miércoles, 29 de abril de 2015

Absolución por el delito de asonada



COMUNICADO DE PRENSA

Montevideo, 29 de abril de 2015


SOBRE EL CASO MOTA, LOS PROCESAMIENTOS Y LA ABSOLUCION POR EL DELITO DE ASONADA.

            Acaba de expedirse la Suprema Corte de Justicia  Ad-Hoc considerando inconstitucional el fallo que nos procesaba por ASONADA, a siete de los cientos y cientos de ciudadanos que participamos el viernes 15 de febrero del 2013 en la ceremonia de traslado de la Jueza Mariana Mota.
        
Tal decisión de la Justicia, merece ser difundida y analizada ya que la  trascendencia que tuvieron estos hechos incidieron en la lucha por los Derechos Humanos en nuestro país.
        
Razón por la cual invitamos a todos los medios de comunicación a una conferencia, o más sencillamente a una reunión informativa, para dialogar sobre esta significativa sentencia y sus implicancias.

Participarán: abogados de la causa.
Saludamos fraternalmente: Jorge Zabalza (que por su enfermedad estará presente a través de unas palabras), Irma Leites,, Anibal Varela, Álvaro, Eduardo y Diego Jaume.

Día: jueves 30 de abril, hora 09.
Lugar: Pasaje de los DDHH Frente a Suprema Corte de Justicia.


El traslado de la jueza Mota


La protesta 

La acusación

La desproporción 

Los dinosaurios de la Suprema Corte de Justicia

La impunidad en Uruguay


Suprema Corte integrada declaró inconstitucional el delito de asonada

28.05.15, de DICOMI-SCJ.- La Suprema Corte de Justicia integrada por Ministros de Tribunal escogidos aleatoriamente en razón de la abstención de sus miembros naturales, declaró inconstitucional el artículo 145 del Código Penal que prevé el delito de asonada.
Los magistrados Dra. Graciela Gatti, Dr. Rolando Vomero y Sergio Torres entendieron que la norma penal cuestionada resulta "inidónea e innecesaria" y a la vez "traduce una patente, notoria e inadecuada desproporción entre los medios elegidos para proceder al sacrificio de los derechos afectados en relación al fin perseguido" por lo que "resulta inevitable concluir, a la luz de los dictados de la lógica y la mejor razón, que ella se sitúa al margen de lo autorizado por el texto constitucional".
Por su parte, los magistrados Dra. Doris Morales y Dr. Luis Charles dejaron asentadas sus respectivas discordias.

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