domingo, 7 de julio de 2013

También la lucha tiene patrón?




Por Hugo Bruschi

Fue a finales del siglo 19 que surgen las primeras agrupaciones obreras de conducción anarquista. Ya entrado el siglo siguiente, va tomando forma la organización, hasta que por fin se logra que cada gremio cuente con su herramienta en la lucha de clases: el sindicato. Pasa algún tiempo y la Revolución de Octubre por la que Rusia sería de ahora en más, la URSS, pone sobre el tapete la discusión acerca de un Partido que conduciría al proletariado hacia la toma del poder. El anarco-sindicalismo no comprendía como la lucha obrera podía subordinarse a los intereses de un Partido, como quedó demostrado en la práctica, dado que ya no se hablaba de la toma del poder, sino exclusivamente de apoyar las necesidades de la recién nacida República Socialista Soviética. Esta práctica se hace bien evidente durante un conflicto de la carne, en los años de la 2da. guerra europea. Los frigoríficos exportaban como nunca y las ganancias también lo eran, dada la necesidad europea de carnes y productos derivados. Las patronales exportadoras embolsaban miles y miles de dólares (millones de hoy) mientras que los salarios obreros seguían a un nivel bastante desigual, al esfuerzo reclamado entonces.Se desata la huelga y el Partido Comunista boicotea la misma, dejando aislado a los trabajadores. El argumento era que no se podía parar la exportación y dejar sin carne al frente aliado. Pareciera que en la lucha contra el nazismo, los obreros deberían sacrificar sus salarios, mientras las patronales se enriquecían. Muchos militantes comunistas aún contra sus principios, entran a trabajar, es decir a carnerear. La disciplina partidaria pudo más que la conciencia de clase. Hechos lamentables en la historia del movimiento obrero uruguayo, que ilustran el error de subordinar los intereses obreros, a las necesidades políticas. Este y otros hechos ponen de manifiesto 2 filosofías distintas, 2 concepciones totalmente opuestas de como llevar adelante la lucha. En este estado de cosas, arribamos a los años 60 en donde a partir de compromisos firmados con el FMI, se hace cada vez más evidente, la pérdida del poder adquisitivo de los trabajadores y como consecuencia de los reclamos, también la pérdida de las libertades sindicales. Se llega al fin, a la creación de la CNT de mayoría reformista y con algunos gremios fraternos -FUNSA- etc, que ponen sobre el tapete la madurez alcanzada dentro del movimiento sindical. La lucha de clases se agudiza, y ya hay gremios que entienden como insuficientes, las respuestas desde el movimiento obrero a tantos atropellos. Vuelven otra vez a agudizarce las diferencias de enfoque, la lucha reivindicativa que nunca iría más allá del salario y la otra que enseña arrancarle a la burguesía, lo que le niega a los asalariados. Surge una coincidencia entre los gremios que más tarde se conocería con el nombre de Tendencia. Aquí comienza un período muy Rico en aprendizajes, pues el sistema muestra su verdadero rostro represivo y el país comienza a ser gobernado con Medidas de Seguridad, cárceles, despidos y torturas. Y en la respuesta sindical, van quedando aún más en evidencia 2 prácticas incompatibles. El reformismo apuesta a la negociación mientras que los gremios de Tendencia lo hacen a la acción directa extraparlamentaria. Luego vendría el golpe de Estado y la conocida huelga general llevada adelante por los trabajadores. Lo habían escuchado tantas veces, que no fue menester impartir la orden, que por otra parte nunca llegó. Hasta aquí y en forma rápida y también desordenada, hemos tratado de dar una versión de como se entendía la conducción sindical de entonces. Tal vez nos ayude a comprender mejor el presente.



El reciente conflicto de la educación tendría que convertirse en un punto de reflexión, para todos aquellos que de ahora en más y empujados por las circunstancias, se deban lanzar a la lucha por un salario digno y otras reivindicaciones. Para no caer en la trampa que le han tendido al movimiento obrero, a quien ahora tratarán de subordinar no ya sólo a un Partido como en el pasado, sino a todo un gobierno. La historia se repite, pero el escenario no es el mismo. El triunfo del FA ha llevado mucha gente a pensar, que las grandes conquistas y las promesas con que llegaron al gobierno, vendrán solas a nuestros hogares para la felicidad de todos. Hay un gran sector del movimiento sindical que todavía habla en términos de "compañeros" con el elenco gobernante, sin percibir que estos antiguos compañeros, representan intereses irreconciliables con los de la clase obrera. No se trata de "Buenos y malos" sino del papel que unos y otros juegan en la escena nacional. Mientras el gobierno siga aferrado con sus compromisos de pagar la deuda externa que cada día crece más, no habrá dinero para los empleados públicos, ni para hospitales, ni escuelas en ruinas, etc. Mientras el gobierno siga ofreciendo llamativas ventajas a los inversores, seremos nosotros quienes pagaremos lo que las multinacionales reciben como exoneración. Y como toda esta política económica dictada en el exterior, traerá un creciente descontento en la masa asalariada, no queda otro camino que controlar al movimiento obrero, poniéndolo a su servicio. Y para ello ya han captado viejos dirigentes que se prestaron gustosos a la tarea y hoy engrosan las filas del patrón, de quien decide el salario de la gente. Y la tarea de estos "compañeros" será la de entretener mientras se pueda, los reclamos de la gente. Con argumentos sacados no sé de que código obrero y si esto no alcanzara, con sermones sindicales a quienes ellos consideran inmaduros para la tarea. Y aún pretenden arrogantes, seguir sentados en 2 sillas.

Hoy podríamos decir sin temor a equivocarnos, que el poder político decide la conducción sindical del país. De ahí que todo conflicto que de algún modo deje al descubierto todo este mundo de versos y mentiras, será considerado poco menos que un atentado y sus participantes como patoteros, tal cual lo vienen haciendo al mejor estilo Sanguinetti, quien se ufanaba de que a él no le ganaban una sola huelga. Seguirán como lo vienen haciendo desde hace tiempo, enfrentando a la población con los huelguistas. Que Cuando no se perjudica a los niños y jóvenes, se perjudica a los enfermos y Cuando no la basura que no se recoje, perjudica también la imagen y la sanidad de la Ciudad. Con argumentos infantiles, pues es viejo y sabido que las huelgas siempre perjudican a alguien, en primer lugar a los propios huelguistas que pierden su salario, ya de por sí bastante deteriorado. Creen acaso que la gente hace huelga por el mero placer de hacerlo? Pretenden acaso que la gente baje la cabeza resignada cual buey manso, trabaje gratis y además pague impuestos para que nadie se perjudique? Le muestran a la opinión pública una "rendición de cuentas" que no permite ir más allá del 3% pues se pondría en peligro la estabilidad económica y por ende social del país. Pero esta misma rendición parece ser mucho más flexible al momento de aumentar el sueldo de los diputados y senadores, que anda por los 180 o 200.000 pesos. Entonces en que quedamos?

Se ha inaugurado también un nuevo estilo en la coducción sindical, que nada tiene que ver con lo antes conocido. Hoy se apela al agravio liso y llano, se ha instalado una especie de autoritarismo al que los obreros no podrán desafiar sin riesgos.Profesores y maestros que tienen la delicada tarea de formar nuestros hombres del mañana, han pasado a ser patoteros que ya no respetan códigos ni buenas costumbres. Se usa la difamación como todo argumento a la hora de la falta de respuestas. Entonces uno se pregunta, si no habrá llegado el momento de hacerle saber a estos Sres. que estos procedimientos son ajenos a las mejores tradiciones del movimiento obrero, aún en la discrepancia. No habrá llegado la hora de unir a los agraviados en un frente común contra la prepotencia, de quienes quieren poner al movimiento sindical a su servicio?





9 comentarios:

  1. BUEN ARTICULO HUGO FELICITACIONES...ESTUVE EN ESA FABULOSA MARCHA DE MAESTRS Y DOCENTES ACOMPAÑANDO A MI HIJA QUE NO ES NINGUNA PATOTERA SINO UNA SIMPLE DOCENTE QUE TIENE UN SUELDO DE HAMBRE Y CUANTO ME DOLIO QUE QUIENES SE DICEN COMNPAÑERON DEL PIT CNT AL LLEGAR A LA CASA DE GOBIERNO PRETENDIERON NO DEJARLES HABLAR LES PUSIERON UN VALLADO

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  2. para quien quierza leerla
    QUE DEFICIT!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

    http://medios.presidencia.gub.uy/jm_portal/2012/noticias/NO_E725/Proyecto.pdf


    ARTÍCULO 1.- Apruébese la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al Ejercicio 2011, con un resultado deficitario de:

    a) $ 11.526.071.000 (pesos uruguayos once mil quinientos veinte y seis millones setenta y un mil), correspondiente a la ejecución presupuestaria;

    b) $ 12.801.992.000 (pesos uruguayos doce mil ochocientos un millones novecientos noventa y dos mil), por concepto de operaciones extrapresupuestarias, derivadas de la aplicación de normas legales.

    Los importes referidos precedentemente surgen de los estados demostrativos y auxiliares

    que acompañan a la presente ley como Anexo y forman parte de la misma.

    ARTÍCULO 2.- La presente ley regirá a partir del 1 de enero de 2013, excepto en aquellas disposiciones que en forma expresa establezcan otra fecha de vigencia.
    Los créditos establecidos para sueldos, gastos de funcionamiento e inversiones, están
    2
    cuantificados a valores de 1o. de enero de 2012, y se ajustarán en la forma dispuesta en los artículos 4 de la Ley No. 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y 68, 69, 70 y 82 de la Ley No. 15.809, de 8 de abril de 1986. La base de aplicación de dicho ajuste será la suma de los créditos referidos más los incrementos diferenciales de las remuneraciones otorgadas por el Poder
    Ejecutivo en el ejercicio 2012.

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  3. ARTÍCULO 21.- Incrementase en el Inciso 02 "Presidencia de la República", Programa 481"Política de Gobierno", Unidad Ejecutora 001 "Presidencia de la República y Unidades
    Dependientes", la partida asignada por el artículo 94 de la Ley No. 18.719, de 27 de diciembre de2010, en $ 2.000.000 (pesos uruguayos dos millones) anuales.

    ARTÍCULO 22.- Asignase en el Inciso 02 "Presidencia de la República", Programa 481 "Política de Gobierno", Unidad Ejecutora 001 "Presidencia de la República y Unidades Dependientes",
    Financiación 1.1 "Rentas Generales", una partida anual de $ 10:000.000 (pesos uruguayos diez millones) en el Objeto del Gasto 749 "Otras Partidas a Re aplicar", con destino a financiar los gastos de funcionamiento de la Torre Ejecutiva.

    ARTÍCULO 23.- Reasígnese en el Inciso 02 "Presidencia de la República", Financiación 1.1
    "Rentas Generales", Programa 481 "Políticas de Gobierno", una partida anual de $ 2:628.000 (dos millones seiscientos veintiocho mil pesos uruguayos), del Objeto del Gasto 099.001 "Partida
    Proyectada", de la Unidad Ejecutora 001 "Presidencia de la República y Unidades Dependientes”, a la Unidad Ejecutora 004 "Oficina de Planeamiento y Presupuesto", Objetos del Gasto 042.512
    "Compensación Alimentación" por la suma de $ 1:103.000 (un millón ciento tres mil pesos uruguayos) más el correspondiente aguinaldo y cargas legales, y 092.000 "Partidas globales a distribuir" por la suma de $ 1:132.975 (un millón ciento treinta y dos mil novecientos setenta y cinco pesos uruguayos).

    Este artículo entrará vigencia a partir de la promulgación de la presente ley.


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  4. ARTÍCULO 24.- Autorizase a la Unidad Ejecutora 001 "Presidencia de la República y Unidades
    Dependientes" del Inciso 02 "Presidencia de la República", Programa 481 "Políticas de Gobierno", a percibir los ingresos que genere el uso de las instalaciones de la Torre Ejecutiva, los que serán fijados por el Poder Ejecutivo, y su producido se destinará al mantenimiento de las instalaciones. “que nivel”

    Habilitase una partida anual de $ 1:500.000 (un millón quinientos mil pesos uruguayos),en el objeto del gasto 299 "Servicio no personales" , con cargo a la Financiación 1.2 "Recursos con afectación especial", a efectos de solventar los gastos de mantenimiento de las instalaciones.!!!!!!!!!!!!!!!!!

    Miremos ahora ministerio del interior y ministerio de defense

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  5. ARTÍCULO 28.- Créase en el Inciso 02 "Presidencia de la República", Unidad Ejecutora 006
    "Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua", los siguientes cargos:
    República Oriental

    Cantidad Esc. Go. Denominación Serie
    1 A 16 Asesor Profesional
    3 A 15 Asesor I Profesional
    5 A 14 Asesor II Profesional

    Autorizase al Poder Ejecutivo a presupuestar en los cargos creados por el inciso anterior
    a los profesionales que ejercen funciones de Gerente General, Gerentes de División, Secretario
    General, Asesor y Jefes de Departamento o Área.

    ACA EMPIEZA LO LINDO Y EL REPARTO

    ARTÍCULO 41.- Incrementase en el Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", Programa 300
    "Defensa Nacional", Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría de Estado",
    Financiación 1.1 "Rentas Generales", la partida asignada por el artículo 92 de la Ley No. 18.362, de 6 de octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo 196 de la Ley No.18.719, de 27 de diciembre de 2010, para compensación especial, en $ 8:888.303 (pesos uruguayos ocho millones ochocientos ochenta y ocho mil trescientos tres) más su correspondiente aguinaldo y cargas legales.

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  6. ARTÍCULO 42.-INCREMENTESE en el Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", Programa 300
    "Defensa Nacional", Unidad Ejecutora 004 "Comando General del Ejército", Financiación 1.1
    "Rentas Generales" el Objeto del Gasto 042.093 "Prima Técnica sin Aportes" en $ 9.903.225 (nueve millones novecientos tres mil doscientos veinticinco pesos uruguayos) anuales para compensar a aquellos efectivos del Personal Militar Subalterno que cumplan determinadas tareas especializadas.


    ARTÍCULO 45.- Sustitúyase el artículo 142 del Decreto-Ley No. 15.688, de 30 de noviembre de
    1984, el que quedará redactado de la siguiente manera:
    "ARTÍCULO 142 - Sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 85 de la Constitución de la República y en el Capítulo 12 del Título V del Decreto-Ley No.14.157, de 21 de febrero de 1974, establéese en principio como efectivos del Personal Superior del Ejército, los siguientes:

    Oficiales Generales: 16
    Cuerpo de Comando.
    Arma Cnel. Tte.Cnel. May. Cap.
    Infantería 70 84 96 80
    Caballería 49 41 50 58
    24
    Artillería 27 38 33 28
    Ingenieros 23 15 21 28
    Comunicaciones 11 7 8 11
    El número de Alférez del Cuerpo de Comando será el que resulte después de efectuar la promoción de quienes hayan aprobado los cursos respectivos de la Escuela Militar, y el número de Teniente 1ro. y de Teniente 2do. Serán los que resulten por la aplicación del Sistema de Ascensos establecido en la presente Ley.
    Cuerpo de Servicios.
    Se rige acorde a lo establecido en el artículo 105 de la Ley No. 16.736, de 5 de enero de 1996, y sus Decretos reglamentarios."
    ARTÍCULO 46.- Sustitúyase el artículo 65 del Decreto-Ley No. 14.747, de 28 de diciembre de
    1977, el que quedará redactado de la siguiente manera:
    "Fíjense los efectivos del Personal Superior de la Fuerza Aérea de acuerdo a lo siguiente:
    Cuerpo de Comando
    CUERPO COMANDO
    ESCALAFON Av. Nav. Nav. L S.T. A.A. Mant. C.y E. Met. S.A. TOTAL
    GRADO 16.170-16.320
    GENERAL DEL AIRE 1 1
    BRIG.GRAL. 5 5
    CORONEL 35 1 5 4 4 5 1 1 56
    TTE.CNEL. 37 8 4 6 2 3 1 61
    MAYOR 38 16 2 56
    CAPITAN 53 18 1 72
    TTE.1o.
    TTE.2o.

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  7. "ARTÍCULO 62 - Los Tenientes 1ro., Mayores y Tenientes Coroneles ascenderán a los grados inmediatos superiores por el sistema de antigüedad, aptitudes y suficiencia de acuerdo a la precedencia que obtengan en las listas de ascensos confeccionadas por el órgano calificador, según la calificación final que resulte de promediar la nota de antigüedad con la nota promedio de aptitudes y con la nota de suficiencia.
    Aquellos oficiales que estén en condiciones de ascenso a los diferentes grados, desde integrantes de los Cuerpo de Comando y Cuerpo de Servicios Generales, en sus diferentes escalafones, podrán ascender utilizando las vacantes existentes en otros escalafones dentro de su respectivo Cuerpo. De generarse nuevamente la vacante deberá ser restituida a su Cuerpo y escalafón de origen."
    ARTÍCULO 51.- Autorizase al Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", Programa 480
    "Ejecución de la Política Exterior", Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", a efectuar el cobro cualquier precio que se perciba, producto de los contratos que para la prestación de servicios y realización de actividades comerciales dentro de las Aéreas de Control
    Integrado, se realicen con agentes públicos o privados, exceptuados los Organismos de Control concurrentes en la operatoria, , bajo administración de la Dirección Nacional de Pasos de Frontera. La mencionada recaudación será destinada a cubrir los gastos de funcionamiento e inversiones de dicha Dirección Nacional, con cargo a la Financiación 1.2 "Recursos de Afectación
    Especial".
    ARTICULO 168 - Los Ministros del Supremo Tribunal Militar, los miembros Militares ante la Suprema Corte de Justicia y los Jueces Militares de Primera Instancia e Instrucción, en caso de ser Oficiales en situación de retiro, percibirán una compensación especial no sujeta a montepío equivalente al 60% (sesenta por ciento) del sueldo básico del grado de Coronel.
    Esta disposición se aplicará al Letrado Civil integrante del Supremo Tribunal Militar y a los Conjueces Militares a que refiere el artículo 74 del Código de Organización de los TRIBUNALES MILITARES , para el caso de ser Oficiales en situación de retiro y durante el período en que efectivamente actúan como Ministros del Supremo Tribunal Militar, en virtud de las hipótesis previstas en los artículos 74 y 105 del citado Código." Incrementase en $ 494.707 (cuatrocientos noventa y cuatro mil setecientos siete pesos
    uruguayos) con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", en el Programa 201 "Justicia Militar", Unidad Ejecutora 001"Dirección General de Secretaría", Objeto del Gasto 042.080
    "Retribución Jueces Militares situación retiro" para complementar el financiamiento de la presentenorma.

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  8. en conclusion hay dinero para la deuda externa...hay dinero para el ministerio del interior
    ministerio de defens
    tORRE EJECUTIVA y otras huestes...
    QUE VERGUENZA.....PERO LOS MAESTROS SEGUIRAN EN LA LUCHA Y QUIENES SE DICEN COMPAÑEROS NI SIQUIERA ASOMPAÑAN CON UN PARO GENERAL

    AHORA SON PATOTAS.....

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    1. S P COMO DICEN EN EL FUTBOL....AHI SE VE CLARAMENTE PORQUE ESTE PAIS NO VA A SALIR NUNCA ADELANTE...Y EL OBRERO LEGAL SEGUIRA SIEMPRE SIENDO ....UN ESCLAVO DE LA CORRUPTELA....

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