POR ROGER RODRIGUEZ
El mismo día en que la Suprema Corte obligaba a Mota a jurar su traslado a un juzgado civil y antes de que se produjera la represión policial que motivó los incidentes que el hijo del golpista general Eduardo Zubía tipificó como “atentado”, el ministro Jorge Chediak se habría entrevistado en su despacho con el abogado Gonzalo Aguirre Ramírez, uno de los promotores de la declaración de inconstitucionalidad de la Ley 18.831 con la que, para impedir la prescripción de los crímenes de la dictadura, el Parlamento devolvió al Estado la pretensión punitiva que había perdido en 1986 con la Ley de Caducidad.
La presencia del ex presidente Aguirre Ramírez dentro de la sede de la Suprema Corte de Justicia (que para su sorpresa, fue captada por la fotógrafa Martha Passeggi luego de que casi se cae por las escaleras al ver el tumulto de gente identificada con la lucha por los derechos humanos), constituía una violación de al menos dos artículos de los “Principios de la Ética Judicial Iberoamericana” que, para mayor paradoja, fue el propio Jorge Chediak quien los incorporó a la normativa uruguaya a través de la Acordada Nº 7.688, cuando ejerció la presidencia del máximo órgano judicial uruguayo.
“El poder que se confiere a cada juez trae consigo determinadas exigencias que serían inapropiadas para el ciudadano común que ejerce poderes privados; la aceptación de la función judicial lleva consigo beneficios y ventajas, pero también cargas y desventajas. Desde esa perspectiva de una sociedad mandante se comprende que el juez no sólo debe preocuparse por “ser”, según la dignidad propia del poder conferido, sino también por “parecer”, de manera de no suscitar legítimas dudas en la sociedad acerca del modo en el que se cumple el servicio judicial”, establece la exposición de motivos del Código.
El Artículo 3º del referente moral internacional sostiene que “el juez, con sus actitudes y comportamiento, debe poner de manifiesto que no recibe influencias -directas o indirectas- de ningún otro poder público o privado, bien sea externo o interno al orden judicial”, mientras que el artículo 15º subraya que “el juez debe procurar no mantener reuniones con una de las partes o sus abogados (en su despacho o, con mayor razón, fuera del mismo) que las contrapartes y sus abogados puedan razonablemente considerar injustificadas”.
El 4 de abril de 2013, un mes y tres semanas después de la protesta en Plaza Cagancha y la simultánea y misteriosa reunión de Aguirre Ramírez dentro de la sede de la corporación, el propio ministro Chediak (propuesto por el Partido Nacional para integrar la Corte y calificado como “amigo” por el ex presidente Luis Alberto Lacalle) fue el “relator” de la sentencia por la que la SCJ declaró inconstitucionales los dos artículos de la Ley 18.831 con que los legisladores subrayaron el carácter imprescriptible de los delitos de lesa humanidad sufridos en Uruguay durante el terrorismo de Estado.
Chediak rechazó en su dictamen los argumentos por los que la Fiscalía de Corte consideró que debía desestimarse el recurso de inconstitucionalidad y tampoco tuvo en cuenta lo impuesto por la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Caso Gelman. En su escrito, el ministro de justicia optó por recoger los argumentos más tradicionalistas y conservadores sobre la irrectroactividad de las leyes en contra de la jurisprudencia en favor de los derechos humanos... Precisamente, la posición que mantenía Gonzalo Aguirre.
martes 17 de diciembre del 2013
Pablo Meléndrez
Por unanimidad, los cinco ministros del máximo
órgano del Poder Judicial decidieron ayer realizarle un "llamado de
atención" a la jueza Mota, debido a sus críticas hacia la solicitud del
fiscal Gustavo Zubía que derivó en los procesamientos de siete radicales
de izquierda que el 15 de febrero ocuparon la sede de la SCJ en rechazo
a su traslado de una sede penal a un juzgado civil.
Mota, en declaraciones que publicó El País el 19 de
septiembre, cuestionó el pedido del fiscal Zubía, que tres días antes
había solicitado los procesamientos de los siete activistas (cuatro de
ellos con prisión) por esos incidentes.
"Yo no leí el pedido del fiscal, pero obviamente estuve
todo el tiempo adentro de la Corte y la figura de atentado, por lo que
vi, no se configuró porque no hubo impedimento para que se desarrollara
el juramento. Es horrible que se criminalice algo que no generó
resultado lesivo para nadie", expresó la magistrada.
"Me parece lastimoso que se haga tanta historia por un
episodio que si bien fue algo fuera de lo normal, no hubo ninguna
persona lesionada", dijo Mota, que hasta ser trasladada de la materia
penal a la civil concentraba buena parte de las causas por crímenes
cometidos por militares y policías durante la dictadura (1973-1985).
Los ministros de la SCJ le pidieron a Mota un informe
sobre sus declaraciones, y tras analizar la situación concluyeron ayer
que se trató de expresiones inconvenientes y por eso resolvieron
realizarle "un llamado de atención" a la jueza.
"No corresponde que una magistrada opine sobre un
dictamen de un fiscal, en función de lo que prevé el Código de Ética
Judicial Iberoamericano", dijo a El País un ministro de la Corporación,
que definió la decisión como "un tirón de orejas" hacia Mota pero que no
quedará registrado en su legajo ni afectará su carrera.
La remoción de Mota del juzgado penal que ocupaba
desde 2009 generó un duro choque entre el Frente Amplio, las
organizaciones defensoras de los derechos humanos y la SCJ. Mota
recurrió su traslado y será el Tribunal de lo Contencioso Administrativo
el que decida si fue legal (ver aparte).
Incluso, algunos sectores del Frente Amplio -como el
MPP a instancias de la senadora Lucía Topolansky- llegaron a plantear la
posibilidad de promover un juicio político contra los ministros de la
Corporación a raíz del traslado de la jueza.
Procesados.
La solicitud de procesamiento formulada por el
fiscal Zubía y que cuestionó Mota, llevó a que el pasado 4 de noviembre
la jueza Gabriela Merialdo dispusiera los enjuiciamientos sin prisión de
los siete acusados por el representante del Ministerio Público.
Zubía pidió los procesamientos por el delito de
"atentado", pero Merialdo imputó el ilícito de "asonada" y en ningún
caso impuso "medidas privativas" de libertad como pidió el fiscal para
cuatro implicados.
Merialdo -que luego fue trasladada a una sede civil y
en su lugar asumió la jueza Blanca Rieiro- procesó al exdirigente
tupamaro Jorge Zabalza, a la dirigente de Plenaria Memoria y Justicia
Irma Leites, a la profesora Patricia Borda, al secretario general de
Adeom Aníbal Varela y a los activistas Álvaro, Diego y Eduardo Jaume.
Los defensas de los imputados sostienen que se trata
de un caso político y no jurídico. De hecho, los abogados de todos los
implicados excepto los de Borda presentaron un recurso de
inconstitucionalidad ante la SCJ contra el delito de "asonada" que
aplicó Merialdo.
Como los ministros del máximo órgano del Poder
Judicial fueron quienes presentaron la denuncia que derivó en los
procesamientos, los miembros naturales de la sala se excusaron de
actuar en el expediente y por esa razón se sorteó una integración
especial de la SCJ que actuará en este caso y que estará compuesta por
los ministros de tribunales de apelaciones Alberto Reyes, Cristóbal
Nogueira, Mary Alonso, Beatriz Fiorentino y Graciela Gatti.
Recurso contra el traslado
En un recurso que presentó el pasado 2 de
septiembre ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA), la
jueza Mariana Mota pidió la nulidad de la resolución de la Suprema Corte
de Justicia que dispuso su traslado de una sede penal a una civil. La
magistrada, que es representada por el abogado Antonio Rammauro,
sostiene que la decisión del máximo órgano del Poder Judicial de no
indicarle los fundamentos de la decisión llevan a su nulidad. En virtud
de los plazos que normalmente se manejan en el TCA, la resolución
tardará cerca de dos años.
por Colectivo Noticias Uruguayas
Domingo, 15 de Diciembre de 2013
Para que lo sepan Mujica y la Suprema Corte:
LOS CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD NO PRESCRIBEN!
Mujica hizo echar a la Jueza Mariana Mota por su labor de enjuiciamiento a los criminales. 50 casos que estaban listos para condena quedaron trancados. Hasta hoy. Mujica ha prometido liberar a los "viejitos", es decir a los asesinos condenados por crímenes de lesa humanidad hoy presos, promesa que piensa cumplir antes de terminar su mandato. Mujica se presenta como un humanista que da consejos, en los hechos ha procurado frenar el enjuciamiento a los criminales. La Suprema Corte de Justicia violando los tratados y convenciones internacionales firmadas por Uruguay ha colocado al país en situación de paria de la justicia internacional decretando que los crímenes de lesa humanidad son "delitos comunes" y que por lo tanto, prescriben. Ya han prescripto - según ellos - y por lo tanto debe de ponerse fin a los juicios e investigaciones.
La Corte Internacional de Justicia tiene declarado que los crímenes internacionales comprometen tanto la responsabilidad penal individual como la responsabilidad del Estado".
Alemania abre una investigación contra un exguardia de un campo de concentración nazi por sospechas de asesinato
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