PUBLICADO EN CARAS&CARETAS EL VIERNES 9 DE MARZO DE 2012
COMO TE ALEGO UNA COSA TE SENTENCIO LA OTRA
Los fallos del juez Fernández Lecchini
El juez de instrucción en lo penal de 1er turno, Juan Carlos Fernández Lecchini, está logrando coincidencias en el sistema jurídico: todos lo critican. Su última sentencia sobre el caso Julio Castro obtuvo aplausos y silbidos de víctimas y victimarios, a la vez que críticas cerradas de colegas, jueces y fiscales, juristas a favor de los derechos humanos y defensores de los represores presos.
TEXTO: ROGER RODRÍGUEZ
rogerrodriguez@adinet.com.uy
Fernández Lecchini resolvió el procesamiento del policía Juan Ricardo Zabala, quien admitió su participación en el secuestro del maestro y periodista Julio Castro el 1º de agosto de 1977 y aceptó que lo trasladó al centro de torturas conocido como “la casona” de la calle Millán donde lo mataron. Sin embargo, el juez lo tipificó como “cómplice” de un delito de homicidio muy especialmente agravado y no como “coautor” del crimen, como pretendía la fiscalía.
El magistrado también hizo un amplio alegato para demostrar que el crimen de Julio Castro no prescribió y lo fundamentó en múltiples resoluciones y convenciones internacionales como pretendían los defensores de los derechos humanos… pero, en un último agregado, mencionó a la ley 18.831 (contra las prescripciones), que era la referencia esperada por los abogados defensores para habilitar una maniobra jurídica que detenga los juicios.
La ley aprobada el 28 de octubre de 2011 en el Parlamento (cuando se anunciaba el 1º de noviembre como fecha límite de la prescripción de todos los delitos de la dictadura) es el talón de Aquiles que identificaron los defensores de los militares presos para interponer recursos de inconstitucionalidad que inhabiliten la norma y les permitan fundamentar que todos los crímenes que se están juzgado han prescripto.
Defensores de los derechos humanos consideraron que la mención a la ley –que otros jueces y fiscales habían venido evitando– por parte de Fernández Lecchini resulta “gratuita” y sólo habilitó el previsible “operativo” del grupo de militares retirados que están siendo asesorados por el ex vicepresidente Gonzalo Aguirre Ramírez. Los abogados de Zabala serían los primeros en presentar el recurso para la casación.
El tercer punto de crítica a la sentencia es que Fernández Lecchini no aceptó el pedido de la fiscal Mirtha Guianze para que también fuera procesado José Nino Gavazzo como autor intelectual de la muerte de Julio Castro. El juez, que en 2002 escribió un ensayo sobre la ‘Nueva estructura del principio de oportunidad en aras de la protección de la víctima’ (XVIII Jornadas Iberoamericanas-XI Jornadas Uruguayas de Derecho Procesal), consideró que no hay elementos de prueba para enjuiciar al conocido torturador.
“Es que, probablemente, Zabala está protegiendo a José Gavazzo y [a] los que operaban en la casona de Millán. Pero esto no pasa de ser una conjetura. A lo sumo un indicio. Pero la duda a favor de José Gavazzo no se ha esfumado y por ende corresponde no hacer lugar a lo solicitado por el Ministerio Público a su respecto”, admite el magistrado en su sentencia.
LA SOMBRA DE ELENA
En agosto de 2004, cuando lo designan juez penal de primer turno en sustitución de Eduardo Cavalli, el joven Juan Carlos Fernández Lecchini iniciaba un período judicial que estuvo precedido de polémicas y presiones. Doliente de una enfermedad, Cavalli había tenido que volver a su despacho en marzo de aquel año para “detener” las acciones de su subrogante, Alejandro Recarey, quien provocó un terremoto político cuando “pretendió” indagar a militares en la causa de desaparición de Elena Quinteros en 1976.Fernández Lecchini inició su magistratura signado por el caso de la maestra secuestrada en la embajada de Venezuela, en un incidente que derivó en la ruptura de relaciones diplomáticas entre ambos países. Cavalli había aceptado el pedido de la fiscal Mirtha Guianze y decretado el procesamiento del ex canciller Juan Carlos Blanco por un delito de homicidio especialmente agravado, pero a la vez concedió la libertad ambulatoria al ex ministro de Relaciones Exteriores. El nuevo juez sabía que debía moverse con limitados márgenes políticos.
Sin embargo, una de las primeras decisiones que tuvo que tomar fue la de levantar las medidas preventivas que la Justicia había impuesto sobre el Batallón de Infantería Nº 13 para autorizar los trabajos de excavación que le solicitó el equipo de técnicos encabezado por el antropólogo José López Mazz. Esa autorización fue la que permitió que el 2 de diciembre de 2005 fueran hallados los restos que luego se identificaría como los del escribano Fernando Miranda, desaparecido en 1975.
Cauteloso y medido en sus decisiones, Fernández Lecchini suplantó, a principios de 2005, al juez de 7º turno, Pedro Hackenbruch, en el momento en que en Santana do Livramento era localizado el coronel Manuel Cordero. Hackenbruch había librado una orden de captura internacional del militar, prófugo de una causa en la que se le acusaba de apología de la tortura, pero Fernández dejó sin efectos el pedido, porque primero debía estudiar si los tratados con Brasil admitían la extradición… Cordero volvió a escapar.
Otra de las polémicas decisiones de Fernández Lecchini también estuvo relacionada con el caso Quinteros. El juez admitió que el secretario presidencial Carlos Ramela Regules y los integrantes de la Comisión para la Paz estaban amparados en un “secreto de Estado” que les habilitaba a no identificar las fuentes militares o civiles que les habían suministrado los datos que llevaron a afirmar en el informe final que Elena Quinteros había sido asesinada en la tortura, cremada y sus cenizas arrojadas al mar.
En noviembre de 2005, dos meses después de ser confirmado en su cargo, Fernández Lecchini estaba de turno cuando se produjeron los incidentes en la Ciudad Vieja en el marco de la marcha anticapitalista contra la presencia del George W. Bush en Mar del Plata y contra un tratado bilateral con Estados Unidos. Decidió aplicar el artículo 143 del Código Penal y ordenó la prisión de cuatro jóvenes a quienes procesó por el delito de “sedición”. El juez terminó siendo ‘escrachado’ por el grupo Plenaria Memoria y Justicia.
ENTRE BLANCO Y EL GOYO
En mayo de 2006, Fernández Lecchini asumió competencia en un pedido de extradición que sobre la patota de Orletti había reactivado el juez federal argentino Guillermo Montenegro, a cargo de la causa Plan Cóndor. El caso había recaído inicialmente en el juzgado de 20º turno a cargo de la jueza Aída Vera, quien había ordenado la detención preventiva de los requeridos José Gavazzo, Ernesto Rama, Ricardo Arab, Jorge Silveira, Ricardo Medina, Gilberto Vázquez y Julio César Vadora (muerto).El grupo de represores terminó procesado en setiembre de ese año por otra causa de otro juzgado y Fernández Lecchini se tomó otros dos años para pronunciarse. Sin embargo, su fallo de noviembre de 2008, otorgando las extradiciones, fue el primero en relacionar normas de derecho internacional y nacional, para concluir que la ley de caducidad (15.848) era contraria a los tratados internacionales y que los tiempos de prescripción de los delitos de la dictadura debían computarse desde el 1º de marzo de 2005, cuando asumió Tabaré Vázquez y hubo voluntad de habilitar la acción judicial.
Al magistrado también le tocó actuar en julio de 2006 en el episodio de la fuga del coronel Gilberto Vázquez, quien se mantuvo prófugo durante una noche tras escapar del Hospital Militar donde se le hacía un estudio médico. El juez no procesó a ningún cómplice de la fuga. Fernández Lecchini tampoco aceptó por entonces un pedido de exhumación del cuerpo de Tota Quinteros, madre de Elena, para que se sacara una muestra de ADN para cotejarla con un resto óseo hallado en el Batallón 13. El examen lo autorizaron jueces subrogantes.
En abril de 2010, Fernández Lecchini finalmente dictaminó la condena a 20 años de prisión contra Juan Carlos Blanco por el caso Elena Quinteros. Le tipificó coautoría de una “homicidio muy especialmente agravado” y desechó el pedido de la fiscal Guianze quien había pedido que el ministro fuera culpable de un delito de “desaparición forzada”. En su sentencia, el juez puso otra perla a su collar de fallos, al argumentar en su dictamen que los desaparecidos están muertos y por tanto sus casos debían considerarse homicidios.
Polémico por sus sentencias, Fernández Lecchini también ratificó la condena de Ricardo Moll en la causa “cangrejo rojo” pero no encontró elementos de prueba contra Julio Luis Sanguinetti y Ricardo Scaglia. También tuvo a cargo el caso del atentado contra el fiscal Enrique Viana, víctima de dos balazos. Y volvió a ocupar crónicas de prensa cuando pidió reabrir el caso de la valija del empresario venezolano Guido Antonini, cuando procesó a un funcionario del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay por suministro de droga a los menores o cuando encarceló por estafa a once miembros de una banda de ‘mosqueta’ que estafaba incautos.
Otro de los casos estelares en los que Fernández Lecchini sorprendió con su intervención fue el vinculado a la muerte del tupamaro Roberto Luzardo, en junio de 1973. El juez terminó por responsabilizar al dictador Gregorio Álvarez, entonces jefe del Estado Mayor Conjunto (Esmaco), por la falta de atención médica del Hospital Militar donde falleció. La sentencia se produjo nueve años después de que los familiares presentaran la denuncia. “Álvarez conocía las condiciones de la sanidad militar para con los sediciosos”, estampó el juez.
Si mucha gente del Fraude Amplio no quiere ver la realidad hay una vieja expresion "no hay peor ciego que aquel que no quiera ver".
ResponderEliminarCon respecto a los muertos, desaparecidos nadie los puede traer a la vida de vuelta. El castigo a los que mataron siguen teniendo 3 platos de comida al dia, TV. diarios, libros, telefonos y internet. Donde esta la justicia? Estoy demasiado viejo para entender esto.
para mi sigue siendo mejor un plato al dia, una radio ajena y una carpa o casi... pero al sol. Cuestion de gustos
ResponderEliminarLos militares asesinos tendrian que ser tratados como los nazis en el juicio de Nuremberg. Una cama, una mesa, lapiz y cuadernos, visitas que sean controladas por la guardia, recreo, y nombrados por numero no por el nombre. Nunca se van a arrenpertir, al contrario se sienten molesto porque los agarron y no pudieron seguir torturando y matando. Seriamos ingenuos que ellos se sienten mal consigo mismo. Si tuvieran la oportunidad la harian de vuelta. Que sabio que fue Fidel con los juicios! No perdieron el tiempo! O como decia Pancho Villa es a veces la justicia es silenciosa. Llanero Solitario
ResponderEliminarNo solo los militares, tambien los medicos que se prestaron y servieron como milicos. Ellos tambien tienen que ser juzgados, tambien las parteras que atendieron los partos de las ex-presas politicas, y todo el personal que actuo en complicidad. Aquellos que tuvieron que trabajar y que no puedieron hacer nada es diferente. Los juicios deberian ser hechos por el pueblo. Como dijo Sendic: que me juzge el pueblo.
ResponderEliminarUn saludo y felicitaciones al El Muerto por publicar buenos articulos, que permite que los ciudadanos expresen sus opiniones venga de quien venga. Eso es la verdadera democracia que practica El diario El Muerto. Siga asi, periodistas, escritores, sigan dando esta calidad buena de articulos.
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