Organizaciones uruguayas integrantes de la Asamblea Nacional de Derechos Humanos rechazaron el proyecto de ley impulsado por Cabildo Abierto para otorgar la prisión domiciliaria a procesados y condenados mayores de 65 años que se encuentren privados de libertad en cárceles. Esto beneficiaría a más de 20 represores que se encuentran cumpliendo pena en la Unidad 8 Domingo Arena por crímenes cometidos en la dictadura.

En un comunicado que difundieron este jueves, la Secretaría de Derechos Humanos del PIT-CNT, la Federación FUCVAM, la organización de Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos, la asociación de ex presos políticos Crysol, Colectivos contra Toda la LUC, la Fundación Mario Benedetti, la Coordinación por la Autodeterminación del Pueblo Haitiano y Memoria en Libertad indicaron que se pretende “sustituir las penas de prisión efectiva, a las que han sido condenados varios criminales de lesa humanidad, por penas de prisión domiciliaria”. “Tal sustitución supone desvirtuar groseramente la extrema gravedad de los crímenes cometidos, así como la importancia del cumplimiento efectivo de las penas de prisión, para la generación de las imprescindibles garantías de no repetición de tales delitos”.

Agregaron que varios de estos criminales “no sólo no han dado muestras del más mínimo arrepentimiento por los delitos perpetrados, sino que continúan negándose a revelar el paradero de las compañeras y compañeros, mantenidos hasta el día de hoy, en condición de desaparecidos”. Apuntaron que de acuerdo a la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, que fue ratificada por Uruguay, “el crimen de desaparición forzada constituye un delito permanente y continuado”, por lo cual “sus perpetradores siguen delinquiendo y cometiendo este crimen, en el mismo momento en que se pretende trasladarlos a sus domicilios”.

“Consternación” y “rechazo”

Por otra parte, las organizaciones también manifestaron su “consternación y rechazo” ante el reciente fallo judicial, por el cual se condena a seis manifestantes que “pacíficamente” protestaban por el traslado de la entonces jueza Mariana Mota, ante la Suprema Corte de Justicia.

“Este lamentable fallo materializa un acto de criminalización de la protesta pacífica, con lo cual se ataca y desvirtúa un derecho constitucional y humano esencial, como es el derecho de protesta de las y los ciudadanos ante actos o hechos de naturaleza arbitraria por parte del Estado”, apuntaron.

A principios de mes, la jueza Ana de Salterain condenó a Irma Leites, Jorge Zabalza, Álvaro Jaume, Aníbal Varela, Diego Jaume y Eduardo Jaume por un delito de atentado. Los primeros tres en calidad de autores y los restantes en calidad de cómplices, por las protestas del 15 de febrero de 2013 en la sede de la SCJ para evitar el traslado de Mota, quien tenía a su cargo más de 50 expedientes vinculados a la violación de los derechos humanos en la dictadura.