usa el sistema, la coincidencia se acepta (se dice que existe un match).

Resulta evidente la importancia de que quien opera el sistema reciba la formación adecuada por parte de los proveedores o desarrolladores para hacerlo correctamente de acuerdo al contexto y a los diferentes escenarios de uso. Este y otros factores explican la existencia de falsos positivos (declarar que dos imágenes son una coincidencia cuando en realidad son de dos personas diferentes) y/o falsos negativos (declarar que dos imágenes no coinciden cuando en realidad son de la misma persona).

Los sistemas de RFA pueden usarse con distintos fines. Algunos usos en situaciones específicas no generan controversia. Por ejemplo, la verificación de la identidad para el ingreso de personas autorizadas a áreas industriales restringidas. Sin embargo, el RFA se usa en cada vez más contextos: oficinas, aeropuertos, bares e incluso en las calles. Allí, hay muchas variables no controladas, como la iluminación o el ángulo en que se capta el rostro, lo que aumenta la tasa de error del sistema.

Según la US GAO (United States Government Accountability Office), existen problemas serios en el uso actual de sistemas de RFA. Hay problemas de privacidad y seguridad sobre los datos: las personas no tienen control efectivo sobre sus datos biométricos y sobre la información personal asociada a ellos. Hay también problemas en la precisión y el desempeño: los sesgos de los sistemas de RFA pueden perjudicar especialmente a personas con tez oscura, mujeres, niños y niñas, personas adultas mayores y personas trans. Los sistemas de RFA presentan además problemas de opacidad: los datos utilizados para entrenar los algoritmos suelen ser propiedad de empresas y no se comparten con organismos evaluadores ni con el público.

Cada vez más reglamentaciones establecen que los sistemas de RFA deben permitir la supervisión por parte de humanos, quienes tienen la tarea de prevenir o minimizar los riesgos derivados de las posibles deficiencias del algoritmo. Pero, si bien la intervención humana es necesaria, no siempre es suficiente para corregir o advertir errores de desempeño en los algoritmos. Muchas veces la confianza acrítica en las herramientas automatizadas por parte de quienes operan con ellas implica nuevos riesgos.

¿Cuáles son los usos policiales más comunes del reconocimiento facial automatizado? ¿Cómo pueden afectarte?

En los últimos años, el RFA se convirtió en una tecnología “de moda” para la prevención y combate del delito, adquirida por la policía de muchos países. Encontramos que el RFA suele ser usado por la policía:

  1. para confirmar la identidad de personas en un operativo o en tareas de patrullaje,
  2. para comparar la imagen de una persona sospechosa de un delito con una base de datos de imágenes de personas con antecedentes,
  3. para averiguar la identidad y vínculos de personas a partir de fotografías publicadas en redes sociales y otros sitios web (cibervigilancia), y
  4. para identificar en vivo a «personas de interés» en el espacio público utilizando los circuitos cerrados de vigilancia policiales.

El uso de RFA por la policía es parte de una discusión más amplia: la capacidad cada vez mayor del Estado de recolectar, almacenar y cruzar datos de la ciudadanía y cuáles serán los principios que gobiernen el uso estatal de esos datos. El poder de vigilancia que otorga esta capacidad de uso de datos afecta directamente los derechos de libertad de expresión y la privacidad, así como el derecho de reunión y de protesta. Las medidas de vigilancia, por lo tanto, deben estar autorizadas por una ley, tener un objetivo legítimo, ser estrictamente necesarias y proporcionales. Los Estados tienen la obligación de prevenir la vigilancia masiva, que por definición no cumple con los principios de necesidad y proporcionalidad. La recopilación o migración de datos biométricos de toda la ciudadanía para uso policial es un caso de vigilancia masiva.

El uso policial de RFA trae además muchas preguntas: ¿qué ocurre cuando una persona es identificada erróneamente en una investigación por una falla en el algoritmo? ¿Cómo se decide el margen de error aceptable en un sistema de RFA? ¿La policía puede vigilar preventivamente a todas las personas en los espacios públicos? ¿La policía puede crear todas las listas de personas que desee? En definitiva, ¿cuál es el límite para la vigilancia policial?

En 2019, el Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión realizó un llamado urgente para la rigurosa regulación de las exportaciones de equipos de vigilancia, la adopción de restricciones más estrictas para su utilización, y solicitó una moratoria inmediata sobre la venta y la transferencia a nivel mundial “hasta que se establezcan estrictas salvaguardas de los derechos humanos en la regulación de esas prácticas y se pueda garantizar que los gobiernos y los agentes no estatales van a utilizar esos instrumentos de un modo legítimo”. Existe suficiente evidencia empírica que apoya las recomendaciones de los organismos de derechos humanos sobre la urgente necesidad de marcos legales específicos y transparentes para esta tecnología. Debido a la gran preocupación por el uso policial de RFA y a varios casos emblemáticos de abuso de estos sistemas, comenzaron a aprobarse regulaciones sobre el tema en varias regiones. Algunas de ellas brindan garantías para prevenir la afectación de derechos fundamentales.

¿Cuál es la situación en Uruguay?

 

Desde 2010, el Ministerio del Interior empezó a instalar sistemas de monitoreo y cámaras de vigilancia en las calles con el fin de mejorar la estrategia para prevenir el delito y aportar pruebas a la justicia. Actualmente hay casi 9 mil cámaras instaladas en todo el país. Las cámaras de vigilancia se fueron haciendo parte del paisaje de nuestras ciudades. Pero en 2020, con la Ley de Presupuesto, se creó una base de datos de identificación facial para ser usada con fines de seguridad pública.

Artículo 191
Créase en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, Unidad Ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, una base de datos de identificación facial para su administración y tratamiento con fines de seguridad pública, en estricto cumplimiento de los cometidos asignados por la Ley N.º 19315, de 18 de febrero de 2015, y a lo dispuesto en la Ley N.º 18331, de 11 de agosto de 2008.

Artículo 192
Autorízase en el Inciso 04 “Ministerio del Interior”, Unidad Ejecutora 031 “Dirección Nacional de Identificación Civil”, la migración actualizada a la Unidad Ejecutora 001 “Secretaría del Ministerio del Interior”, de la totalidad de las imágenes faciales de las personas mayores de edad de las que lleva registro, los nombres y apellidos de sus titulares, sexo, fecha de nacimiento, nacionalidad, número de cédula de identidad, fecha de expedición y fecha de expiración de esta última.

La policía ya había comprado un software de RFA en febrero de 2020 y necesitaba esta reforma legislativa para poder usar todos los datos de rostros en poder de la Dirección Nacional de Identificación Civil para alimentar el software de RFA con fines de vigilancia.

¿Qué puede hacer la policía con el software que contratado?

Los usos descritos en la infografía son usos potenciales que se derivan de la simple lectura de los requisitos mínimos del software que el pliego de licitación exigió cumplir a los oferentes. El Ministerio del Interior aún no ha publicado información relativa al uso efectivo del sistema de RFA ni ha confirmado si se encuentra operativo.

¿Qué información tenemos sobre la implementación del sistema de RFA en el Ministerio del Interior?

 

La implementación del sistema de RFA para uso de la policía ya está en proceso, aunque en Uruguay no existe ninguna reglamentación específica ni protocolos públicos que brinden garantías para su uso. Esto da a la policía una amplia discrecionalidad que no es compatible con los estándares mínimos de derechos humanos.

De acuerdo con la información obtenida en nuestro informe, al mes de agosto de 2021 el Ministerio del Interior no cumplía con aspectos básicos de protección de datos personales, como el registro de sus bases de uso administrativo en la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales (URCDP) o la designación de un Delegado de Protección de Datos, según indica la ley de protección de datos personales y sus decretos reglamentarios. A su vez, encontramos que, de acuerdo con el artículo 3 de nuestra Ley de Protección de Datos Personales, la URCDP no tiene potestades de supervisión sobre las bases cuyo objeto sea la seguridad pública.

El Ministerio del Interior se niega también a brindar información sobre el sistema de RFA y su implementación, incumpliendo la ley de acceso a la información pública, y tampoco responde las solicitudes de informe parlamentario relacionadas con sus sistemas de seguridad de datos. Hasta donde existe información, aún no se ha realizado una capacitación sobre funcionamiento y riesgos del uso del software de RFA para su personal y los actores del sistema judicial.

En resumen:

  1. no existe un marco regulatorio que establezca los protocolos de acción, supervisión o auditoría externa sobre el uso del sistema de RFA,
  2. la URCDP no tiene potestades de supervisión sobre las bases cuyo objeto sea la seguridad pública,
  3. el Ministerio del Interior no contesta o rechaza las solicitudes de acceso a la información pública, y
  4. el Ministerio del Interior tampoco responde las solicitudes de informe parlamentario relacionadas con vulneraciones de seguridad a sus sistemas.
¿Qué proponemos?

Si querés conocer más sobre el tema, descargá nuestro informe “Fuera de control: uso policial del reconocimiento facial automatizado en Uruguay”:






lunes, 21 de marzo de 2022

“Oscar 5”, el médico del OCOA

 


 

 Tribunal de apelaciones procesó sin prisión a “Oscar 5”, el médico del OCOA

La Diaria 18 de marzo
Escribe Pablo Manuel Méndez


La decisión revocó el archivo de la causa dispuesto por la jueza Silvia Urioste.

El Tribunal de Apelaciones de primer turno procesó sin prisión al médico Ramón Rodríguez de Armas como coautor de un delito continuado de abuso de autoridad contra detenidos, según informó Montevideo Portal y confirmó la diaria, en la causa.

De Armas, que operaba en el Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOA) bajo el nombre de “Oscar 5”, fue reconocido por cinco víctimas del terrorismo de Estado que estuvieron en el centro clandestino del Servicio de Información y Defensa (SID), en Bulevar Artigas y Palmar y en la casona de Punta Gorda. También fue identificado por un militar que lo ubicó en el 300 Carlos, que funcionaba en uno de los galpones del Servicio de Material y Armamento del Ejército.

La causa fue abierta por Alicia Cadenas y Elba Rama, quienes fueron detenidas en julio de 1976 en Buenos Aires, torturadas en el centro clandestino de detención Automotores Orletti y trasladadas en el primer vuelo hasta Montevideo. En Uruguay, fueron llevadas a la casona de Punta Gorda, un centro de torturas conocido como el “300 Carlos R” o “Infierno chico”, y luego a la sede del SID.

Varios testigos reconocieron a De Armas como el médico que los preparó para presentarlos ante la prensa como detenidos en un falso operativo en el chalet Susy de Shangrilá, montado para blanquear el vuelo clandestino desde Buenos Aires realizado con militantes de izquierda torturados en Automotores Orletti, en su mayoría del Partido por la Victoria del Pueblo.

El médico les quitó la venda a varios detenidos en el patio trasero de la sede del SID. “En un momento, cuando nos sacaron a tomar sol, el médico torturador Oscar 5 dijo: ‘A estos hay que darles algo para que se recuperen porque van a parecer cadáveres’”, relató Alicia Cadenas.

También fue reconocido por las militantes Elba Rama y Sara Méndez como el médico que iba a controlar el embarazo de María Claudia García en el primer piso de la sede del SID y quien ordenó el traslado de la militante desaparecida cuando iba a dar a luz a Macarena Gelman, en noviembre de 1976.

Durante el proceso, el médico tuvo un careo con el oficial de la Fuerza Aérea Bernabé Saralegui, quien declaró haberlo visto varias veces en el centro clandestino 300 Carlos, algo negado por De Armas, quien sostiene que lo están confundiendo con otra persona. También fue visto en ese centro clandestino por el expresidente de la Junta Nacional de Transparencia Ricardo Gil Iribarne, quien estuvo detenido varios meses allí.

Por otra parte, el militante Sergio López Burgos identificó a De Armas actuando en Automotores Orletti. “En Argentina estaba presente en las torturas [...] fue el que me dio las pastillas y el que me dijo que no tomara agua después de la electricidad o iba a reventar como una chinche”.

De Armas centró su defensa en decir que lo estaban confundiendo con otra persona, aunque admite que se le permitía estacionar el auto en el estacionamiento del SID sin pertenecer al organismo, algo inverosímil para la fiscalía, que señala que en el lugar funcionaba el principal organismo de la inteligencia militar de la época y un centro de detención clandestino.

Otro de los elementos con los que se defendió el médico fueron las declaraciones de los militares en situación de reforma Jorge Pajarito Silveira y Ernesto Ramas, quienes en 2021 dijeron a la Justicia que “Oscar 5” era el médico Bruno Rinaldi, fallecido en 2018. La fiscalía señaló que Rinaldi era integrante de la División de Ejército I, pero no pertenecía al OCOA.

Las abogadas del médico, Rosana Gavazzo y Graciela Figueredo, calificaron como “muy débil” la prueba testimonial presentada por la fiscalía y destacaron como la “única prueba con la que cuenta”.

El Tribunal, integrado por Graciela Gatti, Alberto Reyes y Sergio Torres, revocó el fallo de la jueza penal de 27° turno Silvia Urioste, pero no accedió al pedido de prisión preventiva realizado por la fiscalía.

“La imputación efectuada refiere a haber actuado como médico, interviniendo en prácticas de tortura contra los detenidos, o proveyendo atención. Medicar a estos para que pudieran seguir siendo sometidos a tortura o se disimulara su aspecto antes de ser puestos a disposición de la Justicia Militar”, sostiene la sentencia.

En cuanto a la no imposición de prisión, en el tribunal se plantearon dos posturas para su fundamentación. Una de ellas consideró que el delito tiene una pena mínima de prisión ‒lo que la hace excarcelable‒ y la fiscalía al solicitarla “no sólo no anunció la posibilidad de que recayera en concreto pena de penitenciaría, sino que ni siquiera la vinculó con la gravedad de los hechos”. El artículo 138 del Código de Proceso Penal de 1980 refiere al artículo 27 de la Constitución, que establece que “en cualquier estado de una causa criminal de que no haya de resultar pena de penitenciaría, los jueces podrán poner al acusado en libertad”.

La otra postura entiende suficiente para fundamentar el rechazo a la prisión preventiva el hecho de que la fiscalía, que es la titular de la acción, no lo fundamentó.

 

https://ladiaria.com.uy/justicia/articulo/2022/3/tribunal-de-apelaciones-proceso-sin-prision-a-oscar-5-el-medico-del-ocoa/

 


 

Víctimas identificaron al ginecólogo Ramón Rodríguez de Armas como “Oscar 5” y lo “asocian con nacimiento en cautiverio de Macarena Gelman”.

Por Nicolás Delgado

 

El Tribunal de Apelaciones de Primer Turno procesó sin prisión al médico ginecólogo Ramón Rodríguez de Armas “como coautor de un delito continuado de abuso de autoridad con los detenidos” durante la dictadura.

Este Tribunal, integrado por los ministros Alberto Reyes, Graciela Gatti y Sergio Torres, revocó el fallo de la jueza Silvia Urioste, quien, a pesar del pedido de Fiscalía, había resuelto en 2021 archivar la causa contra Rodríguez de Armas. La clausura de la investigación penal fue apelada por el fiscal especializado en Crímenes de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe, quien llevó así el caso al Tribunal.

La sentencia del Tribunal, firmada el 11 de marzo de 2022, da la razón al fiscal, quien planteó que “el imputado intervino como médico en el local de la SID (Servicio de Información de Defensa), sito en Bulevar Artigas y Palmar y el centro de detención clandestino conocido como '300 Carlos', donde los denunciantes se encontraban detenidos en forma clandestina y sometidos a torturas”.

El Tribunal resolvió por unanimidad que “hay fundamento suficiente, según la sana crítica, para estimar que el imputado tuvo participación en el mejor de los casos, encubriendo detenciones clandestinas y apremios, mediante la figura delictual que le fuera atribuida en coautoría”. En base a esto, considera que el archivo de la investigación decretado por la jueza Urioste en 2021 “es producto de una valoración errónea de la prueba”, según la sentencia a la que accedió Montevideo Portal.

Rodríguez de Armas fue reconocido por algunas de las víctimas de las torturas como “Oscar 5”, el alias con el que encubría su identidad, pero un error de los militares que custodiaban a los presos políticos llevó a que lo vieran primero, y lo denunciaran ante la Justicia décadas después.

Rodríguez de Armas, según el fiscal y el Tribunal, recomendó a los militares que los detenidos que habían llegado clandestinamente a Montevideo desde Buenos Aires en 1976 tomaran sol antes de que ser entregados a la Justicia Militar para ocultar así los efectos de las torturas. Cuando estaban en el patio sin los vendajes, el médico llegó al lugar y así varios lo reconocieron, lo que provocó que el ginecólogo le reprochara a los militares que no le hayan avisado.

“Antes de montarse un simulacro y someterlos a la justicia militar, se adoptaron medidas para mejorar su aspecto, muy deteriorado por el mal trato y torturas al que habían sido expuestos. El médico que intervino dando indicaciones a ese fin y también supervisaba las sesiones de tortura era un hombre al que identificaban como ‘Óscar 5’ y cuya identidad se corresponde con Ramón María Rodríguez De Armas, médico ginecólogo”, expresó el fiscal al pedir su procesamiento.

El ahora procesado es señalado además como “el médico ginecólogo al que los oficiales llamaron presa del nerviosismo para que atendiera un parto en el centro clandestino, que asocian con el nacimiento en cautiverio, de Macarena Gelman”, nieta del poeta argentino Juan Gelman, e hija de María Claudia García, aún desaparecida.

Sin prisión

Los ministros del Tribunal estuvieron de acuerdo en que el procesamiento de Rodríguez de Armas no amerita prisión efectiva, aunque discreparon entre sí sobre "el fundamento para decidir así".

Quienes defendieron una postura, plantearon en síntesis que “el delito imputado tiene pena mínima de seis meses de prisión y Fiscalía no anunció que requeriría pena de penitenciaría, ni acudió a la Ley 17.726, que restringe la excarcelación inclusive aun cuando no se tenga el dato de la pena abstracta o virtual de penitenciaría, si ‘la gravedad del hecho o el daño causado por el delito así lo ameriten’ (...) Por lo tanto, en ausencia de mínima motivación del pedido, se correría el riesgo de conculcar el deber de congruencia y el principio acusatorio, ya que como es sabido, la preventiva no es resorte del juez sino del titular de la acción: atrás quedó la tesis por la cual se podía encarcelar sin pedido fiscal: aquí hubo pedido, solo que sin motivación que atender".

La otra posición es más sintética: "Fiscalía no ha fundado su solicitud, debiendo tenerse en cuenta que el delito imputado (art. 286 C.P.) tiene una pena mínima de seis meses de prisión, por lo que no puede sin más -y ante la falta de argumentación del titular de la acción- concluirse que haya de recaer penitenciaría”.

La prueba

Para el Tribunal, “el análisis de la prueba recabada hasta el presente -sin perjuicio de las ulterioridades del proceso-, arroja que existían elementos de convicción suficientes para disponer el enjuiciamiento, incluso de los propios términos de la decisión que lo desestimó, a juicio de la Sala, valorando erróneamente la prueba producida”.

En la sentencia, redactada por el ministro Reyes, se plantea que “de la prueba colectada resulta que en el marco de la dictadura cívico militar imperante en nuestro país desde el 27 de junio de 1973, por decreto 1026/1973 se ilegalizaron distintos partidos y/o movimientos políticos de izquierda, lo que “motivó que se crearan o fortalecieran distintos organismos represivos, como el Órgano Coordinador de Operaciones Antisubversivas (O.C.O.A.), el Servicio de Información de Defensa (S.I.D.), la Dirección Nacional de Información e Inteligencia (D.N.I.I.), la Compañía de Contra Información y el Cuerpo de Fusileros Navales (FUS.NA.), agencias de poder punitivo estatales que desarrollaron -en algunas oportunidades en conjunto- un amplio trabajo de
inteligencia y acumulación de datos con la finalidad de perseguir y detener a los ciudadanos opositores al régimen dictatorial, que -en principio- fueron trasladados a unidades militares y policiales y, desde el año 1975, a centros clandestinos de detención (C.C.D.), que eran operados por dichas agencias, en especial por O.C.O.A. y S.I.D., como ‘300 Carlos’ o ‘Infierno Grande’; la ‘Casa de Punta Gorda’, ‘300 Carlos R’ o ‘Infierno Chico’; la ‘Casona de Millán’; la ex ‘Cárcel del Pueblo’ y, ‘La Tablada’ o ‘Base Roberto’”.

“En mérito a dicha situación, se produjo el exilio de un número muy importantes de ciudadanos uruguayos que se establecieron en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, donde se reorganizaron con la finalidad de tomar acciones para derrocar el régimen dictatorial. En ese contexto, en el año 1975 se instaló por parte de los organismos represivos de los países del Cono Sur el denominado ‘Plan Cóndor’, con la finalidad de reprimir todos aquellos grupos contrarios a las dictaduras instauradas. Fue así que entre los meses de junio y julio de 1976, efectivos de Fuerzas Conjuntas de la República Argentina y de Uruguay procedieron a detener en Buenos Aires a un número importante de integrantes del Partido por la Victoria del Pueblo (P.V.P.), entre los que se encontraban Enrique Rodríguez Larreta Piera y su hijo Enrique Rodríguez Larreta Martínez, Elba Rama, Nelson Dean, Ana Inés Quadros, Sergio López Burgos, Alicia Cadenas, Ana María Salvo, Jorge González Cardoso, Ariel Soto, Raúl Altuna, María Mónica Soliño, Gastón Zina, Edelweiss Zahn, Cecilia Gayoso, Laura Anzalone, Sara Méndez, Margarita Michelini, Marta Petrides, María del Pilar Nores y Jorge González Cardozo”, repasa la sentencia, que luego detalla las torturas que sufrieron en Argentina y el traslado a Uruguay.

“Los detenidos fueron vendados, encapuchados, esposados y trasladados al establecimiento clandestino de detención conocido como ‘Automotores Orletti’, donde fueron sometidos por sus captores a tratos crueles, inhumanos y degradantes, consistente en violencia sexual, desnudez, práctica de ‘submarino’ mojado y seco, golpizas, colgadas con los brazos hacia atrás y picana eléctrica, entre otros. En la noche del 26 de julio de 1976, los prisioneros fueron trasladados en un camión cerrado, encapuchados y con los ojos y la boca vendados, hacia un aeropuerto donde abordaron un avión con destino a nuestro país, custodiados por personal militar uruguayo. De tal modo, los cautivos fueron ingresados ilegalmente a Uruguay y conducidos furtivamente al establecimiento de detención clandestino conocido como ‘Infierno Chico’ o ‘300 Carlos R’, sito en Rambla República de México Nº 5515, donde permanecieron alrededor de un mes, hasta que fueron derivados al establecimiento del S.I.D., sito en Bulevar Artigas y calle Palmar. Durante el período en que permanecieron privados ilegalmente de su libertad, los detenidos fueron sometidos por sus captores a graves tormentos físicos y psicológicos, con la finalidad de que en los interrogatorios brindaran información sobre las actividades, organización y miembros del P.V.P.”, agrega el fallo, que recapitula así los sucesos previos a la entrada en escena del médico procesado.

“A efectos de legalizar la situación ilegítima en que se encontraban los prisioneros, los aprehensores orquestaron una maniobra en la cual fingieron que fueron detenidos en nuestro país el 23 de octubre de 1976 en varios operativos, lo que determinó que recién en esa fecha, en su mayoría, fueran puestos a disposición de la Justicia Militar, mientras que Pilar Nores, su hermano Alvaro Nores, José Díaz, Laura Anzole y Enrique Rodríguez Larreta Piera, fueron dejados en libertad, sin más. Ahora bien, durante el tiempo de reclusión ilegítima en el establecimiento de S.I.D., principalmente a raíz de lesiones provocadas por las torturas que recibieron, algunos de los prisioneros fueron atendidos por médico identificado como ‘Oscar 5’”, relata la sentencia, a quien varias víctimas identificaron como De Armas.

“En suma, la imputación efectuada [contra Rodríguez de Armas] refiere a haber actuado como médico, interviniendo en prácticas de tortura contra los detenidos, o proveyendo atención médica a éstos para que pudieran seguir siendo sometidos a tortura o se disimulara su aspecto antes de ser puestos a disposición de la Justicia Militar, ‘blanqueando’ así su citación que hasta ese momento era totalmente clandestina”, sentencia.

El fiscal plantea y el Tribunal valora que “habida cuenta que en la casona de Bulevar Artigas también se encontraba María Claudia Garcia Irureta de Gelman que -resulta un hecho notorio- fue trasladada clandestinamente desde Buenos Aires embarazada” y que “aquí tuvo a María Macarena Gelman, luego fue ejecutada y al presente se encuentra desaparecida, era lógico la presencia de un ginecólogo en el centro de detención para controlar el embarazo de la detenida; y precisamente Rodriguez de Armas tenía esa especialidad”.

La foto

El Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOA) estaba conformada, como relata la sentencia, por dos reparticiones: “la División de Informaciones, cuyos integrantes eran conocidos como ‘India’, y la División de Operaciones, conformada por los ‘Oscar’, entre los que, a vía de ejemplo, se logró determinar que Ernesto Ramas era ‘Oscar 1’, Jorge Silveira se hacía llamar ‘Oscar 7 Sierras’ y ‘Oscar 5’ era un médico que atendía a los
detenidos”.

“Luego de una investigación particular de varios años, entre 2008-2009, los denunciantes identificaron al médico que habían visto y que les prestó asistencia en S.I.D., bajo el indicativo de ‘Oscar 5’, como el Dr. Ramón María Rodríguez de Armas, de especialidad ginecólogo, a quien individualizaron de entre varios médicos militares por sus características fisonómicas y su voz, hasta que en el año 2012 presentaron una ampliación de la denuncia, adjuntando una imagen en blanco y negro del indiciado”, expresa la sentencia, que agrega que el médico “fue identificado categóricamente por Ariel Soto, Alicia Cadenas, Sara Méndez y Sergio López Burgos y, posteriormente, a través de la prensa, por Ricardo Gil, como ‘Oscar
5’”, dice la sentencia.

Gil, quien fuera secretario antilavado y presidente de la Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep), lo reconoció por una publicación. “Hay otra persona que yo menciono en las declaraciones cuya identidad desconocía hasta hace poco que es el médico que actuaba en el 300 Carlos bajo el alias de ‘Oscar 5’ (...) Manuel Cordero era el ‘303’ (...) Silveira era ‘7 Sierras’, el jefe de los interrogatorios era ‘Oscar 1’, y el médico que vi en varias oportunidades era ‘Oscar 5’ (...) ‘Oscar 5’ me atendió cuatro veces en el período que yo estuve en el 300 Carlos (...) Era un hombre fornido tirando a obeso, cabeza grande, peinado hacia atrás con el pelo chato, hablaba en voz baja, yo calculo que tenía como 40 años. Se vestía de sport, saco y camisa sin corbata (...) Este diciembre 2020 leí la información de que se acusaba de ser ‘Oscar 5’ a un médico llamado Ramón Rodríguez de Armas, una de las notas de la prensa incluía una fotografía que no tengo dudas que se corresponde con quien yo conocía como ‘Oscar 5’”, declaró Gil, a quien le mostraron entonces la imagen del médico señalado, ante lo que respondió: “Sí, es la foto que vi en diciembre en la prensa a quien identifico como ‘Oscar 5’”.

Dudas

De todas maneras, algunas víctimas no pudieron confirmar que "Oscar" 5 fuera Rodríguez De Armas: no pudieron asociar la foto con su recuerdo o directamente no lograron verlo durante las torturas ni en el patio.

La defensa de Rodríguez De Armas, ejercida por las abogadas Graciela Figueredo y Rosanna Gavazzo, manifestó que “comparte lo expresado por la Sra. Juez, en la sentencia impugnada por la Fiscalía”, y desacredita los testimonios que lo incriminan.

El Tribunal, por su parte, destaca el valor de las declaraciones de las víctimas como elementos de convicción suficiente para iniciar el proceso judicial. “Es cierto que numerosos testimonios no han reconocido al médico que actuaba bajo el nombre ‘Oscar 5’, pero ello, lejos de desmerecer los reconocimientos positivos, permite concluir que las declaraciones recibidas no han sido direccionadas y que revelan lo que cada declarante ha podido pervivir y recordar de los sucesos vividos, por quienes declararon de buena fe. Que varios detenidos no puedan identificar al médico que participó en las oportunidades en que eran torturados o los atendiera luego, para- en definitiva- continuar siendo objeto de torturas, no desmerece ni quita valor fuerza convictiva a las declaraciones de aquéllos que sí lo han reconocido. Es más: refuerza dicha fuerza convictiva, al demostrar que no se asiste a ningún complot o venganza indiscriminada contra el imputado”, plantea el Tribunal.

En base a estos argumentos, los ministros no ven “motivo ni razón que justifique apartarse de lo concluido sobre los hechos por Fiscalía, en base a denuncias, reconocimientos y declaraciones de un nutrido elenco de víctimas -no todas, es cierto, pero esa no es una exigencia racional- que señala al imputado sin dudar y con buenas razones para sus dichos, y cuyo señalamiento no resulta arbitrario ni insuficiente, menos aún a la luz de lo declarado por el señalado, que quiso refutar y demostrar que los denunciantes mentían o erraban, lo que junto con elucubraciones y anotaciones militares nada confiables, ‘alcanzó’ para no enjuiciar”.

Los ministros alertan que no puede valorarse de la misma manera el testimonio de una víctima que el de un victimario, y le quitan valor de esa manera a la declaración de dos militares que señalaron a otro médico, ya fallecido, como ‘Oscar 5’. Uno de ellos, primero dice que no sabe quién es ‘Oscar 5’ y en una declaración posterior señala al médico. Cuando declaró por segunda vez, el galeno al que apuntó ya había muerto.

“El denunciante es un testigo cuya declaración es un medio de prueba legalmente admitido para cualquier imputación penal, siempre que se valore conforme a la sana crítica y al resto de la prueba, como no ha hecho el Juzgado, al apartarse de la lógica. La machacona e infundada objeción de que la prueba de cargo ‘solo’ descansa en el testimonio de personas afectados, es interesada, absurda y anacrónica”, alerta el Tribunal.

“La objeción que se reitera en estas causas como en las de violencia de género (‘palabra contra palabra’) no es válida, porque el denunciante es testigo hábil. ‘Lo único que tiene de especial su testimonio es que ha conocido los hechos y lo ha manifestado así antes de comenzar el proceso’ (Arlas, DPP T.II p. 376). Con la tragedia que describen todos, la que forma parte de una de las páginas más negras de la región, donde se hizo desaparecer, trasegar y torturar a detenidos en distintos centros de tortura clandestinos, se consiguió provisionalmente al menos, en lugar y tiempo, no puede coincidirse en la relevada insuficiencia probatoria de la presunta participación del imputado, facilitadora del abuso en todas las dimensiones narradas”, agrega el Tribunal.

La sentencia de 36 páginas advierte características particulares de este tipo de casos: los imputados “niegan los hechos negando verosimilitud a quienes los sindican como responsables”. En ese sentido, manifiesta que “en absolutamente todos los procesos de este tipo, se han implementado lo que se denominan ‘argumentos de negación o técnicas de neutralización’, usualmente empleadas para minimizar cualquier delito pero que, en este tipo de juicios, adquieren ribetes paradigmáticos”, y “entre las técnicas empleadas” para ello están “la negación de la propia responsabilidad, la negación de la ilicitud, la negación de la víctima, la invocación de instancias superiores y la condena de los que condenan”.

El decreto de Hitler

“Se condena a los que condenan, acusando a los tribunales de negar o subestimar la importancia de la subversión, que a su entender buscaba la disolución de la sociedad. Concluyen que los militares consiguieron la victoria y en consecuencia la continuación de la vida de la Nación que hoy disfrutamos, y que ahora, se los juzga por un concierto armado por los que perdieron la batalla. En realidad, en tanto que las otras son técnicas negadoras que también ensayarían los nazis respecto del Holocausto, este es el argumento más original por su extrema perversión, pues alcanza una intensidad formidable cuando un represor intenta deslegitimar a sus víctimas pretendiendo que éstas forman parte de una conspiración política y se autodenomina preso político. Y llegan al punto de emplear, de igual forma y al mismo tiempo, dos argumentos opuestos: si los testigos coinciden, es porque se pusieron de acuerdo, conspiraron. Pero si existen diferencias entre sus declaraciones es porque todos mintieron, no importando si las diferencias realmente existen, si son intrascendentes o si obedecen al punto de vista diferente en que apreciaron los hechos. Lo que importa es decir que mienten. Nada más”, destaca el Tribunal.

“La deslegitimación genérica de las víctimas es, consecuentemente, un argumento falaz largamente empleado...El sentido de denostar genéricamente los testimonios, es pretender colapsar la principal fuente de evidencia en este tipo de juicios. Esto nos lleva a la segunda pauta de interpretación: si bien todos los delincuentes pretenden ocultar su accionar, a fin de no ser descubiertos y lograr impunidad, los planes sistemáticos de represión fueron ejecutados en la más absoluta clandestinidad que sólo los propios Estados, con todos sus poderes, pueden lograr, destruyendo documentos y huellas, pretendiendo asegurar el anonimato de sus esbirros actuando sin identificaciones, con nombres supuestos y únicamente bajo la invocación de ser la autoridad; con prácticas de tabicamiento, aislación de apresados, asesinatos masivos clandestinos y destrucción y ocultación de los cadáveres; en definitiva, ejecutando los secuestros, los cautiverios, los tormentos y los asesinatos al amparo de un marco de protección institucional”, agrega.

Entonces, el Tribunal compara la dictadura uruguaya con el nazismo. “Lo que hicieron las fuerzas represivas fue, ni más ni menos, que aplicar el método previsto en el Decreto de Hitler del 7 de diciembre de 1941, ‘Directivas para la persecución de infracciones cometidas contra el Reich o las fuerzas de ocupación en territorios ocupados’, más conocido como Nach Und Nebel (Noche y Niebla), en cuanto disponía que las personas debían ser capturadas al amparo de la noche y de la niebla y llevadas clandestinamente a Alemania (como aquí trajeron a las víctimas desde Automotoras Orlettti, simulando luego un operativo de arrestos masivos en Uruguay, ubicándolos en diversos centros de detención clandestinos como era aquél en Buenos Aires). Es decir, se trataba de que la familia, los amigos y el pueblo en general, desconocieran el paradero de las personas secuestradas y eliminadas. En síntesis, lograban que las personas, simplemente, desaparecieran, con una explícita motivación intimidatoria... asimismo, prácticamente aseguraba la impunidad, al desaparecer, también en la noche y en la niebla, los rastros de la masacre. Y por si no bastara la clandestinidad y el ocultamiento sistemático de lo ocurrido, desde el poder se amenazaba a quienes quisieran buscar algún tipo de conocimiento o información”, expresa.

Y concluye: “Más allá de los riesgos que implican en todo caso los reconocimientos efectuados por víctimas o testigos de delito, como alerta la Sala en precedentes transcriptos en la impugnada, la sana crítica indica que no es el mismo riesgo cuando se tiene un solitario reconocimiento de la víctima del autor de una Rapiña, que cuando se tiene el reconocimiento por varias víctimas, de un médico que actuaba en la clandestinidad bajo el seudónimo ‘Oscar 5’ (correspondiente a personal de la OCOA, centro también clandestino, vale la pena recordar en orden a las constancias documentales del personal), quien las atendió en distintas circunstancias, una de ellas, para que al comparecer en la Justicia Militar, no evidenciaran maltrato”.

Además de los testimonios, Rodríguez de Armas admitió que conocía a varios oficiales que participaron de la represión, ya que atendió a sus esposas. “¿Nunca fue al SID?”, le preguntaron en el juzgado. “Algunas veces me dejaban estacionar, pero adentro del SID nunca estuve”, respondió.

 

https://www.montevideo.com.uy/Noticias/Tribunal-procesa-sin-prision-a-medico-por-abuso-de-autoridad-con-detenidos-en-dictadura-uc815895

 

 

 

 

 

 

domingo, 20 de marzo de 2022

Volveran los 14 de abriles


 

El País

PAULA BARQUET
sábado, 19 marzo 2022

NUEVA AGRUPACIÓN


Organizaciones militares y víctimas de guerrilla crean asociación civil para ganar “espacios”


Van contra la “hegemonía cultural” y promoverán “derechos humanos sin sesgo”. Dirigirán Sergio Molaguero, Graciela Rompani y Daniel García Pintos. 


Reunión de la ultraderecha García Pintos, Rompani, Molaguero y otros miembros del Ceddhhu.

Una veintena de representantes de distintas organizaciones vinculadas a militares y a familiares de víctimas del accionar de los grupos armados antes de la dictadura se congregaron ayer en una sala del Palacio Legislativo para dar nacimiento formal a una nueva asociación que los agrupe y los fortalezca, con el fin de ganar “espacios” políticos y promover “derechos humanos sin sesgo ni ideología”.

Se agruparán en torno al Centro de Estudios de Derechos Humanos del Uruguay (Ceddhhu), una asociación preexistente en desuso. La presidirá Sergio Molaguero, quien fuera detenido y secuestrado por el OPR-33 en 1972; la vicepresidenta será Graciela Rompani, activa en varias organizaciones sociales y viuda de Jorge Pacheco Areco; el tercer lugar de la directiva del Ceddhhu lo ocupará el exdiputado colorado Daniel García Pintos. Los tres serán los voceros oficiales.

Además de los miembros de la comisión directiva temporal, ayer se acordaron los estatutos del Ceddhhu y un borrador de “misión”, en el que se plantea que es una organización “republicana”, “humanista”, que “promoverá los derechos humanos” con “respeto a la individualidad” y “la familia” como base. En diálogo con El País, Molaguero dice que es esencial también el “respeto a la propiedad privada”.

Si bien no está planteado un objetivo político-electoral, esta organización apuesta a la actividad política para plasmar una visión de los derechos humanos “alternativa a la hegemónica”. En esa línea, se suman a los cuestionamientos que ha recibido la Institución Nacional de Derechos Humanos (Inddhh), especialmente en las últimas semanas por sus pronunciamientos sobre el accionar policial. Consideran que la institución, a la que peyorativamente nombran como “institución de izquierdos humanos”, está “sesgada”. Quieren “equilibrar los espacios” allí, y en “todos los frentes donde no se permiten otras ideologías”.

Para empezar, harán un pedido: solicitarán a la Inddhh que se les conceda en su edificio una sede provisoria para sesionar. “¿No nos corresponde un espacio? ¿Cómo me lo van a negar?”, dice Molaguero con picardía.

Los miembros de la nueva asociación esperan con ansias el cambio de autoridades de la Inddhh, que debería ocurrir en setiembre. Los cinco nuevos directores deberán surgir del voto de la mayoría de la Asamblea General. Por la actual conformación del Parlamento, confían en que habrá un “cambio de signo”.

Pero, además, no quieren quedar afuera de la nueva integración. “Tendríamos que estar, pero necesitás lobby y el voto es secreto”, advierte Molaguero.

A su lado, Rompani escucha para “aprender”, según dice. “Yo voy a ayudar en lo que se pueda. Soy muy nueva. Siempre quise que se ocuparan de estas cosas olvidadas. Soy muy sensible a estas manifestaciones. Me encanta este grupo porque no tiene color político ni religión”, plantea la flamante vicepresidenta, que opina sobre la Inddhh: “Estamos todos del lado de los derechos humanos, tanto de un lado como de otro. Verdad y justicia”.

Como parte de las reivindicaciones del Ceddhhu está la concepción de que los militares presos por delitos de lesa humanidad son “prisioneros políticos”. Dice Jorge Aguerrondo, hijo del militar retirado Mario Aguerrondo, identificado como torturador en el centro de detención conocido como 300 Carlos: “Estamos acá porque la hegemonía cultural nos afectó”. Para Aguerrondo, que será tesorero de la nueva asociación, “el tema militar tiene mala prensa” pero “los civiles no tienen ni idea” de cómo se juzgó a sus familiares.

Para ellos, a los militares “se les permite el acceso al derecho formal” (presentar recursos de apelación, de inconstitucionalidad, etc.), pero no al “derecho sustancial”, es decir, “el fundamento de las normas”.

El 14 de abril, fecha del asesinato de cuatro miembros del “Escuadrón de la Muerte” a manos de tupamaros, y de ocho militantes del MLN a manos de la Policía en 1972, habrá un acto en la Plaza de la Bandera en el que el Ceddhhu planea mostrar el alcance de su convocatoria. Se honrará a los “caídos en defensa de las instituciones democráticas y de la libertad”.

Organizaciones asociadas

Miembros y estatutos de ceddhhu

“Esta institución tendrá por objeto la promoción de los derechos humanos con un enfoque humanista centrado en la dignidad y responsabilidad personal, procurando consolidar una cultura democrática y republicana”, plantea en sus estatutos la nueva asociación. Para cumplir con ello, se harán “encuentros, seminarios, simposios, cursos, eventos y foros”, se editarán y distribuirán “folletos, boletines, revistas, periódicos y libros” y se intentará “proponer a las autoridades competentes el dictado de las normas jurídicas que se entiendan necesarias para propender a la mejor protección y desarrollo de los derechos humanos”, entre otras cosas.

Las organizaciones que ya resolvieron unirse son: Asociación Toda la Verdad, Reconciliación Nacional, Asociación Patriótica 14 de abril de 1972, Centro Militar, Círculo Militar, Familiares de Prisioneros Políticos, Movimiento Reconciliación Nacional, Museo de la Memoria del Pasado Reciente. También adhirieron integrantes del Foro de Montevideo (la organización que preside Mercedes Vigil, que aún no se pronunció), y de la Fundación Rioplatense de Estudios.

Preparan acto el 14 de abril

Las organizaciones ahora formalmente unidas en el Ceddhhu participarán de un acto el próximo 14 de abril para conmemorar a los “caídos en defensa de las instituciones democráticas y de la libertad”, por aquel día sangriento de 1972. Será al mediodía en la Plaza de la Bandera (Tres Cruces) y el orador será Daniel García Pintos. Esperan una participación “importante”.