Mujica firmó para dejar casos fuera de la caducidad
Se abren los 88 casos
Habilitan investigaciones de crímenes durante dictadura
El Ejecutivo no promoverá cambio en la prescripción
Ante ello, la única salida legal posible es que se apruebe una ley que modifique el Código Penal en cuanto a la prescripción de esos ilícitos.
Sin embargo, el secretario de la Presidencia, Alberto Breccia, informó a El País que el Poder Ejecutivo no tiene previsto elaborar una propuesta para ampliar los plazos de prescripción de los delitos de la dictadura.
Por eso, la posibilidad de que un proyecto en ese sentido se concrete, dependerá de los legisladores del Frente Amplio.
En el mismo sentido que Breccia, el canciller Luis Almagro dijo ayer que con la decisión de revocar los actos administrativos basados en la ley de Caducidad, el gobierno "hizo lo que podía hacer" para cumplir con el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Agregó que las alternativas para ampliar o dejar sin efecto los plazos de prescripción "corresponden al ámbito legislativo, fundamentalmente".
Sin embargo, a nivel de la bancada legislativa del Frente Amplio, hay una visión diferente, porque se entiende que un proyecto que modifique la prescripción de los delitos de la dictadura debe ser propuesto por el Poder Ejecutivo.
"Francamente no veo que el Poder Legislativo pueda tener aliento, energía y capacidad para transitar por una iniciativa del propio Poder Legislativo otra vez", dijo la senadora Constanza Moreira (Espacio 609).
Para la senadora, "solo será posible" que un proyecto que modifique la prescripción de los delitos de la dictadura prospere a nivel parlamentario "si viene del Poder Ejecutivo", señaló el martes 28.
Limitaciones de la Ley 18 596.
15.04 10
1) Siguen vigentes las disposiciones que impiden a todas las víctimas acceder a la verdad y a la justicia (Impunidad).
2) No incorpora dentro de los universos de víctimas a los niños y adolescentes de la época que eran familiares directos de las y de los ex presos políticos.
3) No establece la disculpa pública por parte del Estado.
4) No le da carácter de ley a la transformación del Calen y otros centros represivos en Espacios de Memoria.
5) Los montos indemnizatorios previstos para los familiares de los detenidos desaparecidos y asesinados son inferiores sensiblemente a los establecidos por el Poder Judicial.
6) Las indemnizaciones no se otorgan en forma prioritaria a los familiares directamente perjudicados sino que se distribuyen proporcionalmente por todos los beneficiarios.
7) Confunde la Per del Artículo 11 de la Ley 18 033 con la indemnización prevista por la Resolución 60/147 de las Naciones Unidas por el conjunto de daños económicamente evaluables y por lo mismo excluye de los beneficios de la misma a importantes sectores de víctimas del terrorismo de Estado.
8) Siguen estando excluidos de percibir la Per del Artículo 11 de la Ley 18 033 quienes tienen ingresos superiores a las 15 BPC.
9) Siguen estando excluidos de percibir la Per del Artículo 11 de la Ley 18 033 quienes fueron liberados antes del 9 de febrero de 1973.
10) Siguen estando excluidos del beneficio de la Per del Artículo 11 de la Ley 18 033 los ex presos políticos que se ampararon a leyes tales como la 15 737, 15 783 y similares y que no están jubilados o en situación de pasividad.
11) Se impide que la Per pueda sumarse a las legítimas jubilaciones obligando en los hechos a renunciar al cobro de beneficios legítimos.
12) Las viudas y viudos de ex presos políticos continúan percibiendo solamente el 66% de la Per y deben renunciar además al cobro de sus legítimas jubilaciones y pensiones para ello.
13) Continúa habiendo diferencias económicas entre la Per que perciben los ex presos políticos en función del momento de ingreso al sistema previsional.
14) Continúan estando excluidos del amparo a la Ley 18 033 quienes fueron despedidos luego de la huelga general y durante el período dictatorial.
15) Sigue sin darse potestades a la Comisión Especial de la Ley 18 033 para que otorgue la Per del Artículo 11 a todas aquellas personas que sin reunir todos los requisitos mencionados por la norma, a juicio de ella, la merecerían por el tiempo de detención aunque no fueran formalmente procesados o no llegaran al año de detención.
16) A pesar de que la Ley 18 596 no cumple a cabalidad con las disposiciones de la Resolución 60/147 se impide que quienes se amparen en ella puedan realizar juicios reparatorios tanto a nivel nacional como internacional (Art. 22).
DECLARACION DE LA ASOCIACION ¿DONDE ESTAN?
La asociación ¿Dónde Están? reafirma su lucha por la verdad y la justicia en todos los planos y en todos los ámbitos para que sean investigados los crímenes de la dictadura y los responsables sean juzgados.
¿Dónde Están? exhorta a los tres poderes del estado -ejecutivo, legislativo y judicial- a terminar con todas las leyes y todos los actos administrativos que impiden el avance de la justicia y ofrecen amparo e impunidad a los criminales violadores de los derechos humanos.
La asociación exige que el estado uruguayo tome en forma inmediata las medidas necesarias para que los crímenes de la dictadura no prescriban, para que sean declarados crímenes de lesa humanidad imprescriptibles.
En ese sentido lanzamos un llamado a todos los uruguayos, a las organizaciones sociales y de defensa de los derechos humanos, a los colectivos de víctimas de la dictadura, a las organizaciones sindicales y estudiantiles, dentro y fuera del país, a lanzar una campaña unitaria urgente para impedir que prescriban los crímenes de la dictadura.
La asociación ¿Dónde Están? apoya y seguirá apoyando todos los juicios contra los represores, la búsqueda de los desaparecidos, la verdad sobre los crímenes de la dictadura.
¿Dónde Están? seguirá contribuyendo a la búsqueda de la verdad y a la labor por la memoria, para que no se olvide el horror de los años del terror y para rendir homenaje a la víctimas de la dictadura.
La asociación reitera que la Ley de Caducidad es una ley inmoral, que protege a asesinos, violadores, apropiadores de niños y torturadores. Esa ley -declarada inconstitucional por la Corte Suprema y contraria al derecho internacional por la Corte Interamericana de Derechos Humanos- debe ser borrada del cuerpo jurídico uruguayo.
La asociación ¿Dónde Están? exige que se cumpla inmediatamente con todos los puntos de la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
¿Dónde Están? saluda a todos los compañeros y a todas las organizaciones sociales y de defensa de los derechos humanos que participan en la lucha contra la impunidad.
La asociación saluda en particular a los jóvenes uruguayos que participaron masivamente en la marcha el 20 de mayo del 2011, asumiendo en el silencio de la dignidad la causa de la justicia y la verdad.
París, 25 de junio de 2011
0 comentarios:
Publicar un comentario
No ponga reclame, será borrado