La Federación Latinoamericana de Asociaciones de Familiares de Detenidos Desaparecidos (FEDEFAM), declaró el 30 de agosto como el Día Internacional del Detenido Desaparecido con la finalidad de establecer una fecha que “recuerde a las víctimas que fueron detenidas ilegalmente durante la dictadura”.
Se asegura que la declaración es un “aporte a los esfuerzos para promover la memoria y efectivizar la reparación integral de las víctimas y sus familiares”.
Declaración
En su declaración, la Secretaría de Derechos Humanos de la Presidencia recuerda que “fue la FEDEFAM que declaró el 30 de agosto como el día de los detenidos desaparecidos, con el fin de recordar a todas las naciones y gobiernos del mundo la existencia de la realidad de los desaparecidos”.Remarca que tales esfuerzos precedieron a la resolución aprobada en la Asamblea General de Naciones Unidas de fecha 21 de diciembre de 2010, a través de la cual se decidió declarar el 30 de agosto, como el “Día Internacional de las Víctimas de las Desapariciones Forzadas”.
La Secretaría de DD.HH indica que la desaparición forzada “se ha utilizado y se utiliza en la actualidad por parte de los Estados, como una estrategia para infundir el terror en los ciudadanos, afectando no sólo a la víctima directa y sus familiares, sino también a la comunidad y al conjunto de la sociedad”.
“Nuestro país vivió tales circunstancias. Decenas de personas fueron detenidas ilegalmente, sometidas a torturas, ejecutadas o fallecidas como consecuencia de las condiciones de apremio y luego desaparecidas. Acciones represivas llevadas a cabo en la total impunidad”, recuerda la Secretaría en su comunicado.
También expresa que los esfuerzos realizados en los últimos años han arrojado luz sobre muchos de los hechos, que incluyeron la apropiación de niños secuestrados junto a sus padres o nacidos en cautiverio de sus madres en centros clandestinos de reclusión.
Sin embargo, asegura que “mucho falta aún por hacer en el conocimiento de esas desapariciones. Muchos compatriotas fueron secuestrados y desaparecidos en países de la región, así como extranjeros residentes en nuestro país que fueron trasladados ilegalmente a sus países de origen y luego desaparecidos”.
Recuerda que la coordinación represiva de las fuerzas de seguridad integrantes del Plan Cóndor “no se detuvo en las fronteras nacionales”.
Deber de investigar
En tal sentido, subraya el “deber de investigar los hechos” ya que ello es “una obligación del Estado y, conocida la verdad, someter a los autores materiales e intelectuales a la Justicia”.A dichas obligaciones el Estado, a través de sus instituciones, “debe además promover la memoria y efectivizar la reparación integral de las víctimas y sus familiares”.
“En el cumplimiento de esas obligaciones descansan en buena medida las garantías de que esos hechos no vuelvan a repetirse”, remarca la Secretaría.
Por ello apela a “promover una cultura de paz y de respeto a los derechos humanos, y fortalecer las instituciones del estado democrático de derecho”.
Institución de DD.HH
Por su parte, la Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) recomienda a los poderes del Estado “instrumentar medidas eficientes que garanticen el cumplimiento de las obligaciones asumidas para el esclarecimiento de las desapariciones forzadas, y que se traduzcan en el ámbito interno, la determinación de los responsables y reparación integral de las víctimas”.
Asimismo, recuerda que en Uruguay, más allá de los avances normativos
verificados, y de las instancias administrativas creadas en el ámbito
del Ejecutivo para contribuir al esclarecimiento de lo sucedido, todavía hoy, a treinta años de reinstalada la democracia, “hay cientos de ciudadanos uruguayos desaparecidos
víctimas del terrorismo de Estado, cuyo destino no ha podido ser
aclarado y sus familiares deben seguir enfrentando obstáculos, a veces
insalvables, para conocer la verdad y acceder a la justicia”.
Memorial de desaparecidos foto de Hugo Molinari.
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