martes, 26 de marzo de 2013

Un río, dos justicias





Martes 26 de Marzo, 2013
Derechos Humanos 
Justicia autorizó extraditar a Gavazzo y otros torturadores a la Argentina
El juez Homero Da Costa, autorizó que José “Nino Gavazzo”, Ricardo Arab, Luis Maurente y Ernesto Soca, sean trasladados a la Argentina para comparecer en el mega juicio que se lleva adelante en Buenos Aires contra los represores del Plan Cóndor instrumentado por las dictaduras militares del cono sur americano.

 Gavazzo tiene una condena a 25 años de presión por el secuestro y homicidio de 28 uruguayos asesinados en Argentina en 1976.Entre sus víctimas está Simón Riquelo, el hijo de Sara Méndez que sobrevivió a la tortura en Argentina, y que recuperó su verdadera identidad en 2002. También esta procesado por la desaparición forzada de María Claudia García de Gelman (1976) y el asesinato de Roberto Gomensoro (1973).
Arab está condenado también a 25 años por similar secuestro y asesinato de uruguayos en el 76´ y es cómplice de la desaparición de María Claudia.
Luis Maurente y Ernesto Soca, cumplen 20 años de pena, por complicidad en el primero de los delitos indicados.
La defensa de los ex militares apunta a que por su edad, los procesados no pueden viajar a la Argentina y apelarán la decisión de que sean enviados al juicio.

Continúa esta semana el mega juicio

Los 25 represores acusados en el mayor juicio que se ha realizado por el Plan Cóndor, asistieron este lunes al final de la lectura del auto de elevación del proceso, al tiempo que comenzó la lectura de las 500 declaraciones en su contra de otros tantos testigos, un proceso que se estima durará dos años.
La vista que comenzó el pasado 5 de marzo está a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal No 1 de Buenos Aires, que preside el juez Oscar Ricardo Almirante.
En la actual fase se procede al desglose en detalle de las acciones “para la eliminación sistemática de los opositores políticos, aún cuando su aplicación se extendió después a otros ámbitos”.




SCJ declaró inaplicables los arts. 2 y 3 de la ley 18.831 en la causa de la desaparición de Julio Castro 

 

13.03.13, de DICOMI-SCJ.- La Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucionales los artículos 2º y 3º de la ley de "restablecimiento para los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado" nº 18.831 que ahora devienen inaplicables para la causa iniciada en 1985 en la que se investiga la desaparición del maestro Julio Castro.
Cuando el expediente pasó a estudio de los integrantes de la Corporación se concedió el derecho de abstención al Ministro Dr. Jorge Ruibal Pino, integrándose el máximo órgano judicial con el miembro del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2do. Turno, Ministro Dr. José Balcaldi Tesauro, acordándose sentencia por mayoría legal, con discordia del Ministro Dr. Ricardo Pérez Manrique.
Al considerar la regularidad constitucional de la Ley No. 18.831 los sentenciantes establecieron que dicha norma "viola en sus artículos 2 y 3 el principio constitucional de legalidad y el de irretroactividad de la ley penal más gravosa".
"Se trata de principios que no sólo tienen consagración en la Constitución de la República, sino que constituyen garantías impuestas en los sistemas universal e interamericano de derechos humanos".
"Conforme al principio de irretroactividad de la ley penal más gravosa, ninguna persona indagada por su eventual responsabilidad en la comisión de un delito puede verse perjudicada por la aplicación de una ley penal que la coloque en una situación más desfavorable que la resultante de la ley previa aplicable al momento de comisión del delito de que se trate", agregándose que "este principio se encuentra consagrado en la Constitución de la República en su artículo 72".
"En definitiva, es contraria a la Constitución una ley que, directa o indirectamente, pretendiera aplicar en forma retroactiva un régimen de prescripción más gravoso que el existente al momento de comisión del delito. Y eso es precisamente lo que ha venido a ocurrir con la sanción de la Ley No. 18.831".
El redactor de la sentencia, Ministro Dr. Julio César Chalar, señaló especialmente que "no debería ser necesario, a semanas de cumplirse el bicentenario de las Instrucciones del año XIII, argumentar acerca de la existencia, vigencia y alcance de los principios de libertad y de legalidad en materia penal".
Además, se cita la sentencia No. 1501/2011 dictada por la SCJ en la que se establece que "la jerarquía constitucional del principio de legalidad formal significa que, la única fuente de producción de la ley penal en el sistema patrio, son los órganos constitucionalmente habilitados, y la única ley penal, es la ley formal de ellos emanada, conforme al procedimiento establecido por la propia Constitución. Esta solución no admite que la doctrina, la jurisprudencia o la costumbre nacional o internacional, puedan habilitar el poder punitivo del Estado. El principio de legalidad es, pues, granítico: nullum crimen, nulla poena sine previa lege poenale: esta es la base del Derecho Penal garantizador y garantista. No admite la aplicación retroactiva de ninguna norma penal, salvo el principio de benignidad y, además, expresamente consagrado, como se ha visto, en el Código Penal".
La sentencia dictada el 08/03/13 comentó la normativa internacional constituida por la "Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad", adoptada en la Asamblea General de las Naciones Unidas y aprobada por la Ley No. 17.347; la Ley No. 17.510 que aprueba el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y la Ley No. 18.026 de 2006 que establece en su Título II una serie de crímenes considerados de Lesa Humanidad y consagra su imprescriptibilidad. En tal sentido se expresó que "ni las normas que establecen la imprescriptibilidad de estos delitos, ni los tipos penales previstos por tales leyes pueden tener aplicación con relación a hechos acaecidos antes de su incorporación a nuestro ordenamiento" agregando que "proceder de otro modo supone violar el principio constitucional de legalidad en materia penal, el cual consagra un derecho humano básico".
En su dictamen, el Sr. Fiscal de Corte sostuvo que "el fallo de la CIDH de fecha 24 de febrero de 2011, dictado en el caso 'GELMAN vs. URUGUAY', tiene efectos que alcanzan a los procesos en que se impugne la constitucionalidad de la Ley No. 18.831". Ante esta afirmación, la sentencia sostiene que "no existe razón que justifique ignorar la normativa tutelar de derechos fundamentales, consagrada tanto en el derecho interno como en el derecho internacional de los Derechos Humanos".
En otro pasaje de la sentencia se citan los comentarios vertidos en la edición de Búsqueda del 05/05/13 por el distinguido Profesor de Derechos Humanos y Derecho Internacional Público Dr. Fernando Urioste Braga "...la Corte Interamericana no tiene competencia penal. Así lo reconoció en su primera sentencia en el caso Velásquez de acuerdo con toda la doctrina de derecho internacional. Pero este es un aspecto que la Corte olvida o confunde a menudo, así en su jurisprudencia invade la jurisdicción penal sin darse cuenta o porque no domina la materia internacional... En otra oportunidad señalé las diferencias entre las jurisdicciones de derechos humanos y penales. La primera juzga exclusivamente los hechos a la luz de los derechos humanos a fin de establecer si son o no respetados; el juez penal tiene que calificar esos hechos según los tipos o figuras penales establecidas en la ley penal".
La SCJ enfatizó que "el caso en estudio no trata de la aplicación de la Sentencia de la Corte Interamericana ni de su desconocimiento, sino de efectuar por la Suprema Corte de Justicia el control de constitucionalidad impetrado, conforme las reglas establecidas en la Carta, cuestión irrenunciable conforme lo establece nuestra Constitución Nacional".
"En definitiva, si bien está fuera de toda discusión que la Corte Interamericana de Derechos Humanos es la intérprete última de la Convención Americana de Derechos Humanos –naturalmente en el ámbito de sus competencias- tampoco puede desconocerse que la intérprete última de la Constitución de la República Oriental del Uruguay es la Suprema Corte de Justicia, según surge de nuestra propia Carta".
Por su parte, en su discordia, el Ministro Ricardo Pérez Manrique sostuvo que nuestro país "se encuentra en situación de obligación internacional respecto del cumplimiento del Estatuto del Tribunal de Nuremberg al haber adherido especialmente aceptando su competencia".
Pérez Manrique rechazó la excepción de inconstitucionalidad respecto de los artículos 2 y 3 de la Ley No. 18.831 invocando tres razones:
1)No se aplican en el caso de autos.
2)No resultan inconstitucionales porque no constituyen innovación en el ordenamiento jurídico internacional, en la medida que, como lo ha sostenido la Corporación en anteriores oportunidades, los Tratados de Derecho Internacional aplicables consagran determinados principios que hacen a la protección de los Derechos Humanos en su integralidad, situación jurídica con raigambre constitucional para el Uruguay en virtud de lo establecido en el art. 239 Nral. 1 de la Constitución de la República.
3)Porque además el artículo 3 admite interpretación conforme a la Constitución, los delitos del art. 1º son crímenes de lesa humanidad "de conformidad con los tratados internacionales en que la República es parte".
Y concluye que "corresponde al intérprete y no al tribunal de constitucionalidad, determinar si los hechos investigados integran el elenco del art. 3, de los delitos de lesa humanidad por encontrarse en los tratados firmados por la República".

 La defensa del confeso Ricardo Zabala, hasta ahora único procesado por el secuestro y asesinato de Julio Castro, quedará en libertad

 Un río, dos justicias
 por Hugo Bruschi



 En aquellos tiempos, la figura del cura,el juez y el comisario, jugaban un papel preponderante en la vida de los pueblos del interior del país.Ya nos advertía José Hernández en su Martín Fierro "hacete amigo del Juez". En tal sentido acude a mi memoria una anécdota que pinta de cuerpo entero el rol que jugaban estos administradores de la fé y de la ley.

En algún pueblito perdido de nuestro interior, un Juez pregunta al Comisario: Cómo marcha la elección? A lo que el Comisario responde: Mire doctor, hasta llegar al río ganaban los blancos". El río, seguramente puso las cosas en su lugar, para tranquilidad del Juez.

Lejos en el tiempo quedaron aquellas prácticas.Lejos? En las elecciones de 1971 pasaron algunas cosas que llevaron a pensar lo contrario.Ferreira Aldunate dijo en la ocasión "todavía no se sabe quien ganó" y de esto habían pasado ya casi 2 años.

Pero como dije anteriormente, esto es tiempo pasado. Hoy sin embargo, el río que seguramente no es aquél del Comisario, sigue jugando un papel importante en la vida de este país o mejor dicho con la justicia de este país.De un lado del río tenemos una justicia y del lado de enfrente tenemos otra.

Se podrá argumentar que se trata de dos paises distintos.Sin embargo en este caso la argumentación es falsa, dado que al tratarse de delitos de lesa humanidad, la jurisprudencia va más allá de las fronteras.Pero lo más aberrante es que los mismos delitos tienen distinto tratamiento,según del lado del río en que te encuentres..

Delitos cometidos de este lado pueden ser juzgados en el lado de enfrente, pero no aquí. Cómo se entienden estas cosas? Cómo le explicarán en la Facultad de Derecho a los estudiantes, que crímenes cometidos en Uruguay podrán ser juzgados en Argentina, pero no aquí? Se estará de este modo formando futuros abogados,fiscales y jueces, en el entendido de que se puede violar la ley y permanecer impune? De que se pueden cometer delitos de lesa humanidad condenados en el resto del mundo, menos aquí? Qué explicación le ofrecerán a las víctimas o a sus familiares, acaso que se trata de una conspiración para desprestigiar el pais? Que tales delitos como la desaparición de personas nunca existieron?

Bueno, aquí queda sólo imaginar un diálogo entre un torturador o criminal con su abogado. "Como ve mi situación Dr."? "Mirá, de este lado del río no hay problemas"


 Publicado el: 20 de marzo de 2013
Mota: una jueza “encasillada” y sin el apoyo de la Corte 
La jueza Mariana Mota, trasladada de un juzgado penal donde llevaba varios casos de derechos humanos a uno civil, considera que la “encasillaron” y que lo siguen haciendo. Dice que “sin duda” hubo una campaña en su contra por parte de dirigentes políticos, de los abogados de los militares y de algunos medios de prensa. En medio de esa realidad, afirmó en entrevista con No toquen nada, nunca tuvo una respuesta de apoyo por parte de la Suprema Corte de Justicia.


Entrevista de Joel Rosenberg a Mariana Mota en No toquen nada (Océano FM).
Joel Rosenberg: La semana pasada la jueza Mariana Mota asumió su cargo en la justicia civil. Su pasaje de la órbita penal a la civil fue polémico. El día que firmó, el 15 de febrero, decenas de manifestantes convocados por varias organizaciones de derechos humanos ingresaron a la Suprema Corte de Justicia y miraron el acto oficial. La propia jueza dijo que no quería ser trasladada en ese momento. El Frente Amplio pidió explicaciones a la SCJ desde la Comisión de Constitución y Código e invitó a los miembros de la Corte al Parlamento.
La SCJ no aceptó finalmente la invitación como se esperaba y emitió un comunicado al respecto. Desde la Comisión, el Frente Amplio hizo un pedido de informes por escrito y se aguarda la respuesta. No toquen nada accedió al pedido que es genérico. Pregunta por los traslados de jueces en los últimos 10 años y por todos los traslados de febrero de 2013. Y hace algunas preguntas para ver si se cumplieron algunos pasos constituciones y legales. No hace referencia específica al caso de Mariana Mota.
El ministro de la Corte Jorge Ruibal Pino consideró que “históricamente los juzgados civiles son los que se consideran de mayor jerarquía en el departamento de Montevideo, de modo que no fue retirada de un juzgado penal por sus actitudes a pesar de que tiene algún sumario pendiente, sino que fue trasladada a un juzgado civil porque su ciclo en el juzgado penal para la Corte ya había terminado”.
Luego Ruibal Pino corrigió el último dato. La jueza no tiene ningún sumario pendiente.
Vamos a abordar el tema un mes después con la protagonista, con la jueza Mariana Mota.
Doctora Mota, ¿con qué ánimo asumió en la justicia civil?
Mariana Mota - Es difícil definirlo. No muy bien obviamente. Pero no quiero que se tome a mal porque el Poder Judicial es todo uno y los juzgados son todos iguales en ese sentido de que uno desarrolla su función en donde tiene que hacerlo, pero las circunstancias del traslado no fueron las que hubiera esperado y ni siquiera las que pretendía porque no lo pretendía justamente.
Ruibal Pino dice que los traslados son ciclos que se cumplen.
Lo de los ciclos, no sé, se ve que yo cumplí ciclos y para otros colegas los ciclos son más raros.
Eran siete años en un juzgado penal.
Estrictamente en este juzgado penal de 7° turno estuve cuatro años. Yo venía de Ciudad de la Costa, donde había estado tres años. Hay jueces penales que hace más de 10 años que están en sus juzgados, hay jueces civiles que hace 20 años que están en ese mismo juzgado. Lo de los ciclos es algo que todavía no lo entiendo.
¿No hubo explicaciones para usted?
No. La resolución tampoco las tiene.
Usted pidió las explicaciones. En realidad apeló la decisión.
Claro, exacto.
No hay respuesta todavía.
Eso lleva un tiempo.
Es habitual.
Supongo, nunca recurrí nada, pero me he enterado que lleva...
En el momento del traslado, ¿hubo felicitación? ¿Se entiende así dentro del Poder Judicial?
A uno lo llaman por teléfono y le dicen: "por decisión de la Corte usted ha sido trasladada de tal lado a tal lado, jura tal día, punto". Creo que es hasta por una cuestión de estilo que lo hacen, no es la Corte la que está llamando. En este caso era un prosecretario, que está por fuera de esto, y termina siendo irónico que a uno lo feliciten por ir a un lugar donde no pidió, pero sucedió así.
No le achaca responsabilidad a ese funcionario de ser irónico.
No, no, la situación es irónica, porque realmente a mí me impactó.
En estos cuatro años en ese juzgado usted se ha convertido en una jueza que tiene muchísimos casos de derechos humanos. ¿Cuál fue el primer caso sobre violaciones de DDHH en la dictadura?
El único que estaba en trámite en ese momento en ese juzgado, que era el expediente de Bordaberry.
Que terminó en febrero de 2010.
En febrero de 2010 con sentencia de primera instancia. El procesamiento ya estaba pero era por 11 homicidios especialmente agravados en calidad de coautor. La sentencia que se dictó por fue atentado a la Constitución, nueve delitos de desaparición forzada y dos delitos de homicidio. Todos en calidad de coautor, salvo el de atentado que era de autor.
A partir de allí llegaron una cantidad de casos que terminaron siendo unos 50.
Sí, aproximadamente. A partir de la sentencia de Bordaberry, eso derivó a que se empezaran a formar otras causas.
¿Es por atracción?
En cierta manera sí pero dentro de la misma causa de Bordaberry se abrió una causa para la investigación de los responsables de la muerte de Ubagesner Chaves, a partir de la investigación de la causa de la muerte de Ubagesner Chaves se abrió otra causa por torturas de personas que habían sido presas en Boiso Lanza. O sea, se fueron desplegando diferentes juicios a partir de una megacausa como podía ser la de Bordaberry.
No es ni casualidad ni sorteo.
Se daba por eso. Después cuando se presentó una serie de denuncias en octubre de 2010, más de 100 denuncias en comisarías, a mí me terminaron derivando cerca de 13 denuncias de esas y las empecé a tramitar también. Había diferentes estadios de tramitación de las denuncias. Había algunas que estaban muy avanzadas, otras iniciando, otras próximas a resolver.
Otras trancadas con recursos.
Muchas trancadas con recursos. En la última época se había generalizado una presentación de recursos y recursos y recursos. Sí, es cierto.
Más allá de que obviamente el trabajo y el oficio, cuando llegan casos de violaciones de DDHH hacen que uno vaya entendiendo más, ¿usted se especializó en esta materia?
Estos delitos son delitos muy especiales, ¿no? No es habitual, no debería serlo, por supuesto. El estudio, el abordaje de la investigación, es muy especial, y la temática y la legislación también. Uno lee jurisprudencia internacional, doctrina internacional, legislación internacional y eso te va llevando a una cierta especialización.
¿Usted cree que puede haber dificultades para la jueza que entre? No por su capacidad sino por la cantidad de trabajo acumulado.
Es que es bastante complejo porque en realidad el juzgado se incrementó en su trabajo. Además de ser un juzgado penal tenía ese agregado de esa cantidad de causas que había que llevar, que implica leerlas todas. No es lo mismo tener el expediente desde el inicio e ir llevándolo y conociéndolo que tomar ese expediente, conocerlo todo de una vez y seguir. Es difícil. Los conocimientos que uno va adquiriendo, los va adquiriendo sobre la marcha, no todos juntos. Lleva su tiempo y supongo que también su dificultad. No es imposible, obvio, pero lleva su tiempo.
¿No es una dificultad también para el PJ en sí que, por ejemplo, todos esos casos estuvieran en un solo juzgado, si usted decide renuncia o irse a vivir a otro país, y que no quede una experiencia? ¿No se hace una tarea de acumulación, de poner a un juez al lado o alguien?
Esa es una de las grandes falencias. El PJ no forma a los jueces para este tipo de juicios. Tampoco se agrega personal o funcionarios o equipos de trabajo para ayudar en esa tarea. Se ha dicho que son igual que cualquier otro juicio penal; yo entiendo que no son iguales, que realmente llevan otro tipo de trabajo y eso cuando uno lo deja viene otro y tiene que empezar todo de nuevo. Es decir "vamos a entender este caso a ver cómo es, a ver qué estrategias tomo para investigar, a ver cómo sigo, qué aplico, qué no aplico". Es un empezar de nuevo, no se acumulan experiencias, es lamentable pero es así.
Según SCJ usted tuvo cuatro investigaciones, ¿está bien? Tres que se cerraron y una que se mantiene abierta.
Sí, en los últimos años sí, puede ser. Si lo que llaman investigación es pedidos de informes que los cumplí a todos y después todos se archivaron, sí.
Uno de ellos, quizás de los más notorio, fue el que se hizo por su participación en la marcha del 20 de mayo, la conocida marcha que hacen los familiares de detenidos y desaparecidos. ¿Usted fue a esa marcha como participante de la misma?
No, no fui a la marcha como participante, pasaba y la vi.
Y se cruzó y se quedó conversando con López Goldaracena. A usted le pidieron un informe.
Me pidieron un informe en 24 horas y lo hice.
Allí lo que se hace, a ver si lo entiendo, es como una observación, porque no hay una sanción.
Sí, se planteó que había violado el código de ética, lo cual puedo legítimamente no estar de acuerdo y no estoy de acuerdo. Pero bueno, fue eso, tampoco es una sanción, tampoco quedó en el legajo mío.
Fue como un tirón de orejas.
Supongo que algo así.
La Suprema Corte, citando el modelo iberoamericano de ética judicial, publicó en ese momento lo siguiente: "El juez debe procurar evitar las situaciones que directa o indirectamente justifiquen apartarse de la causa, y tal deber ético no resultó observado por la doctora Mota en la emergencia en la obvia medida que su conducta puso en tela de juicio su imparcialidad, provocando se solicitara su apartamiento de la causa". Usted no estuvo de acuerdo con eso.
No, además esta circunstancia provocó que abogados de los militares presentaran recusaciones, que justamente eso, cuando se objeta a un juez que ha dejado de ser imparcial o ha tomado partido por alguna de las partes, tuve tres juicios de recusaciones y todos fueron archivados.
Cuando se dio esta situación, ¿usted pensó que se podía originar este problema?
No, porque entiendo que la imparcialidad de un juez no puede ser tan delicada como un vidrio que se puede romper por cualquier cosa. Los jueces integramos esta sociedad, tenemos sentimientos, tenemos preferencias, tenemos las mismas cosas que tienen absolutamente todas las personas, somos iguales a todas las personas, cumplimos una función. El tema es cómo la cumplimos. Y tener claro que nuestras preferencias y nuestras actitudes o nuestros gustos, que los tenemos de cualquier tipo y de toda índole, no deben afectar nuestras funciones, nuestras decisiones. Nuestras funciones, nuestras decisiones que se plasman en las resoluciones y en las sentencias, tienen que estar fundadas en derecho, también a través de todo un juicio en donde se incorporó prueba de un lado y de otro. Es todo un razonamiento lógico en donde se lleva a una sentencia.
Usted habla de juzgar un juez por su imparcialidad en su actuación, no prejuzgar, tener fundamentos en sus fallos.
Exacto.
Es un tema de filosofía del derecho, casi, ¿no?
Más o menos, sí.
Algunos piensan que deben estar como una caja de cristal.
Pero me parece justamente que no debe ser así. Un juez está inserto en una sociedad y resuelve los conflictos de una sociedad.
Y del otro lado, de las personas que podían ser acusadas, no teniendo el dato de por qué había estado en esa marcha, ¿no podían pensar que usted era una militante de una organización de derechos humanos y que iban a estar en un juzgado donde iban a tener alguna situación incómoda o injusta?
Ellos saben perfectamente cómo los traté durante todas las actuaciones en los juzgados, ninguno puede establecer ninguna queja de cómo fue mi actuación en el juzgado, tuvieron absolutamente todas las garantías, todas, absolutamente todas las garantías.
A usted la encasillaron casi como una militante en ese momento.
Me encasillaron y me siguen encasillando. Esto es una especie de calificación que no me la voy a sacar más, pero bueno, es así.
¿Puede haber colaborado eso para lo que pasó el 15 de febrero? Porque usted no convocó.
No, por supuesto.
¿Cómo se sintió?
Me sentí como creo que sería lo mejor que se puede sentir un juez: apoyado por las personas con las cuales está trabajando. Esto es una servicio de justicia, no dice personas concretas sino una población en general. Y ojalá todos los jueces tuviéramos esa especie de apoyo, no explícito, no es necesario que todo el mundo vaya y haga un apoyo explícito, sino que simplemente lo que uno hace es recibido por la sociedad.
Pero le puede complicar para el encasillamiento.
Bueno, a ver, lo que pasa que no es una cosa que yo la pedí. En la medida que estaba trabajando con determinadas causas, tenía un cúmulo de cosas en cuales se verían afectados o contemplaba los intereses de determinadas organizaciones sociales que estaban pidiendo que se investigara, no estaban que se pusieran presos determinadas personas, sino que se investigara, eso nunca se puede perder de vista, tal vez eso sea lo que haya movilizado a la gente. Yo lo entendí así.
Usted después tuvo una investigación por una entrevista en Página 12. Leo uno de esos fragmentos. "¿Cómo analiza el apoyo del gobierno uruguayo al proceso de verdad y justicia en su país?" le pregunta el colega argentino. Y usted dice: "No hay una promoción de los derechos humanos para que esta situación, que es nacional y nos marcó a todos, se esclarezca. Es bien diferente al gobierno argentino en esa materia. Mujica y el ministro de Defensa fueron rehenes de la dictadura, tal vez por eso no puedan ver con objetividad un proceso dictatorial que los tuvo como víctimas". Esto generó una reacción hasta del presidente de la República.
Sí.
¿Usted reafirma esta declaración?
Sí, claro.
¿Y la oportunidad de hacerla? Después de la otra investigación por su participación casual en la marcha.
La oportunidad de hacerla, yo eso lo expliqué cuando me pidieron informes, y los informé. Eso estaba en el marco de una jornada, de un encuentro de varias personas de toda América acerca de lo que es la justicia transicional, de cómo se desarrolla la justicia respecto a la investigación de este tipo de delitos. Y yo por Uruguay estaba planteando los progresos y dificultades que teníamos cada uno. Cuando se refirió a Argentina se hizo referencia simplemente porque era un país anfitrión, pero todos los países tienen un mayor desarrollo y tienen esto como política de Estado.
¿Y mencionar a Mujica y al ministro de Defensa?
Lo que pasa es que es muy paradójico, es el único país donde el ministro de Defensa y Mujica fueron rehenes de la dictadura, estuvieron presos, no hay otro país en que haya pasado eso.
Pero incide, dice usted.
Es que para mí incide, por supuesto que incide. Incide en forma abstracta. Cualquier persona que haya sido víctima de un delito que lo remueva, una cosa que lo impacte, después no puede ver con objetividad, o por lo menos tiene que hacer un proceso de abstracción bastante importante como para ver con objetividad el hecho y poder decir "víctima por un lado, victimario por otro", etcétera. Simplemente verlo en el desarrollo de la función cuando uno toma declaraciones a víctimas...
¿Pero incide en el proceso judicial de investigación, dice usted?
No en el proceso judicial de investigaciones sino en lo que es la política de Estado. Hay frases que creo que son más que públicas que han dicho el presidente o lo que ha dicho Huidobro respecto a lo que son estos procesos, a cómo se terminarán estas situaciones...
Cuando se mueran todos.
Exacto. O "son unos viejitos y qué vamos a ponerlos presos". Esas son, para mí, expresiones que refieren a personas que estuvieron involucradas como víctimas y para mí no son objetivos, porque además eso refiere a sus relaciones directas con lo que vivieron ellos, pero acá esto no pasó solamente entre ellos y sus captores o las personas que los tuvieron y mantuvieron presos, esto pasó respecto de muchos grupos sociales, muchos grupos políticos, muchos grupos sindicales y una sociedad entera. No están solamente ni los desaparecidos ni los asesinados ni los niños secuestrados a los cuales se les suprimió la identidad y se les puso una identidad nueva. También están los exiliados, los destituidos, todos los funcionarios públicos que fueron calificados A, B y C, esas personas también estuvieron en esta situación.
Después de su declaración y la reacción de Mujica, ¿se sintió respaldada por la SCJ en ese momento?
No. Obviamente, más allá de que la investigación, entendieron que mis explicaciones eran satisfactorias...
Eso cerró también.
Eso se cerró.
¿Y por qué no se sintió respaldada?
Es que en realidad, yo cuando comencé la investigación, cuando se me abrió un abanico de causas de 20 homicidios para investigar más los que ya tenía, yo hice una proyección de cuánta gente iba a tener que tomar declaración, cuánta documentación iba a tener que pedir y se debería remitir al juzgado y estudiar y analizar. Lo planteé a la Corte, en ese momento al presidente, porque el juzgado iba a estar muy afectado con esto. Iba a haber un trabajo muy voluminoso y planteaba: "miren, esto no va a hacer colapsar al juzgado pero va a ser muy difícil afrontar este trabajo y acá el juzgado tiene que responder como juzgado tanto respecto de los delitos que se van tramitando día a día como respecto de estas causas". Y el juzgado es el Poder Judicial funcionando.
Entonces plantearlo fue como decir "bueno, a ver, qué apoyo puedo tener desde el jerarca, desde mi jerarca, para poder desarrollar esta función en forma óptima para todos los casos. Y no tuve respuesta ninguna.
¿Eso fue...?
Eso fue antes de empezar todas las investigaciones. Debe haber sido los primeros meses del 2011.
¿Usted siente o sintió en algún momento que hubo una campaña en su contra? Política, mediática, de algunas figuras.
Sin duda. Sin duda que sí.
¿En qué momentos? Hay un editorial de Búsqueda donde se pide directamente que la saquen.
Claro, hubo un ex presidente y un ex vicepresidente que fueron a pedir que me sacaran.
Jorge Batlle y Gonzalo Aguirre.
Exactamente.
Fueron a pedir en esa conferencia que hicieron.
Claro.
Eso era un caso particular.
Eso fue por el caso Calcagno, un caso por el que se me cuestionó muchísimo, se llegó a decir que era totalitaria, hitleriana y otra serie de bondades.
Que usted “invertía la carga de la prueba”.
Sí, un disparate.
Un caso muy difícil para los que no somos técnicos.
Sí, claro, es difícil pero también cuando uno ve que hay todo una especie de formación de opinión hacia un lado, es muy difícil contrarrestarla. Ahí me llamé a silencio. Expliqué alguna vez y dije "no hablo más" porque además principalmente esa sentencia interlocutoria, porque era un procesamiento, estaba siendo estudiada por un Tribunal de Apelaciones.
El Tribunal de Apelaciones falló lo mismo que usted después.
El Tribunal de Apelaciones confirmó, pero nadie salió a decir que el Tribunal de Apelaciones confirmó. Toda esa campaña enorme que se armó cuestionando mi resolución, tampoco después dijeron "uh, entonces el Tribunal de Apelaciones también está horrible".
¿Los tres jueces del Tribunal?
Dos.
Dos a uno. O sea que había dos jueces más que pensaban como usted en ese caso controvertido. ¿Por qué siente que fue por los casos que tenía? ¿Es la razón que siente que fue objeto, algo personal?
No, personal no creo, yo no tengo animadversión con nadie. No creo que sea personal para nada. Es un tema, me parece, de posición ante delitos de los que todavía ahora cuestan mucho hablar, cuesta muchísimo analizar cómo se sigue, entonces cuando se adopta una posición jurídica tal vez hayan hecho una proyección a lo que podía pasar y empezaron esa especie de calificación y de encasillamiento a mi persona respecto a una posición.
En ese encasillamiento también estaba la idea que se esbozaba desde allí, y no sé qué es lo que piensa usted, de que a usted la ponían como militante y entendiendo los casos desde el lugar de las víctimas, y que eso es muy difícil para un juez para después dictaminar justicia. ¿Usted se sintió en el lugar de las víctimas en los casos?
No sé quién lo dijo, recién me entero, la verdad.
No, el encasillarla como militante como parte... Que se podía entender que usted estaba en el lugar de las víctimas.
No, en realidad quien debe estar en el lugar de las víctimas en este proceso penal es el fiscal. En todo caso habrá que preguntarle al fiscal. Yo lo que hacía era una investigación.
¿Pero usted no siente que se ponía "de parte de..."? Por estos hechos históricos, este terrorismo de Estado, no es cualquier caso.
Sí, obviamente no es cualquier caso, mi pensamiento acerca de lo que pasó es propio y no debe afectar a la investigación. La investigación en función de buscar las pruebas que definieran cómo habían ocurrido los hechos.
Con esta idea de la campaña, ¿usted siente que cometió alguna imprudencia? Por ejemplo en lo de la marcha o lo de Página 12. ¿Capaz que se “regaló” en algún momento?
Lo que pasa que con el diario del lunes uno tiene otra visión. Era muy difícil trabajar... ¿Cómo explicarlo? Era muy difícil estar en la investigación viendo los obstáculos que día a día se presentaban, lo difícil que era avanzar y escuchar todo lo contrario desde lo público, era muy difícil.
¿Pero tiene alguna autocrítica?
Creo que hubo una exposición pública mía un poco por las causas, otro poco por lo que provocaron en otras personas que querían establecer una imagen que era favorable a una especie de encasillamiento y en esa situación uno no tiene muchas elecciones, a ver qué puede hacer. Yo intenté siempre seguir trabajando en la forma más correcta posible.
Le preguntaba que quizás no haría de nuevo las declaraciones en el contexto que estaban...
Lo que pasa que las declaraciones, quien las levantó, que fue este semanario, los levantó ya con una intencionalidad y una manera de presentarlas que no fueron con las que se declararon. Yo cuando lo expliqué ante la Corte lo entendió claramente como que eran simplemente declaraciones en el marco del desarrollo de un congreso y nada más, y no tenía ninguna otra connotación. Esas son las connotaciones que a mí me bastan, no las que lee la otra parte que se ha dedicado a encasillarme.
¿Siente que "la otra parte" terminó venciendo en esta historia?
No sé, no, creo que no.
Usted apeló este traslado.
Sí.
¿Espera con alguna expectativa optimista?
Yo trabajo dentro de un Poder Judicial, y el Poder Judicial emite sus resoluciones y sus decisiones y cuando se equivoca lo dice y lo cambia. Tengo que creer que esto va a ser igual sino debería irme para mi casa porque no creo más en el Poder Judicial.

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