11 de febrero del 2014
Esta semana se cumple un año del traslado de la jueza Dra. Mariana Mota de la órbita penal a la civil, dispuesta por la Suprema Corte de Justicia, burdamente fundada en “razones de mejor servicio”, sin cumplir con lo previsto por el Artículo 246 de la Constitución. Se produjo en momentos en que varias causas de DDHH que ella venía tramitando ingresaban en instancias decisorias. Tal el caso de Aldo Perrini, asesinado mientras era torturado en el cuartel de Colonia en el año 1974.
El
traslado de la jueza Mota, de acuerdo a procedimientos habituales en el
poder judicial pero no por ello acordes con las disposiciones
constitucionales, supuso, en los hechos, que las investigaciones con
respecto a las graves violaciones a los DDHH cometidas durante la
dictadura se enlentecieran peligrosamente. A tal punto es así que aún no
ha podido ser procesado el Gral. ® Raúl Barneix seriamente implicado en
el crimen de Aldo Perrini, tal como lo demostró la documentación de la
justicia militar de la época que fuera descubierta casualmente. Lo mismo
ocurre con decenas de causas que la jueza Mariana Mota tenía en sus
manos mientras cumplía con el resto de las obligaciones ordinarias y
permanentes en un juzgado penal.
La
remoción de la jueza Mariana Mota fue ampliamente rechazada, en forma
militante por todos los sectores de la sociedad uruguaya que realmente
están comprometidos con la institucionalidad democrática y que tienen
sólidas credenciales y compromisos de vida que las avalan.
La
protesta pacífica que algunas centenas de ciudadanos indignados con el
proceder de la SCJ llevaron a cabo en la sede de la misma fue
distorsionada, amplificada y demonizada convenientemente por los medios
de comunicación una vez que el senador Bordaberry la calificó de
“asonada”, retomando términos jurídicos y penales habituales durante el
gobierno de su padre para calificar las protestas populares en defensa
de la democracia y la libertad.
A
instancias de la propia SCJ se formalizó una denuncia penal que derivó
en el procesamiento de algunos expresos políticos y de otros ciudadanos
participantes cuando se procedió al desalojo de la sede mediante un
prepotente accionar de los efectivos policiales intervinientes.
Al
adoptar la sanción encubierta y de “guante blanco” de la jueza Mariana
Mota, la SCJ no solamente enlenteció casi hasta el paroxismo la
investigación sobre los crímenes del terrorismo de Estado que ella
tramitaba, desamparando a las víctimas que reclaman justicia. La SCJ
envió un mensaje amedrentador para todos los jueces y operadores
judiciales que en el cumplimiento de sus obligaciones constitucionales
debieran actuar en la temática. Quienes investiguen las desapariciones
forzadas, los asesinatos, los secuestros, las torturas, los abusos
sexuales, serán sancionados adecuadamente y sus carreras profesionales
se verán truncadas.
Desde
hacía más de dos años la jueza Mariana Mota venía siendo seriamente
cuestionada y criticada en una campaña orquestada y organizada por los
centros militares tal como lo denunció en su momento el periodista Roger
Rodríguez. El Dr. Gonzalo Aguirre y el expresidente Jorge Batlle habían
presionado a la SCJ abogando por su sustitución en una entrevista
solicitada a tales efectos. Los medios de comunicación, liderados por El
país y el oligopolio televisivo, en forma frecuente y reiterada,
difundían notas informativas alarmistas y catastróficas sobre su
actuación. Las columnas de opinión de los defensores vocacionales de la
impunidad, cuestionando a la Dra. Mota, eran ardientes y efusivas.
Más claro, echarle agua
A
los pocos días de adoptar la sanción encubierta de la jueza Mariana
Mota, la SCJ declaró la inconstitucionalidad de los artículos 2 y 3 de
la ley 18 831 que restableció plenamente la pretensión punitiva del
Estado. El vocero de la SCJ, Dr. Raúl Oxandabarat, se apresuró a
informar que dicha resolución significaba “el punto final” para todas
las causas referidas a la dictadura y sus crímenes. El ministro de la
SCJ, Dr. Julio César Chalar, recomendó a las víctimas y a los familiares
de ellas recurrir al ámbito civil para obtener reparaciones económicas.
El Dr. Ruibal Pino, presidente de la SCJ en ese momento, señaló
gráficamente que la Verdad y la Justicia encontrarían en la actual
integración de la misma “una muralla”.
A
29 años del retorno a la institucionalidad democrática en Uruguay,
solamente un pequeño y reducido grupo de golpistas y represores seriales
han sido juzgados y condenados debido a la influencia ideológica,
política y al poder real que aún detentan para impedirlo. Este hecho no
es una señal de fortaleza, precisamente, del Estado de derecho ni de la
plena vigencia de las disposiciones constitucionales. Mucho menos de las
normas de DDHH que son el pilar básico de una convivencia pacífica,
civilizada, enriquecedora y gratificante.
Para
los expresos políticos, civiles y militares, sobrevivientes del
terrorismo de Estado, la lucha por la plena implementación, en todos los
planos, de la Resolución 60/147 de la Organización de las Naciones
Unidas, Verdad, Justicia, Memoria, Reparación y Satisfacción, para
continuar la transición democrática, es un compromiso de honor con
nuestro pasado de lucha y resistencia. Por el presente. También mirando
al futuro del país: para afirmar la democracia, el Estado de derecho e
impedir que los hechos vuelvan a repetirse.
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