de Roger Rodriguez,
el jueves, 14 de febrero de 2013
Jorge Ruibal Pino
Jorge Larrieux
Jorge Chediak
Julio César Chalar
Ricardo Pérez Manrique
Uno, a veces teme que la pasión le enturbie la racionalidad. Uno conoce la incidencia de las letras atadas en palabras que forman frases y trasmiten datos e ideas. Uno tiene que ser entonces muy responsable, por uno y por los demás. Y uno trata, pero a veces… A veces la pasión importa tanto como la racionalidad y una buena puteada dicha en el momento preciso hace que uno y los demás reflexionemos y actuemos.
Hecha la prevención, le digo a facebook (que me lo pregunta) y a ustedes que me leen, que no siento bronca por el homicidio jurídico y profesional que acaban de cometer los cinco miembros de la Suprema Corte de Justicia con el traslado compulsivo de la jueza Mariana Mota. Siento rebeldía al confirmar que el Poder Judicial uruguayo todavía no salió de la dictadura y es convenientemente sumiso al poder político.
El Poder Judicial uruguayo todavía no salió de la dictadura y es convenientemente sumiso al poder político.
El 11 de setiembre de 2011, durante el 3º Encuentro Latinoamericano por Memoria, Verdad y Justicia, expusimos sobre la cultura de la impunidad., que sigue siendo el tema de fondo en nuestra sociedad.
La incultura de la impunidad
La impunidad es el no castigo. La cultura de la impunidad, su consecuencia. En Uruguay a la salida de la dictadura se aprobó una ley de impunidad. Fue votada, los propios legisladores lo reconocieron, bajo presión militar. Se la denominó, pomposamente, “Ley de caducidad de la pretensión punitiva del Estado”.
El Estado cedía sus pretensiones de castigar a los crímenes de la dictadura. Cedió porque las fuerzas armadas condicionaron el retorno a la democracia. Condicionaron la democracia para mantener una política económica. Una política económica que fue la razón y origen de las dictaduras.
La ley de impunidad se fundamentó en una “lógica de los hechos”. El país volvía a tener presidente y parlamentarios si había impunidad. Eso era lo lógico… que se volviera a una democracia tutelada. Que lo hecho por la dictadura no se revisara, no se juzgara, no se recordara…
Sin revisionismo, en los hechos, no se sabría la verdad y no habría memoria. Las democracias tuteladas nos internaron en una eterna transición. Una transición que no termina mientras existan leyes o normas de impunidad. Una transición en la que se puede gobernar, se puede legislar, pero no se puede juzgar.
En toda la región en un mismo tiempo hubo dictaduras… No fue casualidad. En toda la región se reinstauraron democracias limitadas de una u otra forma. En toda la región se aprobaron leyes o normas de impunidad. En toda la región hubo una desgastante búsqueda de la verdad.
En toda la región lo último en democratizarse fueron los sistema judiciales. En toda la región se aplicó una misma política económica neoliberal. En toda la región sufrimos hoy las consecuencias de esas limitaciones. Aquella “lógica de los hechos” se transformó en una “lógica de lo hecho”.
Los militares hoy son militantes en la defensa de su propia impunidad. Impunemente salen en los medios de comunicación a justificar sus crímenes. Los fiscales no pueden acusar y los jueces sentenciar, sin ser presionados. La justicia está en transición. Una transición hacia la verdadera justicia.
Los supremos magistrados no admiten que se trata de crímenes de lesa humanidad. La desaparición se convierte en homicidio, aunque no esté el cuerpo del delito. La tortura y la violencia sexual tampoco son admitidas como delitos imprescriptibles. En Uruguay, hoy, todos los delitos pueden prescribir el próximo 1° de noviembre.
El sistema político no terminar de dar una solución al problema. Cada partido político al llegar al gobierno, de una u otra forma busca un punto final. El Poder Ejecutivo quiere gobernar sin conflicto con las fuerzas armadas. El Poder Legislativo no logra mayorías y consensos para aprobar normas. El Poder Judicial teme juzgar.
El Estado aparece impotente para cumplir con sus obligaciones internacionales. Todos los países de la región son firmantes de convenciones que no cumplen. La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a Uruguay y otros países por eso. Pero la impunidad ya parece enquistada en una sociedad individualista y temerosa.
En Chile aún rige la Constitución impuesta por la dictadura del general Pinochet. Mucho se ha avanzado, pero la cultura de impunidad sobrevive. En Argentina se tardó 20 años en tipificar como crímenes de lesa humanidad, pero el extraditado coronel Manuel Cordero pasea por Buenos Aires bajo arresto domiciliario.
En Brasil, todavía no hay un condenado y sigue vigente la autoamnistía de 1978. Brasil también fue condenado por la CIDH por el caso de la guerrilla de Araguaia. En Paraguay aparecieron los archivos del horror, pero tampoco se logra justicia. En el exilio anda buscando asilo un grupo acusado hoy de subversión…
En Uruguay, el coronel Glauco Yanonne, represor del Plan Cóndor, recibió el Nobel de la Paz para los cascos azules uruguayos. Yanonne fue nombrado docente en la escuela Militar por el gobierno de izquierda. Es que la tortura no es delito aún en Uruguay y la víctima debe convivir con su impune victimario.
Por lo hecho, la impunidad se extendió y se hizo cultura de impunidad. La cultura de la impunidad no implica sólo a los crímenes de la dictadura. La cultura de la impunidad ganó a las instituciones y al entretejido social. La cultura de la impunidad le quito voluntad política a los políticos y le impuso individualismo al individuo.
Mientras se buscaba la verdad, la cultura de impunidad crecía. Mientras los represores se sentían seguros, crecía la corrupción Mientras el Estado amparaba la impunidad, crecía la inseguridad social. Mientras el Parlamento no parlamentaba, se deterioraba la salud. Mientras la Justicia era injusta, la enseñanza se transformaba en negocio.
Y al no juzgarse aquellos crímenes, otros delitos también ganaron impunidad. En toda la región hay casos de negociados financieros que no se juzgaron. En Uruguay los dueños de los bancos que fundieron al país debieron ser liberados. La justicia no los condenaba y ellos reclamaron ante los organismos internacionales.
Los derechos humanos de esos delincuentes fueron respetados por el sistema. Los derechos humanos de las víctimas de la dictadura se consideran revanchismo. También quedan impunes las coimas, las falsas inversiones y las triangulaciones. Es que los negociados en el poder eran parte del modelo económico impuesto.
Impuesto el modelo económico se vendieron empresas públicas, soberanía y libertad. Hoy la Economía no es mía, ni tuya o de aquel. En la globalización es de otros… En un mundo unipolar, todos estornudamos con el dólar y Wall Street. El territorio nacional se extranjeriza. Las vaquitas son ajenas y la tierra también.
La Salud está enferma: enriquece a las clínicas médicas y a los laboratorios. La Enseñanza no enseña: la pública baja su nivel y la privada genera lucro. La Seguridad Social es insegura: la cuenta propia mató a la solidaridad social. El desempleo es bajo, pero la familia necesita el doble empleo para vivir. Nos impusieron impuestos: al valor agregado, la renta, la compra o la venta.
Los que no pagan impuestos y no se adaptan al sistema son marginalizados. La marginalidad, en la crónica policial de la TV, creo la sensación de inseguridad. La minoridad fue criminalizada. Ser joven es delito y ser estudiante subversión. Quieren que a los 16 años sean imputables… Los robos lo harán niños de 12 años.
Quieren que sean mano de obra barata, capacitados para ser un engranaje más. Dejaron que llegaran las drogas baratas, para crear más marginalidad y más miedo. La clase media pide seguridad y suben los presupuestos en tecnología de represión. La gente está libre tras las rejas de sus casas, vigiladas por cámaras de seguridad.
La condición social ya ni se mide por lo que se es o se tiene, sino por la intensidad de compra. La “lógica del consumismo” marca la capacidad de gasto y la posibilidad de crédito. Quien no usa tarjeta es sospechoso y quien se endeuda es confiable. Los ricos son más ricos aunque los pobres sean menos pobres. La brecha crece.
El poderoso puede desde el poder y el desposeído solo puede pedir para poder poder. Los ricos se frustran en sueños de consumismo y los pobres siguen con-su-mismo sueño frustrado. El neoliberalismo, la globalización y el individualismo, dirán, es el modelo sistémico. Sí, pero ese modelo necesitaba esta transición para imponerse.
Terminar con la cultura de la impunidad implica un cambio cultural de la sociedad. Implica saber lo que pasó en la dictadura, se necesita verdad, memoria y justicia. Porque sólo con verdad, memoria y justicia, se comprende lo que pasó y lo que pasa.
Terminar con la cultura de la impunidad implica eliminar toda norma que la ampare. Porque esas normas, leyes o reglamentos son las que institucionalizan la impunidad. Es el colmo que aquí tengan que pedir permiso para protestar o presentar una carta.
Terminar con la cultura de la impunidad implica cerrar el proceso de transición. Una transición que se ha extendido por demasiado tiempo. Porque solo con verdad, memoria, justicia y sin normas impunes termina la transición.
Terminar con la cultura de la impunidad implica que haya políticas de Estado en derechos humanos. Apoyo a los legisladores que proponen enviar nuestros compromisos a la Unasur. Porque involucra a todos avanzar en derechos humanos.
Terminar con la cultura de la impunidad implica a la voluntad política del Estado. Porque no es un tema que soluciona el gobierno de turno. Porque es el mismo Estado el que aplica el terrorismo de Estado ayer, hoy o mañana.
Terminar con la cultura de la impunidad implica a que los jueces puedan juzgar. Hay que capacitar a los jueces en derecho penal internacional para que lo apliquen. Porque la verdad exige justicia, porque no hay justicia sin verdad, ni verdad sin justicia.
Terminar con la cultura de la impunidad implica responder la pregunta ¿Dónde están? Porque ese es el reclamo que se viene haciendo desde hace cuarenta años. Porque esa es la respuesta que desde hace cuarenta años no se da…
Terminar con la cultura de la impunidad implica defender los derechos humanos que hoy se violan. Porque eso pasa hoy en cárceles, centros de menores o psiquiátricos de cada país. Como hubo desaparición, tortura y muerte, esta violación parece normal.
Terminar con la cultura de la impunidad implica a los derechos civiles y culturales. Derechos cotidianos que amparan en el acceso a la salud, la educación, la vivienda o el trabajo. Porque en definitiva el tema sigue siendo la redistribución de la riqueza.
Terminar con la cultura de la impunidad implica a la unión de las ONGs en cada país. Tenemos que unir lo unible a nivel nacional e internacional para actuar en conjunto. Porque somos las organizaciones sociales las que marcamos la voluntad del Estado.
Terminar con la cultura de la impunidad implica indignarse como dice Stephanie Hessel. Son lecciones que nos dan los indignados de España y los estudiantes de Chile. Porque es necesaria la indignación, pacífica y reflexiva para decir “basta”.
Terminar con la cultura de la impunidad implica crear una cultura de los derechos humanos. Una cultura que ya fue articulada por la ONU en 1948, pero que todavía no se cumple. Una cultura que nos permita renovar un contrato social de convivencia en paz.
Mario Benedetti, en su texto “Variaciones sobre el olvido”, del libro “Perplejidades de fin de Siglo” (1987), escribió un concepto que la Fundación Mario Benedetti, que represento, incluyó al hacer un informe a la justicia sobre una investigación de campo en que se pudieron aportar nuevos datos a una causa de 19 muertos por tortura que hoy se está juzgando en Uruguay.
Mario escribió: “No es el olvido lo que puede salvar a una comunidad del rencor y la venganza. Sólo el ejercicio de la justicia permite que la comunidad recupere su equilibrio. La fidelidad, la lealtad, la justicia son actitudes que adquieren valor en su conexión con el pasado. Nadie pretende ser fiel a un futuro, leal a un juramento que todavía no ha hecho. Al prójimo ecuánime y entrañable, que también los hay, no le seduce la retórica del olvido sino las cuentas claras, esas que conservan enemistades. No ignora que tras esa mímica de generosidad, tras ese despilfarro de perdones, tras ese simulacro de justicia, el pasado de veras sigue intacto: con sus principios y sus riesgos, sus frustraciones y sus laureles, sus violetas y sus pavos reales, sus almas en pena y sus almas en gloria. Ocurre que el pasado es siempre una morada y no hay olvido capaz de demolerla.”
Roger Rodríguez
(Fundación Mario Benedetti)
3° Encuentro Latinoamericano por Memoria, Verdad y Justicia
Santiago de Chile – 10 de setiembre de 2011
(http://www.facebook.com/notes/roger-rodriguez/la-incultura-de-la-impunidad/233142303403829)
El 7 de octubre de 2011 en Caras&Caretas señalabamos las implicancias del tema de las prescripciones y exponíamos quiénes eran los cinco ministros de la Suprema Corte de Justicia que definían el tema.
Decisión de cinco
ROGER RODRIGUEZ
rogerrodriguez@adinet.com.uy
PRESCRIPCIÓN: EJECUTIVO CALLADO, PARLAMENTO QUIETO Y EL ABAJO QUE SE MUEVE
Cinco ciudadanos uruguayos tienen en sus manos la posibilidad de impedir que la comunidad internacional condene al país por incumplir una resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos por la cual se obliga al Estado uruguayo a juzgar los crímenes cometidos en los años de la dictadura, más allá de la Ley de Caducidad y sin que “ninguna otra norma análoga, como prescripción, irretroactividad de la ley penal, cosa juzgada, ne bis in idem o cualquier excluyente similar de responsabilidad, sea aplicada y que las autoridades se abstengan de realizar actos que impliquen la obstrucción del proceso investigativo”.
Los abogados Leslie Alberto Van Rompaey Servillo, Daniel Ibérico Gutiérrez Proto, Jorge Ruibal Pino, Jorge Tomas Larrieux Rodríguez y Jorge Omar Chediak González, (ver nota adjunta) actuales miembros de la Suprema Corte de Justicia, aparece como las únicas autoridades del Estado uruguayo con el poder de resolver una encrucijada que el Poder Ejecutivo sólo podría intentar solucionar a través de un proyecto de ley que el Poder Legislativo sumaría a otras seis propuestas ya planteadas sobre el tema, las cuales no prometen alcanzar los consensos necesarios ni la voluntad política, aún dentro del propio partido de gobierno, para ser aprobadas.
A sólo 24 días de la fecha límite del 1º de noviembre, la sociedad civil es la única que aparece en movimiento a través de diversos encuentros, foros, seminarios y charlas, convocadas por organizaciones no gubernamentales, en las que juristas y especialistas nacionales e internacionales advierten sobre la prevalencia del derecho penal internacional frente a las normas internas de los Estados y proponen soluciones que, aún cuando obtuvieran las mayorías de votos en el Parlamento y fueran promulgadas por el Presidente y su Consejo de Ministros, terminaría derivando, por recursos de apelación, casación o inconstitucionalidad, a la Suprema Corte de Justicia.
El 16 de octubre de 2009, solo días antes de que se plebiscitara la anulación de la Ley de Caducidad junto a las elecciones nacionales, los mismos cinco integrantes de la Suprema Corte de Justicia consideraron inconstitucional la polémica ley para el caso de homicidio de Nibia Sabalsagaray en 1974. Los cinco ministros coincidieron entonces con los pronunciamientos que contra la Ley 15.848 realizaron a su pedido el Poder Ejecutivo, el Poder Judicial y la Fiscalía General de la Nación. El fallo corregía dos pronunciamientos anteriores del máximo órgano judicial y parecía constituir un cambio en la conservadora doctrina uruguaya.
Sin embargo, un año y medio más tarde, los mismos cinco ministros se opusieron a un reclamo de la fiscal Mirtha Guianze y rechazaron su pedido de modificar la tipificación realizada por el juez penal Luis Charles, quien había condenado por “homicidio muy especialmente agravado” a los militares y policías implicados en el caso de desaparición en Argentina en 1976 del uruguayo Adalberto Soba y otra veintena de compatriotas secuestrados en Buenos Aires, trasladados a Uruguay en el llamado “segundo vuelo” de Orletti y ejecutados en territorio nacional para enterrar sus cuerpos en tumbas clandestinas que aún no han sido identificadas. Guienze pedía que se tipificara como un delito de desaparición forzada. Un crimen de lesa humanidad imprescriptible.
El fallo contra Guianze encendió el cronómetro de la prescripción. Con su decisión, los cinco ministros de la Corte determinaron que el 1º de noviembre de 2011 los delitos más graves cometidos por la dictadura pudieran prescribir. El sistema jurídico uruguayo había admitido que el plazo de prescripción comenzara a contabilizarse desde el 1º de marzo de 1985 cuando el país volvió a la institucionalidad democrática y el Código Penal establece que esos delitos prescriben a los veinte años, tiempo que puede ampliarse en un tercio por la gravedad del crimen. Veintiséis años y ocho meses pasó a ser entonces el tiempo de una prescripción que vencería a fin de mes.
La propia fiscal Guianze fue la primera en advertir el riesgo de la prescripción cuando hace un año declaró como testigo en el juicio que la Corte Interamericana de Derechos Humanos realizó contra el Estado uruguayo por incumplir con las convenciones internacionales que otorgan a Juan y Macarena Gelman el derecho a la justicia en el caso de secuestro y desaparición en 1976 de María Claudia García de Gelman. La Corte de la OEA finalmente condenó a Uruguay, exigiéndole que ni la ley de caducidad ni ninguna otra norma impidiera que en el caso Gelman o en otros de violación a los derechos humanos se impidiera la instrucción judicial y el castigo de los responsables.
Sin embargo, los cinco ministros de la Suprema Corte de Justicia uruguaya reiteraron, a pesar de la condena sobre el Estado uruguayo, su obstinada decisión contra Guianze. Una posición que no habían tenido cuando la Comisión Interamericana de Derechos Humanos había recomendado la liberación de los hermanos Peirano porque se les mantenía presos sin condena. Los Peirano fueron rápidamente liberados y su proceso judicial continuó hasta el polémico incidente en el que el Parlamento terminó por derogar el delito que se les tipificaba. Los cinco magistrados ahora, no parecen haberse dado por enterados del fallo del organismo internacional en el caso Gelman.
Tampoco el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial han cumplido con la sentencia de la OEA. El presidente José Mujica se limitó a revocar las decisiones administrativas por las que sus predecesores ampararon casos en la Ley de Caducidad. El Parlamento no logró meses atrás la mayoría de votos para eliminar la Ley 15.848 del ordenamiento jurídico y ahora no termina de iniciar la discusión de seis propuestas legislativas que procuran solucionar al tema: unas proponen modificar el Código Penal para ampliar los plazos de prescripción, otras establecen que se cumpla la sentencia internacional o que los delitos de la dictadura son crímenes de lesa humanidad imprescriptibles.
Hace una semana durante un foro en Maldonado, el Director de Derechos Humanos del Ministerio de Educación y Cultura, Javier Miranda, y el Ministro de Relaciones Exteriores, Luis Almagro, coincidieron en que debía encontrarse una solución que impidiera la prescripción de los delitos de la dictadura. En el encuentro, donde se analizó la impunidad que aún subsiste en países donde se realizaron procesos de “reconciliación” como Chile, El Salvador, Alemania o Sudáfrica, el juez argentino Daniel Rafecas sostuvo que los períodos de transición habían sido una pérdida de tiempo y que en Argentina cuando se comenzó a eliminar la impunidad se mejoraron los índices de desarrollo económico y social.
El próximo viernes 14 de octubre, la organización Mujeres de Paz, realizará en las instalaciones del IMPO un Foro sobre “Derechos Humanos y Derecho Penal Internacional” en el que, con la participación del propio presidente de la SCJ, Leslie Van Rompaey, expondrán el chileno Roberto Garretón (Comisión Interamericana de Juristas), la española Soledad García Muñoz (Instituto Interamericano de Derechos Humanos) y los argentinos Mónica Pinto (Universidad de Buenos Aires), Liliana Tojo (CEJIL), Víctor Abramovich (Políticas Públicas en Derechos Humanos del Mercosur), Pablo Parenti (Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento de las Causas por violaciones a los Derechos Humanos) y Gastón Chillier (CELS), además de Renzo Pomi (Aministía Internacional) y Cecilia Medina (Universidad de Chile), entre otros.
El mismo día, se prevé una concentración frente al Calen (Bulevar Artigas y Palmar) para denunciar el local donde operó el Servicio de Información y Defensa (SID) que iba a ser transformado en un centro para la memoria. Y para el 15 de octubre, esta prevista la realización de una acción ciudadana masiva contra los delitos de la dictadura, que serán presentados en seccionales policiales según lo que se establece en la Ley de Procedimiento Policial, por la que cualquier ciudadano tiene derecho a denunciar un delito cuando tiene conocimiento suficiente de su veracidad y un mínimo de elementos que apoyen su convicción. La movilización, impulsada por organizaciones juveniles, planteará en las comisarías que existieron robos de niños, desapariciones forzadas, asesinatos, secuestros, torturas y violaciones, para que se de conocimiento a la justicia
Daniel Gutiérrez Proto nació en Montevideo el 17
de diciembre de 1945. Se graduó como abogado en 1972 y de inmediato
ingresó al Poder Judicial como juez de Paz en Canelones. En 1974 pasó a
Maldonado y un año después fue ascendido a juez letrado en Salto. En
1977 fue nombrado juez de instrucción penal en Montevideo hasta 1981
cuando llegó al juzgado letrado civil de 7º turno. En 1988 pasó al
Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 1º turno, donde permaneció
catorce años, hasta integrar la Suprema Corte de Justicia en 2002. Fue
presidente del organismo en 2005.
Jorge Ruibal Pino nació en Montevideo el 6 de junio de 1945. Se recibió de abogado en 1975, pero comenzó su carrera en el Ministerio Público, donde fue fiscal letrado de Rivera en 1977 y de Carmelo, Colonia, en 1978. Ingresó entonces al Poder Judicial, en el juzgado letrado de Colonia hasta 1980 cuando pasó a Maldonado. Un año después llegó a ser juez letrado penal en Montevideo por ocho años, hasta ser nombrado en el juzgado letrado civil de 2º turno. En 1991 ascendió al Tribunal de Apelaciones Civil de 4º turno, luego pasó a 3º turno y finalmente a 1º turno. En 2007 se integró a la Suprema Corte de Justicia, donde ejerció la presidencia en 2008.
Jorge Tomás Larrieux Rodríguez nació en Montevideo el 26 de noviembre de 1946. Egresó de la Facultad de Derecho en 1978 y en abril de 1980 ingresó al Poder Judicial como juez de paz en el departamento de Colonia. Transitó por Florida y Maldonado, hasta que en 1982 pasó a ocupar juzgados letrados en Salto (1982), Tacuarembó (1984), Maldonado (1984) y Durazno (1986). En 1987 se constituyó en secretario letrado de la Suprema Corte de Justicia. En 1992 ascendió al Tribunal de Apelaciones Civil de 4º turno donde se mantuvo por quince años. Fue designado ministro de la Suprema Corte en 2008 y ocupó la presidencia del organismo en 2009.
Jorge Omar Chediak González celebra hoy sesenta años de vida. Recibido de abogado se integró al Poder Judicial en 1978 y se desempeñó como juez de paz de Juan Lacaze, en Durazno y en Maldonado. Fue juez letrado en Salto y Maldonado hasta llegar a Montevideo en 1984 como juez de familia. En 1993 ascendió a ministro de apelaciones de familia y luego en el Tribunal de lo civil de 2º turno, donde se mantuvo durante 16 años. En setiembre de 2009 sustituyó a Hipólito Rodríguez Caorsi en la Suprema Corte de Justicia, donde fue redactor del fallo de inconstitucionalidad de la ley de caducidad en el caso Nibia Sabalsagaray.
Leslie Van Rompaey Servillo nació el 21 de diciembre de 1946 en Montevideo. Abogado desde 1975, ingresó entonces al Poder Judicial como juez de paz en Colonia. Pasó por Cerro Largo y en 1977 ascendió a juez letrado en Rivera (1977), Florida (1978), Maldonado (1979). En 1980 llegó a Montevideo, primero como juez de instrucción penal y luego en el juzgado civil de 14º turno. En 1986 le designan en el Tribunal de Apelaciones Civil de 5º turno, donde se desempeña durante quince años. En 2001 asumió como ministro de la Suprema Corte que presidió en 2005 y en la actualidad. Fue el único que argumentó por la tipificación de crimen de lesa humanidad en el Caso Soba.
rogerrodriguez@adinet.com.uy
PRESCRIPCIÓN: EJECUTIVO CALLADO, PARLAMENTO QUIETO Y EL ABAJO QUE SE MUEVE
Los cinco ministros de la Suprema Corte
de Justicia pueden determinar que se de cumplimiento a la condena de la
Corte Interamericana de Derechos Humanos y los delitos de la dictadura
no prescriban el próximo 1º de noviembre. El Poder Ejecutivo mira para
otro lado, aunque algunos de sus voceros reclaman una acción sobre el
problema. El Parlamento no inicia el debate de seis proyectos de ley al
respecto. Y las organizaciones sociales se movilizan en foros y
actividades que incluyen una denuncia masiva de aquellos crímenes en
seccionales policiales.
Cinco ciudadanos uruguayos tienen en sus manos la posibilidad de impedir que la comunidad internacional condene al país por incumplir una resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos por la cual se obliga al Estado uruguayo a juzgar los crímenes cometidos en los años de la dictadura, más allá de la Ley de Caducidad y sin que “ninguna otra norma análoga, como prescripción, irretroactividad de la ley penal, cosa juzgada, ne bis in idem o cualquier excluyente similar de responsabilidad, sea aplicada y que las autoridades se abstengan de realizar actos que impliquen la obstrucción del proceso investigativo”.
Los abogados Leslie Alberto Van Rompaey Servillo, Daniel Ibérico Gutiérrez Proto, Jorge Ruibal Pino, Jorge Tomas Larrieux Rodríguez y Jorge Omar Chediak González, (ver nota adjunta) actuales miembros de la Suprema Corte de Justicia, aparece como las únicas autoridades del Estado uruguayo con el poder de resolver una encrucijada que el Poder Ejecutivo sólo podría intentar solucionar a través de un proyecto de ley que el Poder Legislativo sumaría a otras seis propuestas ya planteadas sobre el tema, las cuales no prometen alcanzar los consensos necesarios ni la voluntad política, aún dentro del propio partido de gobierno, para ser aprobadas.
A sólo 24 días de la fecha límite del 1º de noviembre, la sociedad civil es la única que aparece en movimiento a través de diversos encuentros, foros, seminarios y charlas, convocadas por organizaciones no gubernamentales, en las que juristas y especialistas nacionales e internacionales advierten sobre la prevalencia del derecho penal internacional frente a las normas internas de los Estados y proponen soluciones que, aún cuando obtuvieran las mayorías de votos en el Parlamento y fueran promulgadas por el Presidente y su Consejo de Ministros, terminaría derivando, por recursos de apelación, casación o inconstitucionalidad, a la Suprema Corte de Justicia.
El fallo contra Guianze
El 16 de octubre de 2009, solo días antes de que se plebiscitara la anulación de la Ley de Caducidad junto a las elecciones nacionales, los mismos cinco integrantes de la Suprema Corte de Justicia consideraron inconstitucional la polémica ley para el caso de homicidio de Nibia Sabalsagaray en 1974. Los cinco ministros coincidieron entonces con los pronunciamientos que contra la Ley 15.848 realizaron a su pedido el Poder Ejecutivo, el Poder Judicial y la Fiscalía General de la Nación. El fallo corregía dos pronunciamientos anteriores del máximo órgano judicial y parecía constituir un cambio en la conservadora doctrina uruguaya.
Sin embargo, un año y medio más tarde, los mismos cinco ministros se opusieron a un reclamo de la fiscal Mirtha Guianze y rechazaron su pedido de modificar la tipificación realizada por el juez penal Luis Charles, quien había condenado por “homicidio muy especialmente agravado” a los militares y policías implicados en el caso de desaparición en Argentina en 1976 del uruguayo Adalberto Soba y otra veintena de compatriotas secuestrados en Buenos Aires, trasladados a Uruguay en el llamado “segundo vuelo” de Orletti y ejecutados en territorio nacional para enterrar sus cuerpos en tumbas clandestinas que aún no han sido identificadas. Guienze pedía que se tipificara como un delito de desaparición forzada. Un crimen de lesa humanidad imprescriptible.
El fallo contra Guianze encendió el cronómetro de la prescripción. Con su decisión, los cinco ministros de la Corte determinaron que el 1º de noviembre de 2011 los delitos más graves cometidos por la dictadura pudieran prescribir. El sistema jurídico uruguayo había admitido que el plazo de prescripción comenzara a contabilizarse desde el 1º de marzo de 1985 cuando el país volvió a la institucionalidad democrática y el Código Penal establece que esos delitos prescriben a los veinte años, tiempo que puede ampliarse en un tercio por la gravedad del crimen. Veintiséis años y ocho meses pasó a ser entonces el tiempo de una prescripción que vencería a fin de mes.
Proscribir la prescripción
La propia fiscal Guianze fue la primera en advertir el riesgo de la prescripción cuando hace un año declaró como testigo en el juicio que la Corte Interamericana de Derechos Humanos realizó contra el Estado uruguayo por incumplir con las convenciones internacionales que otorgan a Juan y Macarena Gelman el derecho a la justicia en el caso de secuestro y desaparición en 1976 de María Claudia García de Gelman. La Corte de la OEA finalmente condenó a Uruguay, exigiéndole que ni la ley de caducidad ni ninguna otra norma impidiera que en el caso Gelman o en otros de violación a los derechos humanos se impidiera la instrucción judicial y el castigo de los responsables.
Sin embargo, los cinco ministros de la Suprema Corte de Justicia uruguaya reiteraron, a pesar de la condena sobre el Estado uruguayo, su obstinada decisión contra Guianze. Una posición que no habían tenido cuando la Comisión Interamericana de Derechos Humanos había recomendado la liberación de los hermanos Peirano porque se les mantenía presos sin condena. Los Peirano fueron rápidamente liberados y su proceso judicial continuó hasta el polémico incidente en el que el Parlamento terminó por derogar el delito que se les tipificaba. Los cinco magistrados ahora, no parecen haberse dado por enterados del fallo del organismo internacional en el caso Gelman.
Tampoco el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial han cumplido con la sentencia de la OEA. El presidente José Mujica se limitó a revocar las decisiones administrativas por las que sus predecesores ampararon casos en la Ley de Caducidad. El Parlamento no logró meses atrás la mayoría de votos para eliminar la Ley 15.848 del ordenamiento jurídico y ahora no termina de iniciar la discusión de seis propuestas legislativas que procuran solucionar al tema: unas proponen modificar el Código Penal para ampliar los plazos de prescripción, otras establecen que se cumpla la sentencia internacional o que los delitos de la dictadura son crímenes de lesa humanidad imprescriptibles.
El abajo que se mueve…
Hace una semana durante un foro en Maldonado, el Director de Derechos Humanos del Ministerio de Educación y Cultura, Javier Miranda, y el Ministro de Relaciones Exteriores, Luis Almagro, coincidieron en que debía encontrarse una solución que impidiera la prescripción de los delitos de la dictadura. En el encuentro, donde se analizó la impunidad que aún subsiste en países donde se realizaron procesos de “reconciliación” como Chile, El Salvador, Alemania o Sudáfrica, el juez argentino Daniel Rafecas sostuvo que los períodos de transición habían sido una pérdida de tiempo y que en Argentina cuando se comenzó a eliminar la impunidad se mejoraron los índices de desarrollo económico y social.
El próximo viernes 14 de octubre, la organización Mujeres de Paz, realizará en las instalaciones del IMPO un Foro sobre “Derechos Humanos y Derecho Penal Internacional” en el que, con la participación del propio presidente de la SCJ, Leslie Van Rompaey, expondrán el chileno Roberto Garretón (Comisión Interamericana de Juristas), la española Soledad García Muñoz (Instituto Interamericano de Derechos Humanos) y los argentinos Mónica Pinto (Universidad de Buenos Aires), Liliana Tojo (CEJIL), Víctor Abramovich (Políticas Públicas en Derechos Humanos del Mercosur), Pablo Parenti (Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento de las Causas por violaciones a los Derechos Humanos) y Gastón Chillier (CELS), además de Renzo Pomi (Aministía Internacional) y Cecilia Medina (Universidad de Chile), entre otros.
El mismo día, se prevé una concentración frente al Calen (Bulevar Artigas y Palmar) para denunciar el local donde operó el Servicio de Información y Defensa (SID) que iba a ser transformado en un centro para la memoria. Y para el 15 de octubre, esta prevista la realización de una acción ciudadana masiva contra los delitos de la dictadura, que serán presentados en seccionales policiales según lo que se establece en la Ley de Procedimiento Policial, por la que cualquier ciudadano tiene derecho a denunciar un delito cuando tiene conocimiento suficiente de su veracidad y un mínimo de elementos que apoyen su convicción. La movilización, impulsada por organizaciones juveniles, planteará en las comisarías que existieron robos de niños, desapariciones forzadas, asesinatos, secuestros, torturas y violaciones, para que se de conocimiento a la justicia
SUPREMOS MINISTROS
Jorge Ruibal Pino nació en Montevideo el 6 de junio de 1945. Se recibió de abogado en 1975, pero comenzó su carrera en el Ministerio Público, donde fue fiscal letrado de Rivera en 1977 y de Carmelo, Colonia, en 1978. Ingresó entonces al Poder Judicial, en el juzgado letrado de Colonia hasta 1980 cuando pasó a Maldonado. Un año después llegó a ser juez letrado penal en Montevideo por ocho años, hasta ser nombrado en el juzgado letrado civil de 2º turno. En 1991 ascendió al Tribunal de Apelaciones Civil de 4º turno, luego pasó a 3º turno y finalmente a 1º turno. En 2007 se integró a la Suprema Corte de Justicia, donde ejerció la presidencia en 2008.
Jorge Tomás Larrieux Rodríguez nació en Montevideo el 26 de noviembre de 1946. Egresó de la Facultad de Derecho en 1978 y en abril de 1980 ingresó al Poder Judicial como juez de paz en el departamento de Colonia. Transitó por Florida y Maldonado, hasta que en 1982 pasó a ocupar juzgados letrados en Salto (1982), Tacuarembó (1984), Maldonado (1984) y Durazno (1986). En 1987 se constituyó en secretario letrado de la Suprema Corte de Justicia. En 1992 ascendió al Tribunal de Apelaciones Civil de 4º turno donde se mantuvo por quince años. Fue designado ministro de la Suprema Corte en 2008 y ocupó la presidencia del organismo en 2009.
Jorge Omar Chediak González celebra hoy sesenta años de vida. Recibido de abogado se integró al Poder Judicial en 1978 y se desempeñó como juez de paz de Juan Lacaze, en Durazno y en Maldonado. Fue juez letrado en Salto y Maldonado hasta llegar a Montevideo en 1984 como juez de familia. En 1993 ascendió a ministro de apelaciones de familia y luego en el Tribunal de lo civil de 2º turno, donde se mantuvo durante 16 años. En setiembre de 2009 sustituyó a Hipólito Rodríguez Caorsi en la Suprema Corte de Justicia, donde fue redactor del fallo de inconstitucionalidad de la ley de caducidad en el caso Nibia Sabalsagaray.
Leslie Van Rompaey Servillo nació el 21 de diciembre de 1946 en Montevideo. Abogado desde 1975, ingresó entonces al Poder Judicial como juez de paz en Colonia. Pasó por Cerro Largo y en 1977 ascendió a juez letrado en Rivera (1977), Florida (1978), Maldonado (1979). En 1980 llegó a Montevideo, primero como juez de instrucción penal y luego en el juzgado civil de 14º turno. En 1986 le designan en el Tribunal de Apelaciones Civil de 5º turno, donde se desempeña durante quince años. En 2001 asumió como ministro de la Suprema Corte que presidió en 2005 y en la actualidad. Fue el único que argumentó por la tipificación de crimen de lesa humanidad en el Caso Soba.
(http://www.facebook.com/notes/roger-rodriguez/decisi%C3%B3n-de-cinco/245775498807176)
El 13 de abril de 2012 en otro artículo periodístico, intentabamos contextualizar los ataques que recibía la jueza Mariana Mota por sus declaraciones en Página 12 y el procesamiento del coronel Carlos Calcagno.
La jueza Mariana Mota
PUBLICADO EN CARAS&CARETAS EL VIERNES 13 DE ABRIL DE 2011
DISPARAN SOBRE LA JUEZA MOTA II
A los mandos militares les molestó que Mariana Mota dijera que en la dictadura, de forma deliberada, se destrozó psíquicamente a los presos políticos. Las declaraciones de la jueza a un periódico argentino fueron la excusa para iniciar una nueva operación mediática y política para sacarla de las causas judiciales sobre violaciones de los derechos humanos. En realidad, temen que la indagación sobre 19 muertes por tortura de la que está a cargo junto con la fiscal Ana María Tellechea lleve al procesamiento con prisión de otra tanda de militares.
ROGER RODRÍGUEZ
rogerrodriguez@adinet.com.uy
El semanario Búsqueda y el segmento ‘La tertulia’ del programa En perspectiva de radio El Espectador volvieron a ser los protagonistas de un nuevo capítulo mediático contra la jueza Mariana Mota. En mayo de 2011, Búsqueda fue el que denunció que Mota estaba conversando con el abogado Óscar López Goldaracena en la plaza 33 Orientales, cuando por la avenida 18 de Julio transitaba la Marcha del Silencio en reclamo por los desaparecidos uruguayos. También el año pasado, en ‘La tertulia’ se opinó duramente sobre Mota por su fallo de procesamiento del coronel Carlos Calcagno. La propia jueza terminó por enviar una carta aclaratoria al director del programa, Emiliano Cotelo.
Esta vez, Búsqueda obtuvo las declaraciones de Mujica en las que el presidente de la República reclama una intervención de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) ante las declaraciones que la jueza Mariana Mota hizo al diario argentino Página 12. Esta vez, el tema fue planteado por el periodista Emiliano Cotelo en una edición de ‘La tertulia’ a la que asistieron el colorado Carlos Maggi, el tupamaro Mauricio Rosencof, la blanca Matilde Rodríguez y el ingeniero Juan Grompone.
Sin dar información de los dichos de la jueza, Maggi calificó a Mota de “desbocada” y “desequilibrada”, dijo que “prejuzga” y que está “embanderada” y opinó que “sería bueno que pasara a ejercer en el derecho civil, donde pueda hacer menos daños al honor y a la libertad de las personas”. El tertuliano llegó al extremo de afirmar que cuando Mota ha tomado testimonio a mujeres víctimas de tortura en la dictadura “lo que tiene es ganas de que las hayan violado para poder juzgar a más gente de una manera feroz”. Rosencof, por su parte, consideró que Mota había caído en una suerte de “desacato”, Rodríguez dijo que la jueza sufría de “incontinencia verbal” y Grompone opinó que “decir que la línea argentina sobre los derechos humanos es fantástica y maravillosa, y no es como en el Uruguay que es mala, es un error de apreciación”.
Ninguno de los contertulios, sin embargo, supo expresar qué ley, norma, reglamento o pauta ética uruguaya habría violado la jueza con sus palabras a un medio de prensa argentino. Los dichos de Mota no afectan el inciso 4° del artículo 77 de la Constitución en el que se prohíbe a los magistrados “formar parte de comisiones o clubes políticos, de suscribir manifiestos de partido, autorizar el uso de su nombre y, en general, ejecutar cualquier otro acto público o privado de carácter político, salvo el voto”. No hay causal de mala “comportación” ni “razones de buen servicio” que los miembros de la SCJ puedan esgrimir para un eventual traslado de la jueza.
Sin embargo, la presión para una sanción a Mota ha llegado al extremo de la falsificación de dos supuestos mensajes de correo electrónico de la jueza, que circularon como auténticos en las redes sociales de internet y hacen recordar viejas operaciones mediáticas de los servicios de inteligencia o contrainformación de la dictadura. En ambos textos se daba una visión correcta del ataque del que es objeto la magistrada; sin embargo, en su contenido se colocaba a la jueza en una posición mucho más ofensiva de lo que llegó a declarar, casi con timidez, a Página 12. Incluso, con un párrafo dedicado a la fiscal Mirtha Guianze, cuya designación al frente del Instituto Nacional de Derechos Humanos tenía una resistencia similar por parte de los partidos de oposición.
Mota estaba participando en Buenos Aires en las jornadas “Hacer justicia: nuevos debates sobre el juzgamiento de crímenes de lesa humanidad”, a las que había sido invitada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y el Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ). Es en el contexto de ese encuentro y ese temario que hizo las declaraciones que el periódico porteño publicó el 19 de marzo.
“En Uruguay se consagró el delito de desaparición forzada en 2006 por la ley 18.026. Es un delito de ejecución permanente; se continúa cometiendo en el tiempo hasta que se determine el destino del detenido-desaparecido y aparezca el detenido o sus restos. En estos casos, dado el largo tiempo transcurrido, se trataría de la aparición de sus restos. Al continuar ejecutándose en el tiempo, luego del año 2006 corresponde que se aplique el régimen legal vigente, es decir, la ley 18.026, y se califique como desaparición forzada. Otros juzgados y tribunales consideran –a mi juicio, erróneamente– que al regir en el inicio del delito otro régimen legal, que no tenía esta figura penal, no corresponde su aplicación”, explicó la jueza.
La posición jurídica defendida públicamente por Mota para los casos de desaparecidos coincide con los lineamientos por los que se rigen los jueces a nivel internacional: son crímenes de ejecución permanente hasta que aparezcan los restos de las víctimas, son crímenes de lesa humanidad. Pero no es ésa la posición que sustenta la mayoría de los ministros de la SCJ uruguaya, quienes comenzaron a ejercer como jueces en tiempos de la misma dictadura cuyos crímenes hoy juzgan.
En la entrevista con Página 12, Mota también contextualiza el episodio en el que los ministros de la Corte le pidieron explicaciones por su supuesta participación en la Marcha del Silencio del 20 de mayo de 2011: en esos días, estaba condenando al dictador Juan María Bordaberry por el homicidio de Ubagésner Chávez Sosa, cuyos restos habían sido recuperados, procesaba a otros dos oficiales por ese crimen e indagaba el caso de desaparición de Horacio Gelós Bonilla. “Los abogados pidieron que me apartara de esas causas”, recordó la jueza.
“Dijeron que había cometido delito al manifestarme políticamente y que debían excluirme de continuar conociendo en las causas. Antes que eso, cuando proceso a Calcagno, como no estaban de acuerdo con la tipificación del delito, el ex presidente Batlle y el ex vicepresidente Gonzalo Aguirre fueron a hablar a la Corte para que me sancionaran. Señalaron, ante la prensa, que era una jueza hitleriana. La Corte no me sancionó, pero dijo que había faltado a la ética judicial, cuando en realidad la marcha es convocada por organizaciones sociales y de derechos humanos, sin ningún tinte político”, reivindicó Mota en la entrevista.
La alusión molestó al presidente José Mujica, quien, interrogado por Búsqueda, dijo: “Esperé a ver qué pasaba, a ver si había naturales manifestaciones tras esas declaraciones, pero por ahora no las hubo […] Me llamó la atención que no he visto manifestaciones de ningún tipo, ni de la Suprema Corte de Justicia ni de nada parecido […] Creo suponer que el episodio de los enfermeros tapó todos los hechos".
Al día siguiente se informaba que la Corte ya había pedido explicaciones a la jueza. El ministro Jorge Chediak recordó que a los jueces les está “absolutamente vedado por el estatuto todo tipo de manifestaciones vinculadas a la política partidaria, eso es clarísimo […] Habrá que ver si hizo las declaraciones, cuál fue el contenido, y analizar si están dentro de ese marco de actuación limitado o no”, agregó.
Pero las palabras de Mota tuvieron un impacto mucho más fuerte dentro del Ministerio de Defensa Nacional. No por esa frase en la que también hizo alusión al ministro Eleuterio Fernández Huidobro, sino por la última respuesta de la entrevista en Página 12, en la que Mota afirmó que la destrucción psíquica de los detenidos fue buscada deliberadamente por las Fuerzas Armadas Uruguaya. Cuando se le preguntó qué elementos rescataba de los testimonios que recogía en las audiencias, la jueza contestó: “Las relaciones antagónicas entre padres e hijos. El destrozo en la psiquis que quedó en cada sobreviviente, porque ésa fue deliberadamente la intención de los militares cuando no los mataban. El proceso penal uruguayo es lento. El declarar después de tantos años permite a las víctimas liberarse de una carga emocional muy grande”.
La afirmación sobre esa intencionalidad militar sería la excusa que lleva hoy a los mandos castrenses y otros grupos de presión a reclamar con fuerza –aunque en silencio– que la jueza sea sacada de las causas de derechos humanos. El posicionamiento jurídico de Mota les hace prever que otro importante grupo de militares será procesado con prisión en el marco de la causa de 19 muertes por tortura durante el período dictatorial de Juan María Bordaberry, que la jueza indaga desde el pasado año junto con otro actor jurídico atacado, la fiscal Ana María Tellechea.
La Mesa Permanente contra la Impunidad desea expresar su opinión y
manifestar su preocupación ante la serie de hechos que se viene
sucediendo en torno al libre accionar de la Justicia y en particular
sobre los tendenciosos e injustificados cuestionamientos que recaen
sobre la señora Juez Letrada de Primera Instancia en lo Penal de 7º
Turno Dra. Mariana Mota.
Haciendo un breve repaso de hechos señalamos que:
1, En mayo del año 2011, a través del semanario Búsqueda, se señaló a la Dra. Mota por haber estado presente en la Avda. 18 de Julio durante el pasaje de la denominada “Marcha del Silencio” que se realiza desde hace 16 años todos los 20 de mayo.
2, Por esa razón la Suprema Corte de Justicia ordenó que en el término de 48 horas la Sra. Juez informara si realmente había estado en el lugar y, en ese caso, las razones por las cuales se encontraba presente, ocasionando este hecho la apertura de un expediente que luego de varias semanas finalizó archivado pero con el señalamiento hacia la Dra. Mota de haber violentado el “artículo 12 del Código Modelo Iberoamericano de Ética Judicial”.
3, Todo este episodio, cuya génesis fue la mala intención de algunos sectores adversos al libre accionar de la Justicia en la investigación y juzgamiento de las denuncias sobre violaciones a los derechos humanos cometidos durante la dictadura, se tornó en un enorme elemento de presión sobre una Magistrada que tenía en sus manos, en esos momentos, la investigación de importantes casos denunciados por víctimas del Terrorismo de Estado, encontrándose además a punto de dictar resolución sobre el homicidio de la estudiante Nibia Sabalsagaray, lo que finalmente derivó en el histórico y ejemplar procesamiento del Gral. Miguel Dalmao, primer militar en actividad en ser procesado por violaciones a los DD.HH.
4, Consideramos en su momento y lo seguimos pensando, que la denuncia de Búsqueda y el posterior pedido de informes por parte de la SCJ constituyeron presiones injustificadas, puesto que la “Marcha del Silencio” nunca se trató de una expresión de carácter político partidario y además tenía como única consigna: "Verdad y Justicia, derecho de todos, responsabilidad del Estado".
Por el contrario creemos que hubiere sido una muy buena señal para la Democracia que en ella hubieran estado presentes todos los jueces del país, incluyendo a la Dra. Mariana Mota, así como también los cinco Ministros de la Suprema Corte de Justicia, porque queremos suponer que todos los magistrados judiciales de nuestro país, sin distinción de jerarquía, deben coincidir con que la Verdad y la Justicia son un derecho de todos, y a su vez una obligación del Estado de promoverla.
5, Ahora, nuevamente, ante la difusión parcial y sesgada del semanario Búsqueda de declaraciones de la Dra. Mariana Mota al medio de prensa argentino, Página 12, vemos con preocupación que se reitera una vez más, la presión sobre la Magistrada.
Pero en este caso con el agravante que quien reclamó la intervención de la SCJ es nada más ni nada menos que el propio Sr. Presidente José Mujica Cordano, titular del Poder Ejecutivo, lo que constituye una actitud sorprendente y totalmente injustificada, producto seguramente de una lectura rápida y con elementos parciales del Presidente, pero que igualmente viola con claridad el principio de separación de poderes y el art.233 de la Constitución de la República que dice textualmente:
“El Poder Judicial será ejercido por la Suprema Corte de Justicia y por los Tribunales y Juzgados, en la forma que estableciere la ley”.
6, Consideramos que las declaraciones realizadas por la Dra. Mota, al medio de prensa argentino Página 12, y que originaron las inesperadas expresiones públicas del Sr. Presidente, jamás podrían ser consideradas -como opiniones de carácter político partidario- asuntos sobre los cuales sí estaría vedado opinar a cualquier magistrado judicial del país.
7, Expresamos que este tipo de presiones sobre los jueces, y en esta oportunidad por segunda vez en menos de un año hacia la Dra. Mariana Mota justamente antes de que ésta adopte resolución sobre el homicidio mediante torturas de Aldo Perrini que, aparentemente, podría involucrar entre otros, a otro alto oficial de las FF.AA., no solo crean un nefasto precedente, sino que pueden instalar la inseguridad y la duda en las víctimas de Terrorismo de Estado de poder acceder realmente a la Justicia.
Víctimas de un Terrorismo de Estado cuya aplicación en forma planificada y sistemática fue reconocida recientemente por los tres poderes del Estado.
Por todo ello la Mesa Permanente contra la Impunidad se declara en estado de alerta y en actitud vigilante en el seguimiento de las acciones que eventualmente pudieran emprenderse para cercenar la independencia de la Dra. Mariana Mota.
Así mismo adelanta que no vacilará en denunciar en forma inmediata y ante los organismos nacionales e internacionales que corresponda, cualquier atropello a la independencia de la Justicia para quien se reclama la más absoluta libertad y el más firme apoyo del Estado para facilitar su accionar como garante de los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas.
PUBLICADO EN CARAS&CARETAS EL VIERNES 13 DE ABRIL DE 2011
DISPARAN SOBRE LA JUEZA MOTA II
A los mandos militares les molestó que Mariana Mota dijera que en la dictadura, de forma deliberada, se destrozó psíquicamente a los presos políticos. Las declaraciones de la jueza a un periódico argentino fueron la excusa para iniciar una nueva operación mediática y política para sacarla de las causas judiciales sobre violaciones de los derechos humanos. En realidad, temen que la indagación sobre 19 muertes por tortura de la que está a cargo junto con la fiscal Ana María Tellechea lleve al procesamiento con prisión de otra tanda de militares.
ROGER RODRÍGUEZ
rogerrodriguez@adinet.com.uy
El semanario Búsqueda y el segmento ‘La tertulia’ del programa En perspectiva de radio El Espectador volvieron a ser los protagonistas de un nuevo capítulo mediático contra la jueza Mariana Mota. En mayo de 2011, Búsqueda fue el que denunció que Mota estaba conversando con el abogado Óscar López Goldaracena en la plaza 33 Orientales, cuando por la avenida 18 de Julio transitaba la Marcha del Silencio en reclamo por los desaparecidos uruguayos. También el año pasado, en ‘La tertulia’ se opinó duramente sobre Mota por su fallo de procesamiento del coronel Carlos Calcagno. La propia jueza terminó por enviar una carta aclaratoria al director del programa, Emiliano Cotelo.
Esta vez, Búsqueda obtuvo las declaraciones de Mujica en las que el presidente de la República reclama una intervención de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) ante las declaraciones que la jueza Mariana Mota hizo al diario argentino Página 12. Esta vez, el tema fue planteado por el periodista Emiliano Cotelo en una edición de ‘La tertulia’ a la que asistieron el colorado Carlos Maggi, el tupamaro Mauricio Rosencof, la blanca Matilde Rodríguez y el ingeniero Juan Grompone.
Sin dar información de los dichos de la jueza, Maggi calificó a Mota de “desbocada” y “desequilibrada”, dijo que “prejuzga” y que está “embanderada” y opinó que “sería bueno que pasara a ejercer en el derecho civil, donde pueda hacer menos daños al honor y a la libertad de las personas”. El tertuliano llegó al extremo de afirmar que cuando Mota ha tomado testimonio a mujeres víctimas de tortura en la dictadura “lo que tiene es ganas de que las hayan violado para poder juzgar a más gente de una manera feroz”. Rosencof, por su parte, consideró que Mota había caído en una suerte de “desacato”, Rodríguez dijo que la jueza sufría de “incontinencia verbal” y Grompone opinó que “decir que la línea argentina sobre los derechos humanos es fantástica y maravillosa, y no es como en el Uruguay que es mala, es un error de apreciación”.
Ninguno de los contertulios, sin embargo, supo expresar qué ley, norma, reglamento o pauta ética uruguaya habría violado la jueza con sus palabras a un medio de prensa argentino. Los dichos de Mota no afectan el inciso 4° del artículo 77 de la Constitución en el que se prohíbe a los magistrados “formar parte de comisiones o clubes políticos, de suscribir manifiestos de partido, autorizar el uso de su nombre y, en general, ejecutar cualquier otro acto público o privado de carácter político, salvo el voto”. No hay causal de mala “comportación” ni “razones de buen servicio” que los miembros de la SCJ puedan esgrimir para un eventual traslado de la jueza.
Sin embargo, la presión para una sanción a Mota ha llegado al extremo de la falsificación de dos supuestos mensajes de correo electrónico de la jueza, que circularon como auténticos en las redes sociales de internet y hacen recordar viejas operaciones mediáticas de los servicios de inteligencia o contrainformación de la dictadura. En ambos textos se daba una visión correcta del ataque del que es objeto la magistrada; sin embargo, en su contenido se colocaba a la jueza en una posición mucho más ofensiva de lo que llegó a declarar, casi con timidez, a Página 12. Incluso, con un párrafo dedicado a la fiscal Mirtha Guianze, cuya designación al frente del Instituto Nacional de Derechos Humanos tenía una resistencia similar por parte de los partidos de oposición.
LO QUE DIJO MOTA
En la entrevista con el periodista Adrián Pérez de Página 12,
la jueza Mariana Mota hizo afirmaciones que molestaron a algunos
sectores del sistema político uruguayo: fundamentó por qué debe
aplicarse la tipificación del delito de desaparición forzada de
personas, explicó en qué marco ya la han querido sacar de su cargo bajo
presión política de los partidos tradicionales y sostuvo que en Uruguay,
a diferencia de Argentina, no hay una promoción de Estado en favor de
los derechos humanos.Mota estaba participando en Buenos Aires en las jornadas “Hacer justicia: nuevos debates sobre el juzgamiento de crímenes de lesa humanidad”, a las que había sido invitada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y el Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ). Es en el contexto de ese encuentro y ese temario que hizo las declaraciones que el periódico porteño publicó el 19 de marzo.
“En Uruguay se consagró el delito de desaparición forzada en 2006 por la ley 18.026. Es un delito de ejecución permanente; se continúa cometiendo en el tiempo hasta que se determine el destino del detenido-desaparecido y aparezca el detenido o sus restos. En estos casos, dado el largo tiempo transcurrido, se trataría de la aparición de sus restos. Al continuar ejecutándose en el tiempo, luego del año 2006 corresponde que se aplique el régimen legal vigente, es decir, la ley 18.026, y se califique como desaparición forzada. Otros juzgados y tribunales consideran –a mi juicio, erróneamente– que al regir en el inicio del delito otro régimen legal, que no tenía esta figura penal, no corresponde su aplicación”, explicó la jueza.
La posición jurídica defendida públicamente por Mota para los casos de desaparecidos coincide con los lineamientos por los que se rigen los jueces a nivel internacional: son crímenes de ejecución permanente hasta que aparezcan los restos de las víctimas, son crímenes de lesa humanidad. Pero no es ésa la posición que sustenta la mayoría de los ministros de la SCJ uruguaya, quienes comenzaron a ejercer como jueces en tiempos de la misma dictadura cuyos crímenes hoy juzgan.
En la entrevista con Página 12, Mota también contextualiza el episodio en el que los ministros de la Corte le pidieron explicaciones por su supuesta participación en la Marcha del Silencio del 20 de mayo de 2011: en esos días, estaba condenando al dictador Juan María Bordaberry por el homicidio de Ubagésner Chávez Sosa, cuyos restos habían sido recuperados, procesaba a otros dos oficiales por ese crimen e indagaba el caso de desaparición de Horacio Gelós Bonilla. “Los abogados pidieron que me apartara de esas causas”, recordó la jueza.
“Dijeron que había cometido delito al manifestarme políticamente y que debían excluirme de continuar conociendo en las causas. Antes que eso, cuando proceso a Calcagno, como no estaban de acuerdo con la tipificación del delito, el ex presidente Batlle y el ex vicepresidente Gonzalo Aguirre fueron a hablar a la Corte para que me sancionaran. Señalaron, ante la prensa, que era una jueza hitleriana. La Corte no me sancionó, pero dijo que había faltado a la ética judicial, cuando en realidad la marcha es convocada por organizaciones sociales y de derechos humanos, sin ningún tinte político”, reivindicó Mota en la entrevista.
ALUSIONES QUE DUELEN
Finalmente,
Mota hizo dos afirmaciones que son las que mayor sensibilidad han
generado en el escenario político y posibilitaron una nueva operación
mediática en su contra... Cuando se le preguntó cómo analizaba el apoyo
del gobierno uruguayo al proceso de verdad y justicia, respondió: “No
hay una promoción de los derechos humanos para que esta situación, que
es nacional y nos marcó a todos, se esclarezca. Es bien diferente al
gobierno argentino en esa materia. Mujica y el ministro de Defensa
fueron rehenes de la dictadura. Tal vez por eso no puedan ver con
objetividad un proceso dictatorial que los tuvo como víctimas”.La alusión molestó al presidente José Mujica, quien, interrogado por Búsqueda, dijo: “Esperé a ver qué pasaba, a ver si había naturales manifestaciones tras esas declaraciones, pero por ahora no las hubo […] Me llamó la atención que no he visto manifestaciones de ningún tipo, ni de la Suprema Corte de Justicia ni de nada parecido […] Creo suponer que el episodio de los enfermeros tapó todos los hechos".
Al día siguiente se informaba que la Corte ya había pedido explicaciones a la jueza. El ministro Jorge Chediak recordó que a los jueces les está “absolutamente vedado por el estatuto todo tipo de manifestaciones vinculadas a la política partidaria, eso es clarísimo […] Habrá que ver si hizo las declaraciones, cuál fue el contenido, y analizar si están dentro de ese marco de actuación limitado o no”, agregó.
Pero las palabras de Mota tuvieron un impacto mucho más fuerte dentro del Ministerio de Defensa Nacional. No por esa frase en la que también hizo alusión al ministro Eleuterio Fernández Huidobro, sino por la última respuesta de la entrevista en Página 12, en la que Mota afirmó que la destrucción psíquica de los detenidos fue buscada deliberadamente por las Fuerzas Armadas Uruguaya. Cuando se le preguntó qué elementos rescataba de los testimonios que recogía en las audiencias, la jueza contestó: “Las relaciones antagónicas entre padres e hijos. El destrozo en la psiquis que quedó en cada sobreviviente, porque ésa fue deliberadamente la intención de los militares cuando no los mataban. El proceso penal uruguayo es lento. El declarar después de tantos años permite a las víctimas liberarse de una carga emocional muy grande”.
La afirmación sobre esa intencionalidad militar sería la excusa que lleva hoy a los mandos castrenses y otros grupos de presión a reclamar con fuerza –aunque en silencio– que la jueza sea sacada de las causas de derechos humanos. El posicionamiento jurídico de Mota les hace prever que otro importante grupo de militares será procesado con prisión en el marco de la causa de 19 muertes por tortura durante el período dictatorial de Juan María Bordaberry, que la jueza indaga desde el pasado año junto con otro actor jurídico atacado, la fiscal Ana María Tellechea.
Haciendo un breve repaso de hechos señalamos que:
1, En mayo del año 2011, a través del semanario Búsqueda, se señaló a la Dra. Mota por haber estado presente en la Avda. 18 de Julio durante el pasaje de la denominada “Marcha del Silencio” que se realiza desde hace 16 años todos los 20 de mayo.
2, Por esa razón la Suprema Corte de Justicia ordenó que en el término de 48 horas la Sra. Juez informara si realmente había estado en el lugar y, en ese caso, las razones por las cuales se encontraba presente, ocasionando este hecho la apertura de un expediente que luego de varias semanas finalizó archivado pero con el señalamiento hacia la Dra. Mota de haber violentado el “artículo 12 del Código Modelo Iberoamericano de Ética Judicial”.
3, Todo este episodio, cuya génesis fue la mala intención de algunos sectores adversos al libre accionar de la Justicia en la investigación y juzgamiento de las denuncias sobre violaciones a los derechos humanos cometidos durante la dictadura, se tornó en un enorme elemento de presión sobre una Magistrada que tenía en sus manos, en esos momentos, la investigación de importantes casos denunciados por víctimas del Terrorismo de Estado, encontrándose además a punto de dictar resolución sobre el homicidio de la estudiante Nibia Sabalsagaray, lo que finalmente derivó en el histórico y ejemplar procesamiento del Gral. Miguel Dalmao, primer militar en actividad en ser procesado por violaciones a los DD.HH.
4, Consideramos en su momento y lo seguimos pensando, que la denuncia de Búsqueda y el posterior pedido de informes por parte de la SCJ constituyeron presiones injustificadas, puesto que la “Marcha del Silencio” nunca se trató de una expresión de carácter político partidario y además tenía como única consigna: "Verdad y Justicia, derecho de todos, responsabilidad del Estado".
Por el contrario creemos que hubiere sido una muy buena señal para la Democracia que en ella hubieran estado presentes todos los jueces del país, incluyendo a la Dra. Mariana Mota, así como también los cinco Ministros de la Suprema Corte de Justicia, porque queremos suponer que todos los magistrados judiciales de nuestro país, sin distinción de jerarquía, deben coincidir con que la Verdad y la Justicia son un derecho de todos, y a su vez una obligación del Estado de promoverla.
5, Ahora, nuevamente, ante la difusión parcial y sesgada del semanario Búsqueda de declaraciones de la Dra. Mariana Mota al medio de prensa argentino, Página 12, vemos con preocupación que se reitera una vez más, la presión sobre la Magistrada.
Pero en este caso con el agravante que quien reclamó la intervención de la SCJ es nada más ni nada menos que el propio Sr. Presidente José Mujica Cordano, titular del Poder Ejecutivo, lo que constituye una actitud sorprendente y totalmente injustificada, producto seguramente de una lectura rápida y con elementos parciales del Presidente, pero que igualmente viola con claridad el principio de separación de poderes y el art.233 de la Constitución de la República que dice textualmente:
“El Poder Judicial será ejercido por la Suprema Corte de Justicia y por los Tribunales y Juzgados, en la forma que estableciere la ley”.
6, Consideramos que las declaraciones realizadas por la Dra. Mota, al medio de prensa argentino Página 12, y que originaron las inesperadas expresiones públicas del Sr. Presidente, jamás podrían ser consideradas -como opiniones de carácter político partidario- asuntos sobre los cuales sí estaría vedado opinar a cualquier magistrado judicial del país.
7, Expresamos que este tipo de presiones sobre los jueces, y en esta oportunidad por segunda vez en menos de un año hacia la Dra. Mariana Mota justamente antes de que ésta adopte resolución sobre el homicidio mediante torturas de Aldo Perrini que, aparentemente, podría involucrar entre otros, a otro alto oficial de las FF.AA., no solo crean un nefasto precedente, sino que pueden instalar la inseguridad y la duda en las víctimas de Terrorismo de Estado de poder acceder realmente a la Justicia.
Víctimas de un Terrorismo de Estado cuya aplicación en forma planificada y sistemática fue reconocida recientemente por los tres poderes del Estado.
Por todo ello la Mesa Permanente contra la Impunidad se declara en estado de alerta y en actitud vigilante en el seguimiento de las acciones que eventualmente pudieran emprenderse para cercenar la independencia de la Dra. Mariana Mota.
Así mismo adelanta que no vacilará en denunciar en forma inmediata y ante los organismos nacionales e internacionales que corresponda, cualquier atropello a la independencia de la Justicia para quien se reclama la más absoluta libertad y el más firme apoyo del Estado para facilitar su accionar como garante de los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas.
Mesa Permanente contra la Impunidad,
Secretaria de Derechos Humanos del PIT CNT,
Movimiento de Educadores para la Paz - Uruguay,
Memorial Fusilados de Soca - Crysol,
Mujeres de Negro - Uruguay.
(http://www.facebook.com/notes/roger-rodriguez/justicia-muda/358004970917561)
El 15 de junio de 2012 dabamos cuenta de la decisión de la Suprema Corte de Justicia de quitarle a Mota el expediente Perrini, cuando era evidente una sentencia con el procesamiento del general Barneix y otros.
PUBLICADO EN CARAS&CARETAS EL VIERNES 15 DE JUNIO DE 2012
MINISTROS PEDIRAN CAUSA PERRINI A JUEZA MOTA ANTES DE SU FALLO
Supremo Corte
La jueza Mota iba a dictar sentencia en el caso de muerte por torturas de Aldo Perrini en 1974. Los militares Barniex, Baudean, Puigvert y Perdomo fueron acusados por la fiscal Tellechea. El defensor interpuso recursos y, como los rechazaron, recurrió a la Suprema Corte de Justicia. Los ministros acordaron -esa misma tardecita- pedir el expediente antes que se dicte sentencia. El proceso quedaría interrumpido hasta que examinen –otra vez- la labor de la jueza. Barniex, agredido el miércoles por un hijo de Perrini, no fue ayer a la audiencia. Se internó en el Hospital Militar. Mota ordenó el cierre de fronteras.
TEXTO: ROGER RODRÍGUEZ
rogerrodriguez@adinet.com.uy
“Colonia, 4 de marzo de 1974. Señor 2° Jefe del Batallón de Infantería N° 4 (mayor Washington Perdomo). Cúmpleme informar a usted que el día 3 de marzo siendo la hora 17.00 fue llevado a la sala de interrogatorios el presunto sedicioso A-194 ALDO FRANCISCO PERRINI GUALA. Se encontraban presentes en la misma el Señor Capitán don José A Baudean y el Tte. 1° José T. Puigvert y el suscrito. Durante el transcurso del interrogatorio el presunto sedicioso que se encontraba de pie sufrió un desvanecimiento, procurando por parte del suscrito la reacción del mismo, ordenándole el Sr. Cap. Baudean al Tte. 1° José Puigvert que llamaran al Enfermero y posteriormente al médico de la Unidad. Posteriormente ante la llegada del médico este dispuso el traslado del detenido a la enfermería para su mejor atención. Asimismo, el Sr. Cap. José Baudean mandó dar aviso al Señor 2° Jefe de la Unidad. Es cuanto tengo que informar a usted al respecto. Saluda a usted atentamente, el capitán de servicio del Bn. I. 4., Tte. 1° Pedro Ramón Barneix (firma)”.
El documento, encontrado dentro del expediente realizado por la Justicia Militar ante la muerte de Aldo Perrini, además de aparecer como toda una “confesión”, se constituyó en la prueba de cargo por la que la fiscal Ana María Tellechea pidió el procesamiento con prisión de los cuatro militares implicados. La nota firmada entonces por el hoy general Barneix había sido ordenada por Baudean, uno de los principales represores de la dictadura. Puigvert era el “S2” (inteligencia) de la unidad. Barneix, Baudean y Puigvert son egresados de los cursos que recibieron los militares uruguayos en la estadounidense Escuela de las Américas, con sede en Panamá.
Todo eso sabía Dino, el hijo mayor del “presunto sedicioso”, cuando el miércoles tomó por las solapas a Barneix (quien intentó eludir a la prensa al salió del juzgado por la calle 25 de Mayo), le dijo: “¡Mirame! Yo soy el hijo de Perrini” y, mientras el general se excusaba: “Yo no maté a tu padre”, le gritó “¡Asesino!, ¡hijo de puta!” y le pegó dos cachetazos. “Jamás golpeé a nadie como me están golpeando ahora ustedes”, dijo a los periodistas el confundido militar antes de subir a un auto rojo y salir del lugar. El incidente se produjo luego de tensas horas de espera, en las que su abogado, el ex juez Ruben Eguiluz, presentó diversos recursos y llegó a renunciar a la defensa para evitar que Barneix fuese interrogado por la jueza Mariana Mota antes de dictar sentencia.
Al cierre de esta edición, la magistrada no había sido comunicada aún de la resolución adoptada, con inusual celeridad el mismo miércoles en la tardecita, por la mayoría de la Suprema Corte de Justicia. A esa hora se admitió un recurso de queja del “ex abogado defensor”, quien adujo que la jueza Mota le negó el amparo judicial al no aceptar sus recursos de inconstitucionalidad sobre las leyes 18.026 (incorporó el Tratado de Roma a la jurisprudencia uruguaya) y 18.831 (anuló la prescripción de los delitos de la dictadura). Ninguna de esas normas han sido alegadas por la jueza en otros fallos. Barniex se internó en el Hospital Militar para no ir ayer a la audiencia. La jueza Mota ordenó el cierre de fronteras para los cuatro militares retirados.
Aunque algo similar ocurrió en 2007 en la causa contra el dictador Gregorio Álvarez (luego que la SCJ estudió el expediente, el juez Luis Charles dictó sentencia), en corrillos judiciales se teme que esta nueva “intervención” del máximo órgano del Poder Judicial sobre el trabajo de la jueza sea la antesala de otra resolución que derive en el traslado de la magistrada, como ocurrió hace un mes y medio a nivel del ministerio público con el fiscal Ricardo Perciballe. Desde que asumió el juzgado de 7° turno en Montevideo, la jueza Mota decidió la prisión del dictador Juan María Bordaberry por el golpe de Estado, del coronel Carlos Calcagno por desapariciones en Paraguay, de los aviadores José Araújo Umpiérrez y Enrique Riveros por la muerte de Ubagesner Chávez Sosa, y tiene otras 30 causas de derechos humanos en instrucción.
Aldo Perrini había nacido en Carmelo, Colonia. Tenía 34 años. Trabajaba como comerciante, a cargo de la heladería Perrini. Estaba casado con Amada Susana Santamaría Galeano y tenía tres hijos (Dino, de seis años; Aldo, de cinco, y Piero, de un año de edad). Militaba en el Frente Izquierda de Liberación (Fidel) dentro del Frente Amplio. Fue detenido junto a otras personas el 26 de febrero de 1974. Lo llevaron al Batallón de Infantería N° 4 de Colonia. Su cuerpo fue devuelto a la familia el 4 de marzo. Un certificado de defunción explicaba que había fallecido por “edema agudo de pulmón y stress”. El caso fue denunciado por el abogado Óscar López Goldaracena el 11 de noviembre de 2010.
Los testimonios de quienes fueron detenidos con Perrini coinciden en narrar que días después de la detención trajeron a una muchacha que “fue violada casi en forma inmediata por la guardia completa, se sentían muchas voces, era una verdadera jauría […]. Al Chiquito [Perrini] lo traían de otro lado y preguntó qué le están haciendo, y le contestan con sorna […] les pedía que la dejaran tranquila y le decían que quién la iba a defender y él contestaba que él. Ahí le entraron a pegar y él cae. Alguien gritó: “¡lo mataron, hijos de puta!”, y otra voz respondió: “¡cállate la boca que aquí no matamos a nadie!”. Luego de ese incidente Perrini fue llevado a la sala de interrogatorios y se produce su muerte.
CONTEXTO DE TORTURA
“Del expediente del Supremo Tribunal Militar –agregado en autos– surge el certificado de defunción, N° 497223 donde el doctor José Mautone estableció como causa de la muerte ‘edema agudo de pulmón debido a stress’. El informe del estudio necrópsico realizado por dicho profesional, precisa que a las 03.10 horas del 4 de marzo de 1974 el cadáver de Aldo Perrini tenía ‘buen estado general’. El examen externo enseña múltiples hematomas y equimosis en parte anterior del tórax y abdomen, especialmente en hipogastrio y genitales externos. Múltiples hematomas en el panículo adiposo subyacente. Esquimosis en miembro inferior derecho y antebrazo izquierdo, tercio inferior. Orificios naturales sin particularidades”, recuerda la acusación fiscal
El expediente que en 1974 se instruyó en el Juzgado Militar de 2° turno, a cargo del coronel Santiago Acuña, terminó archivándose. Sin embargo, en el proceso fueron interrogados todos los oficiales y subalternos que aquel día estaban en el Batallón N° 4 de Colonia. Un detalle que llamó la atención de la jueza Mariana Mota y la fiscal Ana María Tellechea surgió cuando se les preguntó “si sabe o presume las causas por las cuales el detenido Aldo Francisco Perrini Guala presenta hematomas en su cuerpo al realizarse la autopsia” y todos respondieron que no sabían pero que podían “haberse originado en el trato riguroso que el personal de custodia debe mantener con los detenidos incomunicados para mantener la disciplina”.
En sus declaraciones ante Mota y Tellechea, los cuatro implicados cayeron en contradicciones. Barneix dijo que no participó en el interrogatorio. Baudean y Puigvert lo desmintieron y afirmaron que fue Barneix quien tomó del hombro a Perrini para sentarlo en una silla. Los tres desdijeron sus testimonios ante el entonces juez sumariante capitán Ruben Bonjour y, al igual que el segundo jefe de la unidad, Perdomo, negaron haber torturado a Perrini y adjudicaron sus hematomas a un castigo propinado por el personal de guardia. Sin embargo, todos admitieron que la sesión en la sala de interrogatorios duró más de 15 minutos, todo el entretiempo de un partido de fútbol.
La autopsia histórica solicitada por el juzgado a los médicos Hugo Rodríguez, Domingo Mederos y Daniel Maglia fue concluyente: los hematomas verificados en el cuerpo de Perrini corresponden “con una víctima multigolpeada, excluyéndose de plano la etiología accidental o autoinferida”, “no existe duda posible sobre que se trata de una muerte violenta y heteroinferida, acaecida en el contexto de la tortura”. Los peritos sólo dudan sobre si Perrini murió durante la golpiza recibida o por una falla cardíaca durante la aplicación del “submarino”, al que fue sometido según evidencia la descripción pulmonar de su autopsia.
En su acusación, la fiscal Tellechea concluyó que en el Batallón N° 4 de Colonia se aplicaban torturas, que Perrini estaba en la sala de interrogatorios, que allí se encontraban Baudean, Puigvert y Barneix y que todo lo que sucedía era de conocimiento de Perdomo, por tanto se pidió el procesamiento con prisión de los cuatro, a quienes se acusó de un delito de homicidio político, caracterizado en la Ley 18.026 como un crimen de lesa humanidad y, por lo tanto, imprescriptible. El ministerio público no descartó ampliar su acusación contra otros implicados en los malos tratos recibidos y denunciados por otros detenidos junto a Perrini.
QUIÉN ES QUIÉN
Pedro Ramón Barneix Mattiauda nació el 31 de agosto de 1946 e ingresó al Ejército el 1º de marzo de 1963, en el arma de Infantería. Con el grado de teniente, asistió en 1973 a la Escuela de las Américas, a cargo de un grupo de cadetes (entre ellos el actual comandante en jefe, Pedro Aguerre, y el comandante de la División II, Willie Purtscher), para realizar el Internal Security Operations Course C-6. Ascendió a mayor en 1981 con destino al Instituto Militar de Estudios Superiores (IMES). Llegó a general en 2003, cuando el presidente Jorge Batlle lo designó jefe de la Dirección Nacional de Inteligencia del Estado (Dinacie) y asistió a la Primera Reunión del Foro de Servicios de Inteligencia Iberoamericana, celebrada en Costa Rica en 2004.
En 2005, junto con el general Carlos Díaz, Barneix elaboró el informe sobre desaparecidos que el Ejército entregó al presidente Tabaré Vázquez. En esa “historia oficial”, por primera vez el arma admitió la desaparición forzada de 25 uruguayos, pero en todos los casos adjudicó la responsabilidad al Servicio de Información y Defensa (SID) y no a la Oficina Coordinadora de Operaciones Antisubversivas (OCOA), que existía orgánicamente en cada una de las cuatro divisiones del Ejército. El trabajo que Barneix y Díaz entregaron al comandante Ángel Bertolotti “desconoció” la existencia del “segundo vuelo” de Orletti (admitido por la Fuerza Aérea) y marcó equivocadamente el lugar donde estaban los restos de María Claudia García de Gelman.
José Agustín Francés Baudean Menteguraga nació el 24 de diciembre de 1940 e ingresó a Infantería del Ejército el 1º de marzo de 1956. Era teniente primero en 1966, un año más tarde pasó al Batallón de Infantería N° 2 y para 1968 era capitán en el Batallón de Infantería N° 4 de Colonia. Entre el 10 de enero y el 28 de abril de 1972 hizo el curso Military Intelligence Off 0-11 en la Escuela de las Américas. En 1976, ascendido a mayor, revestía en el Servicio de Información y Defensa (SID). En 1980 fue director nacional de Relaciones Públicas de la Presidencia que ejercía Aparicio Méndez y en 1982 llegó a comandante del Batallón de Infantería N° 14 en Toledo.
En 1977, Baudean participó en la denominada ‘Operación Pecera’, por la que se realizó vigilancia a un marino del que se sospechaba que pertenecía a la inteligencia soviética; en el marco de esa operación se produjo la detención y homicidio del maestro y periodista Julio Castro. En febrero de 2002 su rostro fue revelado por el diario La República y Baudean desde una audición radial acusó al entonces director del matutino, Federico Fasano, de apropiarse de dineros de los exiliados en México; denunciado ante la Justicia, Baudean resultó culpable de un delito de difamación y condenado a cinco meses de presión. El militar fue directivo del Centro Militar. Radicado en Piriápolis, integra la agrupación fernandina de oficiales retirados.
Washington Perdomo llegó a ser docente de la carrera de periodismo creada por la dictadura en 1979 dentro de la Universidad del Trabajo del Uruguay (UTU). En un principio, el militar daba clases de Teoría de la Comunicación Social, pero en 1997 quedó a cargo del curso y en 2001 se transformó en el director de la entonces Escuela de Comunicación.
José Tomás Puigvert Valerio también es un egresado de la Escuela de las Américas, donde asistió en 1968 al Special Cadet Course, perteneciendo a la misma generación de otros conocidos militares como Armando Méndez, Carlos Rodríguez Lagreca, Manuel Cardeillac, Juan Delpino, Walter Díaz Tito, Hebert Figoli y el encarcelado Jorge Pajarito Silveira Quesada.
(http://www.facebook.com/notes/roger-rodriguez/supremo-corte/400883686629689)
El 24 de agosto de 2012 nos referíamos al rol que estaba cumpliendo el Tribunal de Apelaciones de 4ª Turno, creado especialmente por la Suprema Corte de Justicia para intervenir en derechos humanos.
El codo de la Justicia
El documento desclasificado demuestra que las unidades militares realizaban requisitorias de ciudadanos.
PUBLICADO EN CARAS&CARETAS EL VIERNES 24 DE AGOSTO DE 2012
SEGUNDA PELOTA: TRIBUNALES DE APELACIONES CAMBIAN FALLOS JUDICIALES
El codo de la justicia
El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4° Turno modificó dos fallos judiciales en causas de derechos humanos. El coronel Walter Gulla quedó en libertad al considerarse que Horacio Ramos se suicidó en el Penal de Libertad en 1981. También se exculpó al Goyo Álvarez por la muerte de Roberto Luzardo. El ministro de Defensa, Eleuterio Fernández Huidobro, sostiene que el coronel Juan Carlos Gómez es inocente del homicidio de Roberto Gomensoro Josman y posibilita una apelación que puede recaer en el mismo tribunal de alzada.
TEXTO: ROGER RODRÍGUEZ / rogerrodriguez@adinet.com.uy
Los fallos judiciales a los que trabajosamente llegaron fiscales y jueces en casos de violaciones de los derechos humanos, luego de años de indagatoria en los que debieron enfrentar el pacto de silencio, la ley de caducidad, la complicidad de militares en actividad y retiro, amenazas y presiones, la falta de archivos desclasificados y hasta la desidia de quienes dirigían los tres poderes del Estado, pueden ser cambiados por los ministros de un nuevo Tribunal de Apelaciones creado hace un año por la Suprema Corte de Justicia (SCJ).
La acción del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4° turno, que propició planteos de inconstitucionalidad de la ley por las prescripciones y ya anuló sentencias contra el dictador Gregorio Álvarez y los asesinos de Ramón Peré, aparece como la continuidad del calvario que sufren los familiares de las víctimas de violaciones a los derechos humanos en la dictadura, quienes, luego de treinta años de lucha y cuando creían comenzar a acceder a la justicia, ven cómo todo vuelve a fojas cero.
Los recientes pronunciamientos del tribunal de alzada aparecen como un ingrediente más de la ofensiva sobre el proceso de alcanzar la verdad en el sistema judicial, que incluye las presiones sobre la ex fiscal Mirtha Guianze, los sumarios contra la jueza Mariana Mota, el traslado de fiscales comprometidos con las causas de violaciones a los derechos humanos, y otros movimientos impulsados por quienes procuran impedir el esclarecimiento de lo ocurrido en los años de la dictadura militar.
En ese escenario apareció el ministro de Defensa Nacional, Eleuterio Fernández Huidobro, testificando públicamente que el coronel retirado Juan Carlos Gómez, procesado por el homicidio de Roberto Gomensoro Josman, podría ser inocente ya que, según una investigación realizada por sus asesores, aquella muerte ocurrida en 1973 se produjo en el Regimiento de Artillería N° 1 y no en una unidad militar de Tacuarembó como afirmaron testigos a la jueza actuante.
El líder de la frenteamplista Corriente de Acción y Pensamiento-Libertad (CAP-L) criticó públicamente a la magistrada y dio argumentos a los defensores del militar que propiciarían una apelación contra el procesamiento que puede recaer en el propio Tribunal de 4° Turno. Militantes por los derechos humanos, por su parte, criticaron al Ñato y con documentos refutaron sus afirmaciones sobre que las unidades militares no intervenían en la requisitoria de los ciudadanos.
Al frente del nuevo tribunal fueron designados los jueces Ángel Cal Shabán (quien actuaba en Apelaciones de 1er Turno), Alfredo Gómez Tedeschi (que provenía de Apelaciones de 2° Turno) y Jorge Antonio Catenaccio Alonso, a quien se había otorgado la venía como ministro de alzada sólo una semana antes. En sus manos quedaría, desde entonces, la confirmación o anulación de todas las sentencias que los jueces penales venían haciendo y que los implicados decidieran apelar.
El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4° Turno pasaría a tener un singular protagonismo en los casos de derechos humanos que, con la amenaza de una prescripción de las causas, en esos días agregaba tensión a un escenario judicial y político que desde principios de año venía sufriendo la ofensiva de un grupo de oficiales retirados que reivindicaban la actuación de la “lucha antisubversiva” y rechazaban una nueva serie de procesamientos de militares por delitos en la dictadura.
En diciembre de 2011 ese tribunal tuvo un fallo trascendente: confirmó el procesamiento del coronel Tranquilino Machado por la muerte del estudiante Ramón Peré, en 1973, pero cambió la tipificación dispuesta por el juez de 3er turno, Ruben Saravia, quien había imputado al militar un delito de “homicidio muy especialmente agravado” por considerar que había existido un “impulso de brutal ferocidad” contra la joven víctima. Sin embargo, el tribunal entendió que debía sentenciarse el delito de “homicidio simple”, crimen que los ministros no consideraron prescripto porque aplicaron, por primera vez, la flamante Ley N° 18.831 que, ante la posibilidad de que todas las causas de derechos humanos prescribieran aquel 1º de noviembre, el Parlamento había aprobado de urgencia el 27 de octubre anterior y que le devolvía al Estado la “pretensión punitiva” que con la ley de caducidad había perdido en 1986.
Pero el fallo del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4° turno tenía otra implicancia solapada: posibilitaba que los abogados defensores de Machado interpusieran un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley N° 18.831 que hasta entonces no había aplicado ningún juez penal y que todos los fiscales que actúan en causas de derechos humanos habían evitado alegar. Si la SCJ resolviera que esa ley lesiona la carta magna, todas las causas de derechos humanos habrían prescripto.
El 2 de agosto se supo que los ministros del tribunal decidieron revocar el procesamiento del dictador Gregorio Álvarez (sigue preso por otros crímenes), dictaminado por el juez penal de 1er turno, Juan Carlos Fernández Lecchini, quien le imputó un delito de homicidio muy especialmente agravado por el caso de Roberto Luzardo, quien falleció en el Hospital Militar en 1973. Luzardo, detenido junto con otros dos tupamaros, era acusado de ejecutar al hermano del Goyo Álvarez y habría muerto desahuciado por orden del general.
El tribunal (ahora integrado con la jueza Myriam Méndez López en lugar de Gómez Tedeschi) consideró que “la prueba relevada a la luz de las reglas de la sana crítica, no reúnen los elementos de convicción suficientes que habiliten el procesamiento dispuesto, ni aún con el carácter provisorio inherente al mismo”. La resolución redactada por Cal Shaban y votada por Catenaccio Alonso dice: “Los médicos que estuvieron en contacto con Luzardo no refieren ni recuerdan que se hubiera omitido la asistencia” o “hubiera existido una orden de algún mando militar de que no se prestara asistencia al paciente”.
El 17 de agosto se conoció un nuevo fallo del tribunal de alzada, por el que contravino –otra vez– al juez de 3er turno, Ruben Saravia, quien había ordenado el procesamiento con prisión de los coroneles retirados Walter Gulla y Enrique Rivero por la muerte de Horacio Ramos, quien apareció “suicidado” en su celda de la ‘isla’ del Penal de Libertad el 30 de junio de 1981. Los ministros retiraron la tipificación de “homicidio muy especialmente agravado” contra Gulla y de “encubrimiento” sobre Rivero.
Esta vez la redacción de la sentencia correspondió a Méndez López, quien explica cómo el tribunal rebatió totalmente la instrucción realizada por el juez Saravia, a partir de una nueva reconstrucción del hecho solicitada por Catenaccio. Para los ministros, Ramos pudo suicidarse “si se tiene en cuenta que el occiso era conocido como ‘El Gorila’ porque tenía unos brazos más largos que los […] y que de su buen estado atlético dan cuenta todos los testimonios, aunque tuviera lumbago, no cabe sino concluir que la hipótesis de que se colgara de la reja con su faja es absolutamente posible”.
Los jueces también rechazaron la autopsia histórica realizada por forenses ya que “la prueba pericial debe apreciarse como toda otra, según las reglas de la sana crítica y en función de la totalidad de las probanzas incorporadas a la causa. Bajo esta óptica y por las consideraciones que vienen de exponerse el Tribunal concluye, que la autopsia sicológica carece del suficiente valor conviccional para afirmar que no existió una conducta suicida, que por lo demás no la descarta”. Gulla quedó libre y Rivero sigue preso porque se pidió su condena por el homicidio de Ubagesner Chaves Sosa.
Cal Shaban fue presidente del Tribunal de Apelaciones de 1er turno desde 2005 y encabezó la polémica investigación contra el juez penal Federico Álvarez Petraglia, quien renunció a su cargo en 2010 tras denunciar a otro juez por revelar la identidad de un testigo protegido en una causa de narcotráfico. Cal también ordenó volver a interrogar a quienes participaron en Ciudad Vieja en la marcha anticapitalista de noviembre de 2005 en la que dos jóvenes fueron procesados por sedición. Su tribunal liberó a los hermanos Rupenian tras unos meses de cárcel por un fraude tributario de 250 millones de pesos.
Entre los miembros del tribunal de 4° turno, el juez Juan Antonio Catenaccio Alonso ya había tenido a su cargo, en abril de 1990, una denuncia penal contra el general Julio César Vadora, por las muertes de Ivo Fernández Nieves, Amelia Lavagna y otros. Consultó al Poder Ejecutivo de la época sobre si podía continuar la indagatoria y el 25 de junio recibió la respuesta firmada por el presidente Luis Alberto Lacalle y el ministro de Defensa, Mariano Brito, donde el caso fue amparado en la Ley de Caducidad.
Catenaccio entró al Poder Judicial en 1981 como defensor de oficio de Cerro Largo y en setiembre de 1983, aún en dictadura, ingresó a la magistratura como juez de paz. En 1987 fue designado juez de primera instancia en Rocha, en 1989 lo trasladaron a Las Piedras y en setiembre de ese año pasó a ocupar el juzgado penal de 1er turno en Montevideo, donde se desempeñó hasta julio de 1993, cuando fue derivado al juzgado civil de 6° turno, en el que cumplió funciones hasta su designación en el Tribunal de Apelaciones el 12 de abril de 2011.
Luego del golpe de Estado, Myriam Eva Méndez López (divorciada, tres hijos) fue fiscal entre 1973 y 1979 en Bella Unión, Artigas, Tacuarembó y Rosario. En febrero de 1983 la dictadura la nombró jueza de paz de Durazno y en 1984 fue ascendida a jueza en Montevideo. En esos años se encargó del despacho del juzgado letrado de Paso de los Toros. Fue enviada a Cerro Largo y en 1986 se la trasladó a Paysandú. Un año después solicitó que la instalaran en Rivera, donde ascendió en 1989, cuando pasó a ocupar juzgados de familia en los que en 1999 llegó a Montevideo.
La misiva de Fernández se sumó a la declaración de otro Fernández, Gonzalo, ex ministro de Defensa, ex canciller y ex secretario del presidente Tabaré Vázquez, quien también testificó ante la jueza que para él, que integró la Comisión para la Paz en el gobierno de Jorge Batlle, no era “creíble” la versión de que Gomensoro fuera asesinado en Tacuarembó, pese a que en el departamental lago de Rincón del Bonete apareció su cuerpo fondeado por rocas que le ataron con alambres.
El testimonio de ambos Fernández derivó en que la prensa titulara que “Desde la izquierda ponen en duda fallos judiciales sobre DDHH” y provocó malestar en ONG y militantes por los derechos humanos. Unos recordaron que en 1973, cuando la muerte de Tito, Huidobro era rehén de la dictadura y poco podía saber sobre lo que pasaba; otros apuntaron a que si accedió a su versión de lo ocurrido por asesores militares, le estaban mintiendo tal como ocurrió en otros casos. Al respecto, otro ex tupamaro, Lewis Rostan, difundió por internet un documento que contradice lo dicho por el Ñato respecto de que las unidades militares no requerían personas. El facsímil muestra un listado en el que figuran número de requisitoria, nombre y documento y “Juz.Mil./ U. Req” (Juzgado militar/Unidad Requiriente).
Los dichos de Gonzalo Fernández también generaron críticas, ya que en el informe final de la Comisión para la Paz que él elaboró se decía de Roberto Gomensoro que sus “restos podrían haber sido exhumados a fines del año 1984, incinerados y tirados al Río de la Plata”. Una fórmula, aplicada a todos los casos de desaparecidos, que se evidenció falsa: de Ubagesner Chaves Sosa dijeron que fue enterrado en “un lugar no especificado” y estaba en una chacra de Pando; de Fernando Miranda dijeron que fue enterrado en el Batallón 14 y apareció en el Batallón 13, mientras que Julio Castro y Ricardo Blanco, a quienes señalaron como exhumados, seguían enterrados en el Batallón 14.
La propia Elhorriburu respondió al ministro de Defensa: “Ahora resulta que se acordó que sabía algo, dos años después de haber procesado a una persona que él dice que es inocente”, declaró la magistrada al matutino El Observador, y agregó: “De haber sabido antes lo hubiese citado. Pero ya estamos en la etapa de manifiesto y no se puede poner otra prueba. Y a él se le ocurrió mandarme un fax el 6 de agosto... ¿No le parece raro? A mí me parece raro. No sé qué buscó con eso. Si ya sabía eso hace dos años, ¿por qué no se presentó? […] A mí me da igual. Yo sigo investigando. Tengo muchos testigos que ya declararon y hay otros tantos que van a declarar”.
El presunto inocente es el coronel retirado Juan Carlos Gómez, alias Carretilla de Plata (por un implante en su rostro), denunciado por torturar a militantes del Partido Comunista Revolucionario en el Regimiento de Caballería N° 4, quien operó en el Batallón de Ingenieros N° 3 de Paso de los Toros (donde Fernández Huidobro estuvo como rehén), fue mando del Penal de Libertad, jefe de Policía de Maldonado e integra hoy el Regimiento Simbólico San Jorge que encabeza el dictador Gregorio Goyo Álvarez. Gómez también estuvo en Buenos Aires en 1976 antes de que asesinaran a Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz y se desatara la Operación Cóndor.
PUBLICADO EN CARAS&CARETAS EL VIERNES 24 DE AGOSTO DE 2012
SEGUNDA PELOTA: TRIBUNALES DE APELACIONES CAMBIAN FALLOS JUDICIALES
El codo de la justicia
El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4° Turno modificó dos fallos judiciales en causas de derechos humanos. El coronel Walter Gulla quedó en libertad al considerarse que Horacio Ramos se suicidó en el Penal de Libertad en 1981. También se exculpó al Goyo Álvarez por la muerte de Roberto Luzardo. El ministro de Defensa, Eleuterio Fernández Huidobro, sostiene que el coronel Juan Carlos Gómez es inocente del homicidio de Roberto Gomensoro Josman y posibilita una apelación que puede recaer en el mismo tribunal de alzada.
TEXTO: ROGER RODRÍGUEZ / rogerrodriguez@adinet.com.uy
Los fallos judiciales a los que trabajosamente llegaron fiscales y jueces en casos de violaciones de los derechos humanos, luego de años de indagatoria en los que debieron enfrentar el pacto de silencio, la ley de caducidad, la complicidad de militares en actividad y retiro, amenazas y presiones, la falta de archivos desclasificados y hasta la desidia de quienes dirigían los tres poderes del Estado, pueden ser cambiados por los ministros de un nuevo Tribunal de Apelaciones creado hace un año por la Suprema Corte de Justicia (SCJ).
La acción del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4° turno, que propició planteos de inconstitucionalidad de la ley por las prescripciones y ya anuló sentencias contra el dictador Gregorio Álvarez y los asesinos de Ramón Peré, aparece como la continuidad del calvario que sufren los familiares de las víctimas de violaciones a los derechos humanos en la dictadura, quienes, luego de treinta años de lucha y cuando creían comenzar a acceder a la justicia, ven cómo todo vuelve a fojas cero.
Los recientes pronunciamientos del tribunal de alzada aparecen como un ingrediente más de la ofensiva sobre el proceso de alcanzar la verdad en el sistema judicial, que incluye las presiones sobre la ex fiscal Mirtha Guianze, los sumarios contra la jueza Mariana Mota, el traslado de fiscales comprometidos con las causas de violaciones a los derechos humanos, y otros movimientos impulsados por quienes procuran impedir el esclarecimiento de lo ocurrido en los años de la dictadura militar.
En ese escenario apareció el ministro de Defensa Nacional, Eleuterio Fernández Huidobro, testificando públicamente que el coronel retirado Juan Carlos Gómez, procesado por el homicidio de Roberto Gomensoro Josman, podría ser inocente ya que, según una investigación realizada por sus asesores, aquella muerte ocurrida en 1973 se produjo en el Regimiento de Artillería N° 1 y no en una unidad militar de Tacuarembó como afirmaron testigos a la jueza actuante.
El líder de la frenteamplista Corriente de Acción y Pensamiento-Libertad (CAP-L) criticó públicamente a la magistrada y dio argumentos a los defensores del militar que propiciarían una apelación contra el procesamiento que puede recaer en el propio Tribunal de 4° Turno. Militantes por los derechos humanos, por su parte, criticaron al Ñato y con documentos refutaron sus afirmaciones sobre que las unidades militares no intervenían en la requisitoria de los ciudadanos.
UN TRIBUNAL DE CUARTO
El
13 de abril de 2011, los cinco integrantes de la SCJ decidieron un
reacomodo del organigrama judicial y crearon el Tribunal de Apelaciones
en lo Penal de 4° Turno, que “actuará exclusivamente en todos los
asuntos de su competencia, que se inicien a partir de la fecha de su
constitución hasta el 31 de agosto”, para equilibrar su trabajo con el
de los otros tres tribunales de alzada que hasta entonces existían.Al frente del nuevo tribunal fueron designados los jueces Ángel Cal Shabán (quien actuaba en Apelaciones de 1er Turno), Alfredo Gómez Tedeschi (que provenía de Apelaciones de 2° Turno) y Jorge Antonio Catenaccio Alonso, a quien se había otorgado la venía como ministro de alzada sólo una semana antes. En sus manos quedaría, desde entonces, la confirmación o anulación de todas las sentencias que los jueces penales venían haciendo y que los implicados decidieran apelar.
El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4° Turno pasaría a tener un singular protagonismo en los casos de derechos humanos que, con la amenaza de una prescripción de las causas, en esos días agregaba tensión a un escenario judicial y político que desde principios de año venía sufriendo la ofensiva de un grupo de oficiales retirados que reivindicaban la actuación de la “lucha antisubversiva” y rechazaban una nueva serie de procesamientos de militares por delitos en la dictadura.
En diciembre de 2011 ese tribunal tuvo un fallo trascendente: confirmó el procesamiento del coronel Tranquilino Machado por la muerte del estudiante Ramón Peré, en 1973, pero cambió la tipificación dispuesta por el juez de 3er turno, Ruben Saravia, quien había imputado al militar un delito de “homicidio muy especialmente agravado” por considerar que había existido un “impulso de brutal ferocidad” contra la joven víctima. Sin embargo, el tribunal entendió que debía sentenciarse el delito de “homicidio simple”, crimen que los ministros no consideraron prescripto porque aplicaron, por primera vez, la flamante Ley N° 18.831 que, ante la posibilidad de que todas las causas de derechos humanos prescribieran aquel 1º de noviembre, el Parlamento había aprobado de urgencia el 27 de octubre anterior y que le devolvía al Estado la “pretensión punitiva” que con la ley de caducidad había perdido en 1986.
Pero el fallo del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4° turno tenía otra implicancia solapada: posibilitaba que los abogados defensores de Machado interpusieran un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley N° 18.831 que hasta entonces no había aplicado ningún juez penal y que todos los fiscales que actúan en causas de derechos humanos habían evitado alegar. Si la SCJ resolviera que esa ley lesiona la carta magna, todas las causas de derechos humanos habrían prescripto.
“SANA CRÍTICA” DE ALZADA
En
su corta existencia, el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4° Turno
también impuso jurisprudencia con un histórico fallo en el que ratificó
una sentencia de la jueza del Crimen Organizado, Graciela Gatti, en la
que admitió que la “mercadería en tránsito” puede ser incautada, ya que
debe cumplir las leyes nacionales aunque esté sujeta al no pago de
impuestos; pero el tribunal terminó de adquirir su mayor protagonismo en
sólo veinte días en que anuló las sentencias por las muertes de Roberto
Luzardo y de Horacio Ramos.El 2 de agosto se supo que los ministros del tribunal decidieron revocar el procesamiento del dictador Gregorio Álvarez (sigue preso por otros crímenes), dictaminado por el juez penal de 1er turno, Juan Carlos Fernández Lecchini, quien le imputó un delito de homicidio muy especialmente agravado por el caso de Roberto Luzardo, quien falleció en el Hospital Militar en 1973. Luzardo, detenido junto con otros dos tupamaros, era acusado de ejecutar al hermano del Goyo Álvarez y habría muerto desahuciado por orden del general.
El tribunal (ahora integrado con la jueza Myriam Méndez López en lugar de Gómez Tedeschi) consideró que “la prueba relevada a la luz de las reglas de la sana crítica, no reúnen los elementos de convicción suficientes que habiliten el procesamiento dispuesto, ni aún con el carácter provisorio inherente al mismo”. La resolución redactada por Cal Shaban y votada por Catenaccio Alonso dice: “Los médicos que estuvieron en contacto con Luzardo no refieren ni recuerdan que se hubiera omitido la asistencia” o “hubiera existido una orden de algún mando militar de que no se prestara asistencia al paciente”.
El 17 de agosto se conoció un nuevo fallo del tribunal de alzada, por el que contravino –otra vez– al juez de 3er turno, Ruben Saravia, quien había ordenado el procesamiento con prisión de los coroneles retirados Walter Gulla y Enrique Rivero por la muerte de Horacio Ramos, quien apareció “suicidado” en su celda de la ‘isla’ del Penal de Libertad el 30 de junio de 1981. Los ministros retiraron la tipificación de “homicidio muy especialmente agravado” contra Gulla y de “encubrimiento” sobre Rivero.
Esta vez la redacción de la sentencia correspondió a Méndez López, quien explica cómo el tribunal rebatió totalmente la instrucción realizada por el juez Saravia, a partir de una nueva reconstrucción del hecho solicitada por Catenaccio. Para los ministros, Ramos pudo suicidarse “si se tiene en cuenta que el occiso era conocido como ‘El Gorila’ porque tenía unos brazos más largos que los […] y que de su buen estado atlético dan cuenta todos los testimonios, aunque tuviera lumbago, no cabe sino concluir que la hipótesis de que se colgara de la reja con su faja es absolutamente posible”.
Los jueces también rechazaron la autopsia histórica realizada por forenses ya que “la prueba pericial debe apreciarse como toda otra, según las reglas de la sana crítica y en función de la totalidad de las probanzas incorporadas a la causa. Bajo esta óptica y por las consideraciones que vienen de exponerse el Tribunal concluye, que la autopsia sicológica carece del suficiente valor conviccional para afirmar que no existió una conducta suicida, que por lo demás no la descarta”. Gulla quedó libre y Rivero sigue preso porque se pidió su condena por el homicidio de Ubagesner Chaves Sosa.
UNA DE CAL, OTRA TAMBIÉN
El
juez Ángel Manuel Cal Shaban tiene un extenso trayecto como magistrado
en lo penal. En 1992 tuvo a su cargo el sonado caso de las prostitutas
de Milán surgido a raíz de una investigación de la periodista María
Urruzola publicada en Brecha. Ordenó entonces el procesamiento
de Jesús Miguel Fernández Peña por proxenetismo, de los empresarios
Alfredo Martínez y Jorge Martínez por asistencia a la asociación para
delinquir, del abogado Víctor Della Valle por encubrimiento y de los
funcionarios policiales Héctor Cor Canabé y Víctor Hugo Rocha por
omisión de funciones.Cal Shaban fue presidente del Tribunal de Apelaciones de 1er turno desde 2005 y encabezó la polémica investigación contra el juez penal Federico Álvarez Petraglia, quien renunció a su cargo en 2010 tras denunciar a otro juez por revelar la identidad de un testigo protegido en una causa de narcotráfico. Cal también ordenó volver a interrogar a quienes participaron en Ciudad Vieja en la marcha anticapitalista de noviembre de 2005 en la que dos jóvenes fueron procesados por sedición. Su tribunal liberó a los hermanos Rupenian tras unos meses de cárcel por un fraude tributario de 250 millones de pesos.
Entre los miembros del tribunal de 4° turno, el juez Juan Antonio Catenaccio Alonso ya había tenido a su cargo, en abril de 1990, una denuncia penal contra el general Julio César Vadora, por las muertes de Ivo Fernández Nieves, Amelia Lavagna y otros. Consultó al Poder Ejecutivo de la época sobre si podía continuar la indagatoria y el 25 de junio recibió la respuesta firmada por el presidente Luis Alberto Lacalle y el ministro de Defensa, Mariano Brito, donde el caso fue amparado en la Ley de Caducidad.
Catenaccio entró al Poder Judicial en 1981 como defensor de oficio de Cerro Largo y en setiembre de 1983, aún en dictadura, ingresó a la magistratura como juez de paz. En 1987 fue designado juez de primera instancia en Rocha, en 1989 lo trasladaron a Las Piedras y en setiembre de ese año pasó a ocupar el juzgado penal de 1er turno en Montevideo, donde se desempeñó hasta julio de 1993, cuando fue derivado al juzgado civil de 6° turno, en el que cumplió funciones hasta su designación en el Tribunal de Apelaciones el 12 de abril de 2011.
Luego del golpe de Estado, Myriam Eva Méndez López (divorciada, tres hijos) fue fiscal entre 1973 y 1979 en Bella Unión, Artigas, Tacuarembó y Rosario. En febrero de 1983 la dictadura la nombró jueza de paz de Durazno y en 1984 fue ascendida a jueza en Montevideo. En esos años se encargó del despacho del juzgado letrado de Paso de los Toros. Fue enviada a Cerro Largo y en 1986 se la trasladó a Paysandú. Un año después solicitó que la instalaran en Rivera, donde ascendió en 1989, cuando pasó a ocupar juzgados de familia en los que en 1999 llegó a Montevideo.
ÑATO CONTRA EL VIDRIO
Es
en ese contexto judicial que el ministro de Defensa Nacional, Eleuterio
Fernández Huidobro, resolvió enviar por escrito su testimonio a la
jueza de Paso de los Toros, Lilián Elhorriburu, en el que le comunica su
convicción respecto de que un militar que ella procesó con prisión por
el homicidio de Roberto Gomensoro Josman podría ser inocente, ya que
luego de una larga investigación realizada por su equipo de asesores
entendía que esa muerte se produjo en el Grupo de Artillería N° 1 en La
Paloma de Montevideo, al mando del coronel José Nino Gavazzo (tipificado
coautor del crimen).La misiva de Fernández se sumó a la declaración de otro Fernández, Gonzalo, ex ministro de Defensa, ex canciller y ex secretario del presidente Tabaré Vázquez, quien también testificó ante la jueza que para él, que integró la Comisión para la Paz en el gobierno de Jorge Batlle, no era “creíble” la versión de que Gomensoro fuera asesinado en Tacuarembó, pese a que en el departamental lago de Rincón del Bonete apareció su cuerpo fondeado por rocas que le ataron con alambres.
El testimonio de ambos Fernández derivó en que la prensa titulara que “Desde la izquierda ponen en duda fallos judiciales sobre DDHH” y provocó malestar en ONG y militantes por los derechos humanos. Unos recordaron que en 1973, cuando la muerte de Tito, Huidobro era rehén de la dictadura y poco podía saber sobre lo que pasaba; otros apuntaron a que si accedió a su versión de lo ocurrido por asesores militares, le estaban mintiendo tal como ocurrió en otros casos. Al respecto, otro ex tupamaro, Lewis Rostan, difundió por internet un documento que contradice lo dicho por el Ñato respecto de que las unidades militares no requerían personas. El facsímil muestra un listado en el que figuran número de requisitoria, nombre y documento y “Juz.Mil./ U. Req” (Juzgado militar/Unidad Requiriente).
Los dichos de Gonzalo Fernández también generaron críticas, ya que en el informe final de la Comisión para la Paz que él elaboró se decía de Roberto Gomensoro que sus “restos podrían haber sido exhumados a fines del año 1984, incinerados y tirados al Río de la Plata”. Una fórmula, aplicada a todos los casos de desaparecidos, que se evidenció falsa: de Ubagesner Chaves Sosa dijeron que fue enterrado en “un lugar no especificado” y estaba en una chacra de Pando; de Fernando Miranda dijeron que fue enterrado en el Batallón 14 y apareció en el Batallón 13, mientras que Julio Castro y Ricardo Blanco, a quienes señalaron como exhumados, seguían enterrados en el Batallón 14.
La propia Elhorriburu respondió al ministro de Defensa: “Ahora resulta que se acordó que sabía algo, dos años después de haber procesado a una persona que él dice que es inocente”, declaró la magistrada al matutino El Observador, y agregó: “De haber sabido antes lo hubiese citado. Pero ya estamos en la etapa de manifiesto y no se puede poner otra prueba. Y a él se le ocurrió mandarme un fax el 6 de agosto... ¿No le parece raro? A mí me parece raro. No sé qué buscó con eso. Si ya sabía eso hace dos años, ¿por qué no se presentó? […] A mí me da igual. Yo sigo investigando. Tengo muchos testigos que ya declararon y hay otros tantos que van a declarar”.
El presunto inocente es el coronel retirado Juan Carlos Gómez, alias Carretilla de Plata (por un implante en su rostro), denunciado por torturar a militantes del Partido Comunista Revolucionario en el Regimiento de Caballería N° 4, quien operó en el Batallón de Ingenieros N° 3 de Paso de los Toros (donde Fernández Huidobro estuvo como rehén), fue mando del Penal de Libertad, jefe de Policía de Maldonado e integra hoy el Regimiento Simbólico San Jorge que encabeza el dictador Gregorio Goyo Álvarez. Gómez también estuvo en Buenos Aires en 1976 antes de que asesinaran a Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz y se desatara la Operación Cóndor.
(http://www.facebook.com/notes/roger-rodriguez/el-codo-de-la-justicia/429710983746959)
El 14 de diciembre de 2012, escribíamos un resumen de lo ocurrido durante el año y cómo se había logrado paralizar casi la totalidad de las causas judiciales sobre crímenes de lesa humanidad.
PUBLICADO EN CARAS&CARETAS EL VIERNES 14 DE DICIEMBRE DE 2012
DERECHOS HUMANOS: HUBO AVANCES, PERO CONGELARON LAS CAUSAS JUDICIALES
El año del “Catenaccio”
Se identificaron desaparecidos, se reconocieron responsabilidades, se impulsaron estructuras y normas en favor de los derechos humanos, pero los tres poderes del Estado siguen sin adoptar decisiones que permitan cumplir las obligaciones con los organismos internacionales y permitan la reparación integral de las víctimas del terrorismo de Estado. El año cierra con las causas judiciales paralizadas en tribunales de alzada.
ROGER RODRIGUEZ / rogerrodriguez@adinet.com.uy
El año que termina, comenzó con el hallazgo del cuerpo del desaparecido Ricardo Blanco, y tuvo como puntos altos de la lucha por los derechos humanos en Uruguay el reconocimiento público del Estado sobre su responsabilidad en el Caso Gelman y la instalación de la Institución Nacional de Derechos Humanos que ya hizo sus primeras recomendaciones (ver nota aparte). Pero, como contracara, se impuso una estrategia de “catenaccio” con la que se permitió que en doce meses se paralizaran la mayoría de las causas judiciales y no se terminan de tomar definitivas decisiones.
Luego de aprobar a fines 2011 la ley contra las prescripciones, el Poder Legislativo uruguayo avanzó este año en la defensa de otros derechos sociales y culturales, con leyes contra la discriminación, en favor de los derechos sexuales o que permiten el matrimonio igualitario, pero a la vez, se incrementaron las penas a los menores infractores (su situación y la de las cárceles siguen siendo negativamente observadas por los organismos internacionales) y se continúa sin aprobar una solución a los reclamos de reparación integral de las víctimas de violaciones a los derechos humanos durante el terrorismo de Estado.
El Poder Ejecutivo, por su parte, permitió la continuidad de las excavaciones en unidades militares para el hallazgo de desaparecidos, divulgó el hallazgo de los restos de Alberto Mechoso en Buenos Aires, hizo su público reconocimiento a la existencia del terrorismo de Estado como le obligaba la condena de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Caso Gelman, y ejerció con discreción la presidencia del Consejo de DDHH de Naciones Unidas, pero mantiene cerrado el acceso a documentación de los años de represión, al punto que el Ministerio de Defensa Nacional dificultó una inspección ocular de la justicia al centro de torturas llamado “300 Carlos”.
La falta de voluntad política o desidia en el tema derechos humanos, quedó reflejado hace una semana, cuando Hebe Castro, hija del maestro Julio Castro, difundió una carta pública, a un año de la identificación de los restos de su padre, en la que recuerda el incumplido compromiso de encontrar la verdad asumido entonces por el comandante en jefe del Ejército, Pedro Aguerre. “Al señor Presidente de la República, José Mujica, Jefe de las Fuerzas Armadas pregunto: ¿El Ejército Nacional cumple con sus compromisos o los elude? ¿Es que los orientales sólo somos valientes cuando no hay nada que ocultar?”, inquirió la hija del periodista.
En la órbita del Ejecutivo, también se constató una “ofensiva” interna del Fiscal de Corte, Jorge Díaz, quien afirmó su poder con el traslado al ámbito civil de uno de sus más brillantes fiscales penales, Ricardo Perciaballe, con quien tenía diferencias personales desde tiempos en los que ambos actuaban en el escenario contra el crimen organizado. Perciaballe recurrió la medida, pero tampoco logró el respaldo de su gremio, por lo que se generó una situación de temor en el ministerio público, del que ya se había retirado la fiscal Mirtha Guianze, y donde sólo queda Ana María Tellechea con disposición a acusar en las causas de derechos humanos.
Suprema Corte de Justicia
EL DEBE JUDICIAL
En el ámbito judicial, la “defensiva militar” que se pronosticaba a principios del año como estrategia de los militares implicados en violaciones a los derechos humanos, se ha desarrollado al punto de lograr que los principales casos hayan quedado congeladas en una suerte de “catenaccio judicial”, hasta que la Suprema Corte de Justicia y Tribunales de Apelaciones terminen de resolver, a favor o en contra, decenas de recursos presentados por los abogados defensores de los criminales de lesa humanidad.
Los Tribunales de Apelaciones -y en particular el de 4° Turno- ya han tenido actuaciones por las que redujeron las tipificaciones criminales a las que fiscales y jueces condenaban a los procesados y llegaron a determinar la liberación de algunos de los militares presos. La mayoría de los magistrados de alzada ha mantenido un criterio conservador y, a pesar de las indicaciones obligatorias contenidas en la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos por el Caso Gelman, siguen sin aplicar la jurisprudencia y las convenciones internacionales en el tema derechos humanos.
La Suprema Corte de Justicia, por su parte, también sigue sin realizar su definitivo pronunciamiento respecto a la constitucionalidad o no de la Ley 18.831 aprobada de apuro el 27 de octubre de 2011 para que no se produjera la prescripción de todas las causas judiciales al devolverle al Estado la “pretensión punitiva” que había perdido en este tema desde el 22 de diciembre de 1986 cuando el Parlamento aprobó la Ley de Caducidad con la que los militares lograron posponer veinte años el juicio de sus delitos durante la dictadura.
Este “catenaccio” judicial comenzó a principios de año para mantener en libertad al general Pedro Barneix (y el coronel José “el francés” Baudean, falleció sin ser condenado), pese a la participación que les cupo en el caso de homicidio de Aldo Perrini en un batallón de Colonia en 1974. El caso fue, junto a la causa por el asesinato de Vladimir Roslik en 1984, de los primeros en pasar a casación para que la Suprema Corte decida si es constitucional la Ley 18.831. Desde entonces la mayoría de las causas judiciales fue “trabada” de una u otra forma. Incluso, el caso de los fusilados de Soca.
En el escenario judicial se espera la resolución de los recursos, para que esas y otras causas comiencen a reactivarse: la del homicidio del estudiante Santiago Rodríguez Muela donde un tribunal civil reconoció la responsabilidad del Estado y su amparo a la asesina Juventud Uruguaya de Pie (JUP), el caso de Cecilia Fontana de Heber donde sigue sin procesarse una prueba caligráfica y puede aparecer más documentación desclasificada, o la denuncia por el traslado y desaparición de su hijo, Nibio Melo, que finalmente realizó días atrás la referente de familiares de desaparecidos, Luisa Cuesta.
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INDHH pide adecuar reparaciones
El jueves 6 de diciembre, cuatro antes del Día Internacional de los Derechos Humanos, la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo, hizo pública su primera declaración formal y “recomendó” a las autoridades competentes la “adecuación de la legislación nacional en materia de reparación de graves violaciones a los derechos humanos”, en beneficio de las víctimas.
Para el INDDHH “la legislación vigente establece algunas limitaciones que no condicen con las obligaciones internacionales en materia de reparaciones”, por ejemplo, al establecer que las víctimas tienen que optar entre la jubilación especial y cualquier otra jubilación, retiro o subsidio”, cuando la obligación estatal de reparar a las víctimas tiene una naturaleza distinta del de la seguridad social.
El principal organismo uruguayo de Derechos Humanos, hizo una serie de recomendaciones para que el Poder Ejecutivo, a través de una ley, corrija la situación “en un plazo razonable”, teniendo especial consideración al promedio de edad de las personas que debieron ser reparadas y que en la materia esta vedado remitir iniciativas legislativas en el año previo a la elección nacional
Entre las recomendaciones se incluye: 1) que la Pensión Especial Reparatoria (PER) prevista en el artículo 11 de la Ley 19.033 sea percibida por toda persona detenida y/o procesada independientemente de la fecha de su liberación, del monto de sus ingresos. 2) que la jubilación especial prevista en el artículo 8 sea compatible con otras pensiones o jubilaciones. 3) que no exista incompatibilidad entre el cobro de la PER y otra jubilación o pensión. 4) que a las personas despedidas por el decreto 518/973 del 4 de julio de 1973 no les requieran edad mínima ni años de servicios. 5) que en caso de fallecimiento de los beneficiarios, la reparación sea cobrada por sus causahabientes.
“El Tribunal considera que no puede confundirse la prestación de los servicios sociales que el Estado brinda a los individuos con las reparaciones a las que tienen derecho las víctimas de violaciones de derechos humanos, en razón del daño específico generado por la violación. En tal sentido, el Tribunal no considerará como parte de las reparaciones que el Estado alega haber realizado, los apoyos gubernamentales que no hayan sido dirigidos específicamente a reparar la falta de prevención, impunidad y discriminación atribuibles al Estado en el presente caso”, subraya la INDHH.
(http://www.facebook.com/notes/roger-rodriguez/el-a%C3%B1o-del-catenaccio/474724622578928)
Repaso las crónicas sobre los hechos que se han sucedido en los últimos dos años, y me siento el narrador que en las cartas de Ángela Vicario va explicando el anunciado asesinato de Santiago Nasar. La jueza Mota no abjuró ante la Santa Inquisición aunque le ofrecieron ser perdonada como Galileo. Su Eppur si move fue insistir en declarar que la dictadura cometió crimenes de lesa humanidad imprescriptibles.
Por eso, Mota no necesitaba de la Ley 18.831 que el Parlamento aprobó con recelo el 27 de octubre de 2011. A ella le bastaron las normas y convenciones internacionales y su razón fue confirmada por el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que condenó al Estado uruguayo en el caso de desaparición de María Claudia García de Gelman, ampliado a todos los casos de desaparición forzada.
Pero en estos tiempos de impunidad, a Mota la condenan como a Giordano Bruno y, también en un mes febrero, puede repetir su frase “Temblais más vosotros al anunciar esta sentencia que yo al recibirla”. Porque quienes han quedado en el más absoluto descrédito son los cinco miembros de la Suprema Corte de Justicia que con su actuación no dan garantías ni a la ciudadanía ni al sistema democrático.
Hablamos con la jueza Mariana Mota (en una nota que se publica este viernes) y nos confesaba su propia sensación de frustración ante la actitud del sistema judicial. El temor de los jóvenes de no ascender y el miedo de los viejos de no retirarse en un cómodo tribunal de apelaciones. Nos dijo de la necesidad de cambiar el sistema de designación y traslado de jueces, hoy bajo la discrecionalidad de la Suprema Corte.
Por todo esto, con desapasionada racionalidad, le digo a facebook y a ustedes, que se tienen que ir. No un “que se vayan todos”, simplemente que se vayan estos, que ya cumplieron la tarea encomendada (¿o aún deben reimponer la prescripción?). Los señores Jorge Ruibal Pino, Jorge Larrieux, Jorge Chediak, Julio Chalar y Ricardo Pérez Manrique deberían renunciar a la Suprema Corte de Justicia. No son creíbles.
También pienso que el sistema político uruguayo, el actual gobierno en particular, debería dejar de jugar con la impunidad de su propio poder, porque también hace correr riesgos de credibilidad al sistema y no solo a su partido político ante su base de votantes. Pienso que quizás, sea tiempo de renovar el contrato social y discutir las reglas de un juego, sucio en cultura de impunidad, que necesariamente es en serio.
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