La Justicia dispuso el procesamiento con prisión del coronel (r) Juan Modesto Rebollo por los homicidios de Laura Raggio, Diana Maidanick y Silvia Reyes, "las muchachas de Abril". Se dispuso como medida sustitutiva el beneficio de la prisión domiciliaria.
Acto en memoria de las Muchachas de Abril, a 48 años de los asesinatos de Laura Raggio, Silvia Reyes y Diana Maidanik (archivo, abril de 2022). Foto: Ernesto Ryan
La Diaria 22 julio 2022
La jueza penal de 23° turno, Isaura Tórtora, procesó con prisión al militar Juan Rebollo por los asesinatos de Diana Maidanic, de 22 años; Laura Raggio, de 19; y Silvia Reyes, también de 19 años, ocurridos el 21 de abril de 1974, según informaron a la diaria fuentes judiciales.
La investigación confirmó que las jóvenes fueron acribilladas durante un operativo militar ocurrido en el barrio Brazo Oriental, que tenía la finalidad de detener al militante del Movimiento de Liberación Nacional Washington Barrios, esposo de Silvia Reyes, quien estaba embarazada. Quedó descartada la versión de que había ocurrido un intercambio de disparos.
Tórtora dispuso el procesamiento con prisión por tres delitos de homicidio muy especialmente agravados en calidad de coautor y dispuso como medida sustitutiva la prisión domiciliaria. Además, determinó que se llevará a cabo, en la etapa de sumario, una reconstrucción del hecho.
En la sentencia, a la que accedió la diaria, Tórtora califica como “concluyente” que “la hipótesis de que las tres mujeres fueron abatidas sin un enfrentamiento armado previo es compatible con todos los elementos” utilizados en la causa.
“En ese momento entran varios militares en mi apartamento, algunos entran con revólver, me sacan hacia afuera, donde me ponen contra la ventana, y mientras me revisan me preguntan cómo me llamo. Alguien grita “Ahí no es, es al lado”, ahí comienzan a efectuar disparos hacia el apartamento N° 3 sin haber golpeado. No sé quien era que efectuaba los disparos porque no tenía visibilidad [...] las balas siguen, alrededor de cinco a siete, o 10 minutos -no sé exactamente- hasta que cesan los disparos y ahí comienzan los gritos de los militares y de las muchachas que gritaban que no dispararan, que no las mataran, y luego de eso se siente una ráfaga de metralleta que sacudía la pared”, declaró en la causa uno de los vecinos de las víctimas.
La sentencia establece que fue Rebollo, entonces, responsable del Grupo de Artillería Antiaérea 1 Teniente Coronel, junto al teniente coronel Washington Enrique Scala Demarco, quien ordenó el operativo en la madrugada del 21 de abril.
En diálogo con la diaria, el abogado denunciante Martín Fernández valoró la sentencia, pero lamentó que Gavazzo y Klastornick hayan fallecido en el proceso.
“Todo lo que se demoró las investigaciones y los obstáculos a la Justicia termina generando este tipo de situaciones de que personas que estaban directamente implicados en el caso no fueron responsabilizadas”, señaló
Rebollo es el primer procesado por esta causa, por la que en diciembre de 2021 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó al Estado uruguayo, tras analizar la falta de respuesta por parte del Estado al acceso a la Justicia.
La sentencia de la CIDH, que también incluyó las desapariciones de Óscar Tassino y Luis Eduardo González, instó al Estado a continuar las investigaciones y sancionar a los responsables “en un plazo razonable”, que evite el uso abusivo de recursos o acciones dilatorias, así como la conducción de las actuaciones bajo las pautas de imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad.
En diciembre de 2020, el fiscal especializado en Crímenes de Lesa Humanidad Ricardo Perciballe había pedido el procesamiento con prisión de Rebollo, Klastornik y Gavazzo, a quienes consideró responsables del operativo y de las muertes.
Tres militares imputados por caso de las muchachas de abril
Medio siglo después
Samuel Blixen
Brecha 26 febrero, 2021
Tres militares –entre ellos, el general retirado Juan Modesto Rebollo– tienen pendiente una solicitud de procesamiento por homicidio especialmente agravado, por su responsabilidad en la llamada masacre de Brazo Oriental, en la que tres muchachas fueron acribilladas a balazos en abril de 1974.
Cuarenta y siete años después de ocurridos los hechos –¡casi medio siglo!– la justicia penal está en condiciones de castigar a los responsables de los brutales asesinatos de las muchachas de abril –Silvia Reyes, de 19 años (embarazada de tres meses); Laura Raggio, de 19 años, y Diana Maidanic, de 21–, tres jóvenes tupamaras acribilladas a balazos el 21 de abril de 1974 en un procedimiento militar que pretendía capturar a Washington Barrios, un objetivo que la inteligencia militar consideraba prioritario por sus vinculaciones con la estructura de la organización en Argentina.
La responsabilidad por esos asesinatos (y por la muerte de un oficial y un policía abatidos por las balas de sus propios compañeros) fue archivada por la justicia militar, que en 1974 no encontró indicio ni prueba alguna de delito militar. Recién en 1985 intervino la justicia penal ordinaria, cuando los familiares de las jóvenes promovieron la denuncia. Tras la sanción de la ley de caducidad, en diciembre de 1986, el presidente Julio María Sanguinetti ordenó el archivo de la denuncia, hasta que en 2005 el presidente Tabaré Vázquez ordenó el desarchivo. Por razones que se desconocen, la acción penal no prosperó desde 2005 hasta que el caso fue investigado y analizado por el fiscal especializado en crímenes de lesa humanidad Ricardo Perciballe, quien en diciembre solicitó el procesamiento de tres de los oficiales que participaron en el operativo –el hoy general retirado Juan Modesto Rebollo y los coroneles José Gavazzo y Eduardo Klastornick–, por tres delitos de homicidio en reiteración real.
Rebollo, quien ocupó la comandancia general del Ejército durante la presidencia de Luis Alberto Lacalle, era, en 1974, el jefe del Grupo de Artillería Antiaérea 1 y comandó el operativo (además, participó directamente del tiroteo, en el que fue levemente herido en un brazo) junto con el entonces teniente coronel Washington Scala, jefe del Grupo de Artillería 1, hoy fallecido. Gavazzo era segundo jefe de Artillería 1 y comandó el allanamiento de los apartamentos de la calle Mariano Soler. Klastornick, oficial de Artillería Antiaérea 1, también participó directamente. Otro oficial de esa misma unidad, el capitán Julio César Gutiérrez, fue alcanzado por las balas de sus camaradas al ingresar al apartamento y murió semanas después en el Hospital Militar.
El escrito del fiscal Perciballe se centra en tres aspectos de los hechos ocurridos el 21 de abril de 1974: la forma en que fueron acribilladas las tres jóvenes, las heridas recibidas por Gutiérrez y la afirmación de que la balacera fue iniciada por las chicas, lo que habría provocado la respuesta desmedida, con una intensidad de fuego absolutamente excepcional. Para establecer las circunstancias de lo ocurrido, el fiscal se basó en una autopsia histórica de una junta médica del Departamento de Medicina Legal de la Facultad de Medicina –integrada por los doctores Hugo Rodríguez, Frances Berches y Natalia Bazán–, en los testimonios de los vecinos y en las propias contradicciones de los oficiales interrogados por la justicia militar.
Una primera conclusión, apoyada en el estudio de las heridas sufridas por Gutiérrez, según los propios registros del Hospital Militar, sugiere que este fue alcanzado por proyectiles de gran potencia («de ametralladora», dicen los registros del hospital) que no corresponden a los revólveres hallados junto a los cuerpos de las tres chicas. Aunque el fiscal no lo afirma, todo hace suponer que las jóvenes no estaban armadas y que los revólveres (así como una granada supuestamente arrojada desde el interior, que no explotó) fueron plantados en el lugar para justificar la balacera y encubrir las circunstancias de la muerte del oficial.
Por otra parte, el estudio de las múltiples heridas que –a juzgar por las fotografías de los cuerpos y los informes del médico militar José Mautone– recibieron Maidanic, Reyes y Raggio sugiere que las tres fueron alcanzadas por proyectiles de gran potencia desde distintos ángulos, básicamente con ráfagas de armas automáticas. Los cuerpos de las jóvenes estaban apilados en una esquina del comedor, parcialmente superpuestos, lo que sugiere que se habían acurrucado en un intento de evitar las balas. La reconstrucción de la escena no condice con la fábula de que las muchachas se enfrentaron con revólveres a un contingente de decenas de soldados armados a guerra, que disparaban desde todos los ángulos.
Aunque la iniciativa del fiscal especializado parece destinada a juzgar uno de los crímenes más aberrantes de la dictadura, la acción judicial enfrenta aún otro obstáculo. Cuando Perciballe solicitó los procesamientos a la jueza penal de 26.o turno, esta transitaba un largo período de licencia por enfermedad, que aún continúa. Durante estos meses las autoridades del Poder Judicial pospusieron la decisión de nombrar a un juez subrogante. Si bien esa circunstancia no influye mayormente en la situación judicial de Gavazzo, condenado por múltiples delitos de lesa humanidad (pese a lo cual goza del beneficio de la prisión domiciliaria), muy distinta es la situación de Rebollo, quien hasta ahora ha logrado eludir su responsabilidad en los crímenes de la dictadura y en otros cometidos en el posterior período democrático.
Rebollo estuvo directamente vinculado, en su calidad de comandante en jefe, en la desaparición y el asesinato del exagente chileno Eugenio Berríos. Él y el jefe de la inteligencia militar Mario Aguerrondo (ambos de filiación blanca, que ocuparon los dos cargos más significativos en el Ejército durante la presidencia de Lacalle padre) fueron los jerarcas responsables del operativo de ocultamiento de Berríos, por encargo de la inteligencia militar chilena, que derivó en su asesinato, debido al desequilibrio psíquico del exagente requerido por la Justicia de su país. Se verá qué capacidad tiene el veterano general para eludir esta última instancia.
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