http://www.elpais.com.uy/informacion/ministros-de-corte-rechazaran-recusacion-dd-hh.html
Eduardo Delgado
Los cuatro ministros recusados por prejuzgamiento
rechazaron abstenerse de intervenir en los 11 expedientes en que se
pidió que no actúen, afirmaron fuentes de la Suprema Corte de Justicia a
El País.
La resolución aún no está finalizada porque se pretende
que abarque los 11 casos planteados y algunos de ellos fueron
presentadas recientemente, agregaron las fuentes.
Cuando finalmente se comunique la decisión de la Corte,
deberán designarse por sorteo a dos ministros de Tribunales de
Apelaciones que junto a Ricardo Pérez Manrique -el único de los cinco
miembros de la Corporación judicial que no fue recusado- resolverán si
corresponde que los otros cuatro integrantes de la Suprema Corte sean
separados de juicios sobre violaciones a los derechos humanos.
Jorge Ruibal Pino, Jorge Chediak, Jorge Larrieux y
Julio César Chalar -quienes consideraron inconstitucional la ley
interpretativa de la Ley de Caducidad- fueron los ministros recusados
por fiscales penales.
Dichos fiscales sostienen que estos magistrados
incurrieron en prejuzgamiento y señalan que eso se debe a declaraciones
del presidente de la Corporación, Ruibal Pino, que afirmó que la Corte
no cambiará su posición contraria a la ley interpretativa.
Si las recusaciones son rechazadas, los cinco
ministros de la Corte -incluido Pérez Manrique, quien quedó en minoría
al sostener que la ley es constitucional- seguirán interviniendo en los
11 casos. Sin embargo, si las recusaciones son aceptadas, se deberá
realizar un nuevo sorteo entre los ministros de Tribunales de
Apelaciones para elegir a cuatro, que junto a Pérez Manrique decidirán
sobre la constitucionalidad de ley interpretativa en los 11 casos
planteados.
Según Ruibal Pino, en todos los casos abiertos los
jueces y fiscales "tienen la oportunidad de opinar en el sentido que
sea", pero "eventualmente van a encontrar una muralla" en lo que refiere
a la inconstitucional de la norma que eliminó la prescripción de los
delitos cometidos por militares y policías durante la dictadura
"Cuando llegue el momento, ya sea si se expide el
tribunal o que por alguna razón cuando llegue el fin del expediente
penal tenga posibilidad de expedirse la Corte, se va a volver a la
solución de la Corte si es que tiene la misma integración que ahora",
afirmó.
Estas expresiones son el principal argumento esgrimido por los fiscales que presentaron las recusaciones.
"Restablece el pleno ejercicio de la pretensión
punitiva del Estado para los delitos cometidos en aplicación del
terrorismo de Estado hasta el 1º de marzo de 1985, comprendidos en el
artículo 1º de la Ley Nº 15.848, de 22 de diciembre de 1986" (la ley de
Caducidad), dice el texto de la ley interpretativa.
También declara que los delitos a que refieren los
artículos de la ley "son crímenes de lesa humanidad de conformidad con
los tratados internacionales de los que la República es parte.
Críticas
Los fiscales Ana María Tellechea, María de los
Ángeles Camiño, Ariel Cancela, Carlos Negro y Gilberto Rodríguez son
quienes presentaron recusaciones contra cuatro ministros de la Suprema
Corte.
Hasta el momento, la Corte declaró la
inconstitucionalidad de la ley interpretativa en al menos ocho
expedientes que se tramitaban en diferentes juzgados penales.
La posición de la Corte fue duramente cuestionada
por dirigentes del Frente Amplio, organizaciones nacionales defensoras
los derechos humanos y organismos internacionales, entre ellos la Corte
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA.
El 15 de febrero fue el día de mayor tensión para
los ministros de la Suprema Corte, cuando su sede, el Palacio Piria, fue
ocupado por manifestantes en rechazo del traslado de la magistrada
Mariana Mota de un juzgado penal en que tramitaba varias causas
referidas a violaciones a los derechos humanos en la dictadura a otro
civil. La jueza penal Gabriela Merialdo investiga si los manifestantes
cometieron algún delito.
Según la CIDH, la sentencia de la Corte "no está en
consonancia con la evolución del Derecho Interamericano y Universal de
Derechos Humanos". Agrega que el Estado debe "garantizar que la Ley de
Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado no vuelva a representar
un obstáculo para la investigación de los hechos y para la
identificación y, si procede, sanción de los responsables de los mismos,
y de otros hechos similares ocurridos en Uruguay"
La ley interpretativa fue aprobada con votos del
oficialismo y rechazada por la oposición, varios de cuyos dirigentes
recordaron que constitucionalistas advirtieron de su
inconstitucionalidad.
El miércoles 15 de mayo pasado, una delegación de
altos jerarcas del Poder Ejecutivo -que incluyó al secretario de la
Presidencia Homero Guerrero y los ministros Luis Almagro, Eduardo Bonomi
y Ricardo Ehrlich- visitó el Palacio Piria, planteó a los ministros
que existe preocupación internacional por algunos de los fallos sobre
derechos humanos -en particular el de la ley interpretativa- y que puede
haber sanciones de organismos internacionales.
Dalmao: fiscal pide lesa humanidad
La fiscal penal María de los Ángeles Camiño apeló la
condena apeló dictada contra el general Miguel Dalmao, quien deberá
cumplir 28 años de prisión al ser encontrado responsable del homicidio
de la militante comunista Nibia Sabalsagaray, ocurrido en junio de 1974.
La jueza Dolores Sánchez imputó al oficial el delito
por el delito de "homicidio muy especialmente agravado". Sin embargo,
la representante del Ministerio Público reclama que Dalmao sea
condenado por el delito de "desaparición forzada", previsto en la ley
18.026, aprobada en 2006. La magistrada entendió que esa figura
jurídica, que no existía al momento de ocurrido el hecho, no puede ser
aplicada con retroactividad al delito juzgado.
Cuatro fiscales presentaron demandas de recusación contra cuatro Ministros de la Suprema Corte de Justicia.
Los magistrados consideran que prejuzgan y tienen decisión tomada sobre recursos de inconstitucionalidad de la ley interpretativa de la caducidad.
El análisis de Walter Pernas
28.5.13
Todos fiscales Senado trata iniciativa ciudadana que propone crear juzgado y fiscalía especializados en delitos de lesa humanidad. .
La Comisión de Constitución y Legislación de la Cámara de Senadores tratará hoy como primer punto del orden del día una propuesta que se pretende convertir en proyecto de ley. Presentada por un grupo de mujeres que forman parte de las 28 ex presas políticas que presentaron, en octubre de 2011, una denuncia penal por torturas y violencia sexual durante la dictadura, propone la creación de un juzgado y una fiscalía especializados en investigación y seguimiento de crímenes de lesa humanidad.
El texto establece la creación de un cargo de juez letrado de primera instancia en Montevideo, con destino a un nuevo juzgado en materia penal, “con especialización en crímenes acaecidos durante el período de terrorismo de Estado” y que tendrá competencia en delitos cometidos por agentes del Estado (policías, militares y civiles asimilados o que actuaron bajo el amparo de funcionarios públicos) entre el 1º de enero de 1968 y el 1º de marzo de 1985.
Luego establece la creación, en la órbita del Ministerio Público, de una fiscalía con idéntica competencia que ese juzgado, así como la formación de una unidad de investigación y seguimiento de las causas referidas, que funcionará en el Ministerio del Interior para auxiliar a la Justicia en la investigación de los registros y archivos estatales, a los que no se podrá oponer “ningún secreto”. La unidad, que podrá cruzar la información recolectada para dotar de mayor eficacia a los procesos, estará conformada por integrantes de la División de Crimen Organizado y de Interpol. La “oficina de seguimiento” estará integrada por el fiscal y un responsable de la investigación histórica sobre la dictadura y el terrorismo de Estado.
Una de las innovaciones más importantes de la iniciativa es la propuesta de que las víctimas de delitos o sus sucesores puedan “ejercer la acción penal [acusar] en forma principal”, en aquellos casos en que el fiscal pida sobreseimiento de los enjuiciados. El representante de las víctimas deberá anunciar esa intención dentro de las 48 horas posteriores a la notificación del sobreseimiento. El texto también establece la posibilidad de que la Fiscalía pueda acordar con las personas que “hayan incurrido en delitos de lesa humanidad” la reducción de la pena “hasta la mitad del mínimo y del máximo”, en los casos en que la persona revele la identidad de autores, coautores, cómplices o encubridores, y proporcione datos relevantes para procesamientos, o aporte información que permita ubicar restos de desaparecidos. Esta posibilidad no incluye a “criminales mayores”, sino a “sujetos secundarios que no tomaron decisiones”.
Carencias varias
Antonia Yáñez, una de las impulsoras de la idea, explicó a la diaria que luego de presentar la denuncia por torturas y violencia sexual fueron citadas a audiencias y tuvieron “una experiencia bastante lamentable ante la Justicia, porque se vieron carencias de todo tipo”. “A partir de conocer el estado de la Justicia desde adentro”, comenzaron a reunirse con actores políticos y judiciales, agregó. Decidieron entonces encomendar al doctor Federico Álvarez Petraglia la redacción de un proyecto de ley que presentaron por primera vez el año pasado en la Comisión de Hacienda del Senado, cuando se estaba discutiendo la Rendición de Cuentas.Los senadores nacionalistas León Morelli (Unidad Nacional) y Francisco Gallinal (Correntada Wilsonista) intervinieron para que el tema pasara a la Comisión de Constitución y Legislación, que comenzará a tratarlo hoy. Si bien esta iniciativa tiene contenidos que aparecen en el nuevo Código de Proceso Penal, proyecto que también está tratando esa comisión, la idea de las impulsoras es que sea tratado “en forma independiente y rápida, porque lo otro puede llevar años”.
Álvarez Petraglia explicó que la inclusión en el proyecto de “la figura del querellante” es una modificación “importante para los procesos penales”, porque significa que “las víctimas puedan tener una participación activa en el proceso, superior a la que tienen ahora”. Se trata de una figura “novedosa” aunque “aparece en la Ley 16.099 de Comunicaciones e Informaciones, conocida como ley de prensa”, que establece que si “el fiscal no ve mérito para acusar, el denunciante puede sustituir al fiscal y pedir la condena del denunciado”, agregó.
Gallinal dijo a la diaria que la Suprema Corte de Justicia, consultada por la comisión, “se expidió en contra del proyecto”, aunque no dijo las razones. La intención del senador blanco es discutir el tema, porque considera que “hay una serie de delitos sexuales que no están comprendidos en la Ley de Caducidad” y, por otra parte, “hay un tratamiento lento de esas denuncias”. “Se podría encontrar una solución por otro camino”, agregó.
Por su parte, el vicepresidente de la comisión, el senador colorado Ope Pasquet (Vamos Uruguay), puntualizó que en la instancia se va a contestar “una carta que enviaron las personas que presentaron la iniciativa, pero no al proyecto en sí”.
Mientras tanto, el tema aún no fue tratado en la bancada del Frente Amplio, según informó la senadora suplente Alicia Pintos (Partido Comunista), que participó en la comisión el año pasado, cuando las ex presas concurrieron a informar sobre la iniciativa. Pintos dijo que es probable que se discuta esta semana.
Luis Rómboli
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