viernes, 12 de abril de 2013

Funerala por la justicia


Los gráficos de Gabriel "Saracho" Carbajales

(el “golpe judicial” continúa su curso...)

Del Cristo Olivera


OTRA PARÁFRASIS DE AMBROISE BIERCE

un asaltante de caminos interceptó a un banquero en un sendero solitario
y le dijo –encañonándolo con un bufoso-
le dijo: la bolsa o la vida...!!

el banquero vaciló/ el chorro amartilló el chumbo
y en eso apareció un juez
y  les dijo: paren con la violencia
conversemos / les dijo
y así charlaron largo rato
la bolsa de guita/ el revólver y la toga prestigiosa
hasta que al fin los tres
se estrecharon las manos
se besaron en las dos mejillas
se juraron complicidad y “omertá” e impunidad
y decidieron fundar
un poder judicial y una suprema corte
y un casino y un circo
y una tumba muy grande
sin huesitos...


FRASE HECHA

es mentira:
la justicia
NO- es –ciega...
tiene
lentes de contacto
de
muy altos
muy fuertes
muy peligrosos
muy tenebrosos
contactos...


LA PUTA VIEJA

             “...a llorar como el viento

              con las lágrimas altas...”  H.F.



a llorar al cuartito
-ciudadanos-...!!

mientras suenan los timbal/es
a funerala triste y a vergüenza
la impunidad consagra
una estafa  -una más-
entre tantas que van
empiedrando el camino
de esta patria sufriente...

(pobre pueblo esperante/ confiadito/ tranquilo
comodito/ cobardito/
ingenuo/ esperanzado en tribunales y milagros....)
no hay más vuelta que darle:
de ahí no vendrá nada
la madama fayuta/ la ñorsa meretricia
no parirá cachorros diferentes
sino los mismos perros conocidos
falderos/ serviles
de siempre...

(estéril como es
tantos abortos
tantos raspajes
a galón y a dedo
a punta de bayonetas o de banda presidencial
le secaron el vientre
cómplice y traficante...)

la vaciaron de toda pretención punitiva
le hicieron caducar todos los plazos
le toleraron prescribir los crímenes
le dejaron hacer su bárbaro trabajo
le permitieron su putez obcena
le admitieron su yiro y le pagaron
y
la siguen usando sin piedad
cada vez que les urge
la bragueta o la culpa
y hay que legalizar alguna infamia
justificar alguna aberración
ocultar la basura de los jefes
lavar las manos de los poderosos
darle forma legal / cerrar las cuentas
de tanto  fraude  de lesa humanidad...

(siempre estará la prostituta dócil
acostada desnuda sobre un código
esperando clientes pagadores
mercenaria-sumisa-mandadera
puta jurídica
gran  hembra
de buen precio
aunque
de bajo presupuesto...)

CONCIENCIA PURA

      “a mi me pagan por atrasar la historia                 

       y yo cumplo fielmente...”

       Mayor Monje, Barracas, Penal de Libertad

cómo le tiembla a un juez...?

cómo tiemblan los jueces...?

sacuden la corbata los lentes los legajos ¿?
cagan a gritos a la mujer al perro al actuario ¿?
se las agarran con el cuidacoches¿?
le pegan a sus hijos a su amante¿?
se lo confiesan a su psicoanalista¿?
son neutrales/ son neutros
apolíticos/ polímeros
¿?
tiemblan o no tiemblan...?
se emborrachan a solas
en un apartamento
o sollozan a solas
en el retrete del despacho
o
ni se emborrachan ni sollozan
ni tiemblan
ni a solas...¿?

cómo
y
cuándo
les tiembla
a
estos señores
a
estos
dotorcitos
o
mejor:
qué los hace temblar
quién los hace temblar
y firmar
y callar...?

CODA

la impunidad
emana de los otros
y
cesará
ante nuestra presencia
soberana...


                                  el cristo





viernes, 12 de abril de 2013
ALGUNAS CUESTIONES QUE TENGO MÁS O MENOS CLARAS 

1) Los crímenes de lesa humanidad no prescriben
2) La definición de crimen contra la humanidad o crimen de lesa humanidad recogida en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional comprende las conductas tipificadas como asesinato, exterminio, deportación o desplazamiento forzoso, encarcelación, tortura, violación, prostitución forzada, esterilización forzada, persecución por motivos políticos, religiosos, ideológicos, raciales, étnicos, de orientación sexual u otros definidos expresamente, desaparición forzada, secuestro o cualquier acto inhumano que cause graves sufrimientos o atente contra la salud mental o física de quien los sufre, siempre que dichas conductas se cometan como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque.
3) Es obvio que en este país durante la dictadura (y antes) se cometieron prácticamente todos esos delitos, y que se los cometió como parte de un ataque generalizado contra los trabajadores organizados y contra la izquierda en general, y con conocimiento de dicho ataque.
4) Los crímenes de lesa humanidad ya estaban definidos muchos años antes de la dictadura. En su resolución de 1969 sobre el castigo de quienes hayan cometido crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad (Resolución 2583 – XXIV), la Asamblea General de las Naciones Unidas consideró que:
la "investigación rigurosa", así como la sanción de los responsables "son un elemento importante para prevenir esos crímenes y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales, y para fomentar la confianza (...) y contribuir a la paz y la seguridad internacionales".

5) No hay ninguna duda que al integrar la ONU, los Estados están obligados a cumplir con sus disposiciones. La página de las Naciones Unidas, en la Dependencia de Información al Público dice lo siguiente: “Los Artículos de la Carta tienen el valor de legislación internacional positiva ya que la Carta es un tratado y por lo tanto un documento vinculante. Todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas deben cumplir de buena fe las obligaciones que han contraído a través de la Carta, incluyendo la de fomentar el respeto de los derechos humanos y la de cooperar con las Naciones Unidas y con otras naciones para alcanzar este fin”.

6) La SCJ (con la actual integración), al declarar inconstitucional la ley de caducidad en octubre de 2009, reconoció que “las convenciones internacionales de derechos humanos se integran a la Carta por la vía del artículo 72, por tratarse de derechos inherentes a la dignidad humana que la comunidad internacional reconoce”.
 
7) Cuando los criminales uruguayos cometieron esas aberraciones (pongamos que entre 1970 y 1985), por tanto, ya estaban considerados delitos tanto a nivel internacional como a nivel interno, por lo que esta misma Corte dijo, y porque nuestro país había suscrito el referido Pacto en 1967, y había sido refrendado por el Parlamento en 1969 por la ley N° 13751
8) La mayoría de la SCJ niega que sean delitos de lesa humanidad, y dice que no se pueden castigar porque no eran delitos en ese entonces, con lo cual niega lo que digo más arriba, niega lo que ella misma afirmó en 2009 y se opone al cumplimiento de una sentencia de un Organismo Internacional de derechos humanos al que estamos suscritos.

9) El sistema político uruguayo no hará nada para modificar este estado de cosas, a no ser que una gran (pero gran) movilización popular lo obligue.
 
 
 http://contratapapopular.blogspot.nl/2013/04/siete-cuestiones-que-tengo-mas-o-menos.html
 
 
 
 
 
 
 
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