viernes, 22 de febrero de 2013

Golpe a la justicia


La SCJ cierra definitivamente investigaciones por derechos humanos

Fallo hace caer la ley interpretativa de la caducidad que aprobó el gobierno y entiende que los delitos prescribieron

A partir de ahora las causas judiciales abiertas en las que no hay militares procesados por delitos cometidos en dictadura, deberán ser archivadas al entenderse que los mismos prescribieron. 
 
El ministro que no dio su voto fue Ricardo Pérez Manrique.


La Suprema Corte de Justicia declaró este viernes inconstitucional la ley interpretativa de la Caducidad.
Luego de varias reuniones en las que los ministros debatieron si declarar inconstitucional la norma o declararla inaplicable, por 4 votos contra 1 los ministros  declararon inconstitucional algunos artículos de la norma.
Con esta decisión las causas judiciales abiertas en las que no hay militares procesados deberán archivarse porque se entienden que los delitos prescribieron.
El principal argumento que en el que coincidieron los ministros es que la ley penal no puede aplicarse reatroactivamente.
La ley 18.831 restableció en el artículo 1 el pleno ejercicio de la pretensión punitiva del Estado para los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado hasta el 1º de marzo de 1985, comprendidos en el artículo 1º de la Ley Nº 15.848, de 22 de diciembre de 1986.
Además estableció que no se computará plazo alguno, procesal, de prescripción o de caducidad, en el período comprendido entre el 22 de diciembre de 1986 y la vigencia de esta ley, para los delitos a que refiere el artículo 1º de esta ley.
Por último declaró que los delitos a que refieren los artículos anteriores, son crímenes de lesa humanidad de conformidad con los tratados internacionales de los que la República es parte.
Este viernes los miembros de la Corte darán a conocer la primera sentencia.


Declaran inconstitucional ley interpretativa de la Caducidad

Suprema Corte ratificó sentencia anterior y falló en contra de los artículos 2 y 3 de la norma. Se restablece la Caducidad y cada juez determinará si reabre las causas La Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional la Ley Interpretativa de la Caducidad en sus artículos 2 y 3, dijeron a Subrayado fuentes de la corporación. Esto implica el cierre de decenas de causas que habían sido reabiertas
La votación fue cuatro a uno entre los ministros de la Corte.
El hecho queda en manos de cada juez, quien interpretará en cada caso lo que acaba de fallar la SCJ.
La ley Nº 18.831 había sido aprobada en 2011 en medio de fuertes controversias entre integrantes de la bancada de gobierno. La norma eliminó la prescripción de los delitos cometidos durante de la dictadura y abrió investigaciones que habían sido canceladas a partir de la aprobación de la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado del año 1986.
La Suprema Corte ratificó en una sentencia –de fecha 6 de mayo de 2011– que los delitos cometidos durante la dictadura son ilícitos comunes y no de lesa humanidad por lo cual deben prescribir. La decisión de hoy ratifica esta postura.
Una de las discusiones es si la Ley Interpretativa viola disposiciones constitucionales ya que la ley penal no puede aplicarse retroactivamente. El hecho se produce una semana después que el máximo órgano judicial trasladó a la jueza Mariana Mota a la órbita civil en una decisión que despertó controversias y manifestaciones contra la independencia dl Poder Judicial en Uruguay.
Mota era la magistrada que más causas de lesa humanidad manejaba. Se estima que tenía a su cargo más de 40 causas.
Su traslado no fue justificado oficialmente, aunque trascendió que había fuertes tensiones entre los ministros y Mota a raíz de varios temas como su presencia en la marcha de los desaparecidos del 20 de mayo de 2012. En el ámbito judicial se consideró perjudicial para la necesaria imparcialidad de la magistrado.

La ley restablece la vigencia de la ley de 1986.

Este es el texto de la ley:

Artículo 1º.- Se restablece el pleno ejercicio de la pretensión punitiva del Estado para los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado hasta el 1º de marzo de 1985, comprendidos en el artículo 1º de la Ley Nº 15.848, de 22 de diciembre de 1986.

Artículo 2º.- No se computará plazo alguno, procesal, de prescripción o de caducidad, en el período comprendido entre el 22 de diciembre de 1986 y la vigencia de esta ley, para los delitos a que refiere el artículo 1º de esta ley.

Artículo 3º.- Declárase que, los delitos a que refieren los artículos anteriores, son crímenes de lesa humanidad de conformidad con los tratados internacionales de los que la República es parte.

Artículo 4º.- Esta ley entrará en vigencia a partir de su promulgación por el Poder Ejecutivo.


viernes, 22 de febrero de 2013 Comunicado Plenaria

Comunicado ante los hechos en la Suprema Corte de Justicia:

Arderá la memoria hasta que todo sea como lo soñaron, hasta que todo sea como lo soñamos y necesitamos hoy

Por Norma Cedrés 
Por el Chiquito Perrini (por sus hijos) 
Por los fusilados de Soca 
Por el compañero López asesinado en Artillería 1 
Por todos/as las compañeras torturadas en Boisso Lanza 
Por Leonardo de los Santos 
Por Ubagésner

Ellos, entre más de 50 casos seguirán esperando justicia porque la Suprema Corte de Justicia conformada por Jorge Ruibal Pino (Presidente); Jorge Larrieux (ministro); Jorge Chediak (ministro); Ricardo Pérez Manrique (ministro); y Julio César Chalar (ministro), acaban una vez más de amparar la impunidad de los terroristas de Estado, dilatando los juicios. Comandan la SCJ varios masones y sionistas, apoyan la misma torturadores como Ramas y Gavazzo y por supuesto Guillermo Cedrés presidente del antro facho del Centro Militar, quien al apoyar la resolución de la SCJ festejan ese salvoconducto que los ampara de todos sus crímenes de lesa humanidad.

En febrero de 2010 la impunidad fue tipificada como corresponde: Bordaberry fue procesado por Mota con atentado a la Constitución y delitos de desaparición forzada y homicidios políticos, eso no perdona la omertá, es decir el complot de silencio y olvido activo aún en Uruguay.

La jueza Mota, investigó la muerte de Leonardo de los Santos, el caso de los fusilados de Soca, el homicidio de Ubagésner Chávez Sosa tras la aparición de su cuerpo, que implicó el procesamiento de los aviadores Araújo Umpiérrez y Enrique Rivero, y la desaparición de Santana e Insaurralde en Paraguay por el que fue encarcelado el coronel Carlos Calcagno. Tras esto, los defensores del punto final se expidieron a favor de los criminales de la dictadura el ex presidente Jorge Batlle, el ex vicepresidente Gonzalo Aguirre y el hoy ministro de Defensa Eleuterio Fernández Huidobro, entre otros.

En Uruguay la Suprema Corte de Justicia ha quedado al descubierto, la careta de una suprema justicia mostró en un acto de soberbia su rostro mortífero, si aún se miraba hacia ahí esperando algo de “justicia” hoy ha perdido toda legitimidad frente al pueblo, y esto es un hecho incuestionable, importante y central. Cómo lo es también que la lucha contra la impunidad se desarrollará en adelante en un contexto muy distinto al que existía previo a los hechos del viernes 15.

En la calle, no se habla de si lo sucedido en el edificio de la SCJ fue una ocupación o no, nadie habla de eso (salvo los medios, la policía y la propia SCJ, claro). Quienes están haciendo campaña, una vez más, criminalizando la protesta poniendo a la gente a opinar de la legitimidad o no de que más de 300 personas llevaran la protesta a la “sacrosanta sede de los guardianes de la impunidad” que durante décadas estuvieron en lugares claves y ampararon, silenciaron los más aberrantes delitos.

Lo que todos dicen, lo que todos vieron fue cómo una jueza que estaba empujando a los represores hacia una condena fue desplazada por la SCJ. Y ya no importa cuánto palabrerío y verso digan los políticos y los medios, todos comentan el gesto de Mariana Mota ante la pregunta de si la justicia es independiente. El gesto que dijo mucho más que todo lo que se ha dicho. Todos vimos el absurdo de fuerzas de choque reprimiendo a gente que estaba en todo su derecho a protestar. Frente al hecho de corrupción de la SCJ y –luego- el salvajismo policial, toda acción de protesta quedó legitimada frente a la opinión pública.

“Comienza una ola de rechazo” dijo Galeano, presente en la protesta. De ahora en más la SCJ será conocida como la Suprema Corte de Injusticia, dijo Viglietti, sumándose a lo que manifestantes habían colocado en la puerta cambiando la palabra justicia por injusticia.

La gente comenta sobre lo intocables que son los represores, sobre los pactos de Huidobro con los milicos y sobre el chanchullo que a todas luces se esconde tras la investigación del avión de Air Class.

Plenaria estuvo presente en la protesta del viernes 15 en la SCJ, por supuesto, pero no fue más que una pequeña parte en un mar de organizaciones sociales, hijos y familiares de desaparecidos, viejos luchadores, figuras de la cultura y sindicalistas.

Ya no se trata de que los militantes de Plenaria Memoria y Justicia les hagan pintadas denunciándolos cómo alcahuetes de los milicos, a los integrantes de tribunales y cortes; cómo sucedió en el 2005 motivando el procesamiento de nuestra vocera; sino de todo un pueblo que les grita en la cara.

Este episodio es una demostración empírica de que no se puede seguir apostando a años de investigaciones parciales e inconexas en el marco judicial actual. Es hora de exigir un único juicio de excepción, oral y público contra la dictadura.

Nos preguntamos: si no es posible investigar recorriendo los caminos de la justicia formal ¿Cuál es el camino en adelante? ¿Cuál sería el camino a recorrer cuando la SCJ va a declarar inconstitucional la tibia ley interpretativa? El tiempo y estos hechos van señalando cada vez más certeramente la necesidad de que nadie los ampare, de que nadie olvide, de que nadie los perdone, de que todos, todas sumemos nuestras fuerzas para quebrar la impunidad.

NO A LA CRIMINALIZACIÓN DE LA PROTESTA, que nadie cambie el eje de lo sucedido, acá la impunidad una vez más le dio una cachetada a la verdad y la justicia, y con dignidad se reaccionó

UN SOLO JUICIO TODO UN PUEBLO QUE LOS CONDENE

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BAJO LA TOGA Y SIN PELUQUÍN. ¿QUIÉNES SON LOS MINISTROS DE LA SCJ? 
de Letras desde el Sur, el viernes, 22 de febrero de 2013 ·
CARAS Y CARETAS - 22/02/2013. Página 10.
Los ministros de la Suprema Corte de Justicia quedaron expuestos al trasladar sin explicaciones a la jueza Mariana Mota. Los procedimientos del Poder Judicial son tema de debate en el Parlamento. La historia de cada uno de los cinco miembros del organismo de Justicia ayuda a explicar sus acciones. La mayoría se formó en la dictadura. La cultura de la impunidad asoma bajo las togas.

El traslado de la jueza Mariana Mota provocó reacciones a nivel local e internacional, pero por sobre todas las cosas lesionó la credibilidad individual de los cinco miembros de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), quienes dejaron en evidencia la discrecionalidad existente en un Poder Judicial que también ha sido víctima de una cultura de impunidad que lo sometió a la justicia militar en 1972, cuando se aprobó la Ley de Seguridad del Estado, y lo volvió a avasallar en 1986 al subordinarlo al Poder Ejecutivo con la ley de caducidad.

La indignación ciudadana que se expresó el viernes 13 en el edificio del Poder Judicial, ubicado, paradójicamente, sobre el Pasaje de los Derechos Humanos, continuación peatonal de la calle que recuerda al asesinado Héctor Gutiérrez Ruiz, dio lugar a múltiples comunicados de organizaciones sociales y no gubernamentales, que no dudaron en adjudicar segundas intenciones a los ministros que decidieron sacar a la jueza Mota de la instrucción de medio centenar de causas relacionadas con crímenes de lesa humanidad.

El propio canciller Luis Almagro advirtió que lo ocurrido era un retroceso para la imagen del país, que en esos días era observado (hubo una reunión al respecto en Washington] por su incumplimiento de la sentencia que sobre el caso Gelman le impuso la Corte Interamericana de Derechos Humanos, organismo que, anunció el diputado Luis Puig (Partido por la Victoria del Pueblo), volverá a tomar cartas en el asunto si la SCJ termina por declarar inconstitucional la Ley 18.831 e impone la prescripción de los delitos de la dictadura.

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, que actúa junto a la Federación Internacional de Derechos Humanos, y la Organización Mundial contra la Tortura, en la órbita de la Organización de Naciones Unidas (ONU), también expresó su preocupación por el caso Mota, quien recibió cartas solidarias con firmas de personalidades de todo el mundo y la creación de un blog que se sumó a un grupo de Facebook en el que miles de personas le expresaron apoyo.

DESIGNACIONES Y ASCENSOS

Mientras en el Parlamento la bancada del Frente Amplio decidió, a pedido de José Bayardi (Vertiente Artiguis-ta] y amparado en el artículo 118 de la Constitución, "invitar" a la SCJ paraque dé explicaciones del traslado (resuelto con tanto apresuramiento que habrían omitido dar cuenta al fiscal de Corte, como obliga el artículo 246 de la propia carta magna), los dirigentes de la oposición admitieron que deben discutirse los mecanismos de ascenso y designación que, con poca claridad, se manejan hoy en la Justicia.La postura pública asumida por los miembros de la SCJ, quienes solicitaron el desalojo policial de los presentes en el acto en el que Mota juraba como jueza civil, a quienes denunciaron por "asonada" (el delito por el que fue preso el general Liber Seregni) ante la jueza Gabriela Merialdo, llevó a la opinión pública a preguntarse quiénes eran son integrantes de un organismo del Estado que no son electos por la ciudadanía y que, ante la falta de acuerdos políticos para la designación de sus miembros, ingresan al cuerpo por antigüedad, en forma similar al orden de derechas de los militares.En particular, el presidente de la SCJ, Jorge Ruibal Pino, y el ministro Jorge Chediak fueron blanco de críticas en las redes sociales por sus declaraciones. Ruibal dijo que Mota no tenía "asuntos más importantes" que los otros jueces y pintó una sombra de sospecha sobre la jueza porque aún tenía trámites pendientes (algo que provocó una respuesta pública de la propia Mota que lo desmintió); Chediak, por su parte, dijo que "para la Corte se apartó de su deber ético, porque no hay que exponerse a que un tercero imparcial pueda llegar a dudar de la imparcialidad del magistrado, lo cual violaría el Código Iberoamericano de Ética Judicial".Si algo faltaba para que la SCJ quedara expuesta, esta semana el organismo declaró inconstitucional el Impuesto a la Concentración de los Inmuebles Rurales (ICIR) y agregó otra perla a su collar de desencuentros con las políticas del gobierno (ya había sucedido con el IRPF a jubilados y militares), el impuesto bromatológico de Montevideo, y aún debe resolver si fue inconstitucional la ley de quiebra de Pluna.

AQUÍ ESTÁN, ELLOS SON...

Jorge Ruibal Pino (6 de junio de 1945, Montevideo] se inició como fiscal de la dictadura en Rivera en 1977, estuvo en Carmelo en 1978, año en que se sospecha que por allí se trasladó a los militantes de los Grupos de Acción Unificadora, Partido Comunista Revolucionario, Movimiento de Liberación Nacional-Tupamaros y Partido Socialista de los Trabajadores desaparecidos a fines de año en Argentina. En 1979 fue nombrado juez en Colonia, luego en Maldonado y en Montevideo. En democracia pasó a un juzgado civil y a un tribunal de apelaciones para llegar a la SCJ en 2007. Ruibal Pino fue el juez que amparó en la ley de caducidad el caso de desaparición del maestro Julio Castro, denunciado en 1985, aunque no hubo una resolución al respecto hasta 1989. Como ministro de apelaciones confirmó, en 2006, el procesamiento por "sedición" de los activistas que en la Ciudad Vieja repudiaron la IV Cumbre de las Amé-ricas en Mar del Plata. Ya como integrante de la SCJ, redactó la sentencia sobre Gavazzo y Arab que en 2011 consideró que las violaciones a los derechos humanos en la dictadura son delitos comunes y no crímenes de lesa humanidad.

Jorge Tomás Larrieux Rodríguez (26 de noviembre de 1946, Montevideo) ingresó al Poder Judicial en 1980 en Colonia y luego fue asignado a Florida, Maldonado, Salto y Tacuarembó. En 1986 se trasladó a Durazno y fuedesignado como juez suplente y secretario letrado de la Suprema Corte. Durante el período de gobierno de Luis Alberto Lacalle llegó a un tribunal de apelaciones, donde permaneció hasta 2008, cuando accedió a la SCJ en el marco de un acuerdo político entre el Partido Nacional y el Frente Amplio. Su voto cambió la constitucionalidad del IRPF. Fue el redactor de la sentencia contra el ICIR. En el gobierno de Tabaré Vázquez había protagonizado un incidente con el vicepresidente Rodolfo Nin Novoa por filtraciones a la prensa en un juicio en su contra. Fue el único que se opuso a anular la condena del director de Aduanas, Víctor Lissidini, y presidía la SCJ cuando en otro escándalo judicial renunció el juez Federico Álvarez Petraglia.

Jorge Omar Chediak González (7 de octubre de 1951) entró al Poder Judicial en 1978, también en Colonia. Estuvo en Durazno, Salto y Maldonado, hasta llegar a la capital y en 1993 pasó a integrar tribunales de alzada. Fue docente y tuvo actividad gremial. Llegó a la SCJ en setiembre de 2009 a propuesta del Partido Nacional. Se pronunció por mayores penas a los menores y por la reforma del Código del Proceso Penal, al que calificó de "impresentable". Reconocido por la colectividad libanesa, Chediak quedó expuesto como presidente de la Masonería en Montevideo en el libro sobre el tema del diputado Fernando Amado (Vamos Uruguay, Partido Colorado], quien lo coloca como miembro de la hermandad junto a José Ruibal Pino. Amado explicó que al mismo tiempo que integra la SCJ Chediak es presidente del Tribunal Masónico y como tal realizó una denuncia penal por robo contra una fracción de la logia ante el juez Rolando Vomero y la fiscal Mirtha Guianze.

Ricardo César Pérez Manrique (17 de mayo de 194?) se recibió de procurador en 1924 y ejerció en Argentina, donde permaneció hasta 1989, cuando ingresó a la magistratura en Bella Unión y luego en Mercedes. Fue secretario letrado de la SCJ en 1992 y en 2000 pasó a un tribunal de apelaciones. Especializado en infancia y juventud, presidió la Asociación de Magistrados de Familia y tiene múltiples contactos en el exterior. Designado en 2012 para la SCJ, se opuso a mantener los antecedentes de los menores, es favorable a modificar el sistema de adopciones y opina que la baja de la imputabilidad a los 16 años sería inconstitucional.

Julio César Chalar Vecchio (sin datos) ingresó al Poder Judicial en 1923 como oficial de un juzgado de paz. En 1929 fue designado subdirector del Departamento de Jurisprudencia de la SCJ y entre 1980 y 1985 ejerció como fiscal letrado de Durazno. En 1985 asumió como juez penal de ?" Turno en Montevideo (el juzgado del que quitan a Mota] y en 1993 llegó a un tribunal de apelaciones hasta su designación en la SCJ el 4 de diciembre de 2012. Como ministro de apelaciones Chalar apoyó al ex ministro de Corte Jorge Marabotto en un juicio contra la Caja de Jubilaciones y Pensiones Profesionales, ordenó el desalojo de una ocupación rural en Paysandú y revocó el fallo que prohibió los celdarios llamados "latas" en el penal de Libertad.

Macarena Gelman 

Duda de la independencia y creabilidad de la Suprema Corte de Justicia

 




1 comentario:

  1. Y masón no solo es Chediak sino también Ruibal Pino...

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