Según el gremio se están desmantelando los controles aduaneros en los diversos puestos de frontera y además denuncian ingerencia militar: “falta personal, una flota de vehículos de la cual el 95 % están fuera de servicio, recortes en los viáticos, carencias que imposibilitan llevar adelante una tarea eficaz y eficiente. Vemos así lo que constituye una clara extralimitación de sus funciones que los militares, vienen realizando diferentes procedimientos aduaneros y proceden a incautar mercadería en presunta infracción aduanera.”
“En mérito a ello es que toda tarea inspectiva o de fiscalización aduanera llevada adelante por personal militar del Ministerio de Defensa Nacional sin la correspondiente y preceptiva intervención de un funcionario de aduana, constituye un acto ilegítimo carente de todo tipo de sustento legal y reglamentario, exponiendo al Estado Uruguayo y a la Hacienda Pública, a que estos procedimientos irregulares sean impugnados por haber sido realizados por personal incompetente desde el punto de vista formal y material, sin perjuicio de las garantías que deben observarse para las personas que son objeto de los mismos,” advierten.
“El mantenimiento de esta situación constituye un desmantelamiento indirecto de la función de vigilancia aduanera, y determina la existencia de una situación de extralimitación y Abuso de Funciones de quiénes – contrariando las disposiciones de la ley citada y las competencias naturales de la DNA- ordenan a personal subalterno cumplir una función que se encuentra por fuera de su ámbito de competencia,” señalan, exhortando ” a las autoridades correspondientes a reestablecer el orden y el Estado de Derecho.”
Comunicado a la Opinión Pública
Montevideo, 28 de junio de 2020.-
COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA
DE LA ASOCIACIÓN DE FUNCIONARIOS ADUANEROS
La Asociación de Funcionarios Aduaneros se declara en estado de alerta en pos de la defensa de la función aduanera y de la institucionalidad que debe imperar en nuestro Estado de Derecho, y ello por lo siguiente.
Estamos siendo testigos que en diferentes puestos de frontera de nuestro país y en el interior del mismo se están desmantelando los controles aduaneros debido a las carencias de toda índole que presenta la Institución desde, falta de personal, una flota de vehículos de la cual el 95 % están fuera de servicio, recortes en los viáticos, carencias que imposibilitan llevar adelante una tarea eficaz y eficiente. Vemos así lo que constituye una clara extralimitación de sus funciones que los militares, vienen realizando diferentes procedimientos aduaneros y proceden a incautar mercadería en presunta infracción aduanera.
Sin perjuicio de que los militares en ocasiones y en puestos de frontera realizan tareas de apoyo a la vigilancia aduanera, no debe perderse de vista que la tarea de Control y Fiscalización Aduanera es potestad exclusiva de la Dirección Nacional de Aduanas.
La ley 19.276 de fecha 19 de septiembre de 2014 – Código Aduanero R.O.U. – establece con meridiana claridad que la Dirección Nacional de Aduana es el Órgano Administrativo Nacional competente para aplicar la legislación aduanera, y es quién debe organizar, dirigir y controlar los Servicios Aduaneros de toda la República Oriental del Uruguay.
En mérito a ello es que toda tarea inspectiva o de fiscalización aduanera llevada adelante por personal militar del Ministerio de Defensa Nacional sin la correspondiente y preceptiva intervención de un funcionario de aduana, constituye un acto ilegítimo carente de todo tipo de sustento legal y reglamentario, exponiendo al Estado Uruguayo y a la Hacienda Pública, a que estos procedimientosirregulares sean impugnados por haber sido realizados por personal incompetente desde el punto de vista formal y material, sin perjuicio de las garantías que deben observarse para las personas que son objeto de los mismos.
El mantenimiento de esta situación constituye un desmantelamiento indirecto de la función de vigilancia aduanera, y determina la existencia de una situación de extralimitación y Abuso de Funciones de quiénes – contrariando las disposiciones de la ley citada y las competencias naturales de la DNA- ordenan a personal subalterno cumplir una función que se encuentra por fuera de su ámbito de competencia.
Exhortamos a las autoridades correspondientes a reestablecer el orden y el Estado de Derecho.
Consejo Directivo
AFA- COFE- PIT CNT
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