sábado, 23 de marzo de 2013

Los vendepatria

Sobre la venta de la playa de La Agraciada que la intendencia de Soriano pretende vender a la empresa procesadora de aceite de soja CEREOIL S.A. resistida por vecinos.


Documentación: Los vendepatria del Instituto Nacional de Colonización
 Resolución nº 1 -
EXPEDIENTE Nº 2000-70-1-47628.
COLONIA AGRACIADA (SORIANO)
FRACCIÓN Nº 139. SUPERFICIE: 29 HA 1316 M2.
INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE SORIANO, PROPIETARIA.
Con la presencia del director interino doctor Daoiz Uriarte, designado por
resolución del Poder Ejecutivo nº 183/012, EL DIRECTORIO RESUELVE (con 5
votos):-------------------------------------------------------------------------------------------------------
Declarar salidas de la administración del Instituto Nacional de Colonización y del
régimen de la ley nº 11.029 y sus modificativas, las fracciones núms. 139 y 151 de la
colonia Agraciada, que se corresponden con los padrones núms. 4.254 y 4.264, de
la 4ª sección catastral del departamento de Soriano.-------------------------------------------
Ratifícase.---------------------------------------------------------------------------------------------------



ESA CASA Y TODO EL PAISAJE CIRCUNDANTE SON UNA UNIDAD HISTÓRICA DE CARÁCTER MONUMENTAL 
RESIDENCIA EN UNA DE LAS PARCELAS DE DOMINGO ORDOÑANA FUNDADOR DE LA ASOCIACIÓN RURAL DEL URUGUAY QUE EN 1862 REUNIO A LOS SOBREVIVIENTES DE LA CRUZADA LIBERTADORA ERIGIÓ DE SU PECULIO EL OBELISCO Y QUE EN ESA CASA SE INSPIRÓ EL PINTOR NACIONAL JUAN MANUEL BLANES PARA SU CUADRO “EL JURAMENTO DE LOS TREINTA Y TRES ORIENTALES”

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Procedencia BHU. INC (C.Agraciada) 

REFERENCIA EXP. 53012 Cereoil S.A c/anteproyecto
Informe al Sr. Andrés Magnone: en ese documento se califica al padrón 4264 según ley 10866 como de Centros Poblados, de padrón rural. Luego se aclara que ese padrón según la ley 18.308 es de categoría de suelo suburbano, con la afectación de suelo rural natural correspondiente a lo que constituye el álveolo del río Uruguay En otra parte del documento “Sin perjuicio de lo que venimos de señalar, cabe mencionar que el estudio presentado por la firma Cereoil S.A, expresa valores y apreciaciones del tipo técnicas que no son avalados por una firma técnica competente en la materia”.

Documentación



3.4 DIRECTRICES ESTRATEGICAS DE LOS ENCLAVES SUBURBANOS DE LA FRANJA COSTERA
Playa La Agraciada, surge como playa vinculada al hecho histórico del “desembarco de los 33 orientales” y a la figura de Don Domingo Ordoñana.
Directrices Estratégicas Los diferentes enclaves tienen cada uno singularidades
. Calificación del soporte territorial de los enclaves.
Es indispensable elaborar un proyecto ejecutivo que determine los lineamientos programáticos y estratégicos, así como lineamientos para un manejo cautelar y proactivo de las áreas naturales y de valor patrimonial. Se deberá tomar como base:
• Mantener sus características en cuanto a las morfologías, a los usos del suelo y a las actividades emergentes.
• Recuperación, restauración y reciclaje de los bienes patrimoniales.
• Calificación de sistema de espacios verdes públicos, jardines y parques, y de la costa (en las playas), a través de un equipamiento versátil y duradero.
 Elaborar un marco normativo de ordenamiento y desarrollo territorial.
• Generar una conciencia social sobre los valores tangibles e intangibles que ofrecen los diferentes enclaves, poniendo la apuesta a un patrimonio integrado.

Plan de regulación de usos del suelo y edificaciones. 
Poner en valor los bienes y sitios patrimoniales, la pequeña escala, la calidad de la arquitectura y del paisaje.
Incorporar lineamientos que definan normativas sobre: ocupación del suelo, alineaciones y retiros, así como características arquitectónicas y nuevas construcciones
Zona de Protección y amortiguación de actividades. Para los predios linderos a las zonas con categoría de suelo enclave sub‐urbano, se solicitará, a los efectos de dar cumplimiento a la Ley 18.308, la elaboración de un Programa de actuación Integrada, para el cambio de uso del suelo, que deberá compatibilizar con las actividades hoy desarrolladas en dichos enclaves.
3. LINEAS ESTRATEGICAS Y PROGRAMAS
3.1 Lineamientos Estratégicos del PPOTDS Espacio Costero Villa Soriano – La Agraciada El Plan Costero se origina en el Plan de la Microrregión de Dolores por lo que toma parte de sus lineamientos estratégicos y genera otros específicos del área.
1. Poner en valor sus cualidades ambientales naturales y su patrimonio cultural, basados en las potencialidades que aportan el paisaje, la vecindad de los ríos y las particulares calidades ambientales, promoviendo e impulsando el turismo que relacione los centros poblados y balnearios (Villa Soriano, Balneario La Concordia, y la histórica Playa de La Agraciada) y el entorno natural de la costa y el rural
2. La Intendencia promoverá la Planificación del Parque Natural Regional ‐ Costero, que denominaremos primariamente “Parque de los 3 Ríos”, Teniendo en consideración los lineamientos del presente Plan y del Plan de la Microrregión de Dolores. El Parque integrará los estudios anteriores sobre el Parque Natural Regional, y los programas Arco Fluvial Costero y Espacio Costero, debido a la confluencia de los mismos dentro del área.
4. Potenciar y preservar conjuntamente la Playa de La Agraciada, su obelisco “los 33 Orientales” y la Estancia de Ordoñana. Esta zona tiene un alto potencial de desarrollo a futuro. Hoy existen propuestas de inversión del sector privado en el rubro hotelería y servicios.
6. Mejorar los sistemas de movilidad interna y conectividad regional; y mejorar la accesibilidad.
7. Lineamientos sobre la instalación de amarraderos, muelles y puertos.
a. Propiciar la creación de amarraderos y muelles destinados al turismo y a la pesca artesanal. Poner en practica el Plan de Puertos Deportivos que prevé refugios cada 20

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