viernes, 7 de junio de 2019

UPM y el Estado que se hagan responsables

Comisión de Cámara de Diputados descartó juicio político al Poder Ejecutivo por contrato con UPM2


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Pequeño "error"


Movimiento UPM2 solicitó audiencia de conciliación y presentará una demanda civil contra el Ejecutivo y la empresa.

Agotada la vía parlamentaria para lograr que se enjuiciara políticamente a los responsables de haber firmado el contrato con UPM, el Movimiento UPM2 No confirmó que recorrerá el camino judicial y demandará al Estado y a la multinacional por los daños futuros que, previsiblemente, provocará la eventual nueva planta de pasta de celulosa en Uruguay.

Para eso, en los próximos será presentada ante un juzgado civil una solicitud de conciliación, como paso previo al juicio.

El texto, al que accedió ECOS, indica que los citantes, en calidad de ciudadanos y habitantes del Uruguay, asumiendo la representación de intereses difusos de la sociedad, tal como lo prevé el Código General del Proceso, piden que se cite a al Poder Ejecutivo y a UPM como instancia previa a la demanda de declaración de responsabilidad y reparación de daños y perjuicios condicionales o de futuro que se plantean promover en virtud de una serie de consideraciones.

Allí se da cuenta, por ejemplo, que el procedimiento para la celebración del acuerdo que las partes firmaron en noviembre de 2017, así como sus contenidos, transgreden disposiciones constitucionales y legales, dado que el Ejecutivo excedió sus facultades asumiendo obligaciones ajenas a su competencia, en invadiendo prerrogativas de otros poderes del Estado, de gobiernos departamentales y de varios entes autónomos.

También se establece que la negociación y la suscripción del contrato fueron hechas de forma reservada, sin conocimiento de la opinión pública ni aprobación del Parlamento. Se cuestiona asimismo que dicho contrato fuera modificado, en abril de 2018, sin que tampoco los cambios tomaran conocimiento público ni legislativo.

“Eso determina que los ciudadanos nos veamos impedidos de recurrir a los procedimientos democráticos de contralor constitucionalmente previstos, como acciones de inconstitucionalidad y ad referéndum contra las leyes”, se subraya.

Finalmente, se señala que el acuerdo incluye disposiciones directamente violatorias de la Constitución. Como ejemplo, se cita el caso del régimen de uso preferencial de las aguas del río Negro, violatorio del artículo 47 de la Constitución.

Allí se indica que “la protección del medio ambiente es de interés general. Las personas deberán abstenerse de cualquier acto que cause depredación, destrucción o contaminación graves al medio ambiente”. También dice que el agua es un recurso natural esencial para la vida, y su acceso constituye un derecho humano fundamental.

Por otra parte, la demanda indica que las obras de recuperación del Ferrocarril Central, previstas en el contrato, violan el artículo 8 de la Carta Magna, que establece que “todas las personas son iguales ante la ley no reconociéndose otra distinción entre ellas sino la de los talentos o las virtudes”.

Para los demandantes, el aspecto jurídicamente más grave del acuerdo, sobre todo por la afectación de la soberanía nacional que apareja, es el régimen de estabilidad jurídica y el sometimiento a tribunales arbitrales internacionales, incluso en materias no previstas por la normativa sobre protección de inversiones, que se le otorga a UPM durante la duración del contrato.

“Lo acordado es cuestionable también desde el punto de vista de la buena administración, por cuanto no se establece obligación alguna para UPM en contrapartida por los gastos y obras que ya está haciendo la República antes de la Decisión Final de Inversión”, se señala.

Se considera además que el acuerdo es lesivo desde el punto de vista económico y financiero, por cuanto la inversión que realizará el país en la infraestructura adecuada a las necesidades de UPM, las renuncias fiscales, el suministro de energía y combustibles a precios diferenciales, más allá del otorgamiento gratuito y garantizado de enormes cantidades de agua y la compra obligatoria de energía a precio prefijado.

Es una inversión que se estima técnicamente como no inferior a los US$ 4. 000 millones, que no tiene como contrapartida ninguna participación de Uruguay en las utilidades del negocio.

Desde el punto de vista ambiental, se sostiene que el acuerdo y el tipo de explotación previstos son cuando menos imprudentes, apartados del principio precautorio, por cuanto la planta de celulosa verterá enormes cantidades de efluentes contaminantes en un río ya afectado por contaminación, comprometiendo el estado del sistema hídrico nacional, la salud de la población e industrias como la turística.

Los demandantes afirman que probarán, durante el desarrollo del juicio, lo que lo que con pleno conocimiento de su irregularidad han acordado y están comenzando a ejecutar el Poder Ejecutivo y UPM, en las áreas y materias referidas, es ilícito desde el punto de vista jurídico, lesivo desde el punto de vista económico, altamente riesgoso desde el punto de vista ambiental y dañoso desde el punto de vista social y cultural.

“Es previsible que, si el Poder Ejecutivo y UPM persisten en mantener y ejecutar lo acordado, causen serios perjuicios a la sociedad uruguaya y a sus integrantes, afectando la soberanía e institucionalidad del país, su economía y la de sus habitantes, su equilibrio ambiental, sus recursos naturales y su tradición cultural-educativa”.

Como procurador común de los demandantes fue designado el abogado Hoenir Sarthou.

Por la naturaleza condicional del reclamo, y no siendo personalmente los firmantes acreedores de ninguna indemnización, los reclamantes no solicitarán resarcimiento económico alguno de ganar el juicio.

De todas formas, como el Código General del Proceso subraya la necesidad de fijar una cantidad precisa, el valor potencial de la causa fue estimado en US$ 4.000 millones, tomando como base la inversión que el país deberá hacer para cumplir con lo demandado por UPM.

Sarthou explicó al respecto que la mención a una cifra concreta habilitará la instancia de casación y que la causa, eventualmente, llegue a la Suprema Corte de Justicia.



ADELANTAMOS EL TEXTO DE LA SOLICITUD DE CONCILIACIÓN (previa a la demanda) QUE ESTÀ SIENDO FIRMADA POR LAS PERSONAS ELECTAS PARA REPRESENTARNOS EN JUICIO.

Suma: solicitud de audiencia de conciliación.
SR. JUEZ DE CONCILIACIÓN DE TURNO.

Hoenir Sarthou, Daniel Panario, Marcelo Marchese, Alma Bolón, Estela Magnone, Ruth Robaina, Edgardo Gutiérrez Lavie, Humberto Tartaglia, Enrique Echeverría, Julio Porley, Adriana Prieto, José Antonio Rocca, Graciela Milesi, Ofelia Gutiérrez, Guillermo Chiribao, Sebastián Suárez, Ana Lea Martínez, Mario Thedy, Federico Cantera y Erin Vázquez (en adelante “los citantes”), constituyendo todos domicilio real y legal a los efectos de este trámite en la calle Colonia Nro. 909 apto 302 de la ciudad de Montevideo, y electrónico en 1395447notificaciones.poderjudicial.gub.uy , al Sr. Juez decimos:

Los citantes, en nuestra calidad de ciudadanos y habitantes de la República Oriental del Uruguay, asumiendo la representación de intereses difusos de la sociedad uruguaya de conformidad con lo previsto por el artículo Nro. 42 del Código General del Proceso, venimos a solicitar se cite a: 1) el Estado–Poder Ejecutivo, que deberá ser notificado en Plaza Independencia Nro. 710, Torre Ejecutiva, Piso 11; 2) a la empresa UPM Pulp Oy y al conjunto económico denominado UPM (en adelante “UPM”), que deberán ser citados en la calle Avenida Italia Nro. 7519 Piso 2, a la audiencia de conciliación previa a la demanda de declaración de responsabilidad y reparación de daños y perjuicios condicionales o de futuro que, conforme al artículo 11.3 del Código General del Proceso, nos proponemos promover contra ellos, en virtud de las siguientes consideraciones:
A) MOTIVOS DE LA CITACIÓN.
1) Con fecha 7 de noviembre de 2017, el Poder Ejecutivo y la empresa UPM suscribieron un documento titulado “Contrato ROU-UPM”, por el que acordaron una serie de inversiones, decisiones político-administrativas y obras que debería realizar la República Oriental del Uruguay para que UPM considerara la posibilidad de adoptar una unilateral “Decisión Final de Inversión” respecto a la instalación de una planta productora de celulosa a orillas del Río Negro; la construcción de la planta sería precedida por la suscripción de un contrato definitivo, cuyos contenidos son en parte preestablecidos en el acuerdo del 7 de noviembre de 2017.
2) El procedimiento para la celebración de ese acuerdo, así como los contenidos del mismo, transgreden disposiciones constitucionales y legales de la República, dado que el Poder Ejecutivo excedió sus facultades constitucionales, asumiendo, en nombre de la República, obligaciones en materias ajenas a su competencia e invadiendo áreas de competencia constitucional del Poder Legislativo, de los Gobiernos Departamentales, del Poder Judicial y de varios Entes Autónomos del Estado.
3) El proceso de negociación y suscripción del acuerdo fue hecho en forma reservada, sin conocimiento de la opinión pública ni aprobación del Parlamento; luego el acuerdo fue modificado, en abril de 2018, sin que la modificación fuera de conocimiento público ni recibiera aprobación parlamentaria; la falta de aprobación legislativa del acuerdo, y de sus modificaciones, determina que los ciudadanos nos veamos impedidos de recurrir a los procedimientos democráticos de contralor constitucionalmente previstos, es decir a la acción de inconstitucionalidad y al referéndum contra las leyes.
4) Finalmente, el acuerdo incluye disposiciones directamente violatorias de la Constitución; es el caso del régimen de uso preferencial de las aguas de Río Negro, que vulnera el artículo 47 de la Carta, y que, al igual que el de las vías del llamado “Ferrocarril Central”, vulnera el principio de igualdad garantizado por el artículo 8.
5) No obstante, el aspecto jurídicamente más grave del acuerdo, sobre todo por la afectación de la soberanía nacional que apareja, es el régimen de estabilidad jurídica y el sometimiento a tribunales arbitrales extra nacionales, incluso en materias no previstas por la normativa sobre protección de inversiones, que se le otorga a UPM durante toda la duración del “contrato”.
6) Lo acordado es cuestionable también desde el punto de vista de la buena administración, por cuanto no se establece obligación alguna para UPM en contrapartida por los gastos y obras que ya está haciendo la República antes de la Decisión Final de Inversión.
7) El acuerdo es lesivo desde el punto de vista económico-financiero, por cuanto la inversión que realizará el País en infraestructura adecuada a las necesidades de UPM, renuncias fiscales, suministro de energía y combustibles a precios diferenciales, otorgamiento gratuito y garantizado de enormes cantidades de agua y compra obligatoria de energía a precio prefijado, inversión que se estima técnicamente como no inferior a U$S 4.000.000.000 (cuatro mil millones de dólares USA), no tiene como contrapartida ninguna participación de Uruguay en las utilidades del negocio, por lo que el pago de esas cuantiosas inversiones recaerá sobre los contribuyentes uruguayos, en forma de incrementos de tributos y de las tarifas de consumo.
8) Desde el punto de vista ambiental, el acuerdo y el tipo de explotación previstos son cuando menos imprudenciales, apartados del principio precautorio, por cuanto la planta de celulosa verterá enormes cantidades de efluentes contaminantes en un Río ya afectado por contaminación, comprometiendo el estado del sistema hídrico nacional, la salud de la población e industrias como la turística, que dependen de la buena calidad de las playas y de las aguas fluviales y marítimas; a ello se suman los efectos del monocultivo de eucaliptus en la tierra y la pérdida de otras formas más tradicionales de producción y de los numerosos puestos de trabajo que ellas generan.
9) El proyectado “Ferrocarril Central” es en sí mismo un factor de gran costo económico- financiero, pero además causará graves afectaciones ambientales, sociales, urbanísticas y culturales, para las que no se han previsto adecuadas medidas de prevención ni de mitigación.
10) Para concluir, el acuerdo con UPM prevé inconstitucionales injerencias de la empresa en el sistema educativo y en las políticas de desarrollo, investigación y tecnología, que comprometen la tradición cultural-educativa y la soberanía del Uruguay en esas áreas socialmente vitales.
11) En síntesis, tal como lo probaremos durante el desarrollo del juicio, lo que con pleno conocimiento de su irregularidad han acordado y están comenzando a ejecutar el Poder Ejecutivo y UPM, en las áreas y materias referidas, es ilícito desde el punto de vista jurídico, lesivo desde el punto de vista económico, altamente riesgoso desde el punto de vista ambiental y dañoso desde el punto de vista social y cultural.
12) Es previsible que, si el Poder Ejecutivo y UPM persisten en mantener y ejecutar lo acordado, causen serios perjuicios a la sociedad uruguaya y a sus integrantes, afectando la soberanía e institucionalidad del País, su economía y la de sus habitantes, su equilibrio ambiental, sus recursos naturales y su tradición cultural-educativa.
B) EL OBJETO DEL PROCESO Y LA LEGITIMACIÓN
13) De conformidad con lo previsto por el artículo 11.3 del Código General del Proceso, la Justicia puede y debe declarar, en forma condicional o de futuro, para el caso de la verificación de los perjuicios que prevemos, la responsabilidad de los citados por los daños que ocasionen a la República, a su territorio y a sus habitantes, con su ilícito e imprudencial proceder, lo que, en el caso del Estado-Poder Ejecutivo, deberá tenerse presente además a los efectos previstos por el artículo 25 de la Constitución.
14) Tal como lo manifestamos antes, los suscriptos somos ciudadanos y habitantes del Uruguay y tenemos notoria actuación en temas sociales y ambientales de nuestro País, por lo que estamos legitimados para actuar en representación de los intereses sociales difusos contemplados por el artículo 42 del CGP.
15) Hacemos constar que designamos como procurador común al Dr. Hoenir Sarthou, al que autorizamos para representarnos procesalmente con las más amplias facultades legales.
C) MONTO DEL ASUNTO
16) Por la naturaleza condicional del reclamo, y no siendo personalmente los suscriptos acreedores de ninguna eventual indemnización, la demanda será inevitablemente por cantidad ilíquida, no obstante lo cual, a los solos efectos de lo previsto por el numeral 6 del artículo 117 del CGP, se estimará tentativamente el valor potencial de la causa en U$S4.000.000.000, por las razones expresadas en el numeral 7 del cuerpo de este escrito.
POR LO EXPUESTO SOLICITAMOS:
1) Nos tenga por presentados, por constituidos nuestros domicilios y por designado procurador común.
2) Se señale audiencia de conciliación y se cite a comparecer en ella a las partes individualizadas en el exordio de este escrito.


>>> La bancarota del parlamento

por Marcelo Marchese

El miércoles acudimos junto a Hoenir Sarthou, Daniel Panario, Alma Bolón, Edgardo Gutiérrez y Humberto Tartaglia a la Comisión de Constitución y Códigos del Parlamento, para ampliar la denuncia de inconstitucionalidad del Contrato ROU UPM que presentó el Movimiento ciudadano UPM2 NO, y para saber si dicha Comisión haría algo al respecto.



Nuestra denuncia es un llamado de alerta sobre dos cuestiones vitales: 1- el Contrato cede soberanía a una empresa extranjera; 2- el Poder Ejecutivo avasalla poderes y autonomías. En suma, el combo es que mientras se entregan recursos del País y se le permite a una trasnacional legislar, adueñarse de un río y planificar la educación, el Poder Ejecutivo aumenta sus atribuciones aplastando al Poder Legislativo, al Poder Judicial, a la enseñanza, a los gobiernos departamentales, a UTE y a AFE.

Estos dos aspectos cruciales, entregar el País al extranjero, y avanzar en el proceso de creación de una dictadura por parte del Poder Ejecutivo, están indisolublemente unidos: una cosa no podría ser llevada a cabo sin la otra, pero todavía hay un tercer elemento a tener en cuenta, y es cómo se posiciona la sociedad ante esta violación de las leyes, pues asistimos a una destrucción de nuestro marco jurídico y por lo tanto, a la creación de las bases para la creación de un nuevo marco jurídico que lo suplante, sumamente lesivo para nosotros y sumamente auspiciante para las trasnacionales.

Así que entremos de lleno a este tercer aspecto, y empecemos por un poder de nuestra República, el Parlamento, cuya función es legislar, hacer de contrapeso a los otros poderes y parlamentar, es decir, hablar, pensar en voz alta, discutir los problemas esenciales del País, ser expresión del variado pensamiento nacional y en este punto, el rol llevado a cabo por el Parlamento es paupérrimo y voy a ejemplificarlo contando lo que me tocó vivir "en vivo y en directo" en la reunión con la Comisión de Constitución y Códigos.

En la Comisión hubo diputados que prestaron atención a lo que expusimos y a su vez, respondieron con argumentos compartibles o no, pero respondieron, y hubo otros, que mientras exponíamos, jugaban como escolares con sus celulares. El lector se preguntará ¿jugaban como escolares con sus celulares mientras ustedes exponían que se violaba abiertamente nuestra soberanía y nuestra Constitución y se nos entregaba atados de pies y manos al poder extranjero? Parece de una película de Almodóvar pero es la triste realidad. Ese es el nivel de nuestro Parlamento: algunos escuchan educadamente; otros, te toman el pelo de manera descarada (1).

Podemos agregar que esos diputados, cuando les baja la orden de levantar la mano al unísono, ahí apagan los celulares, no sea cosa de, por descuido, cometer el error de no votar algún ukaze que emane de un Poder Ejecutivo que gobierna a espaldas del País, pues cometer ese error sería funesto para sus carreras políticas, es decir, para sus ascensos políticos.

Hermosa imagen. El hombre que fue puesto ahí para hablar, para representarnos, en vez de representarnos prefiere levantar la mano a la orden y bajar la mano a la orden, tal cual hace un soldado ante las órdenes de un cabo, un sargento, o un general. Vivimos una "militarización" del Parlamento, en el sentido de que los parlamentarios oficialistas actúan como fieles soldados que obedecen órdenes. Para el oficialismo el Parlamento no sirve para nada, pero como está ahí, ocupan las bancas para que el Parlamento cumpla una función mecánica.

En cuanto a la oposición, sin entrar a considerar sus diversos matices y salvo el PVA, el PERI y la UP, diría que su planteo con respeto a este Contrato monstruoso es el siguiente: no nos oponemos a esta inversión extranjera, pero la forma de llevarla a cabo es improcedente y además, el gobierno cedió mucho más de lo que de manera razonable pudo haber cedido.

El error de esta visión es creer que aquí hubo un "exceso", considerar que es "demasiado" que se le permita a la trasnacional legislar en materia laboral y meterse con sus criterios comerciales en nuestra educación laica, gratuita y obligatoria, amén de regalarle miles de millones de dólares sin recibir un miserable peso uruguayo a cambio. Creer que esto es un exceso, equivale a creer que las garras del tigre son un exceso, al igual que los dientes del tiburón blanco, o que la muerte se excede cuando se lleva a uno de los nuestros. El problema es no entender que las garras del tigre son esenciales al tigre, así como los dientes al tiburón y que la muerte, cuando viene, no anda con vueltas.

Entre los diputados que prestaron atención y en consecuencia respondieron a nuestros planteos, se encontraban Iturralde, Abdala, Pasquet, Goñi, Daniel Radío y Carlos Pérez. Iturralde manifestó que si su partido ganaba las elecciones, rediscutiría el Contrato. Le decimos que lamentablemente esto no será posible. Si el 15 de febrero UPM toma su Decisión Final de Inversión, el Contrato será un hecho y si el Partido Nacional quisiera rediscutirlo, nos llevaría de plano a un tribunal en Washington, donde terminaríamos pagando una multa escalofriante.

El diputado Abdala, que hizo hincapié en las tratativas secretas, e hizo bien, pues tratativas secretas para llevar a cabo la mayor inversión pública de nuestra Historia es un disparate con ribetes pantagruélicos, mencionó la dificultad de discutir y pensar sobre aquello que no se informa, como si dijera, y esto lo agrego yo, que es muy difícil jugar a las cartas si ni siquiera sabemos qué cartas nos han tocado y cuáles son las reglas del juego. El problema es que las cartas están echadas y a la vista de todos: el inconcebible Contrato ROU UPM que cualquiera pude leer en la web, y las reglas de juego son que UPM y su capataz, el Poder Ejecutivo, consideran que ese librito, La Constitución, si molesta, lo quemamos (2).

El diputado Pasquet argumentó que este Contrato no es un contrato, es decir, que es radicalmente ilegal, y tiene toda la razón. El problema con este argumento son sus consecuencias prácticas, es decir, el problema es aplicar a este problema una mirada jurídica y no política, pues aunque el Contrato no tiene validez legal y es una absoluta bestialidad, igualmente se están aplicando las obligaciones que establece, sobre todo, y exclusivamente, para nosotros, pues ya empezamos a endeudarnos para las vías del ferrocarril de UPM, y ya empezamos a gastar millones de dólares para las expropiaciones necesarias para la vía del ferrocarril de UPM. Uno puede discutir si el garrote es legal o no, o si es real o no, pero todas las dudas sobre su legalidad y su realidad se esfuman en un instante, apenas uno recibe un garrotazo en la cabeza.

El lector se preguntará qué pretendía el Movimiento ciudadano al presentar su denuncia ante el Parlamento. Pretendíamos que el Parlamento llamara a sala al Poder Ejecutivo para que rindiera explicaciones sobre algo que nos comprometerá, y que no podremos alterar ni un ápice, por un plazo de cincuenta años ¿A usted le parece, amable lector, que algo así puede resolverse en secreto y sin consultar al País? ¿A usted no le parece que los parlamentarios deberían parlamentar acerca de los ruinosos efectos económicos, institucionales, ambientales y culturales de este Contrato? ¿El Parlamento hará algo al respecto? Absolutamente no. ¿Por qué? Pregúntele al diputado o senador que votó a ver qué le dice, y mientras tanto, le propongo al Parlamento que encima de la puerta que corona esa hermosa escalinata, coloque un enorme cartel que diga "LAISSEZ FAIRE, LAISSEZ PASSER".

Al Poder Ejecutivo le propongo que sobre la puerta de la Torre Ejecutiva, y a nuestro Señor Presidente le propongo que sobre su frente, coloque uno un hermoso cartel y el otro una linda vincha, que digan "L'ÉTAT, C'EST MOI".

El lector se preguntará si es dable colocar carteles públicos en una lengua extranjera, a lo que contesto que con certeza, eso debe violar alguna disposición, sin embargo, sería absolutamente coherente con lo que estamos viviendo ¿No se llevan nuestro profesores a Finlandia para adiestrarlos? ¿No paga UPM becas en universidades privadas para domesticarlos? ¿No entra UPM hoy, como entró ayer, a nuestras escuelas? ¿No llevó ayer, como llevará mañana, escolares y maestros a su fábrica? ¿No permite ese Contrato despreciable que UPM diseñe nuestros planes de estudio?

La pura verdad es que UPM y el Poder Ejecutivo acordaron entregarnos atados cual si fuéramos un matambre, y mientras tanto el Parlamento calla, el Poder Judicial se hace el otario, los medios de comunicación cantan loas a UPM, la inmensa mayoría de los artistas que ven con malos ojos este berenjenal repugnante, prefieren no quemarse públicamente no sea cosa de morir de hambre, y mientras tanto otra empresa nacional se presenta a concordato, y aumenta nuestro déficit fiscal, y crece nuestra deuda externa y avanzamos, a pie firme, derecho al desastre.

Se ha ido arrastrando su capa y perdiéndose para siempre, el tiempo de esperar que otros defiendan nuestros intereses. La Patria se encuentra en peligro, y como tantas veces ha sucedido, ante la postración de las instituciones, sólo queda una esperanza: nosotros, y aquí no hay lugar a medias tintas.

O nos convertimos en cómplices mediante nuestro silencio, o asumimos nuestra responsabilidad ante la Historia.

(1) Aclaro que al menos, seguramente otro había, el diputado oficialista y presidente de la Comisión, José Mahía, no andaba bobeando con su celular.
(2) Frase atribuida, creo recordar, a Fructuoso Rivera cuando ejercía como Presidente.






1 comentario:

  1. QUIENES FIRMEN LOS DESASTROSOS NEGOCIOS Y LO APOYEN QUE PAGUEN CON SUS BIENES Y LOS DE SUS FAMILIARES DIRECTOS, EL DAÑO QUE HACEN AL PAIS. DEBE EXISTIR UNA LEY EN TAL SENTIDO.

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