Risso estuvo preso en el Fusna durante la dictadura y fue vigilado hasta 1994.
El capitán de navío Alex Lebel declaró este martes ante la jueza en lo penal de 23er turno Isáura Tórtora, en la causa que investiga el secuestro de Pedro Risso y su esposa Lidia Fernández.
La causa se inició el 15 de octubre de 2011 a raíz de las jornadas de denuncias de terrorismo de Estado en seccionales policiales, en la que se presentaron otros 170 casos similares.
“Mi madre presentó su denuncia y yo presenté la denuncia del secuestro de mi padre, Pedro Risso. A ellos los secuestran en el mismo operativo, se los llevan de casa a las cuatro de la mañana, cuando mi hermano y yo éramos chicos (...) tengo algunos recuerdos de esa madrugada, mi madre pedía que nos dejaran con unos vecinos, que no nos llevaran con ellos, y a la mañana siguiente esos vecinos nos entregaron a los abuelos paternos”, comentó a la diaria Mariana Risso.
En aquel momento ella tenía cuatro años, pero todavía preserva “algunos recuerdos” de la ausencia de sus padres durante los días siguientes. “Mi padre estuvo incomunicado tres meses y luego es procesado por la Justicia Militar y preso político en el carcelaje del Fusna; mi hermano y yo íbamos a las visitas de niños, cada 15 días”, agrega.
Risso y Fernández fueron secuestrados en su casa de la calle Guaraní, en Ciudad Vieja, el 4 de junio de 1975. Risso fue detenido y torturado y permaneció 33 meses preso en el Fusna. Fernández fue liberada dos semanas después.
Risso era dirigente sindical de la Federación de Obreros y Empleados de la Bebida y militante del Movimiento 26 de Marzo. Tras ser liberado permaneció en la misma casa de la calle Guaraní. Los archivos del Ministerio de Defensa, conocidos como “los archivos Berrutti”, dan cuenta de que Risso fue objeto de seguimientos en el marco de operativos de inteligencia, al menos hasta 1994.
Durante la audiencia, Lebel, que era el enlace de inteligencia (S2) y figura en los interrogatorios en los expedientes militares, dijo no recordar quiénes participaron del operativo de secuestro.
Por este caso también fue convocado a declarar el ex comandante en jefe de la Armada, Tabaré Daners, pero eludió la instancia a través de un recurso presentado por su defensa, la abogada Rossana Gavazzo. Para este jueves está citado otro integrante de la Armada, Eduardo Laffite.
Para este miércoles 29 de julio estaba prevista la audiencia ratificatoria, por la causa de torturas cometidas en el Batallón de Infantería Nº 1 en el año 1972, previo a la dictadura cívico-miliar.
El juez Dos Santos debía resolver si hacía lugar o no al procesamiento con prisión preventiva de los ex militares Caubarrère, Méndez, Legnani, y Grignoli por delitos de tortura a militantes del Movimiento de Liberación Nacional – Tupamaros (MLN-T) y al abogado Alejandro Artucio, cometidos en 1972 en el Batallón de Infantería Nº 1 (Batallón Florida).
Dilatoria
Sin embargo, los abogados defensores de los acusados interpusieron una excepción de prescripción de los delitos y otra de inconstitucionalidad del artículo 9 de la Ley 17.897, el cual establece que “el Juez podrá disponer la prisión domiciliaria de personas procesadas o condenadas mayores de 70 años, cuando ello no involucre riesgos, considerando especialmente las circunstancias del delito cometido”. Disposición que “no será aplicable a los procesados y condenados que hayan cometido los delitos previstos en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y de homicidio y violación”.
De este modo, el juez suspendió las actuaciones y elevó los recursos presentados a la Suprema Corte de Justicia para que resuelva sobre las excepciones.
El máximo órgano judicial realizará un análisis de admisión. De no hacer lugar al planteo, el caso volverá a consideración del juez quien estaría en condiciones de resolver.
En cambio, si la SCJ da ingreso a la excepción, la deberá trasladar a la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad y a la Fiscalía General de la Nación, para su resolución. Con posterioridad, cada ministro de la SCJ deberá tomar una decisión.
Desde distintas organizaciones de derechos humanos se consideró que el planteo de la defensa de los militares retirados es una “dilatoria” y una “burla a las víctimas y a la Justicia”.
Una vez más decimos: De la condena social no podrán escapar, a donde vayan los iremos a buscar!!!
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