por Annalisa Melandri
Sábado, 31 de Agosto de 2013
Lamentablemente aún sigue perpetrándose en América Latina y en otras regiones del mundo, no obstante sean ya lejanos los lúgubres años de la Guerra Sucia y de las dictaduras.
Annalisa Melandri* por Contralínea- México
En 2006 fue aprobada la Convención de la Organización de las
Naciones Unidas sobre las desapariciones forzadas, consideradas “un
ultraje a la dignidad humana”. Sin embargo, el fenómeno –lejos de ser un
recuerdo de los años de las dictaduras– existe todavía, por ejemplo en
México y en Colombia.
La desaparición forzada es
considerada desde 1983 como un crimen contra la humanidad por la
Organización de los Estados Americanos (OEA). Es, por lo tanto,
imprescriptible y continuado, sin posibilidad de indulto o amnistía.
Se entiende por desaparición forzada “el arresto, la detención, el
secuestro o cualquier otra forma de privación de la libertad que sean
obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que
actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado,
seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del
ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida,
sustrayéndola a la protección de la ley” (artículo 2 de la Convención
Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las
Desapariciones Forzadas).
Lamentablemente aún sigue perpetrándose en América Latina y en otras regiones del mundo, no obstante sean ya lejanos los lúgubres años de la Guerra Sucia y de las dictaduras.
Esa práctica era usada como instrumento de represión política en la
llamada “guerra contrainsurgente” por la eliminación física de
militantes y de opositores a los regímenes dictatoriales. Los
desaparecidos eran activistas sociales, líderes comunitarios,
sindicalistas, políticos y estudiantes.
A los militares latinoamericanos, cómplices de las dictaduras, la
práctica de la desaparición forzada les pareció el crimen perfecto: sin
aparente derramamiento de sangre, sin verdugos y, sobre todo, sin
culpables porque de hecho no existía tampoco la víctima.
En cárceles clandestinas, en lugares de detención legales e
ilegales, en casas privadas, los desaparecidos perdían su identidad de
seres humanos, de ciudadanos, de personas, para ser solamente un cuerpo
en manos de las ferocidades más atroces. La muerte bajo tortura o por
eliminación directa, frecuentemente, era la conclusión del periodo de
desaparición forzada.
En este escenario reinaba la impunidad: no existía el verdugo porque no había una víctima.
Recordamos la Argentina de los generales. Desde 1976 hasta 1983 han
sido 30 mil los desaparecidos. Hombres y mujeres, jóvenes y ancianos,
hasta los neonatos, entregados ilegalmente en adopción a las familias de
los generales después de que las madres habían sido arrestadas y
recluidas hasta el momento del parto y luego desaparecidas en los
llamados “vuelos de la muerte” sobre el Río de la Plata.
El exdictador Jorge Videla, quien está pagando en una cárcel
militar una condena a cadena perpetua por crímenes cometidos durante la
dictadura, ha recientemente confesado haber asesinado entre 7 mil y 8
mil personas. Los cuerpos de éstas han sido desaparecidos para evitar la
atención de la comunidad internacional.
En México, el periodo conocido como Guerra Sucia (en las décadas de
1960 y 1970) fue caracterizado por una dura política represiva del
gobierno con la intención de romper la unidad del tejido social y
desmovilizar la resistencia armada, que se estaba difundiendo
rápidamente en las zonas rurales del país. Sobre todo en Guerrero,
Chiapas y Oaxaca se registraron más de 1 mil 300 casos de desapariciones
forzadas. La mitad solamente en Guerrero, donde eran activas las
guerrillas de Lucio Cabañas y de Genaro Vázquez.
Y así en el resto de toda América central: El Salvador, Guatemala,
Honduras han sido el laboratorio perfecto desde la década de 1980 para
experimentar técnicas de contrainsurgencia. En otros países de América Latina,
como Colombia y Perú, las desapariciones forzadas han sido práctica de
Estado para reprimir la rebelión y frenar así cualquier reivindicación
social.
Hasta 2006, la Asamblea General de las Naciones Unidas ha adoptado
la Convención para la Protección de Todas las Personas de las
Desapariciones Forzadas. Firmada en París, Francia, el 6 de febrero de
2007, ésta se logró después de 25 años de luchas llevadas por
asociaciones internacionales para la defensa de los derechos humanos
y por las asociaciones de los familiares de los desaparecidos. La
Convención reafirma los principios de la precedente Declaración sobre la
Protección de Todas las Personas contra la Desaparición Forzada de 1992
y estipula precisas disposiciones a las que deben atenerse los Estados.
La Convención ratifica formalmente dos nuevos derechos humanos:
“el derecho de cada persona a no ser desaparecido y el derecho a la
verdad para las víctimas de las desapariciones forzadas” (Gabriella
Citroni, delegada para Italia ante las Naciones Unidas).
La Convención cobró vigencia el 23 de diciembre de 2010, después de
la vigésima ratificación. Aunque Italia ha firmado la Convención del 3
de julio de 2007, aun no la ha ratificado.
¿Las desapariciones forzadas pueden considerarse un triste recuerdo del pasado? Louise Arbour, Alto Comisionado de la ONU por los Derechos Humanos, en un artículo escrito a la vigilia de la firma de la Convención en París en 2007, recordaba cómo, “solamente en 2006, el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias de la ONU, recibió más de 300 nuevos casos provenientes de 12 países alrededor del mundo. Y esto es sólo la punta del iceberg, dado que muchos casos no llegan a ser presentados ante el Grupo de Trabajo”.
A título emblemático recordamos la desaparición el 18 de septiembre
de 2006, en Argentina, de Julio López, el 31 mil desaparecido en la
dictadura, testigo clave en los juicios contra los militares y la
policía de Buenos Aires, desaparecido ya una primera vez por tres años
(1976–1979).
En México, la desaparición forzada es una práctica que sigue siendo
utilizada también en tiempos más recientes, aunque con características
diferentes respecto al pasado. El doctor Adrián Ramírez, presidente de
la Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos,
menciona los “más de 15 mil desaparecidos que se cuentan solamente en
los últimos seis años del gobierno saliente de Felipe Calderón. Se dan
en un contexto nuevo, que si bien no es estrechamente político, se
caracteriza como una verdadera política de Estado”. Mejor dicho, de
Estados: Ramírez responsabiliza a los gobiernos de México y de Estados
Unidos, que con los operativos ilegales, como por ejemplo Receptor
Abierto y Rápido y Furioso, han entregado un sinnúmero de armas a los
grupos criminales que operan en el país, no solamente los que están
vinculados al narcotráfico sino también los que dirigen trata de
personas, de niños, del juego de azar, etcétera. Por las enormes
ganancias y la completa impunidad, explica el doctor Ramírez, los grupos
de elites de las Fuerzas Armadas han entrado masivamente en las citadas
organizaciones. Además, agrega: “Lamentamos que Calderón haya vetado la
Ley General de Víctimas y que la Suprema Corte de Justicia de la Nación
lo avale”.
Colombia registra números escalofriantes: apenas hace un año,
Christian Salazar, Alto Comisionado de las Naciones Unidad para los Derechos Humanos,
ha afirmado que en ese país hay, a causa del conflicto armado, por lo
menos 57 mil personas desaparecidas. De éstas, 15 mil 600 han
desaparecido forzosamente por “agentes del Estado y por las fuerzas
paramilitares que colaboran con él”.
También pueden considerarse como desapariciones forzadas los más de
3 mil casos de “falsos positivos”, cuando ciudadanos luego aparecen
asesinados por los militares y disfrazados de guerrilleros supuestamente
asesinados en combate, para así obtener premios monetarios o
promociones de varios tipos.
La lucha contra la impunidad, pilar fundamental de un estado de
derecho, no puede más que ir a la par con la lucha contra las
desapariciones forzadas, que es una de las violaciones de los derechos humanos
más graves, ya que tiene efectos destructivos sobre la víctima, sobre
sus familiares y en gran medida también sobre el cuerpo social al que
pertenecen, disgregando como último pasaje también la cohesión del
tejido social del país.
Algunas recientes sentencias de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) respecto a casos de desapariciones forzadas:
Perú
El 22 de septiembre de 2009 la CIDH ha establecido la
responsabilidad internacional de Perú por la desaparición forzada del
estudiante Kenneth Ney Anzualdo Castro, el 16 de diciembre de 1993.
Tenía 25 años y era un estudiante de economía de la Universidad Técnica
del Callao. Agentes del Servicio de Inteligencia del Ejército Peruano lo
llevaron a un centro de detención clandestino llamado Pentagonito y hasta la fecha no se conoce su paradero.
Es una sentencia que crea jurisprudencia, porque ha condenado
específicamente la violación al derecho de la víctima al reconocimiento
de su personalidad jurídica: “la desaparición deja a la víctima en una
situación de indeterminación jurídica que imposibilita, obstaculiza o
anula la posibilidad de la persona de ser titular o ejercer en forma
efectiva sus derechos en general, en una de las más graves formas de
incumplimiento de las obligaciones estatales de respetar y garantizar
los derechos”.
República Dominicana
El 2 de abril de 2012 la CIDH sentenció al Estado dominicano por la
desaparición forzada de Narciso Gonzales Medina. El caso en el país se
conoce como el “Narcizaso”.
Activista y periodista, desapareció el 26 de mayo de 1994. Hasta la
fecha no se conoce su paradero y no se ha desarrollado una
investigación efectiva de los hechos. En particular, fue comprobado por
la CIDH que el señor Gonzales Medina al momento de la detención se
encontraba bajo custodia de agentes policiales.
Además la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos está investigando también el caso de Juan Almonte, miembro del Comité Dominicano de los Derechos Humanos, sospechoso de haber participado en un caso de secuestro, pero que también desapareció el 28 de septiembre de 2009.
Uruguay
En 2012 la CIDH ha condenado a Uruguay por la desaparición forzada
en 1976 de María Claudia García Iruretagoyena de Gelman y del secuestro
de su hija recién nacida, María Macarena Gelman García, nuera y nieta,
respectivamente, del poeta argentino Juan Gelman. De María Claudia no se
tienen noticias desde entonces, su hija Macarena ha sido encontrada
hace algunos años. Es un caso de desaparición forzada que se dio en el
llamado Plan Cóndor.
México
Con una histórica sentencia, México ha sido condenado por la CIDH
por el caso de la desaparición de Rosendo Radilla Pacheco, ocurrida en
el marco de la llamada Guerra Sucia, en 1974. La sentencia se dio el 23
de noviembre de 2009 y el gobierno mexicano no ha cumplido lo
substancial.
Entre los varios casos recientes de desapariciones forzadas en
México, recordamos el de Francisco Paredes Ruiz, quien el 27 de
septiembre pasado cumplió cinco años desaparecido. Francisco Paredes,
luchador social y militante por la defensa de los derechos humanos
de larga trayectoria humana y política, pertenece a la Fundación Diego
Lucero. El caso de su desaparición forzada se inserta en un contexto de
criminalización de protesta social y de persecución contra los
defensores de derechos humanos.
*Integrante del Área de Cooperación Internacional de la Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos (artículo escrito en su versión original en italiano para la revista digital L’Indro)
Uruguay y los crímenes de lesa humanidad
Uruguay sigue desconociendo la Convención Internacional sobre la Desaparición forzada. De la misma manera que negando los resuelto por la OEA ya en 1983 a pesar de que Uruguay es miembro de la misma y se está promocionando al actual Canciller uruguayo Almagro como Secretario General de la OEA. A pesar de que NO SE CUMPLE con la citada resolución de la OEA, precisamente en un tema básico: los DD.HH. y dentro de estos el capítulo de la Desaparición Forzada.
La desaparición forzada es considerada desde 1983 como un crimen contra la humanidad por la Organización de los Estados Americanos (OEA). Es, por lo tanto, imprescriptible y continuado, sin posibilidad de indulto o amnistía.Ni el Estado uruguayo, ni los dos gobiernos del Frente Amplio se han regido por estas disposiciones. La Suprema Corte de Justicia uruguaya, peor aún, las ha violado, desconocido con su fallo (único en el mundo) que dictamina que los crímenes de lesa humanidad son "delitos comunes", para a renglón seguido desafiar a toda la legalidad internacional y a la justicia universal con que ella misma, la SCJ, se autoproclama como una "muralla" para frenar el que los crímenes de lesa humanidad sean juzgados como tales. El Estado uruguayo debe mucho en materia de derechos humanos a pesar de la ofensiva medíatica internacional de los medios digitados por el imperio de que es un ejemplo en materia de DD.HH.
Colectivo de "Noticias Uruguayas"
0 comentarios:
Publicar un comentario
No ponga reclame, será borrado