martes, 9 de abril de 2013
La oración de abril
“Mi autoridad emana de vosotros y ella cesa por vuestra presencia”
“Ciudadanos: el resultado de la campaña pasada me puso al frente de vosotros por el voto sagrado de vuestra voluntad general. Hemos corrido 17 meses cubiertos de la gloria y la miseria y tengo la honra de volver a hablaros en la segunda vez que hacéis el uso de vuestra soberanía. En ese período yo creo que el resultado correspondía a vuestros designios grandes. El formará la admiración de las edades. Los portugueses no son los señores de nuestro territorio.
De nada habrían servido nuestros trabajos si no fuesen marcados con la energía y constancia y no tuviesen por guía los principios inviolables del sistema que hizo su objeto. Mi autoridad emana de vosotros y ella cesa ante vuestra presencia soberana. Vosotros estáis en el pleno goce de vuestros derechos: ved ahí el fruto de mis ansias y desvelos y ved ahí también todo el premio de mi afán. Ahora en vosotros está él conservarlo. Yo tengo la satisfacción honrosa de presentar de nuevo mis sacrificios y desvelos, si gustáis hacerlo estable.
Nuestra historia es la de los héroes. El carácter constante y sostenido que habéis ostentado en los diferentes lances que ocurrieron, anunció al mundo la época de la grandeza. Sus monumentos majestuosos se hacen conocer desde los muros de nuestra ciudad hasta las márgenes del Paraná. Cenizas y ruina, sangre y desolación, ved ahí el cuadro de la Banda Oriental y el precio costoso de su regeneración. Pero ella es pueblo libre.
El estado actual de sus negocios es demasiado crítico para dejar de reclamar su atención. La Asamblea General, tantas veces anunciada,empezó ya sus funciones en Buenos Aires. Su reconocimiento nos ha sido ordenado. Resolver sobre ese particular ha dado motivo a esta congregación, porque yo ofendería altamente vuestro carácter y el mío, vulnerando enormemente vuestros derechos sagrados, si pasase a resolver por mí una reservada sólo a vosotros.
Bajo ese concepto yo tengo la honra de proponeros los tres puntos que ahora deben hacer el objeto de vuestra expresión soberana: 1. Si debemos proceder al reconocimiento de la Asamblea General antes del allanamiento de nuestras pretensiones encomendadas a nuestro diputado don Tomás García de Zúñiga. 2. Proveer de mayor número de diputados que sufraguen por este territorio en dicha Asamblea. 3.Instalar aquí una autoridad que restablezca la economía del país.
Para facilitar el acierto en la resolución del primer punto, es preciso observar que aquellas pretensiones fueron hechas consultando nuestra seguridad ulterior. Las circunstancias tristes a que nos vimos reducidos por el expulso Sarratea, después de mil violaciones en el Ayuí, era un reproche tristísimo a nuestra confianza desmedida y nosotros cubiertos de laureles y de gloria, retornábamos a nuestro hogar llenos de la execración de nuestros hermanos, después de haber quedado miserables y haber prodigado en obsequio de todos 15meses de sacrificios.
El ejército conocía que iba a ostentarse el triunfo de su virtud, pero él temblaba ante la reproducción de aquellos incidentes fatales que lo habían conducido a la precisión del Yi: él ansiaba por el medio de impedirlo y creyó a propósito publicar aquellas pretensiones. Marchó con ellas nuestro diputado. Pero habiendo quebrantado la fe de la suspensión el señor de Sarratea, fue preciso activar con las armas el artículo de su salida. Desde ese tiempo yo empecé a recibir órdenes sobre el reconocimiento en cuestión.
El tenor de mis contestaciones es el siguiente:
Ciudadanos:los pueblos deben ser libres. Su carácter debe ser su único objeto y formar el motivo de su celo. Por desgracia, 1810-1813 va a contar tres años nuestra revolución y aún falta una salvaguardia general al derecho popular. Estamos aún bajo la fe de los hombres y no aparecen las seguridades del contrato. Todo extremo envuelve fatalidad: por eso una confianza desmedida sofocaría los mejores planes; ¿pero es acaso menos temible un exceso de confianza?
Toda clase de precaución debe prodigarse cuando se trata de fijar nuestro destino. Es muy veleidosa la probidad de los hombres; sólo el freno de la constitución puede afirmarla. Mientras ella no exista, es preciso adoptar las medidas que equivalgan a la garantía preciosa que ella ofrece. Yo opinaré siempre que sin allanar las pretensiones pendientes, no debe ostentarse el reconocimiento y jura que se exigen. Ellas son las consiguientes del sistema que defendemos y cuando el ejército la propuso no hizo más que decir quiero ser libre.
Orientales:sean cuales fueren los cálculos que se formen, todo es menos temible, que un paso de degradación: debe impedirse hasta que aparezca su sombra. Al principio todo es remediable. Preguntaos a vosotros mismos si queréis volver a ver crecer las aguas del Uruguay con el llanto de vuestras esposas y acallar en sus bosques los gemidos de vuestros tiernos hijos...
Paisanos:acudid sólo a la historia de vuestras confianzas. Recordad las amarguras del Salto; corred los campos ensangrentados de Belén,Yapeyú, Santo Tomé e Itapeby; traed a la memoria las intrigas del Ayuí, el compromiso del Yi y las transgresiones del Paso de la Arena. ¡Ah! ¿Cuál execración será comparable a la que ofrecen estos cuadros terribles?
Ciudadanos:la energía es el recurso de las almas grandes. Ella nos ha hecho hijos de la victoria y plantado para siempre el laurel en nuestro suelo: si somos libres, si no queréis deshonrar vuestros afanes casi diurnos y si respetáis la memoria de vuestros sacrificios, examinad si debéis reconocer la Asamblea por obedecimiento o por pacto.
No hay un sólo motivo conveniencia para el primer caso que no sea contrastable en el segundo y al fin reportaréis la ventaja de haberlo conciliado todo con vuestra libertad inviolable. Esto, ni por asomos, se acerca a una separación nacional: garantir las consecuencias del reconocimiento, no es negar el reconocimiento y bajo todo principio será compatible un reproche a vuestra conducta;en tal caso con las miras liberales y fundamentos que autorizan hasta la misma instalación de la Asamblea.
Vuestro temor la ultrajaría altamente y si no hay un motivo para creer que ella vulnere nuestros derechos, es consiguiente que tampoco debemos temerle para atrevernos a pensar que ella increpe nuestra precaución. De todos modos la energía es necesaria. No hay un solo golpe de energía que no sea marcado con el laurel. ¿Qué glorias no habéis adquirido ostentando esa virtud?"
Orientales:visitad las cenizas de vuestros conciudadanos. ¡Ah, que ellas desde lo hondo de sus sepulcros no nos amenacen con la venganza de una sangre que vertieron para hacerla servir a nuestra grandeza!
Ciudadanos:pensad, meditad y no cubráis de oprobio las glorias, los trabajos de 529 días en que visteis la muerte de vuestros hermanos, la aflicción de vuestras esposas, la desnudez de vuestros hijos, el destrozo y exterminio de vuestras haciendas y en que visteis restar sólo los escombros y ruinas por vestigio de vuestra opulencia antigua: ellos forman la base al edificio augusto de vuestra libertad.
Ciudadanos:hacernos respetables es la garantía indestructible de vuestros afanes ulteriores para conservarla.
Delante de Montevideo, a cuatro de abril de 1813.
José Artigas"
(Leído el 5 de abril de 1813 ante el Congreso de Tres Cruces)
LAS INSTRUCCIONES DEL AÑO XIII
Instrucciones a los Representantes del Pueblo Oriental para el desempeño de su encargo en la Asamblea Constituyente fijada en la Ciudad de Buenos Aires el 13 de Abril de 1813
"Primeramente pedirá la declaración de la independencia absoluta de estas colonias, que ellas están absueltas de toda obligación de fidelidad a la corona de España y familia de los Borbones y que toda conexión política entre ellas y el Estado de la España, es y debe ser totalmente disuelta."
"Art. 2 - No admitirá otro sistema que el de Confederación para el pacto recíproco con las provincias que formen nuestro Estado."
"Art. 3 - Promoverá la libertad civil y religiosa en toda su extensión imaginable."
"Art. 4 - Como el objeto y fin del Gobierno debe ser conservar la igualdad, libertad y seguridad de los ciudadanos y de los Pueblos, cada Provincia formará su gobierno bajo esas bases, a más del Gobierno Supremo de la Nación."
"Art. 5 - Así este como aquel se dividirán en poder legislativo, ejecutivo y judicial."
"Art. 6 - Estos tres resortes jamás podrán estar unidos entre sí y serán independientes en sus facultades."
"Art. 7 - El Gobierno Supremo entenderá solamente en los negocios generales del Estado. El resto es peculiar al gobierno de cada Provincia."
"Art. 8 - El territorio que ocupan estos Pueblos de la costa oriental del Uruguay hasta la fortaleza de Santa Teresa, forma una sola Provincia, dominante: LA PROVINCIA ORIENTAL."
"Art. 9 - Que los siete pueblos de Misiones, los de Batovi, San Rafael y Tacuarembó, que hoy ocupan injustamente los portugueses y a su tiempo deben reclamarse, serán en todo tiempo territorio de esta Provincia."
"Art. 10 - Que esta Provincia por la presente entra separadamente en una firme liga de amistad con cada una de las otras, para su defensa común, seguridad de su libertad y para su mutua y general felicidad, obligándose a asistir a cada una de las otras contra toda violencia o ataques hechos sobre ellas, o sobre algunas de ellas, por motivo de religión, soberanía, tráfico o algún otro pretexto cualquiera que sea."
"Art. 11 - Que esta Provincia retiene su soberanía, libertad e independencia, todo poder, jurisdicción y derecho que no es delegado expresamente por la Confederación a las Provincias Unidas juntas en Congreso."
"Art. 12 - Que el puerto de Maldonado sea libre para todos los buques que concurran a la introducción de efectos y exportación de frutos, poniéndose la correspondiente aduana en aquel pueblo; pidiendo al efecto se oficie al comandante de las fuerzas de S.M.B. sobre la apertura de aquel puerto para que proteja la navegación o comercio de su nación."
"Art. 13 - Que el puerto de la Colonia sea igualmente habilitado en los términos prescriptos en el artículo anterior."
"Art. 14 - Que ninguna tasa o derecho se imponga sobre artículos exportados de una provincia a otra; ni que ninguna preferencia se dé por cualquiera regulación de comercio o renta, a los puertos de una provincia sobre los de otra; ni los barcos destinados de esta provincia a otra serán obligados a entrar, a anclar o pagar derecho en otra."
"Art. 15 - No permita se haga ley para esta Provincia sobre bienes de extranjeros que mueren intestados, sobre multas y confiscaciones que se aplicaban antes al Rey y sobre territorios de éste, mientras ella no forma su reglamento y determine a qué fondos deben aplicarse, como única al derecho de hacerlo en lo económico de su jurisdicción."
"Art. 16 - Que esta Provincia tendrá su constitución territorial; y que ella tiene el derecho de sancionar la general de las Provincias Unidas que forme la Asamblea Constituyente."
"Art. 17 - Que esta Provincia tiene derecho para levantar los regímientos que necesite, nombrar los oficiales de companía, reglar la milicia de ella para la seguridad de su libertad, por lo que no podrá violarse el derecho de los pueblos para guardar y tener armas."
"Art. 18 - El despotismo militar será precisamente aniquilado con trabas constitucionales que aseguren inviolable la soberanía de los Pueblos."
"Art. 19 - Que precisa e indispensable sea fuera de Buenos Aires donde resida el sitio del Gobierno de las Provincias Unidas."
"Art. 20 - La constitución garantirá a las Provincias Unidas una forma de gobierno republicana y que asegure a cada una de ellas de las violencias domésticas, usurpación de sus derechos, libertad y seguridad de su soberanía, que con la fuerza armada intente alguna de ellas sofocar los principios proclamados. Y así mismo prestaría. toda su atención, honor, fidelidad y religiosidad, a todo cuanto crea, o juzgue, necesario para preservar a esta Provincia las ventajas de la libertad, y mantener un gobierno libre, de piedad, justicia, moderación e industria. Para todo lo cual, etc."
"Delante de Montevideo, 13 de abril de 1813."
Artigas en el Congreso de Tres Cruces
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Ay, amigo!!!
ResponderEliminarA Artigas lo han erradicado hasta de las monedas, para poner animalitos en su lugar.