Estatuto del Funcionario Público: "Generaliza un régimen de la dictadura" .
El proyecto ya había generado un fuerte rechazo entre los trabajadores de COFE, y es objetado también por los partidos de la oposición.
Cajarville, catedrático grado 5 en Derecho Administrativo, concurrió el martes 4 a la comisión de Presupuesto integrada con Hacienda de Diputados para dar su opinión.
En ese ámbito, el experto dijo que en realidad se trata de dos proyectos. Uno relativo al funcionario de la Administración Central y otro a los vínculos contractuales con la Administración Central, las personas contratadas, becadas, etc.
Estatuto público es inconstitucional de la primera a la última letra
Luego sostuvo que la definición de Administración Central que hace el artículo 4°, que incluye más dependencias que las que hay en el Poder Ejecutivo, "es flagrantemente violatoria del artículo 59 de la Constitución".
DESUBICADOS. También manifestó que los artículos 21 a 28 donde se incluye el sueldo anual complementario, y los artículos 40 a 53, sobre el Sistema Escalafonario, "son todos inconstitucionales por desubicación", porque "no pueden estar en una ley sino en una ley de Presupuesto. La Constitución dice que todo lo relativo a remuneraciones, escalafones y sueldos, es materia presupuestal y no estatutaria", aclaró.
Asimismo, dijo que el proyecto del Poder Ejecutivo "generaliza un sistema que comenzó en la dictadura" en los artículos 63 al 70, sobre funciones de administración superior.
Cajarville sostuvo en la comisión que la "técnica" que se generaliza en estos artículos consiste en "desmembrar el cargo de las funciones como ubicación en la que colocar un funcionario", lo cual se hace "discrecionalmente" por un jerarca.
"Esas funciones quedan, metafóricamente hablando, flotando; no están asignadas a ningún cargo y es el jerarca quien dice: `Estas funciones, que no están adjudicadas a ningún cargo, yo las adjudico a este cargo A o a este cargo B`, y las adjudica discrecionalmente. Hoy se las puede adjudicar al cargo A, mañana se las puede sacar y adjudicárselas al cargo B. Este es el sistema de desmembramiento de los cargos, separando por un lado el cargo como ubicación física de las funciones".
Cajarville recordó que "cuando esto apareció fue cuestionado aun en la dictadura por inconstitucional, por lesivo de la carrera administrativa, porque esas funciones que están flotando y que no están adjudicadas a ningún cargo quedan fuera de la carrera administrativa".
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